Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad


Solicitud de liquidación de una sociedad conyugal y una doble herencia intestada, Exámenes de Derecho Civil

Documento que contiene la solicitud de liquidación de una sociedad conyugal y una doble herencia intestada de los causantes Maria del Rosario Consuegra Cadenas y Jose Miguel Perico Aldana. El documento detalla la identidad de los causantes, la relación familiar, la existencia de hijos, la fecha y lugar de la unión matrimonial, la fecha y lugar de la muerte de cada causante, la ausencia de testamento y la composición del patrimonio heredado por los herederos directos.

Tipo: Exámenes

2021/2022

Subido el 24/07/2022

Plinio-martinez-1
Plinio-martinez-1 🇨🇴

1 documento

1 / 6

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
SeñorSeñor
NOTARIA NOTARIA
UNICA DUNICA D
EL CÍRCULEL CÍRCUL
O DE O DE
ACACIASACACIAS
E. S. D.E. S. D.
Referencia:Referencia:
SOCIEDAD CONYUGAL YSOCIEDAD CONYUGAL Y
DE LA SUCESION DOBLE E INTESTADA DE LOS CAUSANTES MARIADE LA SUCESION DOBLE E INTESTADA DE LOS CAUSANTES MARIA
DEL ROSARIO CONSUEGRA CADENA Y JOSE MIGUEL PERICO ALDANADEL ROSARIO CONSUEGRA CADENA Y JOSE MIGUEL PERICO ALDANA
(Q.E.P.D.).(Q.E.P.D.).
LINA MARIA MERCADO ENCISO,LINA MARIA MERCADO ENCISO,
mayor de edad y vecino de Villavicencio,mayor de edad y vecino de Villavicencio,
abogada, actuando como apoderada deabogada, actuando como apoderada de
ANA BEIBA PERICO CONSUEGRA,ANA BEIBA PERICO CONSUEGRA,
MARIA EUGENIA PERICO CONSUEGRA, MARI LUZ PERICO CONSUEGRA,MARIA EUGENIA PERICO CONSUEGRA, MARI LUZ PERICO CONSUEGRA,
LUIS GUILLERMO CHAVEZ CONSUEGRA, LUIS GUILLERMO CHAVEZ CONSUEGRA,
MARIA LUCINDA CONSUEGRAMARIA LUCINDA CONSUEGRA
Y GLORIA TERESA CONSUEGRA,Y GLORIA TERESA CONSUEGRA,
mayores de edad, solteros sin uniónmayores de edad, solteros sin unión
marital dmarital d
e hechos respee hechos respe
ctivamente, dctivamente, d
omiciliados eomiciliados e
n la ciudad n la ciudad
de de
Bogotá,Bogotá,
Acacias y Melgar, plenamente capaces, y cuya representación se acredita,Acacias y Melgar, plenamente capaces, y cuya representación se acredita,
con el poder que se anexa a la presente solicitud, en calidad de Herederoscon el poder que se anexa a la presente solicitud, en calidad de Herederos
Directas , Me permito presentar ante Directas , Me permito presentar ante
ustedusted
SOLICITUD DE LIQUIDACIÓN DESOLICITUD DE LIQUIDACIÓN DE
LA SUCESION DOBLE E INTESTADA DE LOS CAUSANTES MARIA DELLA SUCESION DOBLE E INTESTADA DE LOS CAUSANTES MARIA DEL
ROSARIO CONSUEGRA CADENA Y JOSE MIGUEL PERICO ALDANAROSARIO CONSUEGRA CADENA Y JOSE MIGUEL PERICO ALDANA
(Q.E.P.D.).(Q.E.P.D.).
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto 902 del De conformidad con lo dispuesto por el Decreto 902 del
10 de mayo10 de mayo
de 1.988, para que en consecuencia se solemnice a través de ESCRITURAde 1.988, para que en consecuencia se solemnice a través de ESCRITURA
PÚBLICA con fundamento en los PÚBLICA con fundamento en los
siguientes hechos:siguientes hechos:
1.- 1.-
La La
señoraseñora
MARIA DEL ROSARIO CONSUEGRA CADENA (Q.E.P.D.)MARIA DEL ROSARIO CONSUEGRA CADENA (Q.E.P.D.)
, se, se
identificó en vida con la cédula de ciudadanía identificó en vida con la cédula de ciudadanía
númeronúmero
21.198.742 DE SAN21.198.742 DE SAN
MARTIN -METAMARTIN -META
y el señory el señor
JOSE MIGUEL PERICO ALDANA (Q.E.P.D.)JOSE MIGUEL PERICO ALDANA (Q.E.P.D.)
, se, se
identificó en vida con la cédula de ciudadanía númeroidentificó en vida con la cédula de ciudadanía número
17.350.925 DE SAN17.350.925 DE SAN
MARTIN-META.MARTIN-META.
2.- La causante2.- La causante
MARIA DEL ROSARIO CONSUEGRA CADENA (Q.E.P.D.).MARIA DEL ROSARIO CONSUEGRA CADENA (Q.E.P.D.).
Antes de Antes de
tener una tener una
relación y relación y
contraer matcontraer mat
rimonio con rimonio con
el el
causantecausante
JOSEJOSE
MIGUEL PERICO ALDANA (Q.E.P.D.),MIGUEL PERICO ALDANA (Q.E.P.D.),
dio a la luz a tres hijos de nombresdio a la luz a tres hijos de nombres
LUIS GUILLERMO CHAVEZ CONSUEGRA, LUIS GUILLERMO CHAVEZ CONSUEGRA,
MARIA LUCINDA CONSUEGRAMARIA LUCINDA CONSUEGRA
Y GLORIA TERESA Y GLORIA TERESA
CONSUEGRA.CONSUEGRA.
pf3
pf4
pf5

