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las recopilaciones, Apuntes de Historia del Derecho

Asignatura: Historia del Derecho, Profesor: Carmen Losa, Carrera: Derecho, Universidad: UCM

Tipo: Apuntes

2015/2016

Subido el 22/12/2016

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El Movimiento
Recopilador de los Siglos
XVI y XVII
María De La Fuente Mella
Grupo H
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El Movimiento

Recopilador de los Siglos

XVI y XVII

María De La Fuente Mella

Grupo H

RECOPILACIONES

DE CASTILLA

Acumulación de leyes

Las leyes Pragmáticas y las disposiciones de gobernación se acumulaban debido a la mayor amplitud del territorio, a la mayor población, a la mayor complejidad de la política castellana y sobre todo, porque el legislador en Castilla no siguió una política de derogaciones ; las nuevas disposiciones no derogaban expresamente nunca nada y dejaban subsistentes las antiguas. Las recopilaciones servían para dar a conocer el derecho real ,para recopilar las leyes y excluir otras. Surgieron por la confusión existente acerca de cual era el Derecho vigente.

Las leyes Pragmáticas y las disposiciones de gobernación se acumulaban debido a la mayor amplitud del territorio, a la mayor población, a la mayor complejidad de la política castellana y sobre todo, porque el legislador en Castilla no siguió una política de derogaciones ; las nuevas disposiciones no derogaban expresamente nunca nada y dejaban subsistentes las antiguas. Las recopilaciones servían para dar a conocer el derecho real ,para recopilar las leyes y excluir otras. Surgieron por la confusión existente acerca de cual era el Derecho vigente.

Ordenamiento de Montalvo de 1484

Es una recopilación sistemática del derecho de castilla realizada por el mejor jurista castellano de finales del siglo XV, Montalvo. Contiene leyes de cortes posteriores a 1348 , pragmáticas y ordenanzas. Son normas promulgadas por el rey , mas extensas que las Pragmáticas. El ordenamiento de Montalvo es un conjunto ordenado de preceptos todos ellos relativos a una misma materia o a una institución jurídico-publica que se trata de organizar

Es una recopilación sistemática del derecho de castilla realizada por el mejor jurista castellano de finales del siglo XV, Montalvo. Contiene leyes de cortes posteriores a 1348 , pragmáticas y ordenanzas. Son normas promulgadas por el rey , mas extensas que las Pragmáticas. El ordenamiento de Montalvo es un conjunto ordenado de preceptos todos ellos relativos a una misma materia o a una institución jurídico-publica que se trata de organizar

Libro de las Bulas y Pragmáticas de Juan Ramírez

Recopilación castellana llevada a acabo por Juan Ramírez. Contenían las leyes pragmáticas, las disposiciones reales y cinco Bulas pontificias concedida a los Reyes católicos en favor de la jurisprudencia real en materia eclesiástica. Además contiene una ley del fuero real, cuatro de las partidas y nueve Leyes de Cortes. Cabe destacar su carácter oficial y la obligatoriedad de su contenido

Recopilación castellana llevada a acabo por Juan Ramírez. Contenían las leyes pragmáticas, las disposiciones reales y cinco Bulas pontificias concedida a los Reyes católicos en favor de la jurisprudencia real en materia eclesiástica. Además contiene una ley del fuero real, cuatro de las partidas y nueve Leyes de Cortes. Cabe destacar su carácter oficial y la obligatoriedad de su contenido

La Nueva recopilacion de 1567

Surge por la necesidad de actualizar el ordenamiento de Montalvo. Consta de nueve libros , es una recopilación sistemática y contiene las leyes , ordenanzas y pragmáticas promulgadas entre 1484 y 1567, entre las que se encuentra las leyes de toro de 1505, que contenía 82 leyes acerca del derecho privado que constituyeron el derecho civil de Castilla. Numerosos recopiladores intervinieron en su elaboración. No altero el sistema normativo castellano

Surge por la necesidad de actualizar el ordenamiento de Montalvo. Consta de nueve libros , es una recopilación sistemática y contiene las leyes , ordenanzas y pragmáticas promulgadas entre 1484 y 1567, entre las que se encuentra las leyes de toro de 1505, que contenía 82 leyes acerca del derecho privado que constituyeron el derecho civil de Castilla. Numerosos recopiladores intervinieron en su elaboración. No altero el sistema normativo castellano

Hay una característica

fundamental y es que las

recopilaciones castellanas

son siempre oficiales,

encargadas por los

monarcas y con sanción

oficial.

