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Orientación Universidad
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Leccion 1, Apuntes de Filosofía del Derecho

Asignatura: Filosofia del Derecho, Profesor: nogales nogales, Carrera: Derecho, Universidad: UniZar

Tipo: Apuntes

2013/2014

Subido el 13/11/2014

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LECCIÓN 1. EL DERECHO Y OTROS ÓRDENES
NORMATIVOS. SEMEJANZAS Y DIFERENCIAS.
1.1 Derecho, Ética y Religión.
La primera consecuencia es la unanimidad en destacar la importancia de
la dimensión normativa como rasgo identica torio del derecho. Esa es la
razón que nos conducirá a examinar sus relaciones y diferencias con otros
fenómenos de la misma índole, es decir, por encima de las pretensiones de
especicidad y separación o pureza de lo jurídico, debemos subrayar la
profunda coindicacion de todos estos términos: dcho, ética, moral,
política...
Una de sus dimensiones, la normativa es la que se presenta de una forma
más inmediata, que es un orden normativo? Que es una norma?
Las normas se caracterizan porque no son expresión de lo que es y de lo
que acontece sino de lo que debe ser de lo que debe acontecer, en ello se
diferencian de las leyes de la naturaleza.
Las normas en cuanto que establecen algo que debe ser y no algo que
exoneradamente tenga que ser comportan siempre la posibilidad de su
incumplimiento, de su violación. Las normas tienen por objeto
comportamientos humanos partiendo de la libertad, posibilidad de que
elijamos si cumplir o no la norma, está dirigida a personas libres.
Se puede decir que a diferencia de las leyes naturales, la validez de las
normas jurídicas es independiente de su cumplimiento o su
incumplimiento. Aunque la realidad jurídica no pueda reducirse a su
vertiente normativa, no cabe duda que el derecho se presenta como un
orden normativo, como un conjunto de normas o reglas que hacen
referencia al comportamiento humano que indican lo que hay que hacer.
El derecho no es el único orden normativo que rige la conducta humana,
además de las normas jurídicas existen otras numerosas y muy variadas
que desde diversos puntos de vista regulan nuestra manera de obrar, de
ahí que para avanzar en el esclarecimiento del concepto de derecho sea
conveniente examinar las relaciones entre el derecho y estos otros
órdenes normativos.
Derecho y religión históricamente los diversos órdenes normativos se
presentaban indiferenciados durante largos periodos.
En las sociedades desarrolladas actuales el derecho se presenta como un
orden normativo diferenciado respecto de otros ordenes normativos.
En cuanto a la relación del derecho y la religión salvo algunas
excepciones, países musulmanes, se presenta como un orden normativo
distinto de esos otros órdenes.
Por otra parte tenemos la ética, ética y religión, el punto de partida es
principal. Russel ha dicho q el lósofo es un principiante y q la losofía se
podría llamar archologia en el sentido de “Arkhé”; de la metafísica, una
disciplina de la losofía distinta de la ética que estudia el origen.
1.2 El mapa semántico de la Ética: Moral, Ética y Metaética.
ÉTICA Etimología:
Griego:
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LECCIÓN 1. EL DERECHO Y OTROS ÓRDENES

NORMATIVOS. SEMEJANZAS Y DIFERENCIAS.

1.1 Derecho, Ética y Religión. La primera consecuencia es la unanimidad en destacar la importancia de la dimensión normativa como rasgo identi fi ca torio del derecho. Esa es la razón que nos conducirá a examinar sus relaciones y diferencias con otros fenómenos de la misma índole, es decir, por encima de las pretensiones de especi fi cidad y separación o pureza de lo jurídico, debemos subrayar la profunda coindicacion de todos estos términos: dcho, ética, moral, política... Una de sus dimensiones, la normativa es la que se presenta de una forma más inmediata, que es un orden normativo? Que es una norma? Las normas se caracterizan porque no son expresión de lo que es y de lo que acontece sino de lo que debe ser de lo que debe acontecer, en ello se diferencian de las leyes de la naturaleza. Las normas en cuanto que establecen algo que debe ser y no algo que exoneradamente tenga que ser comportan siempre la posibilidad de su incumplimiento, de su violación. Las normas tienen por objeto comportamientos humanos partiendo de la libertad, posibilidad de que elijamos si cumplir o no la norma, está dirigida a personas libres. Se puede decir que a diferencia de las leyes naturales, la validez de las normas jurídicas es independiente de su cumplimiento o su incumplimiento. Aunque la realidad jurídica no pueda reducirse a su vertiente normativa, no cabe duda que el derecho se presenta como un orden normativo, como un conjunto de normas o reglas que hacen referencia al comportamiento humano que indican lo que hay que hacer. El derecho no es el único orden normativo que rige la conducta humana, además de las normas jurídicas existen otras numerosas y muy variadas que desde diversos puntos de vista regulan nuestra manera de obrar, de ahí que para avanzar en el esclarecimiento del concepto de derecho sea conveniente examinar las relaciones entre el derecho y estos otros órdenes normativos. Derecho y religión históricamente los diversos órdenes normativos se presentaban indiferenciados durante largos periodos. En las sociedades desarrolladas actuales el derecho se presenta como un orden normativo diferenciado respecto de otros ordenes normativos. En cuanto a la relación del derecho y la religión salvo algunas excepciones, países musulmanes, se presenta como un orden normativo distinto de esos otros órdenes. Por otra parte tenemos la ética, ética y religión, el punto de partida es principal. Russel ha dicho q el fi lósofo es un principiante y q la fi losofía se podría llamar archologia en el sentido de “Arkhé”; de la metafísica, una disciplina de la fi losofía distinta de la ética que estudia el origen.