Vista previa parcial del texto

¡Descarga Solicitud de liquidación de una sociedad conyugal y una doble herencia intestada y más Exámenes en PDF de Derecho Civil solo en Docsity!

SeñorSeñor

NOTARIANOTARIA UNICA DUNICA DEL CÍRCULEL CÍRCULO DEO DE ACACIASACACIAS

E.E. S.S. D.D.

Referencia:Referencia: SOLICITUD DE LIQUIDACIÓN DE LASOLICITUD DE LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL YSOCIEDAD CONYUGAL Y

DE LA SUCESION DOBLE E INTESTADA DE LOS CAUSANTES MARIADE LA SUCESION DOBLE E INTESTADA DE LOS CAUSANTES MARIA

DEL ROSARIO CONSUEGRA CADENA Y JOSE MIGUEL PERICO ALDANADEL ROSARIO CONSUEGRA CADENA Y JOSE MIGUEL PERICO ALDANA

(Q.E.P.D.).(Q.E.P.D.).

LINA MARIA MERCADO ENCISO,LINA MARIA MERCADO ENCISO, mayor de edad y vecino de Villavicencio,mayor de edad y vecino de Villavicencio,

abogada, actuando como apoderada deabogada, actuando como apoderada de ANA BEIBA PERICO CONSUEGRA,ANA BEIBA PERICO CONSUEGRA,

MARIA EUGENIA PERICO CONSUEGRA, MARI LUZ PERICO CONSUEGRA,MARIA EUGENIA PERICO CONSUEGRA, MARI LUZ PERICO CONSUEGRA,

LUIS GUILLERMO CHAVEZ CONSUEGRA,LUIS GUILLERMO CHAVEZ CONSUEGRA, MARIA LUCINDA CONSUEGRAMARIA LUCINDA CONSUEGRA

Y GLORIA TERESA CONSUEGRA,Y GLORIA TERESA CONSUEGRA, mayores de edad, solteros sin uniónmayores de edad, solteros sin unión

marital dmarital de hechos respee hechos respectivamente, dctivamente, domiciliados eomiciliados en la ciudadn la ciudad dede Bogotá,Bogotá, Acacias y Melgar, plenamente capaces, y cuya representación se acredita,Acacias y Melgar, plenamente capaces, y cuya representación se acredita, con el poder que se anexa a la presente solicitud, en calidad de Herederoscon el poder que se anexa a la presente solicitud, en calidad de Herederos

Directas , Me permito presentar anteDirectas , Me permito presentar ante ustedusted SOLICITUD DE LIQUIDACIÓN DESOLICITUD DE LIQUIDACIÓN DE

LA SUCESION DOBLE E INTESTADA DE LOS CAUSANTES MARIA DELLA SUCESION DOBLE E INTESTADA DE LOS CAUSANTES MARIA DEL

ROSARIOROSARIO CONSUEGRACONSUEGRA CADENACADENA YY JOSEJOSE MIGUELMIGUEL PERICOPERICO ALDANAALDANA

(Q.E.P.D.).(Q.E.P.D.). De conformidad con lo dispuesto por el Decreto 902 delDe conformidad con lo dispuesto por el Decreto 902 del 10 de mayo10 de mayo

de 1.988, para que en consecuencia se solemnice a través de ESCRITURAde 1.988, para que en consecuencia se solemnice a través de ESCRITURA PÚBLICA con fundamento en losPÚBLICA con fundamento en los siguientes hechos:siguientes hechos:

