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Asignatura: HIDROLOGIA, Profesor: P P, Carrera: Ingeniero Técnico Agrícola, especialidad en Explotaciones Agropecuarias, Universidad: UniZar
Tipo: Apuntes
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ARTÍCULO 1.- Obras objeto del presente proyecto.
Se considerarán sujetas a las condiciones de este Pliego, todas las obras cuyas características, planos y presupuestos, se adjuntan en las partes correspondientes del presente Proyecto, así como todas las obras necesarias para dejar completamente terminadas las instalaciones con arreglo a los planos y documentos adjuntos.
Se entiende por obras accesorias, aquellas que, por su naturaleza, no pueden ser previstas en todos sus detalles, sino a medida que avanza la ejecución de los trabajos.
Las obras accesorias, se construirán a medida que se vaya conociendo su necesidad. Cuando su importancia lo exija se construirán en base a los proyectos adicionales que se redacten. En los casos de menor importancia se llevarán a cabo conforme a la propuesta que formule el Ingeniero Director de la Obra.
ARTÍCULO 2.- Obras accesorias no especificadas en el Pliego.
Si en el transcurso de los trabajos se hiciese necesario ejecutar cualquier clase de obras o instalaciones que no se encuentren descritas dentro de este Pliego de Condiciones, el Adjudicario estará obligado a realizarlas con estricta sujeción a las órdenes que, al efecto, reciba del Ingeniero Director de Obra y, en cualquier caso, con arreglo a las reglas del buen arte constructivo.
El Ingeniero Director de Obra tendrá plenas atribuciones para sancionar la idoneidad de los sistemas empleados, los cuales estarán expuestos para su aprobación de forma que, a su juicio, las obras o instalaciones que resulten defectuosas total o parcialmente, deberán ser demolidas, desmontadas o recibidas en su totalidad o en parte, sin que ello de derecho a ningún tipo de reclamación por parte del Adjudicatario.
ARTICULO 3.- Documentos que definen las obras.
Los documentos que definen las obras y que la propiedad entregue al Contratista, pueden tener carácter contractual o meramente informativo.
Son documentos contractuales los Planos, Pliego de Condiciones, Cuadros de Precios y Presupuestos Parcial y Total, que se incluyen en el presente Proyecto.
Los datos incluidos en la Memoria y Anejos, así como la justificación de precios tienen carácter meramente informativo.
Cualquier cambio en el planteamiento de la Obra que implique un cambio sustancial respecto de lo proyectado deberá ponerse en conocimiento de la Dirección Técnica para que lo apruebe, y si procede, redacte el oportuno proyecto.
ARTICULO 4.- Compatibilidad y relación entre los documentos.
En caso de contradicción entre los planos y el Pliego de Condiciones, prevalecerá lo prescrito en este último documento. Lo mencionado en los planos y omitido en el Pliego de Condiciones o viceversa, habrá de ser ejecutado como si estuviera expuesto en ambos documentos.
ARTICULO 5.- Director de la obra.
La propiedad nombrará en su representación a un Ingeniero Agrónomo Superior, Ingeniero Técnico Agrícola o Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, en quien recaerán las labores de dirección, control y vigilancia de las obras del presente Proyecto. El Contratista proporcionará toda clase de facilidades para que el Ingeniero Director, o sus subalternos, puedan llevar a cabo su trabajo con el máximo de eficacia.
No será responsable ante la propiedad de la tardanza de los Organismos competentes en la tramitación del Proyecto. La tramitación es ajena al Ingeniero o Director, quien una vez conseguidos todos los permisos, dará orden de comenzar al obra.
ARTICULO 6.- Disposiciones a tener en cuenta
de 1.966.
ARTICULO 7.- Demoliciones.
Se adoptará lo prescrito en la Norma N.T.E.-A.D.D. "Acondicionamiento del terreno. Desmontes. Demoliciones", en cuanto a Condiciones Generales de ejecución, criterios de valoración y de mantenimiento.
Para la demolición de las cimentaciones y elementos enterrados se consultará además de la norma N.T.E. - A.D.V., para los apeos y apuntalamiento, la norma N.T.E.-E.M.A.
ARTICULO 8.- Movimiento de tierras.
Se refiere el presente artículo a las condiciones relativas a los materiales y equipos de origen industrial relacionados con la ejecución de las obras de hormigón en masa o armado o pretensado fabricados en obra o prefabricados, así como las condiciones generales de ejecución, criterios de medición , valoración y mantenimiento.
