Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad


Ejercicios de Derecho Romano: Usufructo, Servidumbre y Traditio, Ejercicios de Derecho Romano

Practica derechos reales 2 derecho romano

Tipo: Ejercicios

2022/2023

Subido el 13/02/2023

javier-gomez-garcia-1
javier-gomez-garcia-1 🇪🇸

1 documento

1 / 4

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
2ª PRACTICA D. REALES
1.Se considera que el modo originario de constitución del usufructo es
a-el legado. b-la in iure cessio. c-la deductio.
El legado, ya que el modo originario fue el legado Vindicatorio. Legado real con el
que el testador favorecía a la viuda dejándole el usufructos de sus bienes, el cual
se dejaba a los herederos.
2.-Debe prestar la Cautio usufructuaria:
a-el nudo propietario.
b-el verdadero propietario de la cosa.
c-el titular del derecho real.
C. El titular del derecho real, pues este decía que
iba a cuidar del producto, realizando los gastos
necesarios para el mantenimiento de este.
3.-Contra el nudo propietario que impide el uso y disfrute de la cosa, se puede entablar
a-La acción reivindicatoria.
b-La acción negatoria.
c-una determinada acción real.
C. Una determinada acción real, la vindicatio usufructus, es la que tiene el usufructuario contra el
nudo propietario, ya que este no le dejaba disfrutar de su bien.
4.-El hecho de que el propietario del fundo dominante adquiriera en una herencia el
fundo sirviente tenía unas determinadas consecuencias; ¿cuáles eran?
a- El derecho de servidumbre se mantenía inalterado.
b- La servidumbre cambia de titular.
pf3
pf4

Vista previa parcial del texto

¡Descarga Ejercicios de Derecho Romano: Usufructo, Servidumbre y Traditio y más Ejercicios en PDF de Derecho Romano solo en Docsity!

2ª PRACTICA D. REALES

1.Se considera que el modo originario de constitución del usufructo es a-el legado. b-la in iure cessio. c-la deductio.  El legado, ya que el modo originario fue el legado Vindicatorio. Legado real con el que el testador favorecía a la viuda dejándole el usufructos de sus bienes, el cual se dejaba a los herederos. 2.-Debe prestar la Cautio usufructuaria : a-el nudo propietario. b-el verdadero propietario de la cosa. c-el titular del derecho real.  C. El titular del derecho real, pues este decía que iba a cuidar del producto, realizando los gastos necesarios para el mantenimiento de este. 3.-Contra el nudo propietario que impide el uso y disfrute de la cosa, se puede entablar a-La acción reivindicatoria. b-La acción negatoria. c-una determinada acción real.  C. Una determinada acción real, la vindicatio usufructus, es la que tiene el usufructuario contra el nudo propietario, ya que este no le dejaba disfrutar de su bien. 4.-El hecho de que el propietario del fundo dominante adquiriera en una herencia el fundo sirviente tenía unas determinadas consecuencias; ¿cuáles eran? a- El derecho de servidumbre se mantenía inalterado. b- La servidumbre cambia de titular.

c- Tenían lugar los efectos de la confusión.  C. Tenían lugar los efectos de la confusión, pues el titular del derecho real de servidumbre estaba protegido por la Vindicatio Servitutis, que era la acción civil que se dirigía contra el propietario del fundo sirviente. Este no puede darse contra una cosa ajena, ya que si no está desaparecería. 5.- ¿Se admitió la posibilidad de constituir un usufructo sobre un conjunto de bienes, incluidos el dinero y las cosas consumibles? a- Fue admitida ya en la época republicana. b- El usufructo sólo se refería a bienes inmuebles. c- Sí, y significaba que le usufructuario adquiría, en realidad, la propiedad del dinero y de las cosas consumibles.  C. Sí, y significaba que le usufructuario adquiría, en realidad, la propiedad del dinero y de las cosas consumibles. Esto es debido a que en la época republicana se quedó como costumbre dejar algo en herencia sin diferenciar los bienes consumibles e inconsumibles. 6.- ¿Qué facultades corresponden al acreedor fiduciario en el derecho real de garantía correspondiente? a- Está considerado como un poseedor anómalo. b- Las de un propietario civil. c- El derecho de venta en caso de incumplimiento de la deuda.  C. El derecho de venta en caso de incumplimiento de la deuda, pues el acreedor fiduciario transmite la propiedad del objeto, a través de una mancipatio para el traspaso de objetos reales. 7.- La Actio Serviana corresponde a- al propietario de los invecta et illata b- al arrendador del fundo. c- al poseedor de los invecta et illata  B. Al arrendador del fundo, pues cuando se alquila el fundo al arrendatario tiene que asegurarse que van a pagar lo acordado todos los meses y la forma de asegurarse de eso se haría a través de los animales, objetos de labranza, etc. Que hubiese dentro del mismo fundo.

2.-¿Cómo se denomina la entrega de llaves? Explicar. Se trata de una T. Simbólica ya que esta consistía en que se daba algo como prueba de que ha comprado algo. En este caso nos dan las llaves del almacén como prueba de que he comprado las 200 ánforas de vino. ………………………………………………………………………………… Cayo se apodera de un rebaño de ovejas que vende y entrega a Sempronio. Éste, que las compra sin saber que han sido hurtadas, esquila las ovejas y vende la lana. También consume para su alimentación varios corderos. Dos ovejas enferman de mastitis y tiene que hacer venir al veterinario que le manda medicación por valor de 300 euros más 100 euros de la visita. Pasados 6 meses aparece Ticio, el verdadero propietario, reclamando las ovejas. 1.-Explicar que acción interpone Ticio y que sucede. La acción reivindicatoria ya que debe responder por todos los beneficios obtenidos de la cosa de todo lo anterior a la litio contestatio. Además, se debe realizar la indemnización de todos los gastos necesarios para el mantenimiento de las ovejas, incluyendo los gastos del veterinario.