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LAS PARTES, CAPACIDAD, Apuntes de Derecho Procesal

Asignatura: Derecho Procesal II, Profesor: Irene Andreu Mora, Carrera: Dret, Universidad: UV

Tipo: Apuntes

2013/2014

Subido el 26/02/2014

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jenny_862069 🇪🇸

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LECCIÓN 2: LAS PARTES, CAPACIDAD
NOCION DE PARTE Y TERCERO
Concepto de parte
Existe un conflicto de intereses relación jurídico material pretensión
El proceso se entabla entre los titulares posible que se inicie sin los titulares
presentes en el proceso
Parte procesal demandante o actor
demandado
Precisiones
Las partes normalmente están determinadas en la demanda
Si la situación NO queda fijada en la demanda (apelante, recurrente…)
La parte asume: derechos, cargas y obligaciones
Pp de dualidad de posiciones
Las partes condicionan competencia
el marco subjetivo de litispendencia o cosa juzgada.
Las partes han de estar determinadas.
Concepto de tercero:
No es parte
No situación intermedia con las partes
Si sufre efectos del proceso se le legitima para pedir ser parte
CAPACIDAD DE LAS PARTES
LEC no contiene una verdadera regulación de la capacidad
Existen normas incompletas de remisión art 6 y 7, etc…
III) CAPACIDAD PARA SER PARTE
Capacidad persona física: Toda persona física desde que nace es parte del
proceso (art 6.1, 1 LEC, art 29, 30 y 32 CC) ya que es titular de unos derechos y
obligaciones.
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¡Descarga LAS PARTES, CAPACIDAD y más Apuntes en PDF de Derecho Procesal solo en Docsity!

LECCIÓN 2: LAS PARTES, CAPACIDAD

NOCION DE PARTE Y TERCERO

Concepto de parte

  • Existe un conflicto de intereses relación jurídico material pretensión
  • El proceso se entabla entre los titulares posible que se inicie sin los titulares presentes en el proceso
  • Parte procesal demandante o actor demandado
  • Precisiones Las partes normalmente están determinadas en la demanda Si la situación NO queda fijada en la demanda (apelante, recurrente…) La parte asume: derechos, cargas y obligaciones Pp de dualidad de posiciones Las partes condicionan competencia el marco subjetivo de litispendencia o cosa juzgada. Las partes han de estar determinadas.

Concepto de tercero:

  • No es parte
  • No situación intermedia con las partes
  • Si sufre efectos del proceso se le legitima para pedir ser parte

CAPACIDAD DE LAS PARTES

  • LEC no contiene una verdadera regulación de la capacidad
  • Existen normas incompletas de remisión art 6 y 7, etc… III) CAPACIDAD PARA SER PARTE Capacidad persona física: Toda persona física desde que nace es parte del proceso (art 6.1, 1 LEC, art 29, 30 y 32 CC) ya que es titular de unos derechos y obligaciones.

Capacidad personas jurídicas ( art 6.1,3 LEC y art 38 CC)

  • (^) Se lo otorga el Estado, la creación y la extinción representados por actos jurídicos.
  • Sujetos a los requisitos establecidos por la Ley ( art 35 CC)
  • Extranjeros ( art 9.1 CC)
  • Criterios para la sistematización es el que distingue entre : Personas jurídicas de derecho público Personas jurídicas de derecho privado que pueden ser mercantiles y civiles.

IV) CAPACIDAD PROCESAL (art 7 LEC): para comparecer en juicio NO TODOS CON CAPACIDAD PARA SER PARTE, TIENEN CAPACIDAD PROCESAL A. La actuación de las personas físicas ( art 7.1 LEC )

  • Tienen capacidad: los mayores de edad
  • NO tiene capacidad: -Incapacitados (art 7.2 LEC) -Menores -No nacidos (art 7.3 LEC) a. edad: ▲ (^) Pleno ejercicio de sus derechos civiles: mayores de edad ( art 322 CC) ▲ Necesitan representación legal : padres o tutores
  • Menores no emancipados
  • Menores emancipados
  • Mayores de edad sometidos a patria potestad.

b. Incapacidad:

▲ Comunidad demandada: serán demandados todos los comuneros.

El art 13.3 dice que el presidente representa a la comunidad en juicios y fuera de él reconociendo capacidad procesal y el órgano que actúa.

b. Uniones sin personalidad: ▲ No tiene personalidad jurídica ▲ Si realizan actos jurídicos internos y externo ▲ La jurisprudencia acabado reconociendo capacidad para ser parte ▲ El art 6.1,5 LEC hace una remisión genérica a la ley

c. Sociedades irregulares: ▲ (^) La jurisprudencia le ha reconocido capacidad ▲ Art 6.2 LEC reconoce capacidad para ser parte ▲ Art 7.7 LEC comparece en juicio las personas que actúen en su nombre frente a terceros.

d. Patrimonios autónomos: ▲ La ley regula quien actúa. ▲ Condición de parte patrimonio

e. Grupos: ▲ (^) Art 7.3 LEC le atribuye legitimación ▲ No son personas jurídicas ▲ Art 7.7 LEC comparecerán en juicio las personas que, actúen en su nombre frente a terceros.

f. Ministerio Fiscal: ▲ Tiene capacidad para ser parte en los procesos que haya de intervenir.

IV) TRATAMIENTO PROCESAL DE LA CAPACIDAD

a. (^) Justificación ▲ Las personas físicas: no existe norma que exija acreditar su concurrencia y lo mismo cabe decir de la capacidad procesal cuando litiga por sí misma ( NO NECESARIO DOCUMENTO) ▲ Cuando existe representación legal o actúa el órgano de una persona jurídica, exige el documento o documentos que acrediten la representación.

b. ¿quién puede poder manifiesto la falta de capacidad y de acreditamiento de las representaciones voluntaria, legal y necesaria? ▲ El tribunal debe de oficio apreciar cualquiera de las capacidades ▲ (^) Y las partes, hay que distinguir entre:

  • El demandante, no puede alegar excepto si el demandado pretendiera comparecer sin representante.
  • El demandado, alegará la capacidad para ser parte y carecer de la representación con que se le demanda. NO podrá alegar el no acreditar representación

EL JUEZ NO PUEDE ADMITIR LA REALIZACIÓN DE ACTOS PROCESALES POR QUIEN CARECE DE ALGUNA DE LAS CAPACIDADES.

c. ¿Cómo puede hacerse? Hay que distinguir entre el juez y las partes

La cuestión procesal relativa a la capacidad de los litigantes o a la representación es un objetos de la audiencia previa y de la vista. No cabe en la audiencia o en la vista dejar la decisión para la sentencia. d. (^) ¿qué efectos produce su falta?