Regirá lo prescrito en la Instrucción E.H.E. para las obras de hormigón en masa, hormigón armado u hormigón pretensado. Asimismo se adopta lo establecido en las normas N.T.E.-E.H. "Estructuras de hormigón", y N.T.E.-E.M.E. "Estructuras de madera. Encofrados".
Las características mecánicas de los materiales y dosificaciones y niveles de control son las que se fijan en los planos del presente proyecto (especificaciones de los materiales).
ARTICULO 12.- Acero laminado.
Se establecen en el presente artículo las condiciones relativas a los materiales y equipos industriales relacionados con los aceros laminados utilizados en las estructuras de edificación, tanto en sus elementos estructurales, como en sus elementos de unión. Asimismo se fijan las condiciones relativas a la ejecución, seguridad en el trabajo, control de la ejecución, valoración y mantenimiento. Se adopta lo establecido en la normas: -C.T.E. SE A: “Codigo Técnico de Edificación Seguridad Estructural Acero”
ARTICULO 13.- Albañileria.
Se refiere el presente artículo a la fábrica de bloques de hormigón , ladrillo o piedra, a tabiques de ladrillo o prefabricados y revestimientos de paramentos, suelos, escaleras y techos.
Las condiciones funcionales y de calidad relativa a los materiales y equipos de origen industrial, control de ejecución y seguridad en el trabajo, así como los criterios de valoración y mantenimiento son las que especifican las normas:
-N.T.E.-E.F.B.: "Estructuras de fábrica de bloque". -N.T.E.-E.F.L.: "Estructuras de fábrica de ladrillo" -N.T.E.-E.F.P.: "Estructuras de fábrica de piedra". -N.T.E.-R.P.A.: "Revestimiento de paramentos. Alicatados" -N.T.E.-R.P.E.: "Revestimiento de paramento. Enfoscado". -N.T.E.-R.P.G.: "Revestimiento de paramentos. Guarnecidos y enlucidos" -N.T.E.-R.P.P.: "Revestimiento de paramentos. Pinturas.". -N.T.E.-R.P.R.: "Revestimiento de paramentos. Revocos". -N.T.E.-R.S.C.: "Revestimiento de suelos continuos" -N.T.E.-R.S.F.: "Revestimiento de suelos flexibles". -N.T.E.-R.S.C.: "Revestimiento de suelos y escaleras continuos". -N.T.E.-R.S.S.: "Revestimiento de escaleras y suelos. Soleras". -N.T.E.-R.S.B.: "Revestimiento de suelos y escaleras. Terrazos". -N.T.E.-R.S.P.: "Revestimiento de suelos y escaleras. Placas". -N.T.E.-P.L.T.: "Tabiques de ladrillo". -N.T.E.-P.T.P.: "Tabiques prefabricados"
ARTICULO 14.- Carpinteria y cerrajeria.
Se refiere el presente artículo a las condiciones de funcionalidad y calidad que han de reunir los materiales y equipos industriales relacionados con la ejecución y montaje elementos utilizados en particiones y accesos interiores.
Asimismo, regula el presente artículo las condiciones de ejecución, medición, valoración y criterios de mantenimiento.
Se adoptará lo establecido en las normas:
ARTICULO 15.- Obras o instalaciones no especificadas.
Si en el transcurso de los trabajos fuera necesario ejecutar alguna clase de obra no regulada en el presente Pliego de Condiciones, el Contratista queda obligado a ejecutarla con arreglo a las instrucciones que reciba del Ingeniero Director quien, a su vez, cumplirá la normativa vigente sobre el particular. El Contratista no tendrá derecho a reclamación alguna.
ARTICULO 16.- Materiales en general.
Todos los materiales que hayan de emplearse en la ejecución de las obras deberán reunir las características indicadas en este Pliego y en los cuadros de precios y merecer la conformidad del Director de Obra, aún cuando su procedencia este fijada en el Proyecto.
El Director de Obra tiene la facultad de rechazar en cualquier momento aquellos materiales que considere no responden a las condiciones del Pliego o que sean inadecuadas para el buen resultado de los trabajos.
Los materiales rechazados deberán eliminarse de la obra dentro del plazo que señale su Director.
El Contratista notificará con suficiente antelación al Director de Obra la procedencia de los materiales aportando las muestras y datos necesarios para determinar la posibilidad de su aceptación.
