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Gestión de documentación jurídica y empresarial, Ejercicios de Fundamentos de Administración y Gestión

Este documento proporciona información sobre la gestión de documentación jurídica y empresarial, incluyendo requisitos para la realización de la pac, la obtención de certificados electrónicos y la ley de protección de datos de carácter personal. También se incluye un ejemplo de contrato de compraventa mercantil y una guía para su elaboración.

Tipo: Ejercicios

2023/2024

Subido el 20/04/2024

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PAC DESARROLLO
Módulo 02: Gestión de la
documentación jurídica y
empresarial
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¡Descarga Gestión de documentación jurídica y empresarial y más Ejercicios en PDF de Fundamentos de Administración y Gestión solo en Docsity!

PAC DESARROLLO

Módulo 02: Gestión de la

documentación jurídica y

empresarial

INFORMACIÓN IMPORTANTE

Para la correcta realización de la PAC el/la alumno/a deberá consultar los contenidos recogidos en la UF2 del material didáctico. Requisitos que deben cumplirse en vuestros trabajos: ● Todas las PACs de desarrollo se enviarán únicamente a través de la plataforma dentro de los plazos de entrega establecidos en la guía didáctica. En caso de no cumplir dichos plazos, NO se podrán enviar de forma posterior. ● Siempre que utilicéis información de Internet para responder / resolver alguna pregunta, tenéis que citar la fuente (la página web) de dónde habéis sacado esta información. ● No se aceptarán copias literales de internet. Podéis utilizar Internet para localizar información, pero el redactado de las respuestas debe ser de elaboración propia. ● Las respuestas deben estar debidamente argumentadas. No se admiten respuestas escuetas.

El certificado electrónico se obtiene de las siguientes formas: Con vídeo

identificación, con acreditación presencial en una oficina, utilizando su DNI

electrónico y utilizando su Dispositivo Móvil.

iii) ¿Para qué sirve el certificado electrónico?

 Presentación y liquidación de impuestos

 Presentación de recursos y reclamaciones

 Cumplimentación de los datos del censo de población y viviendas

 Consulta e inscripción en el padrón municipal

 Consulta de multas de circulación

 Consulta y trámites para solicitud de subvenciones

 Consulta de asignación de colegios electorales

 Actuaciones comunicadas

 Firma electrónica de documentos y formularios oficiales

b) Investiga en la LOPD (disponible en el siguiente enlace web

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2018-16673) sobre los

denominados Derechos ARCO (Acceso, Rectificación, Cancelación/ Supresión,

Oposición) y elabora un pequeño resumen de cada uno de ellos (el artículo que

regula cada derecho y un breve resumen de ese artículo).

Artículo 13. Derecho de acceso. El derecho de acceso a una gran cantidad de datos sin que se especifique cuales o que parte, por parte del responsable podrá solicitarse que se especifiquen a cuales se quiere acceder concretamente. Dicho derecho de acceso se entiende otorgado si se facilita por parte del responsable el acceso a los mimos de manera directa y remota de manera segura a ellos, que bastará con comunicarlo al afectado.

Se puede considerar acceso reiterado o repetitivo a mismos datos en más de una ocasión en corto período tiempo sin causa legítima. Si el acceso a dichos datos se solicita de manera distinta al ofrecido y supone un alto coste, se puede considerar excesivo y dichos costes de más serán asumidos por el afectado. Artículo 14. Derecho de rectificación. En el ejercicio de este derecho por parte del solicitante ha de solicitarse concretamente los datos a acceder y la corrección a realizar en los mismos, acompañando si es necesario, documentación que justifique la corrección. Artículo 15. Derecho de supresión. Cuando sea motivo por derecho de oposición, el responsable de dichos datos puede conservarlos para impedir el tratamiento de los mismos para fines de uso en el mercado. Artículo 18. Derecho de oposición. Este derecho y los relacionados con las decisiones indivuales automatizadas se ejercen segñun el artciulo 21 y 22 de Reglamento UE2016/679.

c) Consulta en la LOPD el régimen sancionador, indicando los artículos donde se

regula este régimen e indica la clasificación de las infracciones que establece la

ley, poniendo un ejemplo de cada uno de los tres tipos de infracciones. Con un

ejemplo nos referimos a imaginar una situación (puede ser ficticia) en la que

fuese de aplicación esa sanción (por ejemplo, un comportamiento inadecuado

de una gran compañía tecnológica).

Actividad 2- El contrato de compraventa mercantil

El concepto del contrato de compraventa se recoge en el artículo 1445 del Código

Civil, caracterizándose como aquél por el que una persona (vendedor) se obliga a

Séptima. – El presente contrato tiene carácter mercantil, rigiéndose por sus propias cláusulas, y en lo en ellas no esté dispuesto, por lo previsto en el Código de Comercio, leyes especiales y usos mercantiles. Octava.- Ambas partes contratantes renuncian expresamente a su fuero sometiéndose a los Juzgados y Tribunales de ______________ Y en prueba de conformidad con todo ello firman el presente documento por duplicado ejemplar y a un solo efecto en el lugar y fecha expresados en el encabezamiento. El vendedor El comprador Firmado: ______________ Firmado: ______________

Como vemos, consta de la indicación del lugar y la fecha, de un encabezamiento, de la

exposición y nombre del contrato, de las cláusulas o condiciones y con las firmas de

las partes.

En base a tus propios conocimientos, y ayudándote de ese modelo si quieres, elabora

un contrato de compraventa mercantil en base al siguiente supuesto de hecho.