1.2 El mapa semántico de la Ética: Moral, Ética y Metaética.

ÉTICA Etimología:

• Griego:

• Êthos (“modo de ser”, “carácter”)

• Éthos o héxis (“hábito”)

• Latín – mos (modo de ser y “hábito”)

ÊTHOS deriva de ÉTHOS

• 1º dimensión libertad

• 2ª dimensión ???

Detrás de la ética y del derecho existen unos VALORES; “si no hay unos valores, otros se in fi ltrarán”

Nos interesa saber A QUÉ NOS REFERIMOS cuando hablamos de ética. El fi lósofo no puede conformarse con ser amigo de las razones, necesita ser amigo de las palabras. ¿Qué nos ofrece la etimología? La AUTENTICIDAD de la palabra originaria. Como el lenguaje delimita, tbn nos ofrece la auténtica realidad. Para la investigación etimológica sobre la ética tenemos DOS VÍAS DE ACCESO: la greiga y la latina.

• HEIDEGER dice q las traducciones latinas de las palabras griegas (Se

tradujeron los términos griegos al latín) lo q han hecho es OSCURECER el genuino sentido de las palabras griegas más importantes q están en el origen del pensamiento occidental. “Los romanos, privados de aptitud fi losó fi ca, mal podían aprender lo q de verdad pensaron los grandes fi lósofos griegos”.

A) ORIGEN GRIEGO:

• ÊTHOS: modo de ser, carácter, modo o forma de vida q se va

adquiriendo, apropiando, incorporando a la vida CARÁCTER MORAL “Genio y fi gura hasta la sepultura”

• ÉTHOS o HÉXIS: constitución, talante, habitus, es el hábito q

llegamos a poseer. La EXIS es la naturaleza humana o el talante. Podemos modi fi car nuestro carácter o encauzarlo -> HÁBITO

Los animales ajustan la respuesta al estímulo directamente pero el hombre lo hace INDIRECTAMENTE a través de la POSIBILIDAD Y LA LIBERTAD; ahora bien, la libertad no reposa sobre sí misma (como piensa Sartre) sino sobre la estructura inconclusa de las TENDENCIAS O PREFERENCIAS. Esta es la 2ª dimensión de la libertad. La PREFERENCIA se convierte en estancias y posibilidades; y depende de las tendencias o ferencias previas. Las tendencias hacen preferir; la libertad no descansa sobre sí misma, sino sobre las tendencias. *Anécdota: A pesar de q Sartre diga q la libertad descansa sobre sí misma, en la época de la II GM un soldado con madre muy enferma fue a preguntar si debía o no ir a la guerra Sartre le dijo q por el hecho de haberle preguntado a él ya tenía una respuesta.

Cuando tenga q preferir, lo normal es q pre fi era a lo q tengo tendencia. “Somos a la fuerza libres” Ortega y Gasset o “Estamos condenados a ser libres”.

Sin embargo, la DISPOSICIÓN A AJUSTAR la moral a la estructura puede ser según el estado psicosomático en q la persona se encuentre (buena o mala forma, sano o enfermo) SUFICIENTE O DEFICIENTE. Según tus circunstancias tendrás un modo u otro de dar respuesta.

La moral como CONTENIDO se monta sobre la MORAL COMO ESTRUCTURA; y no puede darse sin ella xq al ser humano no le es dado por naturaleza el ajuste a la realidad, el ser humano tiene q dar respuesta por sí mismo, tiene q hacerse cargo de su situación; por ello cobra sentido DEMANDARLE q lo haga, no arbitrariamente sino conforme a sistemas de PREFERENCIAS (religión, ética moral, ética formal...).

