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Practica administrativo especial, sobre subvenciones
Tipo: Ejercicios
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Por ORDEN EPE/1525/2021, de 4 de febrero, se establecen las bases reguladoras y la convocatoria del Plan Remonta para la concesión de subvenciones a los municipios de las Comarcas de Jacetania, Alto Gállego, Sobrarbe, Ribagorza y Gúdar-Javalambre, para la contratación de personas desempleadas procedentes del sector de la nieve y afectadas por las restricciones derivadas de la pandemia COVID-19. Según indica la citada Orden: « El sector de la nieve y de actividades de montaña en Aragón constituye un sector esencial y estratégico que representa más del 7% de su Producto Interior Bruto. Pero las obligadas restricciones a la movilidad de las personas en todo el territorio nacional y las sucesivas y necesarias medidas de prevención adoptadas en nuestra Comunidad Autónoma para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la pandemia COVID-19, han provocado unos efectos no deseados en el empleo de las comarcas afectadas en las que, cada año, se generan cientos de puestos de trabajo vinculados a este sector. Asimismo, dichas medidas han afectado negativamente también al normal desenvolvimiento de muchas actividades vinculadas a los sectores de nieve y montaña en ámbitos como la hostelería, el transporte o el ocio, que han visto reducido su volumen de negocio y que también han experimentado una caída de los niveles de empleo con respecto a temporadas anteriores. Así, en las comarcas de Jacetania, Alto Gállego, Sobrarbe, Ribagorza o GúdarJavalambre, son muchas las personas residentes que, en la presente temporada invernal, han podido quedar en situación de vulnerabilidad por la pérdida de su empleo o por la imposibilidad de acceder al mismo como consecuencia de las citadas medidas restrictivas….» Y en consecuencia, «… con la presente Orden se articula el denominado Plan Remonta, fruto de la voluntad de colaboración entre el Gobierno de Aragón, las Diputaciones Provinciales de Huesca y Teruel y las comarcas afectadas. Dicho plan contribuirá a reducir el desempleo en las citadas comarcas mediante la contratación, por los municipios que quieran sumarse al mismo, de personas en situación de desempleo procedentes del sector de la nieve y de otras actividades vinculadas al mismo. El Gobierno de Aragón, a través del Instituto Aragonés de Empleo, contribuirá subvencionando parte del coste derivado de dichas contrataciones en los términos descritos en la presente Orden».
1.- Identifique el órgano que convoca las subvenciones y la naturaleza jurídica del instrumento utilizado para ello. ¿Es posible que las bases reguladoras de las subvenciones se establezcan en la misma convocatoria? Señale el recurso que resultaría procedente si alguien quisiera oponerse a alguna disposición contenida en las bases reguladoras de las subvenciones. ¿Sería el mismo que si el recurso se dirigiese contra alguna disposición de la convocatoria? LA CONCOVA LA CONSEJERA DE ECONOMÍA PLANIFICACIÓN Y EMPLEO. El Instituto Aragonés de Empleo. Le corresponde instruir y resolver. Ley 9/1999, de 9 de abril, de creación del Instituto Aragonés de Empleo. Artículo 1. <<1. Se crea el Instituto Aragonés de Empleo (INAEM) con el carácter de organismo autónomo de naturaleza administrativa, adscrito al Departamento competente en materia de trabajo de la Diputación General de Aragón, bajo cuya dirección, vigilancia y tutela ejerce las competencias que le atribuye esta Ley. DEPARTAMENTO DE ECONOMIA PLANIFICACION Y EMPLEO.
4.- A la vista de las Acciones subvencionables y condiciones de la contratación establecidas en el art. 6 de las bases reguladoras, indique qué ocurrirá si uno de los Ayuntamientos celebra un contrato con una persona con una duración de 2 meses.