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Practica numero 2 pluralismo UC
Tipo: Ejercicios
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El 20 de diciembre de 2007 Nicolás Sarkozy tomó posesión del título de canónigo de San Juan de Letrán, tradición que involucra a los jefes de estado franceses desde Luis IV, quien gracias a sus importantes donaciones a la iglesia católica durante su reinado afianzó la relación entre esta y nuestro país vecino. En el discurso que el presidente de la Republica pronunció en dicho acto apela a la gran influencia del cristianismo en la sociedad francesa pese a la laicidad manifiesta del estado francés. Tan cierto es que el 52% de la sociedad francesa se declara simpatizante de la iglesia católica como que el Estado no tiene vinculación alguna ni con la fé cristiana ni con el resto de las religiones. Dicha ruptura del Estado con la iglesia católica se remonta a la Revolución Francesa donde se comienzan a sentar las bases de la tolerancia religiosa perdiendo la iglesia su posición privilegiada respecto al resto de religiones gracias a su vínculo con el Estado. Después, se suceden diversos acontecimientos como la primera separación de iglesia y Estado el 21 de febrero de 1795, el concordato de 1801 y finalmente, el último paso hacia delante en lo que a la laicidad del estado se refiere es la votación que tubo lugar en 1904 y que posibilitó la segregación de Francia con el Vaticano, lo cual fue el precedente directo de la Ley del 9 de diciembre de 1905. El texto legal mencionado estaba enfocado a la separación total del Estado francés con la iglesia católica y supone el fin del cristianismo como confesión oficial, así como el término de la financiación pública. Todas las propiedades de la iglesia pasaron a formar parte del Estado, siendo de este la decisión de cederlas o no a los grupos religiosos para su utilización. Por otra parte, se establece la prohibición de ubicar símbolos religiosos en edificios de índole publico. Cabe destacar respecto a la libertad de culto el artículo 1 de la ley « la República garantizará la libertad de conciencia. Garantizará el libre ejercicio de los cultos con las únicas restricciones dictadas a continuación en interés del orden público ».
aunque bien es cierto que el presidente Nicolás Sarkozy optó por una visión más positiva de la laicidad involucrando a las religiones no en el Estado pero si en la sociedad, ya que bajo su punto de vista, pertenecer a una religión u otra sólo aporta enriquecimiento cultural y distintos puntos de vista de una misma realidad, lo cual solo beneficia y enriquece la cultura franca. Dicha postura se puede observar en numerosas medidas que el ya expresidente tomó cuando aun ostentaba el cargo. Entre ellas encontramos la creación del Consejo Francés del Culto
reconoce de forma oficial la enseñanza religiosa, todas ellas con pretensiones a conseguir un entorno de dialogo con las religiones mayoritarias francesas. Parece relevante entonces, establecer una comparativa entre el modelo de laicidad francés y el español ya que ambos estados se definen como tal en sus propias constituciones, pero el ejercicio de esa laicidad se desarrolla de una manera y de acuerdo a unos pilares muy dispares. Pero primeramente me gustaría definir el término laicidad, ya que se encuentra presente
corresponde (ni mucho menos) con anticlericalismo siendo una libertad antes que una prohibición. En Francia, la laicidad ocupa un lugar fundamental, siendo para muchos el cuarto valor de la República Francesa junta a los ya conocidos: libertad, igualdad y fraternidad , complementando así a cada uno de los tres. La ley de separación comentada líneas arriba no es más que una ley hecha para proporcionar la libertad de culto a todos los individuos desvinculando al catolicismo del Estado. La laicidad es un mecanismo de igualdad , dotando al Estado de imparcialidad. Y, por último, esa laicidad es pilar fundamental de la fraternidad , pues
asume ninguna religión como propia ni mucho menos las financia, únicamente reconoce la libertad de culto. En lo que al Estado español se refiere, el concepto de laicidad daría un paso adelante, pues no sólo se proclama la liberta religiosa en el artículo primero de la Constitución española, sino que además, en el apartado tercero de dicho artículo se establece que “ los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones ”, algo impensable en nuestro país vecino. Con dicho articulo vemos representado en el Estado español la visión positiva de laicidad que aportaba el expresidente francés, integrando las distintas religiones en la vida cultural y social de nuestro país. Por otra parte, y en contraposición nuevamente a la situación francesa, en España las catedrales son bienes inmobles de los que la iglesia posee su propiedad. Cabe afirmar que respecto a las restricciones o impedimentos a la hora de profesar la religión, Francia sería un estado mucho mas taxativo como se puede observar en las
regulación del ayuno. Del mismo modo, las vacaciones en España están notablemente influenciadas por el calendario católico, en Francia esto no sucede así.