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Conservación del Patrimonio Cultural Criterios y normativas A TM Ana Macarrón patrimonio cultural 30 Parte I: Algunos conceptos básicos Cuadro 1.3 Normas españolas Tipos Definiciones Ejemplos Constitución Carta Magna. - Constitución Española de 27 de diciembre Leyes estatales Norma Fundamental o Ley de 1978. Suprema de organización del Estado. Norma general y abstrac- - Código Civil. ta: carácter general, justa, - Ley 16/1985 de Patrimonio Histórico Es- obligatoria, coercitiva. pañol. Votadas por las Cámaras y - Ley 36/1994 de incorporación al ordena- sancionadas por el Jefe de miento jurídico español de la Directiva Estado. 93/7 CEE del Consejo, relativa a la resti- tución de Bienes Culturales que hayan sali- do de forma ilegal del territorio de un Estado miembro:de la Unión Europea. - Ley Orgánica 10/1995 de 23 de noviembre, del Código Penal. Leyes - Leyes autonómicas de Patrimonio Históri- autonómicas co (o Cultural, según la Comunidad). Decretos Disposiciones concretas - RD 798/1971 por el que se dispone que en para desarrollar o aplicar — las obras y en los monumentos y conjun- una Ley. tos histórico-artísticos se empleen en lo Vigencia. limitada. posible materiales y técnicas tradicionales. Carácter urgente (Decre- - RD 111/1986 de desarrollo parcial de la to-Ley) o técnico (Decretos Ley 16/1985 de Patrimonio Histórico Espa- legislativos) ñol, modificado por el RD 64/1994, - RD 620/1987 por el que se aprueba el Re- glamento de Museos de Titularidad Esta- tal y del Sistema Español de Museos, modi- ficado por el RD 496/1994, RD 1680/1991 por el que se desarrolla la disposición adicional novena de la Ley 16/1985 de Patrimonio Histórico Español sobre garantías del Estado para obras de interés cultural. TOROADUONRON Definiciones y tipos de conservación Una vez aclaradas las diferencias entre criterios, principios y normas, entre unos tipos y otros, que estudiaremos posteriormente explicaremos qué entendemos por conservación y restauración, tema clave del libro y sobre el que giran estas pautas que acabamos de analizar. 2.1. Definiciones El concepto de conservación ha sido ampliamente definido y tratado en la biblio- grafía especializada, principalmente desde el punto de vista de la Teoría de la Con- servación y la Restauración. Estos análisis y definiciones, aun a pesar de su abun- dancia, no son excesivos y superfluos, pues el enfoque que de ello se haga, cómo se definan los términos, será dererminante a la hora de tomar actitudes y decisiones al respccto, con las consiguientes consecuencias que acarrean. En este estudio interesan las definiciones, concepciones y criterios que estable- cen las diversas recomendaciones, normativas y leyes, tanto a nivel nacional como internacional. El tema es de gran importancia dado que cllo supone la adopción de unas medidas más o menos adecuadas para la pervivencia de unos u orros objetos a bienes que son de interés para una colectividad. El Diccionario de la Real Academia de la Lengua define la conservación como “acción y efecto de conservar”, lo que significa “mantener una cosa u cuidar de su permanencia”, o “guardar con cuidado una cosa”, y también “continuar con la prác- tica de costumbres, virtudes y cusas semejantes”, “Mantener implica “conservar una cosa en su ser darle vigor y permanencia” y “sostener una cosa para que no se caiga 34 Parte |: Algunos conceptos básicos 2.2. Tipos Nos interesa determinar los tipos de conservación que encontraremos en los diver- sos textos, lo que puede aclarar bastante su noción y alcance, además de ayudarnos a entender el enfoque global y las. interrelaciones técnicas, administrativas olíticas y culturales que en ellos se establecen. >. En la Carta del Restauro iraliana de 1987 (Carta de la Conservación y Restau- ración de los objetos de Arte y Cultura) se habla de conservación prevención, sal- vaguardia y mantenimiento. " j Por conservación se entiende el conjunto de actuaciones de prevención y salvaguardia encaminadas a'asegurar una duración, Que protende ser ilimitada, para la configuración material del obje- to