Si el ser humano es CONSTITUTIVAMENTE MORAL:

1. La moral en el primer sentido o la primera dimensión ética es

el modo en q el ser humano conduce su vida; las POSIBILIDADES de sí mismo q haya preferido.

2. La segunda dimensión ética es ir construir mi vida TAL Y

COMO QUEDA HECHA, con las posibilidades reales. La apropiación real de las posibilidades q van conformando mi 2ª naturaleza. Sobre mi realidad por naturaleza, se va montando una realidad por APROPIACIÓN.

ÉTHOS ÊTHOS Es decir, todos los hábitos, virtudes y vicios (éthos) se anclan y uni fi can en una REALIDAD ÉTICA MÁS PROFUNDA q es el carácter moral o êthos. La tradición fi losó fi ca explícita perdió pronto el êthos como objeto de la ética. ¿Qué razones llevan a ello?

1. La confusión SEMÁNTICA o etimológica

2. El êthos es MENOS VISIBLE q los hábitos y los actos o

comportamientos

3. el Êthos NO ES UN CONCEPTO PRÁCTICO; los romanos obtaron

por lo q se exterioriza, por los comportamientos y la resolución de los problemas q generan

La confusión se tradujo en una ATOMIZACIÓN de la vida psíquica o moral. Hablamos de virtudes o vicios pero no de un ser unitario La vida moral en su unidad temporal. Yo tengo una naturaleza, que condicionada por los genes, puede ser encauzada. “Conócete a ti mismo” Puedo ir desarrollando a través del éthos haciendo lo q es mi vida, el Êthos. “Algo tengo q hacer con la vida q me ha tocado vivir”. Decimos q tenemos una segunda naturaleza xq sino esto sería un determinismo biológico y darían igual mis hábitos buenos o malos.

Éticas formales y éticas materiales*

A) Podemos hablar de ÉTICA FORMAL en dos sentidos:

• En la ética como ESTRUCTURA (KANT, SARTRE, HEIDEGGER,

SPINOZA) una ética q no tenga contenido es una ética insu fi ciente (aún así, el único contenido de la ética no son los valores). Según Sartre lo q importa no es el contenido de nuestras acciones sino su FORMA, no lo q hacemos sino CÓMO lo hacemos.

• Según la orientación anglosajona (Desde Ochkam hasta

Wittgenstein) En tanto q como CIENCIA, el segundo sentido, no puede ocuparse de qué acciones sean buenas o malas sino de la naturaleza, signi fi cación y posibilidad de los juicios éticos, de los PREDICADOS. la lógica de la ética, el análisis del lenguaje ético. qué quiero decir cuando digo q esto es bueno o malo. ¿Tiene algún sentido q yo digo q éste es un buen hombre? ¿O ni siquiera tiene un sentido?. La discusión comienza con MOORE q se pregunta por el predicado de BUENO ¿Es lo mismo un buen reloj q un buen padre? (el positivismo entra en este epígrafe*)

*POSITIVISMO LÓGICO: G.E. Moore, Carnap, Jaspers, B. Russel, L. Wittgenstein. Todos los autores del PL concluyen q los juicios éticos en cuanto tales, como no pertenecientes a las matemáticas ni a las ciencias positivas, no

Frente a esta concepción puede seguir hablándose de moralidad? Durkheim insiste en que la obra moral es una obra colectiva que recibimos mucho más de lo que contribuimos a formular. De tal modo que nuestro arbitrio con respecto a ella es predominantemente pasivos. No solo el hecho moral es peculiarmente humano, también lo es el hecho social a diferencia de la sociedad de los animales. El sujeto es impersonal pero no existe un alma colectiva, una conciencia colectiva. Ortega admite la presión social en Durkheim pero rechaza la racionalidad de lo social y la existencia de esta alma colectiva. A diferencia del animal lo propio del hombre es su capacidad para retraerse del mundo y recogerse en sí mismo, ensimismarse. Esto acontece con vistas a la acción. El ser humano se retira del mundo para proyectarlo, deja de ser arrastrado por la sociedad, para decidir en libertad una respuesta, para inventar su vida, para construir su biografía, para ser un ser moral en el sentido elemental de esta palabra.

