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La dimensión social del Derecho: el Derecho como factor social - Prof. Alcayde, Ejercicios de Gestión de Recursos Humanos

Este texto de maría josé añón presenta una aproximación a la dimensión social del derecho, considerándolo no solo un conjunto de normas, sino un factor social que surge en relación con otros factores como económicos, políticos, culturales, etc. El derecho regula situaciones sociales y produce efectos sociales, por lo que es importante entenderlo en el marco social en el que aparece.

Tipo: Ejercicios

2016/2017

Subido el 28/11/2017

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Lee el contenido del texto, de forma individual y antes de acudir a clase /
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. El texto, escrito por la profesora María José Añón, pertenece a las pp. 69
y 70, del libro Introducción a la Teoría del Derecho, coordinado por Javier
de Lucas (Valencia, 1997).
“…una primera aproximación a la realidad jurídica pone de relieve la
presencia de tres dimensiones de la misma: una dimensión normativa, una
dimensión social y una dimensión valorativa. (…) ahora corresponde
examinar con especial atención la dimensión social del Derecho y las
funciones sociales que éste desempeña.
Desde esta perspectiva, el Derecho constituye un factor o un aspecto más
de la vida social. Esto quiere decir que el Derecho no es sólo un conjunto
de normas que como tal es una especie de isla en una sociedad
determinada. Como señala Elías Díaz, el Derecho se produce en cada
sociedad concreta por los grupos y fuerzas que de manera desigual operan
en ella, por tanto, es parte de esa sociedad, en cuanto se encuentra en
relación con los demás factores sociales. Las relaciones que se dan entre el
Derecho y el resto de factores sociales (económicos, políticos, culturales,
demográcos, etc) son de interdependencia. De ahí que se arme que el
Derecho ha de entenderse desde la referencia al marco social en el que
aparece y en el que se proyecta. Las normas, en particular, y el Derecho
globalmente considerado surgen, en principio, para dar respuesta, para
regular y ofrecer un tratamiento jurídico a diversas situaciones sociales:
intereses, conictos, opiniones o acuerdos y, por otro lado, cuando se
aplican dichas normas tienen lugar una serie de efectos sociales que
pueden coincidir o no con las expectativas que tenía el legislador al
producir la norma. “.
1.- Identica la idea principal que te sugiere la lectura/ Identica la idea
principal que et suggereix la lectura
2.- .- Relaciona el contenido del texto con alguno de los epígrafes del tema
1, explicados en la sesión teórica/ Relaciona el contingut del tex amb algun
dels epígrafs del tema 1, explicats en la sessió teòrica.

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Lee el contenido del texto, de forma individual y antes de acudir a clase / Llegeix el contingut del tex, de forma individual i abans d’anar a classe:

. El texto, escrito por la profesora María José Añón, pertenece a las pp. 69

y 70, del libro Introducción a la Teoría del Derecho , coordinado por Javier de Lucas (Valencia, 1997).

“…una primera aproximación a la realidad jurídica pone de relieve la presencia de tres dimensiones de la misma: una dimensión normativa, una dimensión social y una dimensión valorativa. (…) ahora corresponde examinar con especial atención la dimensión social del Derecho y las funciones sociales que éste desempeña.

Desde esta perspectiva, el Derecho constituye un factor o un aspecto más de la vida social. Esto quiere decir que el Derecho no es sólo un conjunto de normas que como tal es una especie de isla en una sociedad determinada. Como señala Elías Díaz, el Derecho se produce en cada sociedad concreta por los grupos y fuerzas que de manera desigual operan en ella, por tanto, es parte de esa sociedad, en cuanto se encuentra en relación con los demás factores sociales. Las relaciones que se dan entre el Derecho y el resto de factores sociales (económicos, políticos, culturales, demográficos, etc) son de interdependencia. De ahí que se afirme que el Derecho ha de entenderse desde la referencia al marco social en el que aparece y en el que se proyecta. Las normas, en particular, y el Derecho globalmente considerado surgen, en principio, para dar respuesta, para regular y ofrecer un tratamiento jurídico a diversas situaciones sociales: intereses, conflictos, opiniones o acuerdos y, por otro lado, cuando se aplican dichas normas tienen lugar una serie de efectos sociales que pueden coincidir o no con las expectativas que tenía el legislador al producir la norma. “.

1.- Identifica la idea principal que te sugiere la lectura/ Identifica la idea principal que et suggereix la lectura

2.- .- Relaciona el contenido del texto con alguno de los epígrafes del tema 1, explicados en la sesión teórica/ Relaciona el contingut del tex amb algun dels epígrafs del tema 1, explicats en la sessió teòrica.