La aceptación de una procedencia o cantera no anula el derecho del Director de Obra a rechazar aquellos materiales que a su juicio, no respondan a las condiciones del Pliego, aún en el caso de que tales materiales estuvieran ya puestos en obra.
ARTICULO 17.-Analisis y ensayos para la aceptacion de los materiales.
Los áridos a emplear en los hormigones serán productos obtenidos por la clasificación de arenas y gravas existentes en yacimientos naturales, rocas suficientemente resistentes trituradas, mezclas de ambos materiales y otros productos, que por su naturaleza, resistencia y diversos tamaños cumplan las condiciones exigidas en este artículo.
El material de que procedan los áridos ha de tener en igual o superior grado, las cualidades que se exijan para el hormigón con él fabricado. En todo caso el árido se compondrá de elementos limpios, sólidos y resistentes, de uniformidad razonable, sin exceso de piezas planas, alargadas, blandas o fácilmente desintegrables, polvo, suciedad, arcilla u otras materias extrañas.
Cumplirá las condiciones exigidas en la "Instrucción para el Proyecto y Ejecución de Obras de Hormigón EHE", y las que, en lo sucesivo, sean aprobadas con carácter oficial.
21.2.-. Procedencia
Podrán proceder de los depósitos o graveras naturales situadas en cualquier punto que ofrezca las garantías de calidad necesarias.
De acuerdo con lo prescrito en el artículo 23 de este Pliego, el Contratista presentará al Ingeniero Director, para su aprobación expresa, relación de las canteras o depósitos de materiales que piensa utilizar. Así mismo, el Contratista deberá someter a la aprobación del Ingeniero Director un proyecto de la instalación de clasificación a instalar, bien en el lugar de la extracción de los áridos, bien en el punto de fabricación del hormigón.
21.3.- Clasificación
El Ingeniero Director, para lograr que la granulometría de los hormigones quede dentro de la curva límite que en cada caso deberá señalar, exigirá la clasificación de los áridos en cuatro tamaños, cuando aquellos se destinen a hormigón para armar.
Cuando los áridos se destinen a obras de hormigón en masa, en todos los casos se exigirá la clasificación en tres tamaños.
Tanto las arenas como las gravas, deberán cumplir todas las condiciones señaladas en la vigente Instrucción EHE para el Proyecto y ejecución de Obras de Hormigón.
21.4.- Ensayos
Se realizarán las series de ensayos que determine el Ingeniero Director de la obra de acuerdo con las normas que se citan en la Instrucción EHE.
21.5.- Cemento
El cemento deberá cumplir las condiciones exigidas por el Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para la recepción de Cementos de 23 de Mayo de 1975.
Se cumplirán asimismo, las recomendaciones y prescripciones contenidas en la "Instrucción para el Proyecto y Ejecución de Obras de Hormigón en masa, armado o pretensado EHE", y las que, en lo sucesivo sean aprobadas con carácter oficial.
El cemento a utilizar deberá ser P-350. Se almacenará en sitio ventilado, defendido de la intemperie y de la humedad, tanto del suelo como de las paredes.
Se comprobará dentro del mes anterior a su empleo, que las distintas partidas de cemento cumplen los requisitos exigidos por el "Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para la recepción de cementos".
Las características de cada partida de cementos se comprobarán antes de su utilización mediante la ejecución de las series completas de ensayos que estime pertinentes el Ingeniero Director de la obra.
21.6.- Agua
Como norma general, podrá utilizarse, tanto para el amasado como para el curado de hormigones, todas aquellas aguas que en la práctica haya sancionado como aceptables, es decir, que no hayan producido eflorescencias, agrietamiento o perturbación en el fraguado y resistencia de obras similares a las de este Proyecto.
En cualquier caso, las aguas deberán cumplir las condiciones especificadas en el artículo 21º de la Instrucción de Hormigón Estructural.
ARTICULO 22.- Tuberias y piezas especiales
Las tuberías de salida se ajustarán a la norma UNE 53-114-
En la elección del timbraje habra que tener presente que la presión máxima en funcionamiento ha de ser menor que la presión de trabajo del tubo, debiendo cumplir la tubería la norma U.N.E 53-112-88. ARTICULO 23.- Válvulas, accionamiento y bridas.
