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Asignatura: civil 2, Profesor: Carmen Núñez Zorrilla, Carrera: Dret, Universidad: UAB
Tipo: Ejercicios
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La compañía mercantil “EL PARAGUAS, S.L.” tenía contraída una deuda con la entidad “BANCO Z, S.A.”, derivada de una póliza de crédito suscrita entre la sociedad y la entidad bancaria.
En dicha póliza de crédito intervinieron como fiadores solidarios, con renuncia a los beneficios de orden, división y exclusión, Juan, Antonio, Mª José y otras 2 personas, que eran todos ellos los únicos socios de “EL PARAGUAS, S.L.”.
Vencido el plazo de la deuda afianzada, la entidad acreedora “BANCO Z, S.A.” requirió notarialmente a los cofiadores, a fin de que procedieran al pago de la deuda.
En fecha anterior a dicho requerimiento notarial, los socios de “EL PARAGUAS, S.L.” habían acordado la venta de todos sus activos patrimoniales, estando la sociedad descapitalizada en la fecha de vencimiento de la deuda.
El requerimiento notarial fue atendido por Juan, quien pagó a “BANCO Z, S.A.” la totalidad de la deuda.
Juan se puso en contacto posteriormente con el resto de cofiadores y le reembolsaron la parte proporcional que les correspondía asumir Antonio y Mª José, pero no así los otros 2 socios de “EL PARAGUAS, S.L.”.
Ante esta situación, Juan interpuso demanda contra estos 2 socios en reclamación de la parte proporcional que les correspondía del importe de la total deuda.
En la contestación a la demanda presentada por los 2 demandados, se opone:
Falta de reclamación previa o simultánea al deudor principal (“EL PARAGUAS, S.L.”) del importe total de la deuda.
No haber hecho el pago Juan en virtud de demanda judicial, ni hallarse el deudor principal en estado de concurso de acreedores.
PREGUNTA: ¿Creeis que prosperarán estos dos motivos de oposición a la demanda? Razonad la respuesta.