Junto al comportamiento moral esta el comportamiento social, cual debe ser la actitud moralista respecto a la importancia del hecho social, costumbres? Debemos aceptarla la sociología como acopio de material para estudiar las morales concretas porque la ética es ciencia que parte de la experiencia total humana. Pero no podemos aceptar de ningún modo lo social como fuente de lo moral. Una moral impuesta por la sociedad, es una moral? Baye hace notar como el arte moral racional no puede concebirse sin un ideal, por su parte, Bereson concibe el sociologismo como elemento dado pero le concede que la moral puede coexistir en pura presión social pero entonces sería una moral cerrada, pasiva, estática. Reaccionan frente al medio social y se liberan de su presión (héroes) y llamados por una “aspiración” conquistan emociones nuevas. EJ: calidad cristiana, la compasión.... El hombre y la mujer aunque no seamos genios morales siempre somos responsables de nuestra vida y no pueden trasferir esta responsabilidad a la sociedad, por fuerte que sea la presión social el ser humano puede revelarse y aun cuando no lo haga la justi fi cación de sus actos tiene que ser cumplida por el mismo, tiene que juzgar su conciencia. Conclusión: la ética es por tanto irreducible a la sociología y autónoma frente a ella.

• La MORAL tiene q ver con la conducta de cada uno, ya sea ante sí

mismo o ante un sistema religioso concreto. La moral tiene q ver con cada uno.

• Sin embargo, la ÉTICA es una ciencia, una disciplina de la fi losofía.

• En cambio, el DERECHO funciona con ARGUMENTOS RACIONALES,

frente a los emotivos. La razón a veces no es tan pura como parece. A pesar de lo escrito por Kant. A diferencia de la metafísica, el ser humano por muy inmoral q llegue a ser su comportamiento es siempre un ser CONSTITUTIVAMENTE MORAL. Ej. puedes pasar de la religión pero no de tu moral.

1.4 Derecho y usos sociales.

Los usos sociales son un conjunto de prácticas, de pautas, de reglas de comportamiento generalmente admitidas en algunos sectores de la sociedad. Distinguimos entre usos sociales no normativos y usos sociales normativos. Los usos sociales no normativos son simples hábitos o costumbre social; los usos sociales normativos tienen cierta obligatoriedad mediante el grupo social que ejerce una presión para obtener su cumplimiento, determinando su inobservancia ya que genera una reacción social adversa. De esto se desprende que los usos sociales normativos presentan dos semejanzas importantes con el derecho: Su vinculatoriedad, su obligación social. El estar provistos de una coacción externa. Desde Kelsen se suele ver la diferencia más importante entre el derecho y los usos sociales estaría en la llamada institucionalización de la sanción, hay determinados órganos creados por el ordenamiento jurídico y especialmente encargados de aplicar esas sanciones, por ejemplo: jueces, tribunales, policía...Mientras que la sanción de las normas sociales no está institucionalizada. El derecho se caracteriza por una mayor certeza. Otros autores han visto el rasgo distintivo en la llamada posibilidad de juicio, el derecho es aquello que es justiciable, cuya aplicación puede ser sometida a derecho y a juicio. Otros autores dicen que no hay una verdadera diferencia entre el derecho y los usos sociales y ven el derecho como un tipo peculiar de los usos sociales normativos. No obstante, existen importantes conexiones entre unos y otros, su contenido a veces es coincidente por ejemplo: el no robar además de un precepto jurídico es un uso social, salvo en determinados círculos, los delincuentes. En ocasiones las normas jurídicas tienen su origen en los usos sociales. La moral tiene que ver con la conducta de cada uno ya sea ante sí mismo o ante un sistema religioso concreto. La ética es una disciplina de la fi losofía. En cambio el derecho funciona con argumentos racionales frente a los emotivos. A diferencia de la metafísica, el ser humano por muy inmoral que llegue a ser su comportamiento es siempre un ser constitutivamente moral.

1.5 Derecho, Ética y Política.

Platón ya es un hombre pesimista y al revés que Sócrates no confía en que los hombre puedan alcanzar la virtud como resultado del esfuerzo personal, es necesaria la producción de un sistema legal y la instauración de un gobierno poligarquico que logre establecer una sociedad dirigida a la realización de los fi nes morales. Los demás tienen que ser conducidos a la virtud, no por la dialéctica, sino por la persuasión, por la retorica. También para Aristóteles la moral forma parte de la política porque para Aristóteles la vida individual solo puede cumplirse dentro de la polis (ciudad). En la doctrina aristotélica el fi n de la ética y el de la política son idénticos; este fi n es la felicidad, el bien vivir... a diferencia del simple vivir. En otras épocas como la post-aristotélica y la

Es preciso no confundir ambos conceptos, diferenciar claramente derecho y moral.

