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Asignatura: Introducción a las Instituciones Procesales, Profesor: Ortega Victoria, Carrera: Derecho, Universidad: UNICAN
Tipo: Ejercicios
Subido el 24/05/2018
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Contestación con reconvención:
De Santander
Doña Mario Gómez , Procurador de los Tribunales y de Don Blas Flaco, Don Francisco Luis y de la compañia de seguros “Segura”, según se acredita mediante poder especial para pleitos que acompaño para su unión en autos por copia certificada con devolución del original, ante este juzgado comparezco y como mejor en derecho proceda,
DIGO:
Que formulo CONTESTACION Y OPOSICION A LA DEMANDA planteada por la parte actora, en base a los hechos y fundamentos de derecho que a continuación se detallan. Don Blas Flaco, Don Francisco Luis y la compañia de seguros “Segura” comparecen como parte demandada, representado por el Procurador que suscribe y asistido por el abogado José Martin. Y Que dentro del término concedido para personarme en estos autos y contestar a la demanda, lo verifico, oponiéndome a la misma, en base a los siguientes:
PRIMERO.- Al correlativo: Inexistencia de relación contractual alguna entre las partes.
SEGUNDO.-Al correlativo: El dia 10 de mayo del 2016 , mi mandante Don Francisco Luis era el conductor del vehículo Seat Ibiza , con matrícula “2345 ABC” propiedad de Don Blas Flaco , que en fecha del accidente estaba asegurado con la compañía de seguros “Segura”.
TERCERO.-Al correlativo: Mi mandante conducía el vehículo por la calle de Castelar y ha sufrido un accidente de circulación en Santander , al colisionar su vehículo por alcance con el que circulaba inmediatamente delante de él, propiedad de Don Anselmo, en el cual iba acompañado por su hija menor.
CUARTO.- Al correlativo: Mi mandante asumió la responsabilidad del accidente al formalizar el parte amistoso.
QUINTO.-Al correlativo: No es cierto el hecho cuarto de la demanda.. Los daños fueron menores, tanto así que ninguno de los vehículos fue consignado por las autoridades correspondientes.
SEXTO.-Los daños que el vehículo en mención presenta en la parte trasera son preexistentes al incidente.
SÉPTIMO.-A causa de la falta de gravedad del accidente se niega la gravedad de las lesiones sufridas por su hija, que viajaba en la parte trasera del vehículo.
A los anteriores hechos son aplicables los siguientes:
Por lo expuesto,
SUPLICO AL JUZGADO: Que teniendo por presentado este escrito y documentos acompañantes y sus
copias, los admita, me tenga por personado en tiempo y forma en nombre del demandado y por
contestada la demanda, y en su dma dicte sentencia por la que: