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Orientación Universidad
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practica convenio y demanda, Ejercicios de Derecho Civil

redaccion de un convenio regulador y una demanda

Tipo: Ejercicios

2022/2023

Subido el 22/01/2024

rafa1652
rafa1652 🇪🇸

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¡No te pierdas las partes importantes!

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En Valencia, a 22/10/2023
REUNIDOS
De una parte, D/Dña Adrian Garcia, mayor de edad, con DNI 43554243T, y domicilio en
C/ Marqués del Turia, 34, en adelante denominado/a "Padre".
Y de otra parte, D/Dña Isabel Martínez, mayor de edad, con DNI 22396767F, y domicilio
en C/ La Paz, 10, en adelante denominado/a "Madre".
Ambas partes, en adelante, se denominarán conjuntamente "los progenitores".
EXPONEN
I. Que los progenitores son progenitores de Julia, nacido/a el 13/01/2008 y con DNI
46309898H y de Pepe, nacido/a el 29/07/2013 y con DNI 46309897R
II. Que los progenitores han decidido regular los términos y condiciones que regirán su
relación con respecto a la patria potestad, custodia, visitas y otros aspectos
relacionados con los hijos menores.
III. Que los progenitores manifiestan su voluntad de llegar a un acuerdo amistoso,
equitativo y beneficioso para los hijos y para ambas partes.
ACUERDAN
PRIMERO. PATRIA POTESTAD
Ambos progenitores ejercerán conjuntamente la patria potestad sobre los hijos
menores, tomando decisiones importantes de manera consensuada.
SEGUNDO. CUSTODIA
La custodia de los hijos menores será compartida de manera equitativa, de acuerdo
con el siguiente régimen: Adrián los tendrá los días pares del mes e Isabel los días
impares
TERCERO. PENSIÓN ALIMENTICIA
No se fija pensión de alimentos para los hijos y cada uno de los padres se hará cargo de
los gastos de los niños cuando los tengan en su compañía.
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En Valencia, a 22/10/ REUNIDOS De una parte, D/Dña Adrian Garcia, mayor de edad, con DNI 43554243T, y domicilio en C/ Marqués del Turia, 34, en adelante denominado/a "Padre". Y de otra parte, D/Dña Isabel Martínez, mayor de edad, con DNI 22396767F, y domicilio en C/ La Paz, 10, en adelante denominado/a "Madre". Ambas partes, en adelante, se denominarán conjuntamente "los progenitores". EXPONEN I. Que los progenitores son progenitores de Julia, nacido/a el 13/01/2008 y con DNI 46309898H y de Pepe, nacido/a el 29/07/2013 y con DNI 46309897R II. Que los progenitores han decidido regular los términos y condiciones que regirán su relación con respecto a la patria potestad, custodia, visitas y otros aspectos relacionados con los hijos menores. III. Que los progenitores manifiestan su voluntad de llegar a un acuerdo amistoso, equitativo y beneficioso para los hijos y para ambas partes. ACUERDAN PRIMERO. PATRIA POTESTAD Ambos progenitores ejercerán conjuntamente la patria potestad sobre los hijos menores, tomando decisiones importantes de manera consensuada. SEGUNDO. CUSTODIA La custodia de los hijos menores será compartida de manera equitativa, de acuerdo con el siguiente régimen: Adrián los tendrá los días pares del mes e Isabel los días impares TERCERO. PENSIÓN ALIMENTICIA No se fija pensión de alimentos para los hijos y cada uno de los padres se hará cargo de los gastos de los niños cuando los tengan en su compañía.

CUARTO. GASTOS EXTRAORDINARIOS

Los gastos extraordinarios, como gastos médicos no cubiertos por el seguro, actividades educativas especiales, etc., serán sufragados por ambos progenitores en un 50% cada uno. QUINTO. DOMICILIO FAMILIAR Se atribuye el domicilio familiar a la Madre, y el Padre vivirá en la vivienda privativa de la que es propietario. SEXTO. REPARTO PERIODOS VACACIONALES El reparto de los periodos vacacionales se realizará de manera equitativa, asignando el 50% de los periodos vacacionales a cada progenitor. SÉPTIMO. ATRIBUCIÓN DE CUSTODIA DE ADOLFITO Se atribuye la custodia de Adolfito a la Madre. OCTAVO. PENSIÓN COMPENSATORIA No ha lugar al establecimiento de la pensión compensatoria a favor de la esposa. NOVENO. COMUNICACIÓN ENTRE LOS PROGENITORES Ambos progenitores se comprometen a mantener una comunicación fluida y respetuosa en todo lo referente a los hijos menores, informándose mutuamente sobre cuestiones relevantes. DÉCIMO. MODIFICACIONES Cualquier modificación de este convenio requerirá el consentimiento por escrito de ambas partes. UNDÉCIMO. LEGISLACIÓN APLICABLE Para cualquier cuestión litigiosa derivada de este convenio, las partes se someten a la jurisdicción de los tribunales de Valencia. Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio por duplicado en el lugar y fecha arriba indicados. Firma de Padre Firma de Madre