considerado, Se Interviene, pues, con un criterio de perpetuidad pretendida, lo que no impli- ca que invariablemente vaya a ser asegurada la configuración material del objeto, la que lo constituye y caracteriza. Prevención es el conjunto de acruaciones de conservación, al más laigo plazo posible, motivadas Por conocimientos prospectivos, sobre el objeto considerado y sobre las condi- ciones de su contexto ambiental. la prospección aquí significa prevenir las situaciones que se darán en un futuro debido a diversas causas e influencias. Sobre ese conocimiento y previsión de las posi bles situaciones futuras, sc actúa para evitarlas, creando, por ejemplo, condiciones ambientales apropiadas para la estabilidad material del objeto en cuestión: niveles de humedad, temperatura e iluminación adecuadas, condiciones de embalaje y alma- namiento, etc. Ñ La Guía Profesional de Ecco define la conservación preventiva como h acción indirecta para retardar el dererioro y prevenir daños creando las con- diciones óptimas para la preservación de los objeros culturales, así como hacer- lo compaliblo con su uso social. La conservación preventiva incluye la manipula- ción correcra, transporte, almacenaje y exposición o presentación, P coincidiendo con el enfoque de la Carta del Restauro, pero especificando más su alcance en lo que se refiere a todo tipo de manipulación y uso de la obra. Salvaguardia es, según la Carta del Restauro, “cualquier medida de conserva- qóny prevención que'no implique intervenciones directas sobre el objeto consi- erado”, Definiciones y tipos de conservación 35 En este tipo tendrían cabida las operaciones de prevención descritas, así como otras de tipo más general, como pueden ser medidas administrativas, económicas y políticas culturales: por ejemplo, criterios de selección y prioridades a la hora de inver- tir recursos económicos para intervenir en un monumento u otros según la grave- dad del estado de conservación o importancia que tengan, criterios de préstamo para exposiciones temporales e itincrantes, medidas contra cl expolio y la exportación ilícitas, Ctc, Mantenimiento es el conjunto de actuaciones recurrentes en los programas de intervención, cncami- nadas a mantener los objeros de interés cultural en condiciones óptimas de inte- gridad y funcionalidad, especialmente después de que hayan sufrido intervencio- nes excepcionales de conservación y restauración. Las pautas establecidas por los restauradores sobre cómo debe embalarse, alma- cenarse o exponerse el objeto después de haber sido reparado, las revisiones periódi- cas a las que debe someterse o la descalcificación del agua de las fuentes para cvitar futuras formaciones de calcificaciones pueden ser ejemplos de mantenimiento. Pero dentro de estas tipologías podríamos añadir otra que a veces se confunde con el concepto de “restauración”. En ocasiones hay que intervenir físicamente sobre el objeto para detener las efectos de una degradación; una capa pictórica desprendi- da, un soporte lignario carcomido por los xilófagos, una escultura de metal con exfo- liaciones debidas a la oxidación requieren para su conservación de una consolidación y una desinfección, operaciones realizadas sobre la mareria de la obra, En estos casos en los que no basta con actuar de forma preventiva y sólo en el entorno de la pieza, hablamos de conservación curativa o conservación terapéutica comio la denomina la Guía Profesional de Ecco, donde se explica de una forma ambigua como “la acción directa sobre los bienes culturales que tiene por objetivo retrasar su deterioro”. Más ade- lante veremos en qué se diferencia este término de la restauración. En la mayoría de los Convenios Internacionales se habla de la protección de los Bienes Culturales, concepto igualmente muy amplia que significa amparo y defen- sa, y que entraña acciones como salvaguardia, respeto, identificación, revalorización, rehabilitación, transmisión, ordenación y promoción del patrimonio, información, cooperación, además de restauración. Al mismo tiempo, en las normativas actuales se definen otros tipos de conserva- ción, que vienen a matizar el alcance