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Práctica 2 Mercantil III, Ejercicios de Derecho Mercantil

practica Nº2 derecho mercantil III del profesor Alberto Tapia

Tipo: Ejercicios

2023/2024

Subido el 26/11/2024

aalbaarg
aalbaarg 🇪🇸

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PRÁCTICA 2 MERCANTIL: Contratos del mercado de valores Alba Rivero Gomez 4ºK
1. Identificación de la Sentencia comentada.
- Sentencia 23/2016 TS, de 3 de febrero de 2016. Casación e infracción procesal Num.:
541/2015.
- Sentencia 24/2016 TS, de 3 de febrero de 2016. Casación e infracción procesal Num.:
1990/2015.
2. Supuesto de hecho. Identificación de los antecedentes del caso.
En la Sentencia 23/2016 TS, Casación e infracción procesal Num.: 541/2015 los sujetos
demandantes establecen el objeto de su demanda por la compra de acciones en 2011 a Bankia en el
error y el dolo y en la Sentencia 24/2016 TS, Casación e infracción procesal Num.: 1990/2015 los
sujetos demandantes alegan error en el consentimiento. En ambos casos, el Tribunal Supremo
confirmó la nulidad de la compra.
3. Conflicto jurídico.
En la Sentencia 23/2016 TS, Casación e infracción procesal Num.: 541/2015: La demanda inicial es
interpuesta por D. Primitivo y Laura contra Bankia, S.A., solicitando la nulidad de la orden de
compra de acciones de Bankia realizada el 19 de julio de 2011, alegando falta de consentimiento
debido a error y dolo. El Juzgado de Primera Instancia n.º 22 de Valencia dictó sentencia favorable a
los demandantes. Bankia apeló ante la Audiencia Provincial de Valencia, que confirmó la sentencia
de primera instancia. Bankia interpuso recurso extraordinario por infracción procesal y recurso de
casación ante el Tribunal Supremo.
En la Sentencia 24/2016 TS, Casación e infracción procesal Num.: 1990/2015: La demanda inicial es
interpuesta por D. Juan Pedro y María Ángeles contra Bankia, S.A., solicitando la nulidad de la
orden de compra de acciones de Bankia realizada el 19 de julio de 2011, por un importe de 9.997,50
euros, alegando error en el consentimiento. El Juzgado de Primera Instancia n.º 10 de Oviedo dictó
sentencia favorable a los demandantes. Bankia apeló ante la Audiencia Provincial de Oviedo, que
confirmó la sentencia de primera instancia.Bankia interpuso recurso extraordinario por infracción
procesal y recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
4. Criterios jurídicos. Identificación de la fundamentación jurídica decisiva para la
resolución del caso.
Sentencia 23/2016 TS
El Tribunal Supremo desestimó el recurso de Bankia, S.A., confirmando la nulidad de la suscripción
de acciones por error en el consentimiento. Los fundamentos jurídicos clave fueron:
Artículo 1266 del Código Civil: Se aplicó este artículo que establece la nulidad del contrato
cuando el consentimiento se ha prestado por error.
Ley del Mercado de Valores (LMV): Se consideró que las inexactitudes graves en el folleto
informativo violaban las obligaciones de transparencia y veracidad establecidas en la LMV.
Sentencia 24/2016 TS
El Tribunal Supremo también desestimó el recurso de Bankia, S.A., ratificando la nulidad de la
suscripción de acciones por error en el consentimiento. Los fundamentos jurídicos decisivos
incluyeron:
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PRÁCTICA 2 MERCANTIL: Contratos del mercado de valores Alba Rivero Gomez 4ºK

1. Identificación de la Sentencia comentada.

  • Sentencia 23/2016 TS, de 3 de febrero de 2016. Casación e infracción procesal Num.: 541/2015.
  • Sentencia 24/2016 TS, de 3 de febrero de 2016. Casación e infracción procesal Num.: 1990/2015. 2. Supuesto de hecho. Identificación de los antecedentes del caso. En la Sentencia 23/2016 TS, Casación e infracción procesal Num.: 541/2015 los sujetos demandantes establecen el objeto de su demanda por la compra de acciones en 2011 a Bankia en el error y el dolo y en la Sentencia 24/2016 TS, Casación e infracción procesal Num.: 1990/2015 los sujetos demandantes alegan error en el consentimiento. En ambos casos, el Tribunal Supremo confirmó la nulidad de la compra. 3. Conflicto jurídico. En la Sentencia 23/2016 TS, Casación e infracción procesal Num.: 541/2015: La demanda inicial es interpuesta por D. Primitivo y Dª Laura contra Bankia, S.A., solicitando la nulidad de la orden de compra de acciones de Bankia realizada el 19 de julio de 2011, alegando falta de consentimiento debido a error y dolo. El Juzgado de Primera Instancia n.º 22 de Valencia dictó sentencia favorable a los demandantes. Bankia apeló ante la Audiencia Provincial de Valencia, que confirmó la sentencia de primera instancia. Bankia interpuso recurso extraordinario por infracción procesal y recurso de casación ante el Tribunal Supremo. En la Sentencia 24/2016 TS, Casación e infracción procesal Num.: 1990/2015: La demanda inicial es interpuesta por D. Juan Pedro y Dª María Ángeles contra Bankia, S.A., solicitando la nulidad de la orden de compra de acciones de Bankia realizada el 19 de julio de 2011, por un importe de 9.997, euros, alegando error en el consentimiento. El Juzgado de Primera Instancia n.º 10 de Oviedo dictó sentencia favorable a los demandantes. Bankia apeló ante la Audiencia Provincial de Oviedo, que confirmó la sentencia de primera instancia.Bankia interpuso recurso extraordinario por infracción procesal y recurso de casación ante el Tribunal Supremo. 4. Criterios jurídicos. Identificación de la fundamentación jurídica decisiva para la resolución del caso. Sentencia 23/2016 TS El Tribunal Supremo desestimó el recurso de Bankia, S.A., confirmando la nulidad de la suscripción de acciones por error en el consentimiento. Los fundamentos jurídicos clave fueron: ● Artículo 1266 del Código Civil : Se aplicó este artículo que establece la nulidad del contrato cuando el consentimiento se ha prestado por error. ● Ley del Mercado de Valores (LMV) : Se consideró que las inexactitudes graves en el folleto informativo violaban las obligaciones de transparencia y veracidad establecidas en la LMV. Sentencia 24/2016 TS El Tribunal Supremo también desestimó el recurso de Bankia, S.A., ratificando la nulidad de la suscripción de acciones por error en el consentimiento. Los fundamentos jurídicos decisivos incluyeron:

Artículo 1266 del Código Civil : Similarmente, se aplicó este artículo para anular el contrato por error en el consentimiento. ● Ley del Mercado de Valores (LMV) : Se destacó que la información incorrecta en el folleto de la oferta pública de suscripción infringía las disposiciones de la LMV sobre la transparencia y veracidad de la información.