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Asignatura: civil 2, Profesor: fernando garcia mon, Carrera: Derecho, Universidad: UCM
Tipo: Ejercicios
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MORENO HERNÁNDEZ Javier
Derecho Civil II - Grupo M
(Prof. Prácticas. Fernando Gª-Mon)
Juan tiene una granja de cría de caballos de pura sangre. El 12 de enero de 2017 acordó con Carlos, que le vendería (próximamente) dos ejemplares de entre 4 y 5 años de edad por 100. € cada uno. De los 50 caballos que cría en su granja, Juan tiene 10 caballos que cumplen con ese requisito de edad.
A) El día 30 de enero hay un incendio en la granja de Juan:
Este sería un caso de imposibilidad sobrevenida y según lo dispuesto en el artículo 1182 del CC quedaría extinguida la obligación de dar. Juan quedaría libre de responsabilidad ya que según el artículo 1105 del CC explica que nadie responderá de aquellos sucesos que no pudieran preverse y Carlos quedaría liberado de la deuda en el supuesto de que este no hubiera incurrido en mora.
La obligación no se extingue y lo dispuesto en el acuerdo no se modificaría.
Debido a que en el acuerdo no figura ningún caballo en concreto dispuesto previamente a entregar, la obligación no se extinguiría ni de modificaría.
Si, ya que se produce la destrucción del objeto sujeto a la obligación y la solución sería la misma que en la pregunta 1. La obligación se extinguiría, Juan quedaría libre de responsabilidad por la imprevisibilidad de los hechos y Carlos sería liberado de la deuda a no ser que este hubiera incurrido en mora previamente al incendio, en cuyo caso Juan recibiría una compensación.
B) (No hay incendio) El día 12 de febrero, durante el traslado de los caballos, el camión donde los transportan sufre un accidente y un caballo muere y el otro queda herido de levedad.
El riesgo de la pérdida o deterioro de los caballos es asumida por el acreedor ya que es su responsabilidad transportar el objeto de la obligación al domicilio del deudor.
Si, ya que la obligación aun podría cumplirse y la sustitución de los bienes corre a cuenta del acreedor.
Si, ya que en su granja tiene 10 caballos que cumplen los requisitos del contrato.
Si, ya que el deterioro del objeto de la obligación de imposibilitaría el cumplimiento de ésta. De esta forma Carlos podría exigir un cumplimiento forzoso de la obligación o una indemnización por daños y perjuicios.
Ya que la entrega no se ha producido no se puede considerar el incumplimiento del contrato, sin embargo la muerte del caballo Pacheco no imposibilitaría el cumplimiento de la obligación.