de las mencionadas. La conservación in situ es una de las más señaladas, Implica mantener la obra en el lugar para el que ha sido creada, donde adquiere toda su significación artística, funcional, documental e his- tórica, su “aura” en palabras de Walter Benjamin (1988), y donde sus cualidades esté- ticas y plásticas se realizan plenamente, pues la luz, la distancia del observador y las relaciones con otros elementos del conjunto ponen de relieve sus volúmenes, cuali- dades formales, cromáticas, efectos pictóricos de luz y sombra, etc. 36 Parte |: Algunos conceptos básicos La conservación integrada es otro concepto y tipo que aparece sobre todo én las normativas europeas como la Curta Ensopea del Patrimonio Arquitectónico (Carta de Ámsterdam) y otras. Referida al patrimonio cultural inmobiliario, constituye el conjunto de medidas que tienen como finalidad garantizar la perpetuación de dicho patrimonio, su mantenimiento en el marco de un entorno apropiado, ya sea creado por el hombre o por la naturaleza, así como su utilización y adaptación alas necesidades de la sociedad, o dicho de otro modo, “la conservación integra- da es el resultado de la acción conjunta de una correcta aplicación de técnicas de restauración y asignación de funciones”, Al ser un concepto muy amplio y tratado en numerosos textos desde diversos ángulos, lo analizaremos más detalladamente en las normativas referidas a la conser- vación del Parrimonio Arquitectónico, Y también se define la conservación continua, relacionada con el mantenimien- 10 regular, que básicamente supone la reparación de fallos y la reducción de riesgos a través de medidas administrativas y técnicas, de diagnosis y gesción periódicas y de sensibilización de la sociedad con relación al deterioro y la conservación. La conser- vación selectiva se refiere a los criterios de sclección de los bienes que se han de pro- teger en función de un orden de prioridades, imprescindible dada la magnitud y com- plejidad del Patrimonio, sobre todo el arquitectónico, industrial y arqueológico. Todas estas tipologías requieren medidas técnicas, administrativas, jurídicas y culturales para ponerse en práctica, que analizaremos en otro capítulo. EEGRRIGAASAL Definiciones de restauración 3.1. Definiciones La restauración es la acción y efecto de restaurar (recuperar u recobrar) o “reparar, renovat o volver a poner una cosa en aquel estado o estimación que antes renfe . Y también, especificando más en el ámbito que nos ocupa, “reparar una pintura, escultura, edificio, etc., del deterioro que ha sufrido”. Pero ¿qué se entiende por “reparar”?: “componer, aderezar o enmendar cl menoscabo que ha padecido una cosa” y, también, “enmendar, corregir o remediar (un daño o perjuicio)”. Compo- ner significa ordenar, reparar lo desordenado, descompuesto o rato. Enmendat es equivalente a corregir, quitar defectos, resarcir y subsanar los daños. Por aderezar se entiende componer, adornar, hermosear. Todos estos significados nos hablan de la restauración como una operación con una clara función cstética y restablecedora de las cualidades originales, eliminando o corrigiendo los cfectos de la degradación. Al contrario que la conservación, que pretende evitarla y prevenirla, la restauración interviene cuando el detcriora ya se ha producido, intentando poner remedio a sus estragos y, por tanto, actuando fisicamente en la materia de la obra para devolverle su aspecto “supuestamente” original, . Pero también se dice en el Diccionario; “Dar la última mano a su obra el vacia- dor para quitarle los defectos que saca el molde”. Aquí nos encontramos con un enfo- que técnico para conseguir una calidad artesanal pero que dista mucho del que tie- ne la restauración como reparación de daños en un bien cultural cuya morfología y significación estética, semántica, documental y funcional tiene además una dimen- sión histórica, por lo que los principios y operaciones que se realizan en un caso y otro son diferentes. 