La empresa BOTINES, S.L., domiciliada en la C/Azaña, nº 42, de Pamplona y con CIF B-98792839, cuyo representante es Dª Raquel Nuñez Santos (DNI 18.988.654-B), vende a Dª María Iñárritu Sánchez, con DNI 74866294-G, propietaria de la empresa CALZADOS, S.L., ubicada en la C/Castillo, nº 12, de Pamplona y con CIF B-74634956, de 250 pares de botas de seguridad para la construcción, modelo GH-473 a 20€ la unidad. La entrega se realizará en el establecimiento del comprador, siendo todos los gastos de venta a cargo del vendedor. El plazo de entrega es de 7 días hábiles a partir de la fecha de contrato y el pago se realizará en dos plazos: el 50% se entregará en metálico el día de la fecha de la firma del contrato y el 50% restante, en efecto comercial girado en la fecha del contrato a 30 días. Las responsabilidades en que se incurriera por incumplimiento serán de cuenta de quien incumpla. El contrato se firma en Pamplona el día 10 de septiembre del año 2018 y los contratantes se someten a los Juzgados de Pamplona.

En Pamplona, a 10 de septiembre de 2018

INTERVIENEN

De una parte, Dª Raquel Núñez Santos , DNI núm. 18.988.654-B , mayor de edad, en

representación de la empresa BOTINES, S.L. , CIF núm. B-98792839 y domicilio en C/Azaña,

núm. 42 , en adelante denominada PARTE VENDEDORA (o Vendedor)

De otra parte, Dª María Iñárritu Sánchez , con DNI núm. 74866294-G , mayor de edad, en

representación de la empresa CALZADOS, S.L.num.B-74634956 y domicilio en C/Castillo,

núm. 12 , en adelante denominada PARTE COMPRADORA (o Comprador)

I. Que la empresa BOTINES, S.L es propietario de los bienes que se relacionan en este

contrato.

II. Que la empresa CALZADOS, S.L tiene interés en adquirir dichos bienes para

comercializarlos en su empresa (nombre de la empresa).

ACUERDAN

Celebrar el presente CONTRATO DE COMPRAVENTA MERCANTIL , de acuerdo a las

siguientes,

CLÁUSULAS

Primera. - El objeto del presente contrato es la compraventa de doscientos cincuenta botas

de seguridad (modelo GH-473).

Segunda. - El precio del objeto de la compraventa es de veinte EUROS ( 20 €), de

conformidad para ambas partes.

Tercera. - el pago se realizará en dos plazos: el 50% se entregará en metálico el día de la

fecha de la firma del contrato y el 50% restante, en efecto comercial girado en la fecha del

contrato a 30 días, cantidad que el vendedor declara haber recibido a su entera satisfacción,

sirviendo el presente documento como carta de pago.

Cuarta. - La entrega se realizará en el establecimiento del comprador, siendo todos los

Actividad 3- La capacidad para contratar

Como hemos visto, en el ordenamiento jurídico español rige el Principio de

Presunción de Capacidad, por el cual se presume la plena capacidad de obrar de toda

persona mayor de edad no incapacitada judicialmente para con su persona, así como

para contratar o disponer de sus propiedades y derechos inter vivos o mortis causa,

salvo prueba concluyente en contrario (y así lo ha establecido la doctrina: sentencias

del Tribunal Supremo de 27 de junio de 1.977 , 7 de octubre de 1.982, entre otras).

Teniendo en cuenta esto, imagina que trabajas como auxiliar administrativo en un

despacho de abogados, donde para preparar un caso relativo a la capacidad para

contratar tu superior te ha pedido que busques jurisprudencia relativa a la materia en

un órgano judicial nacional. Gracias a tu formación, sabes que lo mejor es que para

realizar esta tarea utilices alguna aplicación que te permita buscar sentencias de

forma rápida, clara y sencilla, como por ejemplo, CENDOJ. Disponible a través del

siguiente link: http://www.poderjudicial.es/search/indexAN.jsp

CENDOJ es, entre otras cosas, el buscador del sistema de jurisprudencia del poder

judicial de España por lo que facilita enormemente la búsqueda de jurisprudencia y

tiene dos principales ventajas respecto a otros buscadores: es público y gratuito.

Buscar una sentencia es relativamente fácil puesto que podemos filtrar nuestra

búsqueda. Para realizar nuestra tarea, vamos a ir introduciendo una serie de datos en

el buscador que conocemos gracias a un amigo tuyo abogado que te ha echado una

mano para realizar tu tarea. Gracias a tu amigo, sabes que hay una sentencia que iría

muy bien para el caso si incorporas los siguientes filtros: al ser relativa a la

contratación entre particulares es jurisdicción civil, estamos buscando una sentencia,

cuyo número de resolución es 409/2019 y el órgano del que emanó la sentencia es la

Audiencia Provincial de Cáceres.

No quedará más que introducir los datos en el buscador para encontrar sentencias

que puedan sernos de utilidad para nuestro empeño.

Poniendo toda la información a nuestra disposición nos aparecerá una sentencia que

será muy útil para nuestro caso. Entra en la sentencia y responde a las siguientes

preguntas:

1. ¿Cómo se llama la ponente de la sentencia?

María Luz Charco Gómez.

2. ¿Cuál es la fecha de la sentencia?

16 de mayo de 2019.

3. Al analizar la sentencia, veremos que ésta se divide en tres partes principales:

Antecedentes de Hecho, Fundamentos Jurídicos y Fallo. Consulta el

fundamento jurídico “SEGUNDO” que habla sobre el Principio de Presunción

de Capacidad y responde a las siguientes preguntas: