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PRÁCTICA 2 DEL CAMPUS, Ejercicios de Derecho Mercantil

Práctica 2 que cuelga el profesor en el campus resuelta

Tipo: Ejercicios

2025/2026

Subido el 09/01/2026

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PRÁCTICA 2 - DERECHO MERCANTIL
BLAS BUXENS JARES
1. No es empresario.
De acuerdo con el artículo 1 del Código de Comercio, los que realizan de manera
habitual una actividad mercantil son considerados empresarios. No obstante, la
práctica de la abogacía es una actividad profesional que no es comercial.
A pesar de que la sociedad anónima es, en principio, un empresario debido a su
forma (art. 2 LSC), el objeto de este caso no es mercantil, sino profesional, lo cual
elimina la posibilidad de aplicar el estatuto del empresario.
2. Sí es empresario.
A pesar de ser una sociedad profesional, su objetivo —la asesoría contable— es un
trabajo que tiene un carácter mercantil o empresarial (se trata de la organización de
recursos para prestar servicios). Asimismo, es una sociedad de capital y, por lo
tanto, un empresario según el artículo 2 LSC.
3. No es empresario.
El dueño de la empresa es el empresario, no la persona que se encarga de su
gestión o administración. El administrador opera en nombre y representación de la
sociedad.
4. No es empresario por sí mismo.
El empresario es la sociedad, no el socio, aunque posea todas las acciones.
Por su forma, solo la persona jurídica (sociedad anónima) es considerada
empresaria (art. 2 LSC).
5. Sí es empresaria.
Realiza una actividad comercial regular y a título propio, tomando la responsabilidad
de las consecuencias legales (obligaciones, riesgos, beneficios).
6. Depende de la situación.
- Si produce las obras por su cuenta y la venta de estas es un complemento a
su actividad artística, no se le puede considerar empresario, ya que el arte no
es una actividad comercial.
- Si dispone de recursos humanos y materiales para la producción y venta
regular de productos (como publicidad, logística o una tienda online), sí se
podría calificar como empresario individual.
7. No es empresario mercantil.
La arquitectura es una ocupación liberal, no comercial. A pesar de que la
investigación se estructura como una sociedad, su propósito es profesional y no
comercial.
8. Sí es empresaria.
Se considera que la ganadería es una actividad industrial o empresarial, ya que con
frecuencia es organizada y tiene como objetivo obtener ganancias.
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PRÁCTICA 2 - DERECHO MERCANTIL

BLAS BUXENS JARES

  1. No es empresario. De acuerdo con el artículo 1 del Código de Comercio, los que realizan de manera habitual una actividad mercantil son considerados empresarios. No obstante, la práctica de la abogacía es una actividad profesional que no es comercial. A pesar de que la sociedad anónima es, en principio, un empresario debido a su forma (art. 2 LSC), el objeto de este caso no es mercantil, sino profesional, lo cual elimina la posibilidad de aplicar el estatuto del empresario.
  2. Sí es empresario. A pesar de ser una sociedad profesional, su objetivo —la asesoría contable— es un trabajo que tiene un carácter mercantil o empresarial (se trata de la organización de recursos para prestar servicios). Asimismo, es una sociedad de capital y, por lo tanto, un empresario según el artículo 2 LSC.
  3. No es empresario. El dueño de la empresa es el empresario, no la persona que se encarga de su gestión o administración. El administrador opera en nombre y representación de la sociedad.
  4. No es empresario por sí mismo. El empresario es la sociedad, no el socio, aunque posea todas las acciones. Por su forma, solo la persona jurídica (sociedad anónima) es considerada empresaria (art. 2 LSC).
  5. Sí es empresaria. Realiza una actividad comercial regular y a título propio, tomando la responsabilidad de las consecuencias legales (obligaciones, riesgos, beneficios).
  6. Depende de la situación.
    • Si produce las obras por su cuenta y la venta de estas es un complemento a su actividad artística, no se le puede considerar empresario, ya que el arte no es una actividad comercial.
    • Si dispone de recursos humanos y materiales para la producción y venta regular de productos (como publicidad, logística o una tienda online), sí se podría calificar como empresario individual.
  7. No es empresario mercantil. La arquitectura es una ocupación liberal, no comercial. A pesar de que la investigación se estructura como una sociedad, su propósito es profesional y no comercial.
  8. Sí es empresaria. Se considera que la ganadería es una actividad industrial o empresarial, ya que con frecuencia es organizada y tiene como objetivo obtener ganancias.
  1. No es empresario. El usufructuario o arrendatario es el que tiene la explotación y la posesión del negocio, no el nudo propietario. Como no lleva a cabo actividades empresariales ni toma riesgos, el estatuto del empresario no le es aplicable.
  2. Sí es empresario mientras dure el arrendamiento. En los casos de transmisión a título limitado (como el usufructo o el arrendamiento), el inquilino se convierte en propietario temporal de la compañía y toma la responsabilidad de manejarla como unidad económica.