SEMEJANZAS. Ambos son órdenes normativos tanto el derecho como la moral, que regulan la conducta humana en tanto que humana por cierto, en cuanto a actividad humana libre, es decir, hacen referencia a la posibilidad de las acciones en el plano valorativo de la permisibilidad de las mismas. DIFERENCIAS. Aunque ambos son órdenes normativos que regulan el comportamiento humano, lo hacen desde perspectivas distintas, así el derecho contempla las acciones humanas atendiendo a su perspectiva social desde el punto de vista de la relevancia de la acción en la sociedad. La moral contempla las acciones humanas atendiendo primordialmente a su dimensión personal, a su valor y a su signi fi cado personal; en este sentido sigue siendo válida la distinción que establecía Aristóteles entre el hombre bueno y el buen ciudadano, y el derecho tan solo pretendería conseguir buenos ciudadanos. En esta misma línea se sitúa la a fi rmación clásica de que el derecho no debe imponer todas las virtudes, de esto ya se ocupa la ciencia de la ética, ni prohibir todos los vicios, más que en la medida en que afecten al bien de otro, según la a fi rmación de Aristóteles a la paz entre los hombres según San Agustin o más que en la medida en que afecten al bien común según Santo Tomas. Así pues, no se trata en modo alguno de dividir la conducta humana en dos sectores, uno de los cuales correspondería a la moral y otro al derecho, no es eso lo que estamos diciendo, lo que decimos es que la diferencia entre derecho y moral es sobre todo de perspectiva, de punto de vista.. F 0 E 0 CARACTERISTICAS DEL DERECHO FRENTE A LA MORAL.

Poner de mani fi esto los límites de lo jurídico, en el sentido de que hay materias que son objeto de regulación por parte de la moral y en las que el derecho, en cambio no debe intervenir por pertenecer al ámbito de la moral estrictamente privado. Respecto de esta esfera el derecho debe limitarse a reconocer a garantizar a la persona una zona de libertad dentro de la cual pueda moverse sin trabas, sin injerencias y ni por parte de los demás ni por parte de los poderes públicos (articulo 16 CE). La exterioridad del derecho frente la interioridad de la moral, no se trata de dividir las acciones internas de la moral y externas de las que se ocuparía del derecho porque ambos moral y derecho tienen ambas dimensiones, DEL VECHIO, se trata de subrayar el mayor interés del derecho por el aspecto exterior de las acciones mientras que a la moral le interesa primordialmente el aspecto interno de las mismas. El derecho se preocupa en principio de la corrección externa de la acción, se fi ja en el comportamiento exterior pero deja libre la intención; el derecho entonces admite ser cumplido con cualquier animo mientras que a la moral le importa también el modo como la acción se realiza, la disposición de ánimo del sujeto al realizar la acción; ahora bien, esto no signi fi ca que al derecho no le importe para nada la intención del sujeto, lo que en realidad sucede es que cuando la norma se cumple el derecho no indaga en las intenciones, indaga cuando se incumple. La tipicidad del derecho, el derecho se re fi ere no a la persona en cuanto tal sino a la persona en cuanto que ocupa determinadas posiciones jurídicas, que el derecho regula de forma genérica y en las que pueden