Recopilaciones

de Navarra

Recopilaciones

de Navarra

Incorporación de navarra a la corona de Castilla

En 1512 , Fernando el católico conquisto el reino de Navarra, cuya reina Catalina, estaba en guerra con el papa. Una bula de Julio II , la Pastor ille caelesis , entregaba la propiedad del reino al rey Fernando. Otra bula de Julio II ,la exigit contumacium, confirmaban al rey Fernando su conquista. Al incorporarse, Navarra no perdió sus derechos. Fernando juro respetarlos en

  1. ese derecho era el fuero general de Navarra, los amejoramientos y algunas pocas leyes y ordenanzas reales posteriores. Movimiento recopilador fue muy intenso y conflictivo por la dualidad del derecho creado por el rey y el emanado de las cortes

En 1512 , Fernando el católico conquisto el reino de Navarra, cuya reina Catalina, estaba en guerra con el papa. Una bula de Julio II , la Pastor ille caelesis , entregaba la propiedad del reino al rey Fernando. Otra bula de Julio II ,la exigit contumacium, confirmaban al rey Fernando su conquista. Al incorporarse, Navarra no perdió sus derechos. Fernando juro respetarlos en

  1. ese derecho era el fuero general de Navarra, los amejoramientos y algunas pocas leyes y ordenanzas reales posteriores. Movimiento recopilador fue muy intenso y conflictivo por la dualidad del derecho creado por el rey y el emanado de las cortes

El fuero reducido

La reina catalina y don juan propusieron que todas las leyes y fueros se redujeran en uno. La primera propuesta fue en 1528 con el fuero general , pero debían de abrevarlo y modernizarlo y así surgió el fuero reducido. El fuero reducido nunca fue aprobado por los reyes porque en el no se incluian las reales ordenes del consejo y las reales pragmáticas y además se comprendían en el los fuero de Tudela y Estela, es decir, ampliaba el fuero general

La reina catalina y don juan propusieron que todas las leyes y fueros se redujeran en uno. La primera propuesta fue en 1528 con el fuero general , pero debían de abrevarlo y modernizarlo y así surgió el fuero reducido. El fuero reducido nunca fue aprobado por los reyes porque en el no se incluian las reales ordenes del consejo y las reales pragmáticas y además se comprendían en el los fuero de Tudela y Estela, es decir, ampliaba el fuero general

Las recopilaciones hechas sin contar con las cortes

En 1557 Pedro Pasquier realizo una recopilacion de las ordenanzas reales. En 1567 publico, con permiso del rey, la recopilacion de las leyes y ordenanzas ,reparos de agravios y provisiones y cedulas reales de navarra .hay normas reales y leyes de cortes. Pero Pasquier solo introdujo en su recopilacion los decretos del rey sin contar con las peticiones de las cortes. Las cortes le rechazaron. Ocurrió lo mismo en 1614 por el licenciano Armendariz

En 1557 Pedro Pasquier realizo una recopilacion de las ordenanzas reales. En 1567 publico, con permiso del rey, la recopilacion de las leyes y ordenanzas ,reparos de agravios y provisiones y cedulas reales de navarra .hay normas reales y leyes de cortes. Pero Pasquier solo introdujo en su recopilacion los decretos del rey sin contar con las peticiones de las cortes. Las cortes le rechazaron. Ocurrió lo mismo en 1614 por el licenciano Armendariz

Recopilaciones realizadas por encargo de las cortes

En 1614 se publica una recopilacion que solo recogía las leyes de las cortes y no las procedentes del rey aunque obtuvo la aprobación real. Contenía el fuero general de navarra ,las leyes de cortes desde 1512 y las ordenanzas ,cedulas y provisiones reales. La ultima recopilacion de navarra fue la Novísima recopilacion de las leyes del reino que contiene toda y solo la legislación de las cortes desde 1512 hasta 1716

En 1614 se publica una recopilacion que solo recogía las leyes de las cortes y no las procedentes del rey aunque obtuvo la aprobación real. Contenía el fuero general de navarra ,las leyes de cortes desde 1512 y las ordenanzas ,cedulas y provisiones reales. La ultima recopilacion de navarra fue la Novísima recopilacion de las leyes del reino que contiene toda y solo la legislación de las cortes desde 1512 hasta 1716

El derecho común en navarra

En su momento el derecho canónico-romano fue admitido en navarra de forma tardía y escasa. Pero al anexionarse a castilla pidieron al rey en las cortes de pamplona de 1576 fomentar la recepción del derecho común antes que permitir la penetración del derecho de castilla. En 1576 el derecho común fue recibido en navarra como derecho supletorio

En su momento el derecho canónico-romano fue admitido en navarra de forma tardía y escasa. Pero al anexionarse a castilla pidieron al rey en las cortes de pamplona de 1576 fomentar la recepción del derecho común antes que permitir la penetración del derecho de castilla. En 1576 el derecho común fue recibido en navarra como derecho supletorio

Recopilaciones de AragónRecopilaciones de Aragón

Aragón no recopila sino que se limita a editar. En el reino aragonés predominan las recopilaciones cronológicas pero no alcanzan una notable calidad técnica. La primera recopilacion se imprimió en 1476 y contenía el código de Huesca de 1247, los fueros aprobados por las cortes posteriores y las observancias coleccionadas por Martin diez de Aux en 1437. se reedita en 1496,1517,