40 Parte |: Algunos conceptos básicos Tanto unas como otras están sujetas a la adopción de distintos criterios que pue- den tener un catácter subjetivo y ser fruto de las ideas predominantes en cada momen- to y lugar, con las consecuencias que ello puede acarrear a la hora de emplear una solución u otra, más o menos acertada para la protección y transmisión del Patri- monio, por lo que desde el siglo XIX, y sobre todo cn el XX, se han ido establecien- do los límites a la restauración. Para llevarse a cabo, esas intervenciones requieren de medidas administrativas, políticas, técnicas y culturales, siendo objeto de regulación en numerosos textos normativos, y estando sujetas a constantes revisiones, Figura 3.2, Proyecto de reconstrucción por anastylosis del Partenón en la reciente restauración. Definiciones de restauración 41 3,3. Principios fundamentales en conservación y restauración Una vez analizadas estas concepciones cabe preguntarse cómo se debe actuar en una y otra; qué criterios y principios deben regir la intervención, Fruto, recordemos, de las características socioculturales y tecnológicas de cada época y lugar, esos criterios han sido muy variables y, en ocasiones, contradictorios, causando numerosas veces importantes estragos cn el patrimonio. Actualmente predomina una visión más amplia de los valores, cualidades e impor- tancia de los Bienes Culturales para la sociedad, en la que se pretende salvaguardar el objeto en su mayor integridad y autenticidad, al considerarlo un testimonio histórico de gran importancia. Por eso se ha establecido una seric de principios fundamentales de intervención, admitidos por la mayoría de los profesionales y de las Administraciones responsables de la tutela del Patrimonio, que inspiran y rigen las diferentes operaciones, Esos principios han sido planteados y recogidos en los diversos documentos nor- mativos que hemos comentado anteriormente, teniendo un carácter más o menos vinculante, siendo en algunos casos meras recomendaciones y en otros axiomas. Vea- mos alguno de ellos. J 3.4. Cómo conservar Ya hemos visto que la conservación implica actuaciones físicas subre el objeto pero también intervenciones indirectas con fines preventivos. En ambos casos se requie- ren unas conductas éticas derivadas de obligaciones para con el objeto, el usuario y los profesionales. : De forma gencral, se impone evitar dañar el objeto y reducis sus valores origi- S nales. Y ello partiendo de la base de que cada bien cultural es único e irrepetible y que toda intervención implica riesgos. ¿Cómo se consigue ese objetivo? 2) Se han de considerar los aspectos documentales en su estado de origen y en el actual. Un bien cultural contiene gran cantidad de mensajes e información: his- tórica, estética, iconográfica, material y tecnológica, sociolágica, ideológica, etc. b) Todos estos datos e información reflejan la historia del objeto, por lo que hay que respetar y conservar los materiales originales, donde en sus carac- rerísticas originales y en su estado actual ha quedado plasmada la huella de la historia y, por tanto, su valor documental, pues, como dice la Carta de Copenhague, La calidad documental de un objeco histórico es la base de la investigación. en historia del arte, ernografía, arqueología y en otras disciplinas de base científica. De ahí la importancia de la preservación de su integridad física. 42 Parte |: Algunos conceptos básicos £) Se debe realizar una interpretación correcta del objeto que se vaya a tratar, Una mala interpretación, ya sea por ignorancia, por dilerantismo o exceso de confianza, puede tener consecuencias funestas para la conservación del origi- nal, por ejemplo, destruyendo elementos originales al considerarlos posterio- 1es, o bien añadidos de valor histórico o estético, al tomarlos como una inje- rencia indebida en la obra, o realicando atribuciones incorrectas, con lo que una obra de segunda categoría puede considerarse como original de tal o-cual época o artista, o viceversa, con lo que ello supondría para la conservación del objeto. Este proceso conlleva necesariamente una investigación científica y multidisciplinaria. Nuevamente la Carta de Copenhague plantea un principio básico al res pecto cuando habla de la metodología que se debe seguir en las