En cuanto a las válvulas que van a usarse serán del diámetro nominal y Pn que corresponda, de longitud según ISO 5752 , y bridas y orificios según ISO 7005- Caso de algún inconveniente que impida la colocación del material citado en la forma mencionada se consultará la posible solución a tomar con el Ingeniero director de la obra para que este decida.
ARTICULO 24.- Excavacion de las zanjas.
Las dimensiones de las zanjas se ajustarán a los especificados en los planos y mediciones de este Proyecto, siendo recomendable que no transcurran más de cinco (5) días entre la excavación de la zanja y la colocación de la tubería.
Las zanjas pueden abrirse a mano o mecánicamente, pero en cualquier caso, su trazado deberá ser correcto, perfectamente alineado en planta y con la rasante uniforme. Los nichos que eventualmente sean necesarios abrir en el fondo para las juntas, no deben efectuarse hasta el momento de montar los tubos y a medida que se verifique esta operación, para asegurar su posición y conservación. Si al excavar hasta la línea necesaria, según las dimensiones indicadas en los planos, quedarán al descubierto piedras, cimentaciones, rocas, etc., será necesario excavar por debajo de dicha línea, para efectuar un relleno posterior.
Todo el personal empleado en la ejecución de los trabajos en especial los conductores de equipos mecánicos, deberán reunir las debidas condiciones de competencia y comportamiento que sean requeridas a juicio del Director de las obras, quien podrá ordenar la separación de la obra de cualquier dependiente y operario del contratista que no satisfaga dichas condiciones, sea cual sea su cometido.
La excavación de tierras, transporte y formación de terraplenes se realizarán mediante equipos mecánicos.
El contratista quedará en libertad de elegir el tipo de potencia y capacidad de los equipos. No obstante el Ingeniero Director de las obras podrá exigir una capacidad mínima de los equipos como garantía del cumplimiento del plazo de ejecución.
El refino de taludes y la construcción de balates podrá realizarse a mano o mediante el empleo de equipos mecánicos
26.4.- Disposiciones sobre replanteo del nivelado de trabajo y mano de obra.
Como norma general, el Contratista deberá realizar todos los trabajos incluidos en el presente Proyecto, adoptando la mejor técnica constructiva que cada obra requiera para su ejecución, y cumpliendo para cada una de las distintas unidades de obra las disposiciones que se prescriben en el presente Pliego.
Todas las obras realizadas deberán ser aceptadas por el Director de Obra, quien tendrá la facultad de rechazar en cualquier momento, aquellas que considere no respondan a las normas del Pliego.
Las obras rechazadas deberán ser demolidas o reconstruidas dentro del plazo que fije el Director de las obras.
La Dirección de Obra realizará sobre el terreno el replanteo general de las obras de nivelado, dejando las señales necesarias para que el Contratista pueda efectuar debidamente las obras.
En ningún caso debe el Contratista comenzar las obras sin haber llevado a cabo por la Dirección de obra el replanteo oportuno, siendo responsable exclusivo de cualquier error derivado de su actuación.
La empresa deberá conservar, cuidar y reponer las señales de referencia hasta la terminación de las obras, corriendo a sus expensas los gastos que se originen por este motivo.
26.5.- Análisis y ensayos para el control de las obras
Serán obligaciones del Contratista el someter en cualquier momento las obras ejecutadas o en ejecución a los análisis y ensayos que el Ingeniero encargado juzgue necesarios para el control de las mismas o para comprobar calidad, resistencia y el resto de características.
Los análisis y ensayos para el control de las obras se realizarán en el laboratorio que el Contratista mantenga a pie de obra, o en aquellos otros que previamente el Director de obra designe.
Todos los gastos derivados de la toma y análisis de las muestras serán a cargo del Contratista.
A través de la interpretación de los análisis que serán de competencia exclusiva del Ingeniero Director de Obra, serán rechazadas todas aquellas obras que considere no responden en su ejecución a las normas del presente proyecto, no pudiendo el Contratista apelar contra este juicio basándose en diferentes resultados de otros ensayos encargados en otros laboratorios.
26.6.- Precauciones a adoptar durante las ejecuciones de los trabajos.
El Contratista vendrá obligado a emplear cuantos medios de seguridad, a fin de eliminar todo posible motivo de accidente durante la ejecución de las obras que no deriven del presente Proyecto.
Igualmente pondrá especial cuidado para evitar daños a propiedades tanto públicas como privadas.
ARTICULO 27.- Campo de aplicación.
En este documento se consideran las tuberías fabricadas con polietileno (PE) que se utilizan únicamente para el transporte de agua de riego, correspondientes al proyecto de “Transformación a riego por goteo de 50 has de vid en el termino municipal de Ainzón (Zaragoza)”
ARTICULO 28.- Definiciones
Polietileno. Es un plástico derivado del etileno al que se somete a un proceso de calor y presión que provoca la polimerización. Sus propiedades dependen de su peso molecular, de su densidad y de la distribución estadística de los diferentes pesos moleculares de las macromoléculas.
Las tuberías de polietileno (PE) son fabricadas mediante un procedimiento de extrusión que puede ser simple o simultáneo y múltiple.
Los tipos de PE están definidos en la norma UNE 53.188 y son:
Diametro nominal. Es el diámetro exterior teórico en milímetros declarado por el fabricante, a partir del cual se establecen las tolerancias. Sirve de referencia para designar y clasificar por medidas los diversos elementos de una conducción acoplables entre sí.
ARTICULO 31.- Presiones
Presión de trabajo (Pt) , calculada en el proyecto, es la presión hidráulica interior máxima dinámica, estática o transitoria, a la cual puede estar sometida la tubería, una vez instalada definitivamente. Se expresará en kg/cm2.
Presión normalizada (PN) , es la presión hidráulica interior de prueba sobre banco en fábrica, que sirve para tipificar, clasificar y timbrar, tanto los tubos como las piezas especiales.
Los tubos que el comercio ofrece en venta habrán sufrido en fábrica la prueba a dicha presión normalizada, sin causar falta de estanqueidad. Se expresará en kg/ cm2.
Presión de rotura (Pr) es la presión hidráulica interior que produce una tensión circunferencial en el tubo capaz de producir su rotura a tracción.
Todas estas presiones están relacionadas con la tensión circunferencial mediante la ecuación dimensional de los tubos.
2e P = ———— · @ D - e
siendo: P = presión (Kg/cm 2 ) D = diámetro exterior medio del tubo (cm.) e = espesor de la pared del tubo (cm.) @ = Esfuerzo de tracción circunferencial (Kg/cm 2 )
ARTICULO 32.- Caracteristicas geometricas.
Longitud. La tubería de polietileno se sirve generalmente en rollos. La longitud de cada uno de ellos no está definida ya que depende del diámetro del tubo.
Diametro nominal. El diámetro nominal es un número convencional de designación que sirve para clasificar por dimensiones los tubos, piezas y demás elementos de las conducciones y corresponde al diámetro exterior teórico en milímetros sin tener en cuenta las tolerancias.
Espesor nominal. Los espesores nominales de los tubos serán los que figuran en los datos técnicos del fabricante
Seccion del tubo. La sección del tubo perpendicular a su eje deber ser una corona circular.
ARTICULO 33.- Juntas.
Cualquiera que sea el tipo de junta utilizada (mecánica, elástica o soldada) producirá una perdida de carga máxima equivalente a 3 metros de tubería de igual diámetro.
Soportar la corrosión y las influencias climáticas. Tendrá como mínimo, las mismas características de resistencia a presiones hidráulicas interiores y a presiones exteriores que la tubería de PE a la que une.
ARTICULO 34.- Accesorios.
Las piezas especiales o accesorios cumplirán con las características fijadas para las juntas y demás elementos que se especifican en el proyecto.
ARTICULO 35.- Uniformidad.
Salvo especificación en contrario del proyecto, los tubos, juntas y accesorios suministrados para la obra tendrán características, geométricas uniformes dentro de cada diámetro y tipo establecidos.
El director de obra podrá modificar esta norma cuando a su juicio sea conveniente.
ARTICULO 36.- Marcas
Todos los tubos y piezas llevarán permanentemente marcadas en zona apropiada y visible, de forma que no obstruya su normal funcionamiento, al menos los siguientes datos:
En tubos marcas espaciadas a intervalos de 1,5 m como máximo, con al menos los siguientes datos:
En las juntas o accesorios:
ARTICULO 37.-Materiales componentes de las tuberías de P.E.
Las tuberías de PE como ya se ha indicado, estarán fabricadas a base de etileno. Estos polímeros cumplirán con lo establecido en la norma UNE 53.188.
