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Asignatura: Dº ROMANO, Profesor: CAMACHO DE LOS RÍOS, Carrera: Derecho, Universidad: UGR
Tipo: Ejercicios
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Cuando llegó el principado, la misión del edicto de renovar el derecho ya se había cumplido y el emperador Adriano en el año 2130 encargó a Salvio Iuliano que recopilara todos los edictos de los magistrados y realizó una redacción definitiva que recibió el nombre de edictum perpetum.(El edicto del pretor). El ius edicendi :el pretor promulgaba un edicto y éste era el programa de las normas a las que prometía atenerse en su función jurisdiccional durante el año de mandato.
A través del edicto, el pretor llevó a cabo una evolución del derecho, primero con una adaptación y luego con un ampliación ius civile. El edicto se promulgaba cada año y era una ordenanza de mandato pero no tenía categoría de ley. A pesar de que se promulgaba cada año, la actividad de cada pretor no estaba desconectada de sus predecores pero no estaban limitados por ellos.
El edicto se promulgaba in albo. El pretor prometía que si se daba las hipótesis que se recogía en su edicto poníamos medios a su alcance para proteger a los particulares. Esos medios eran acciones o excepciones. El edicto se adaptaba a las nuevas necesidades sociales.
Para distinguir el ius gentium del ius civile , éste se basa en la apreciación intrínseca de las respectivas ordenaciones , considerando el Derecho Civil como propio de la ciudad romana y el de gentes aquel que todos los hombres usan.
Respondere se alude a las respuestas que dan los juristas sobre problemas jurídicos que plantean a los
magistrados, jueces o particulares. Esas respuestas normalmente son privadas y el efecto vinculante depende de las “auctoritas” del jurista que la dicta.
El agere es el asesoramiento que los juristas dan a los particulares para la elección de la vía procesal más
adecuada para la defensa de los intereses.
El cavere: realiza la elaboración de formularios o de modelos sobre los cuales se articula la práctica
negociable.