1.-1.- LaLa señoraseñora MARIA DEL ROSARIO CONSUEGRA CADENA (Q.E.P.D.)MARIA DEL ROSARIO CONSUEGRA CADENA (Q.E.P.D.) , se, se

identificó en vida con la cédula de ciudadaníaidentificó en vida con la cédula de ciudadanía númeronúmero 21.198.742 DE SAN21.198.742 DE SAN

MARTIN -METAMARTIN -META y el señory el señor JOSE MIGUEL PERICO ALDANA (Q.E.P.D.)JOSE MIGUEL PERICO ALDANA (Q.E.P.D.), se, se

identificó en vida con la cédula de ciudadanía númeroidentificó en vida con la cédula de ciudadanía número 17.350.925 DE SAN17.350.925 DE SAN

MARTIN-META.MARTIN-META.

2.- La causante2.- La causante MARIA DEL ROSARIO CONSUEGRA CADENA (Q.E.P.D.).MARIA DEL ROSARIO CONSUEGRA CADENA (Q.E.P.D.).

Antes deAntes de tener unatener una relación yrelación y contraer matcontraer matrimonio conrimonio con elel causantecausante JOSEJOSE

MIGUEL PERICO ALDANA (Q.E.P.D.),MIGUEL PERICO ALDANA (Q.E.P.D.), dio a la luz a tres hijos de nombresdio a la luz a tres hijos de nombres

LUIS GUILLERMO CHAVEZ CONSUEGRA,LUIS GUILLERMO CHAVEZ CONSUEGRA, MARIA LUCINDA CONSUEGRAMARIA LUCINDA CONSUEGRA

Y GLORIA TERESAY GLORIA TERESA CONSUEGRA.CONSUEGRA.

3.^ Los causantes MARIA DEL ROSARIO CONSUEGRA CADENA Y JOSE

MIGUEL PERICO ALDANA (Q.E.P.D.). En vida contrajeron matrimonio

católico el día 06 de enero de 1.985 en la Parroquia Nuestra Señora del Carmen de la ciudad de Acacias-Meta, como consta en el registro civil de matrimonio No. 03939679 de la Registraduria Nacional del Estado de

Acacias-Meta, de cuya unión nacieron los siguientes hijos: ANA BEIBA

PERICO CONSUEGRA, MARIA EUGENIA PERICO CONSUEGRA Y MARI

LUZ PERICO CONSUEGRA.

4 .- La causante MARIA DEL ROSARIO CONSUEGRA CADENA (Q.E.P.D.) ,

falleció el día 07 de enero de 2.010 en la ciudad de Acacias y el causante

JOSE MIGUEL PERICO ALDANA (Q.E.P.D.) , falleció el día 23 de noviembre

del 2.015 en la ciudad de Acacias, siendo Acacias el lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios.

5 .- Se desconoce la existencia de disposición testamentaria alguna; En

consecuencia, se trata de una sucesión doble intestada, en la que corresponde a mis representados el ciento por ciento del activo relacionado en el trabajo de inventario y avalúo de bienes, en calidad de herederos directos. Para tal efecto me permito acompañar a esta solicitud, los documentos indicados en el artículo 489 del Código de General del Proceso, así: 1.) Registros Civiles de defunción de los causantes. 2.) Registros Civiles de nacimiento de los herederos. 3.) Registro civil de^ matrimonio. 4.) Copia auténtica de la escritura pública número 1090 de fecha 14 de mayo de 1996 de la Notaría Única del círculo de Acacias y Copia auténtica de la escritura pública número 2593 de fecha 19 de noviembre de 1996 de la Notaría Única del círculo de Acacias. 5.) Certificado de Tradición y Libertad. 6.) Paz y salvos de impuesto predial unificado y valorización Departamental vigencia 2.019. 7.) Trabajo de Inventarios y avalúos. 8.) Trabajo de Partición y Adjudicación de bienes. 9.) Poderes a mi favor. Por tanto solicitamos al señor Notario ordenar la publicación del edicto emplazatorio de que trata el numeral 2° del artículo 3° del Decreto 0902 de 1.988 y dar los avisos de que trata dicha disposición tanto a la Superintendencia de Notariado y Registro y a la DIAN si lo amerita el monto del acervo hereditario.