Aragón no recopila sino que se limita a editar. En el reino aragonés predominan las recopilaciones cronológicas pero no alcanzan una notable calidad técnica. La primera recopilacion se imprimió en 1476 y contenía el código de Huesca de 1247, los fueros aprobados por las cortes posteriores y las observancias coleccionadas por Martin diez de Aux en 1437. se reedita en 1496,1517,

Las cortes de monzón de 1547,el príncipe Felipe, nombre una comisión de juristas para proceder a la redacción de una nueva recopilacion , pero esta vez sistematica, bajo el titulo de fueros y observancias del reino de Aragón que se publica en 1552. consta de tres partes, la primera, formada por los fueros , forman 9 libros, la segunda, compuesta por las observancias de diez de Aux, y la ultima, donde se incluyen los fueros que ya están en desuso

Las cortes de monzón de 1547,el príncipe Felipe, nombre una comisión de juristas para proceder a la redacción de una nueva recopilacion , pero esta vez sistematica, bajo el titulo de fueros y observancias del reino de Aragón que se publica en 1552. consta de tres partes, la primera, formada por los fueros , forman 9 libros, la segunda, compuesta por las observancias de diez de Aux, y la ultima, donde se incluyen los fueros que ya están en desuso

Recopilaciones de CataluñaRecopilaciones de Cataluña

Consideraciones generales

Fueron tres recopilaciones catalanas , todas ellas oficiales. Se intento separar el derecho pactado entre el rey y las cortes y por otro lado solo el de los reyes. La recopilacion derogaba el derecho arcaico inútil y en desuso

Fueron tres recopilaciones catalanas , todas ellas oficiales. Se intento separar el derecho pactado entre el rey y las cortes y por otro lado solo el de los reyes. La recopilacion derogaba el derecho arcaico inútil y en desuso

La primera recopilacion

Las cortes de Barcelona de 1412- pidieron por capitulo de cort a Fernando I que los Usatges y las Constitutions del principado se tradujesen del latin al catalán y que coloque y ordene todas aquellas normas en títulos para facilitar su uso. Aquí comienza el movimiento recopilador. Contiene en el primer volumen los usatges , las constituciones y las “commemoriencias “. Y en segundo se incluyen las disposiciones reales.

Las cortes de Barcelona de 1412- pidieron por capitulo de cort a Fernando I que los Usatges y las Constitutions del principado se tradujesen del latin al catalán y que coloque y ordene todas aquellas normas en títulos para facilitar su uso. Aquí comienza el movimiento recopilador. Contiene en el primer volumen los usatges , las constituciones y las “commemoriencias “. Y en segundo se incluyen las disposiciones reales.

Las “Constitutions i altres drets de Catalunya”

Son la segunda y la tercera recopilacion catalana. Las corte s de Monzón de 1553 acordaron que se recogiese la legislación posterior a 1495y que se incluyese junto al derecho ya recopilado. Se nombro una comisión mixta formado por tres miembros designados por las cortes ,otros tres del consejo real. La recopilacion de 1589 consta de tres volúmenes , el primero se incluyen las Constitutions y los Usatges, en el segundo se recoge solo el derecho procedente del rey y en el tercero todos los preceptos que se consideran superfluos , contradictorios.

Son la segunda y la tercera recopilacion catalana. Las corte s de Monzón de 1553 acordaron que se recogiese la legislación posterior a 1495y que se incluyese junto al derecho ya recopilado. Se nombro una comisión mixta formado por tres miembros designados por las cortes ,otros tres del consejo real. La recopilacion de 1589 consta de tres volúmenes , el primero se incluyen las Constitutions y los Usatges, en el segundo se recoge solo el derecho procedente del rey y en el tercero todos los preceptos que se consideran Aclaración sobre el derecho superfluos , contradictorios. supletorio, que es el derecho común

El proceso recopilador es muy temprano, tienen siempre carácter oficial, y tienen una característica que las hace únicas y es que se recogen derecho feudal y local a parte de derecho de las cortes y del rey.

Recopilacion de MallorcaRecopilacion de Mallorca

Al margen de varios proyectos nunca concluidos , la recopilacion oficial del derecho de Mallorca no se publico hasta 1663.lleva como titulo ordenacions y summari dels privilegis,consuetuts y bons usos del regne de Mallorca , y es obra del notario Antonio Moll; se publica por orden de los jurados del reino

Al margen de varios proyectos nunca concluidos , la recopilacion oficial del derecho de Mallorca no se publico hasta 1663.lleva como titulo ordenacions y summari dels privilegis,consuetuts y bons usos del regne de Mallorca , y es obra del notario Antonio Moll; se publica por orden de los jurados del reino