El contenido en máximo en cenizas para los polímeros de etileno será de 0,05 + 0,005%, exceptuando los tipos con aditivos especiales. Su determinación se realizará de acuerdo con la norma UNE 53.090.
Aspecto
La granza o polvo de moldeo de los polímeros de etileno tendrán tamaño y composición uniformes. Su coloración también ser uniforme y deberá estar exento de materiales extraños que contaminen su pureza. El tipo de polímero será tal que no contendrá más del 5% (molar) de comonómero olefínico sin ningún otro grupo funcional y mezcla de tales polímeros.
ARTICULO 39.- Procedimiento de fabricación.
Las tuberías se fabricarán por el procedimiento de extrusión simple o múltiple simultáneo. En este último caso, la unión entre las distintas capas será fuerte y uniforme, sin que sea posible separar una de otra con un instrumento cortante en ningún punto. El espesor de la capa exterior deberá ser como mínimo de 0,51 mm.
Las instalaciones de fabricación , tanto de tubos como de juntas y accesorios, estarán preparadas para la elaboración continua o en serie, obedeciendo a normas de tipificación compatibles con el presente pliego.
ARTICULO 40.- Acabado de tuberías.
Las tuberías se prepararán en rollos de la misma longitud para un diámetro y timbraje determinado. Se procurar que la longitud de cada rollo sea múltiplo de 25m.
Los tubos estarán exentos de grietas y burbujas presentando la superficie exterior e interior un aspecto liso, libre de ondulaciones u otros eventuales defectos.
ARTICULO 41.- Laboratorio y banco de pruebas.
El fabricante dispondrá de laboratorio para control de las características físicas y químicas de la materia prima y productos acabados. también tendrá un banco de pruebas hidráulicas.
En ellos se realizaran los siguientes controles:
pliego).
ARTICULO 42.-Pruebas de tubos y tuberias.
a) Pruebas y controles en fabrica. b) Pruebas en obra.
a) Pruebas y controles en fábrica
- Normativa general. La dirección de obra controlará el proceso de fabricación y las materias primas utilizadas en él.
Si el contratista no es fabricante de algunos de los elementos que deben formar parte de la red de riego, deberá introducir en su contrato de suministro la cláusula que permite efectuar su control. Cuando existan procesos industriales secretos, se advertirá así en la oferta, sustituyéndose el control de proceso por un control especial de calidad del producto acabado.
El fabricante comunicará con quince (15) días de antelación de manera escrita y expresa a la dirección de obra la fecha en que pueden comenzarse las pruebas. La dirección de obra puede asistir de manera personal o representada a tales pruebas. Si no existe el fabricante enviará certificación de los resultados obtenidos. Esta certificación se hará siempre y, por lo menos, se referirá a la prueba de estanqueidad que obligatoriamente ha de realizarse sobre cada tubo o rollo. También se extenderá certificado de la prueba de resistencia a presión hidráulica interior de larga duración hecha sobre muestreo tal como se especifica en este pliego.
i) Sobre la materia prima:
Dichas pruebas se efectuarán de acuerdo con lo establecido en el capitulo II de este pliego.
ii) Sobre el producto acabado: Aspecto Dimensiones Densidad Contenido en negro de humo Dispersión del negro de humo Prueba de estanqueidad Prueba de resistencia a presión interior de larga duración. Prueba de rotura por presión hidráulica interior Prueba de envejecimiento Prueba de rugosidad.
Formación y control de lotes.
Las pruebas a efectuar constituyen un método doble de control para garantizar una probabilidad baja de que existan elementos defectuosos.
Estas se repartirán sobre dos diámetros perpendiculares en cada una de las secciones situadas por lo menos, un diámetro de los extremos. En los rollos se efectuarán 20 medidas en cada uno de los extremos a partir de por lo menos, un diámetro del final, repartidas en cinco secciones separadas 10 cm. entre si y sobre dos diámetros perpendiculares en cada una de ellas.
b) Longitud: Se medirá con cinta métrica metálica graduada a 1 mm. como mínimo colocando el tubo sobre una superficie plana y en línea recta.
c) Diámetro exterior: Se obtendrá midiendo el perímetro del tubo y dividiendo por π. Esta medida se efectuará con aproximación de + 0,10 mm. y se realizará en dos secciones situadas a 1/3 de su longitud nominal de cada extremo. En el rollo se efectuar en 10 secciones, cinco de cada extremo a partir de 1 m. de el y separadas 1 m. entre sí.