investigacio- nes que realice cl conservador-restaurador que deberán ir precedidas de un examen metódico y científico, orientado hacia la identificación del objeto. en todos sus aspectos... Toda intervención sobre un objeto histórico o artístico debe seguir los pasos comunes a toda metodología científica: investigación de las fuentes, análisis, interpreración y síntesis, Sólo en estas condiciones el tratamiento realizado preserva la integridad física del objeto y rinde accesible su signi- ficación y lo que es más importante aún, está aproximación aumenta nues- tra capacidad para descifrar el mensaje contribuyendo de este modo a un nuevo conocimiento. d) Se tienen que buscar y elaborar métodos adecuados para evitar y reducir la degradación. Ello implica, ante todo, la elección de una metodología preventiva y curariva lo más acorde a la par- ticularidad de cada obra-y su entorno, debiendo prevalecer los criterios de los profesionales de la conservación (historiadores, científicos y restaura- dores y otros técnicos) de los organismos oficiales, sabre las comerciales o de empresas privadas (conclusiones de las Jornadas de Criterios de inter- vención en el Patrimonio Histórico Español, 1998, Instituto del Patrimo- nio Histórico Español, Ministerio de Educación y Cultura). Por orto lado, hay que tener en cuenta que no todos los materiales y técnicas sir- ven igual para cualquier objeto y caso: al igual que el módico tiene que adaptar las medicaciones y protocolos existentes a las peculiaridades de cada paciente, igual el conservador-restaurador tiene que escuchar las necesidades de su “pacience” y bus- car lo mejor para su caso, pero siempre partiendo del principio de la reversibilidad de los tratamientos y del empleo de materiales inocuos. Ello conlleva la necesidad de formación e investigación continua y la revisión constante de.los criterios y técnicas existentes. : Definiciones de restauración ¡ 43 El Código de Ecco concreta estos objetivos en las siguientes propuestas que resu- men los dieciséis puntos de los principios generales para su aplicación. l. SS 9. Observar tadas las leyes y acuerdos nacionales y europeos, particularmente aquéllos relativos a los Bienes Culturales robados, dado que la conservación- restauración es una actividad “de interés público”, : Respetar el significado estético e histórico, y la integridad física de los Bienes Culturales. Tener en cuenta el uso social de éstos. . Anteponer la conservación preventiva y optar por la mínima intervención, . Emplear materiales inocuos para el objeto, el tratamiento y para el restaura- dor, y que sean compatibles con los originales y reversibles, . Dar importancia a la documentación previa y a la que genera el informo de la intervención, debiendo estar disponible en un lugar accesible, . Conservar los materiales originales del objeto, y no eliminar nada a menos que sca imprescinidible para su conservación o que interfiera sustancialmen- te con el valor estético o histórico de éste. . Colaborar con otros profesionales y colegas, compartiendo experiencias e información. . o Proporcionar una formación continua y tevisar criterios. Muchos de estos principios los veremos expresados más adelante en las Cartas y Leyes nacionales y autonómicas, referidos a temas generales y a la preservación de tipos específicos de Parrimonio. Conservación del Patrimonio Cultural Criterios y normativas Este libro recoge las diferentes normas nacionales e internacionales así como los organismos responsables de la conservación del Patrimonio Cultural. Para ello aborda los conceptos, las definiciones y los criterios de esas normas, además de los aspectos sociopolíticos, técnicos y económicos de la conservación regulados en. ellas. Con un enfoque divulgativo y didáctico, tras unos antecedentes históricos, examina la situación actual de los diversos patrimonios, ilustrada con algunos casos a modo de ejemplos, cuadros sinóplicos y resúmenes de los textos tratados. Ana Macarrón es profesora titular de Historia y Teoría de la Conservación y la Restauración de la Facultad de Bellas Artes en la Universidad Complutense de Madrid.