encontrarse en diferentes momentos cualquier persona, en cuanto nacional, en cuanto extranjero, en cuanto vendedor, en cuanto comprador... La coacción y derecho, la moral es incoercible es decir su cumplimiento no puede imponerse por la fuerza ya que supone una actitud interior, una disposición de ánimo; en cambio, el cumplimiento del derecho puede ser impuesto a través de la coacción externa e incluso a través de la fuerza física; en cambio la moral para diferenciarla del derecho se recurra al criterio de la institucionalización de la sanción. La inmunidad de la moral al cambio deliberado. Las reglas, pautas y principios morales evolucionan lentamente, no son susceptibles de creación, de cambio, derogación por actos deliberados; mientras las normas jurídicas pueden ser introducidas por vía legislativa. No obstante esta delimitación entre derecho y moral, existen importantes CONEXIONES. También la tradicional polémica entre el iusnaturalismo y positivismo jurídico se centra en gran medida en este tema de la conexión entre derecho y moral, por un lado las corrientes iusnaturalistas exigen como un requisito para la existencia del derecho que sea justo o más ampliamente que respete ciertas exigencias y principios éticos o morales. En sus versiones actuales del iusnaturalismo la exigencia de que el derecho sea justo se traduce, no en la exigencia de respetar una reglas morales y de justicia universales e inmutables sino en respetar unos principios que aunque necesarios son al mismo tiempo fl exibles, aun manteniendo su esencia varían y se adaptan a las diversas circunstancias históricas pues frente al iusnaturalismo el positivismo jurídico en cambio parte de la separación entre el derecho que es y el derecho que debe ser, es decir entre el derecho y la moral. La tensión entre la actitud ética y la actitud política como dos actitudes distintas. Hoy en día es típico hablar de la crisis de representación de la democracia parlamentaria, existe una cierta descon fi anza hacia la clase política, lo que nosotros nos debemos preguntar es como deberían ser las cosas? la posible falta de representación de los partidos políticos, el que los partidos políticos no sean representativos, no hacen lo que quieren sus votantes en general, se resuelve con una mayor participación, con una mayor in fl uencia de los ciudadanos en los partidos políticos y no lo contrario, con un alejamiento, critica estéril...El voto es libre, universal y secreto y el resultado de las urnas dependerá de nuestros votos (1931 es cuando empiezan a votar las mujeres en España, en 1906 Finlandia reconoció el voto femenino, noruega en 1912 reino unido en 1928 y Francia en 1945). ¿Concebir la ética como individual o social?. Relación entre la ética y política como actitudes reales; la gente tiene más aptitud para moverse en ámbito político. Hoy en día es típico hablar de la crisis de representación de la democracia parlamentaria; existe descon fi anza hacia la clase política que no es exclusivo del país. ¿Cómo deberían ser las cosas?. Primero posible falta de representación de los partidos políticos->no hacen lo que quieren sus votantes en general. Esto se resuelve con mayor participación o mayor in fl uencia ciudadanos en los partidos políticos. Todos podemos votar, libremente, universalmente y secreto y el resultado de las urnas dependerá de nuestros votos. Desde 1931 votan las mujeres en España. Virtudes políticas:

• Humanismo cívico: existe estrecha relación entre las virtudes

privadas y las públicas. Para ello es necesario cultivar continuamente todas las virtudes personales que contribuirán al crecimiento de las virtudes políticas. Es más evidente juzgar a

de razón y no argumentos revelados. No se deben confundir pues, ambos tipos de argumentación (religiosa y moral). Hoy el Estado debe ser neutral desde todos puntos de vista (religioso, cientí fi co, fi losó fi co...) y respetar libertades legítimas de los ciudadanos. No debería apoyar una ideología en contra de otras (o en perjuicio de otras). Ello exige que los ciudadanos y otros grupos del Estado vigilen la actuación de los poderes estatales y que participen en la vida pública para mantener el Estado de derecho y la democracia. Por otro lado, en el mundo de la política y del derecho se pueden utilizar argumentos metafísicos. Estos argumentos son fi losó fi cos y antropológicos. Pero existen posiciones que niegan posición o ámbito metafísico. 1.6 Derecho, Ética y Cultura.

La Europa del s. XVI es distinta de la del s. XXI tanto en fronteras como en lenguas (razas que la componen). A fi nales del s.XX las sociedades basadas en el pluralismo político y en la tolerancia nos han permitido vivir con la diversidad sin crear riesgos inaceptables para la cohesión social. Los últimos cambios sociales han puesto en mayor comunicación a personas de distintas culturas. Estos cambios sociales y culturales requieren cambios en la mentalidad y opiniones hacia el otro (el extranjero). Requiere esfuerzo de respeto hacia las discrecionalidades y respeto de comprensión legítimo. Esto con correcto ejercicio del pensamiento (conocer libertad de pensamiento; ideología; y del estado político). El pluralismo se basa en el reconocimiento y respeto verdadero de la diversidad y de la dinámica y tradiciones culturales. También respeto de identidades éticas culturales. También se basa en interacción armoniosa entre personas y grupos con identidad diferente. Esta interacción armoniosa es esencial para la sociedad. El pluralismo y tolerancia son aptitudes que hay que enmarcarlas en medidas legislativas especí fi cas. Existe también riesgo de la falta de diálogo entre las culturas. Entre las consecuencias negativas de este riesgo:

  • construcción imagen de las demás diferente a la real.
  • tensión, ansiedad. Tarde o temprano las comunidades cerradas y aisladas terminan creando un clima hostil para la autonomía individual y para el libre ejercicio de los derechos humanos y libertades fundamentales. Esto s re fi ere tanto a las mayorías como a las minorías. Algunas minorías de inmigrantes pueden encerrarse en sí mismas y restringir libertades de los que forman parte de ellas. También puede ocurrir que los países de acogida reaccionen discriminando a los que vienen de fuera o que regiones europeas con una fuerte identidad desprecien a otros venidos de otras regiones de ese mismo país. Existen tres tipos de aptitudes distintas ante la diversidad cultural. A grandes riesgos son:

• Asimilacionismo o monoculturalismo: imponer la propia cultura a

los demás. Este tipo de actitudes impositivas conlleva conductas racistas, xenófobas, llevando incluso a veces al genocidio.