Señor

NOTARIA UNICA DEL CÍRCULO DE ACACIAS

E. S. D.

Referencia: INVENTARIO Y AVALÚO DE BIENES EN LA LIQUIDACIÓN DE

LA SOCIEDAD CONYUGAL Y DE LA SUCESION DOBLE E INTESTADA DE

LOS CAUSANTES MARIA DEL ROSARIO CONSUEGRA CADENA Y JOSE

MIGUEL PERICO ALDANA (Q.E.P.D.).

El suscrito apoderado de los interesados, atentamente presento la relación de los bienes que hacen parte del activo de esta sucesión, así como de las deudas que conforman el pasivo de la misma, como sigue:

ACERVO SUCESORAL:

PARTIDA PRIMERA: El cien por ciento (100%) del derecho de dominio y

posesión que la Causante MARIA DEL ROSARIO CONSUEGRA CADENA

tenía sobre un Lote de terreno urbano, ubicado COMO LOTE No. 14 EN LA

CALLE 16 No. 35-03 URBANIZACION BELLA SUIZA DE LA CIUDAD DE

ACACIAS, DEPARTAMENTO DEL META, con una extensión superficiaria de

CIENTO DOCE METROS CUADRADOS (112m^2 ) que tiene como colindante: NORTE: lote número doce (12) en dieciséis metros (16,00 mts); ORIENTE: vía publica en siete metros (7,00 mts.); SUR. Predios del colegio Santo Domingo Savio en dieciséis metros (16,00 mts) y, OCCIDENTE: lote número trece (13) en siete metros (7,00 mts);

A este predio le corresponde el folio de matrícula inmobiliaria Nº 232-

y la cédula catastral N° 01-000-692-000-8-000.

TRADICION: El 100% del derecho de dominio y posesión de este inmueble

fue adquirido por la causante MARIA DEL ROSARIO CONSUEGRA CADENA ,

por el modo de adquirir el dominio, mediante compraventa al señor CENON

PINTO LIZCANO, a través de la escritura pública número 1090 del 14 de

mayo de 1996 debidamente registrada al folio de matrícula inmobiliaria

número 232-21866 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Acacias.

AVALÚO: El 100% de este inmueble se avalúa en la suma de VEINTENUEVE

MILONES TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL PESOS MCTE.

PARTIDA SEGUNDA: El cien por ciento (100%) del derecho de dominio y

posesión de los Causante MARIA DEL ROSARIO CONSUEGRA CADENA Y

JOSE MIGUEL PERICO ALDANA, tenían sobre un Lote de terreno urbano,

ubicado, COMO CASA^ LOTE^ EN LA^ DIAGONAL 15^ 26-188 DE^ LA CIUDAD

DE ACACIAS, DEPARTAMENTO DEL META, con una extensión superficiaria

de DOSCIENTOS TREINTA Y UN METROS CUADRADOS (231m 2 ) que tiene como colindante: NORTE: con predios de Felisa Viuda de Rojas, en extensión de veintiocho metros con setenta centímetros (28,70 mts); ORIENTE: con predios de José A López, en extensión de siete metros (7,00mts); SUR: con predios del mismo señor José A López, en extensión de treinta metros con veinte centímetros (30,20 mts); OCCIDENTE: con predios de la antigua carretera quede esta ciudad conduce a la ciudad de Villavicencio, en extensión de siete metros con diez centímetros (7,10 mts), y encierra. Al punto de partida.

A este predio le corresponde el folio de matrícula inmobiliaria Nº 232-

y la cédula catastral N° 01-000-126-0001-000.

TRADICION: El 100% del derecho de dominio y posesión de este inmueble

fue adquirido por los causantes MARIA DEL ROSARIO CONSUEGRA

CADENA Y JOSE MIGUEL PERICO ALDANA , por el modo de adquirir el

dominio, mediante compraventa a los señores LUIS ARIAS PAEZ Y

EDUARDO PAEZ, a través de la escritura pública número 2593 del 19 de

noviembre de 1996 debidamente registrada al folio de matrícula inmobiliaria número 232-1651 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Acacias.

AVALÚO: El 100% de este inmueble se avalúa en la suma de CUARENTA Y

DOS MILLONES CIENTO VEINTE MIL PESOS MCTE. ($42.120.000=).

PASIVO: No existe pasivo alguno que grave esta sucesión.