Determinacion de la densidad.
Se determinará de acuerdo con la norma UNE 53.020-73, por el método de columna de gradiente. Para calcular la densidad de la resina del PE (incoloro) se emplear la ecuación:
DR = Dp - 0,0044 C
en donde:
La prueba se realizará en cinco muestras de cada lote. Si una de las muestras no cumple con lo señalado por el fabricante en el tubo, se repetirá la prueba con otras cinco muestras. Si una de estas muestras o dos de la primera serie no cumpliesen se rechazará el lote.
Determinacion del contenido en negro de humo.
La prueba consiste en determinar el contenido en negro de humo del compuesto de PE utilizado en el tubo. Se efectúa por calentamiento del material a 500 grados C. en atmósfera de nitrógeno y según se especifica en la norma UNE 53.142.
La prueba se realizar en cinco muestras de cada lote. El resultado deberá ser de 2,5 + 0,5 por 100 en peso.
Si la extrusión es simultánea y múltiple, la prueba se realizar sobre la capa exterior y tendrá que dar el mismo resultado con relación a esta capa.
Si una de las muestras no cumple con lo señalado se repetirá la prueba en otras cinco muestras. Si una de estas o dos de la primera serie no dieran resultados satisfactorios, se rechazar el lote.
Determinacion de la dispersion del negro de humo.
El ensayo consiste en comprimir pequeñas muestras de material hasta formar una lámina delgada entre las platinas de un microscopio a una temperatura bastante aproximada a la fusión del material. Seguidamente se compara el aspecto de la muestra a 200 aumentos con las microfotografías de las figuras 2 y 3 de la norma UNE 53.142.
Para tubos se corta con un microtomo una lámina delgada de material y se examina en el microscopio.
La prueba se realizará sobre cinco muestras por lote y los resultados se valorarán como en los artículos anteriores de este pliego.
Prueba de estanqueidad.
La muestra se compondrá de cinco trozos de tubo de 30 cm. de longitud por cada lote, que contendrán la marca de fábrica.
Cada trozo se cerrará en sus extremos por algún procedimiento que no implique alteración de la resistencia y permita la formación de fuerzas axiales sobre la pared del tubo cuando se le someta a la presión de prueba. Las muestras serán sometidas a una temperatura de 20 grados + 2 grados C., a la que permanecerán desde una hora antes del ensayo y se tomarán precauciones para asegurar que no quede atrapado aire en el sistema. Se conectará a una fuente de presión hidráulica. Se secará la superficie externa del tubo. Se elevará la presión hidráulica interior 1 kg/cm2 cada minuto hasta llegar a alcanzar la presión hidráulica. Se secará la superficie externa del tubo. Se elevará la presión hidráulica interior 1 kg/cm2 cada minuto hasta llegar a alcanzar la PN, manteniendo esta situación durante una hora. En este tiempo no deberán producirse fugas, goteos ni transpiraciones visibles. Si una muestra diera un resultado negativo se repetirá otra vez la prueba en otras cinco. Si se produjese en una muestra de esta segunda tanda un resultado negativo, se rechazará el lote. Si en la primera tanda de pruebas hay dos resultados negativos también se rechazar todo el lote.
Prueba de resistencia a presion hidraulica interna de larga duracion
Se tomarán diez muestras por cada lote que tendrán una longitud de, por lo menos, diez veces su diámetro nominal, con una longitud mínima de 25 cm. las cuales contendrán la marca.
Como en el caso anterior de la prueba de estanqueidad se cerrarán los dos extremos de cada trozo de tubo. Se separarán las muestras en dos lotes de cinco y se someterá uno de ellos a 37 grados + 2 grados C., y el otro a 20 grados + 2 grados C., por lo menos, desde una hora antes del comienzo del ensayo. Con las mismas precauciones expuestas en la prueba de estanqueidad, se conectará cada trozo de tubo a una fuente de presión hidráulica hasta alcanzar la presión de prueba que valdrá PN para la serie que se ensaya a 20 grados + 2 grados C.; 0,8 PN para los de MD y AD y 0,75 PN para los de BD ensayados a 37 + 2 grados centígrados. Esta situación se mantendrá durante mil horas.
Las tolerancias de la prueba serán de + 2 grados centígrados para las temperaturas de prueba, de + 1 por 100 para las presiones y de + 2 por 100 para el tiempo.