• Multiculturalismo cerrado: se reclama el derecho a la propia

cultura pero con una actitud cerrada o intolerante hacia el resto de grupos o culturas. Se insiste en el derecho al pluralismo cultural y a la diversidad de grupos culturales o de minorías éticas. Sólo se acepta lo propio sin aceptar a los otros (también

dentro de su propio grupo). Esta actitud acaba con vetos en las ciudades o aislamiento.

• Interculturalismo abierto: es más respetuosa con pluralismo

cultural y derechos humanos individuales esta actitud. De fi ende derecho a identidad cultural y universalidad de los derechos humanos.

Estas posturas incluyen aspectos fi losó fi cos, sociológicos, antropológicos y también políticos, implicaciones jurídicas. Lo que nos interesa es destacar la relación entre estos modelos teóricos y su puesta en práctica en las leyes de los distintos países europeos, es decir, cada país legisla de un modo concreto según el modelo que quiera aplicar. Es aplicable a cualquier situación del mundo incluyendo el ordenamiento jurídico español. Sólo el diálogo permite vivir en la unidad y en la diversidad. La noción de diálogo intercultural es un conjunto de prácticas, de intercambios de puntos de vista distintos, abierto y respetuoso entre personas que pertenecen a grupos de diferente origen y distinta tradición étnica o cultural en un clima de comprensión y de respeto mutuo. La libertad y capacidad de expresarse y la facultad de escuchar aporta ventajas en la sociedad como: contribuye a integración política, social, económica (cohesión de sociedades culturalmente diversas), sentimiento de tener objetivos comunes, mejor comprensión de diferentes visiones del mundo…. También puede servir para promover democracia, estado de derecho derechos fundamentales. Esto característico de sociedades de no discriminación. Para conseguir esto hay una norma fundamental: la educación (libertad de expresión; de elección entre diferentes posibilidades u opciones; tolerancia). La educación permite: Libertad de espíritu, diálogo, argumentar, escuchar al otro, capacidad de resolver con fl ictos por medios pací fi cos, evitar estereotipos en la vida pública, facilita relaciones entre comunidades religiosas. El diálogo cultural es un medio pací fi co para la cohesión entre sociedades culturalmente diferentes. No se puede establecer diálogo con quien lo rechaza pero sí con quien no comparte nuestros puntos de vista porque podemos llegar a puntos en común. Las culturas en sí no son ni verdaderas ni falsas. Sí es p0osible hacer juicio de verdad o falsedad a través de conductas de una cultura especí fi ca en relación con la ética y la justicia. Así existe contenidos éticos transculturales (comunes a todas las culturas). Estos contenidos éticos se pueden concretar históricamente conforme a la justicia. Estos derechos no son identi fi cables con la cultura Europea u Occidental. Se plasman en 5continentes. Cada modelo parte de la relación entre la ética y el derecho y la cultura. El modelo intercultural en el marco de la Constitución Española supone la integración de las culturas ajenas en la cultura propia con una mínima dosis de monoculturalismo. Apuesta por la propia identidad cultural y promueve desde el poder político dicha identidad (con el aprendizaje del idioma y conocimiento legal de las normas en ese ámbito cultural). El Plan Estratégico de la Ciudadanía e integración de la inmigración de 2007/ está marcado con una clara conciencia de la identidad cultural de la comunidad de acogida.

respetar los espacios públicos por ejemplo sabiendo que luego los utilizarán otros.

La ética es la ciencia que estudia la bondad o maldad de los actos humanos. Según esta de fi nición la ética posee dos aspectos: Uno de carácter cientí fi co. Una ciencia es un paradigma fundamentado, un paradigma porque establece un modelo universal o un patrón de comportamiento de la realidad y nos puede decir cómo se va a comportar dicha realidad, es decir, una ciencia puede predecir el comportamiento de un objeto. Decimos que es un paradigma fundamentado porque utiliza el método cientí fi co, cual es este método? El método tiene los siguientes pasos: un breve paso de observación (observando la realidad acercándonos al hecho real percibido por los sentidos) y un segundo paso de evaluación (emitir un juicio de valor moral. Una conducta humana puede ser reprochable, buena, recomendable….). Otro de carácter racional. La ética no es una ciencia experimental sino racional porque fundamenta sus modelos éticos por medio de la razón. Es la razón la que nos proporciona las causas y los motivos y el por qué de la bondad de una conducta realizada. La ética nos ofrece las razones por las que ciertas conductas son buenas y por lo tanto dignas de realizarse. La ética estudia el deber ser ético, se está actuando de modo ético cuando una conducta humana se adecua a la ética y como decidimos que se adecua? Al distinguir las virtudes morales o éticas de las intelectuales se deslinda el ámbito de la ética. La escolastica destaca de todas las virtudes cuatro, que según Tomas de Aquino son las virtudes tipo que realizan los cuatro modos generales de la virtud, cuales son entonces estas 4 virtudes cardinales?:

• Prudencia. Es la determinación racional del bien. Para Kant la

prudencia, nada tendrá ya que ver con la moral que dependerá pura y exclusivamente de la buena voluntad.

• Justicia. La institución o establecimiento del bien. Es el habito

consistente en la voluntad de dar a cada cual lo suyo, su derecho, su parte. La justicia como realización concreta del bien en esa misma realidad son las dos grandes virtudes objetivas (prudencia y justicia) y por eso mismo una y otra preceden a las otras dos.

• Fortaleza. Así como las virtudes de la prudencia y la justicia

perfeccionan moralmente a quien las ejecuta, las virtudes de la fortaleza y la templanza tienden derechamente a la formación de estos del que las practica. La fi rmeza para la adhesión al bien, según Santo Tomas la fortaleza tiene dos aspectos: sustinere (soportar) y el aggredi (emprender).

• Templanza. La moderación para no dejarse arrastrar a su

contrario, al mal. Esta virtud se opone al intemperante y a la insensibilidad.

F 0 E 0 SEMEJANZAS ENTRE ETICA Y MORAL.

En ambos casos se tratan de normas y por otra parte, la moral es un conjunto de normas que una sociedad se encarga de transmitir de generación en generación y la ética en cambio, un conjunto de normas que cada persona esclarece y adopta en su propia vida con criterios racionales. La ética dicta a los individuos las elecciones que deben hacer y la forma en la que deben actuar en las distintas situaciones. Para realizar esto la ética utiliza la razón práctica y el juicio crítico, la ética hace a los individuos responsables de sus acciones, es decir, la responsabilidad arranca de ahí, la ética permite comprender las razones de sus decisiones.

F 0 E 0 DIFERENCIAS ENTRE ETICA Y MORAL.

La moral tiene una base social en cambio la ética tiene una base racional. La moral es un conjunto de normas que actúan en la conducta desde el exterior o desde el inconsciente, en cambio, la ética in fl uye en la conducta de una persona pero desde su misma conciencia y voluntad. Otra diferencia es el carácter axiológico (axiología es la ciencia de los valores) de la ética; en las normas morales destaca la presión externa; en cambio en las normas éticas destaca la presión del valor captado, el valor apreciado internamente como tal valor. El fundamento de la norma ética es el valor, no el valor impuesto desde el exterior, sino el valor descubierto internamente en la re fl exión de un sujeto.

F 0 E 0 DIFERENCIAS ENTRE LA MORAL Y EL DERECHO.

Ambos son ordenes normativos que regulan la conducta humana, conducta humana en tanto que conducta libre. En cierto modo ambos deben de ajustarse a la ética racional, en ppio sus contenidos deberían coincidir y además deberían ajustarse a la justicia pero los modos de actuar de la moral y el derecho no son los mismos.

• Primero el derecho regula lo externo mientras que a la moral le

interesan los pensamientos internos y la conciencia.

• Segundo, las leyes deben estar escritas en códigos y se aprueban a

través de procesos formalmente establecidos, sin embargo, las normas morales no siempre están escritas en códigos dependen de otros factores (la conducta personal, la tradición, TUGENDHAT, la mentalidad, la fi losofía, la cultura...).A veces las normas morales se recogen en códigos deontológicos de las distintas profesiones, son muy importantes pero no tienen el mismos carácter prescriptivo u obligatorio que una norma legal.

• Tercero, el derecho permite también exigir a través de

procedimientos e instituciones públicas los derechos que nos

sea necesario que los ciudadanos de fi endan el sistema democrático mediante la participación en la vía cívica a través de los partidos políticos, de los movimientos sociales, sindicatos, asociaciones de vecinos., asociaciones, ONG... Los valores de la democracia se deben practicar en otros contextos distintos como familia, escuela, amigos, grupo cultural, grupo religioso (...) para ello se necesita una buena educación. Esto es compatible con el hecho de que en determinados ámbitos tendremos que respetar la autoridad de los padres, profesores, jefes...