Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad


Práctica Ius Commune, Ejercicios de Historia del Derecho

Práctica Ius commune de Emma Montanos

Tipo: Ejercicios

2021/2022

Subido el 08/03/2023

luisguillencruzado
luisguillencruzado 🇪🇸

6 documentos

1 / 2

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
SISTEMA DEL IUS COMMUNE
El ius commune es un tipo de derecho que nace entre los s. XI y XII en las escuelas
jurídicas a las que acudían estudiantes de toda Europa. Surge primero en Boloña,
precisamente cuando la ciudad se impone como centro jurídico, luego en Montpellier,
París, etc. y perdurará durante mucho tiempo, incluso trascenderá a las Indias cuando se
incorporen a la Corona de Castilla.
En este momento toda la ciencia se basa en su propio libro (la medicina, la filosofía, la
teología, etc.). El derecho también tiene el suyo, el libro del ius commune. Todas las
escuelas europeas comenzaron a seguir el modelo de la escuela de Boloña, en el que se
estudiaba el ius commune.
El ius commune se expande e impregna el ordenamiento de todos los reinos de Europa
puesto que todos los estudiantes europeos que trabajaron sobre el ius commune,
regresan a sus reinos como juristas que formarán parte de corporaciones, gremios, de las
cortes, etc. Esto produjo que en el s. XII, en la situación de ambiente ciudadano
(municipios, corporaciones, gremios, etc.), todos quisieran tener su normativa y sus
costumbres por escrito.
El ius commune está constituido por dos pilares. Estos dos pilares son el ius commune
civile (compilación de Justiniano: el código, las digesta, las novelas, etc.) y el ius
commune canonicus (colecciones de normas de la iglesia). Su constitución solo se
entiende porque Europa era una organización política basada en un imperio que coincide
con una iglesia universal (2 poderes: el papa y el emperador).
El ius commune nace cuando Irnerio, un jurista de Boloña descubre y restaura (no
modifica su contenido, sino su escritura) los libri legales civiles (hacen referencia a toda
la obra de Justiniano) y comienzan a circular sin promulgación.
De la obra de Justiniano, aparece primero el códex y las instituciones. Son fragmentos
que después recompone Irnerio. Alrededor de estos fragmentos, los juristas posteriores
escribirán las glosas, que son aclaraciones del texto.
El método de Irnerio se convirtió en el nuevo método de estudio. Enseña el derecho con
plena autonomía y se estudia el derecho de justiniano en los textos íntegros. Este método
de estudio es la glosa, que consistía en que los alumnos se sentaban alrededor del
profesor, mientras este realizaba aclaraciones entre líneas, que son las llamadas glosas
interlineales. Es un método de explicar con aclaraciones, lecturas, comentarios, etc.
Así como la obra de Justiniano data de siglos antes, el derecho canónico comienza a
desarrollarse en la época medieval con la reforma del Papa Gregorio VII, que unifica la
liturgia, reforma la visibilidad de la iglesia y fortalece el poder pontificio. Así, se configura
el papa como legislador supremo y los juristas de derecho canónico comenzaron a utilizar
la misma técnica e influencia que los glosadores del ius civile.
Graciano es el gran pilar del ius commune canonicum. Es el autor de concordia
discordantium canonum, pues puso concordia todas las fuentes que había de derecho
canónico (cánones, textos, fuentes laicas, etc.). Ante tal cantidad de disposiciones
canónicas, graciano recoge las actuales y no las antiguas, recoge las generales y no las
particulares, recoge las que mejor se entienden, etc. Todas estas compilaciones dan lugar
al corpus iuris canonici.
Los libri legales de derecho civil y los de derecho canónico forman el utrunque ius (uno y
otro derecho). El ius civile compone lo que hoy en día llamaríamos derecho privado,
público, penal, mercantil y procesal. El ius canonicum compone la vida clerical, el
pf2

Vista previa parcial del texto

¡Descarga Práctica Ius Commune y más Ejercicios en PDF de Historia del Derecho solo en Docsity!

SISTEMA DEL IUS COMMUNE

El ius commune es un tipo de derecho que nace entre los s. XI y XII en las escuelas jurídicas a las que acudían estudiantes de toda Europa. Surge primero en Boloña, precisamente cuando la ciudad se impone como centro jurídico, luego en Montpellier, París, etc. y perdurará durante mucho tiempo, incluso trascenderá a las Indias cuando se incorporen a la Corona de Castilla. En este momento toda la ciencia se basa en su propio libro (la medicina, la filosofía, la teología, etc.). El derecho también tiene el suyo, el libro del ius commune. Todas las escuelas europeas comenzaron a seguir el modelo de la escuela de Boloña, en el que se estudiaba el ius commune. El ius commune se expande e impregna el ordenamiento de todos los reinos de Europa puesto que todos los estudiantes europeos que trabajaron sobre el ius commune , regresan a sus reinos como juristas que formarán parte de corporaciones, gremios, de las cortes, etc. Esto produjo que en el s. XII, en la situación de ambiente ciudadano (municipios, corporaciones, gremios, etc.), todos quisieran tener su normativa y sus costumbres por escrito. El ius commune está constituido por dos pilares. Estos dos pilares son el ius commune civile (compilación de Justiniano: el código, las digesta, las novelas, etc.) y el ius commune canonicus (colecciones de normas de la iglesia). Su constitución solo se entiende porque Europa era una organización política basada en un imperio que coincide con una iglesia universal (2 poderes: el papa y el emperador). El ius commune nace cuando Irnerio, un jurista de Boloña descubre y restaura (no modifica su contenido, sino su escritura) los libri legales civiles (hacen referencia a toda la obra de Justiniano) y comienzan a circular sin promulgación. De la obra de Justiniano, aparece primero el códex y las instituciones. Son fragmentos que después recompone Irnerio. Alrededor de estos fragmentos, los juristas posteriores escribirán las glosas, que son aclaraciones del texto. El método de Irnerio se convirtió en el nuevo método de estudio. Enseña el derecho con plena autonomía y se estudia el derecho de justiniano en los textos íntegros. Este método de estudio es la glosa, que consistía en que los alumnos se sentaban alrededor del profesor, mientras este realizaba aclaraciones entre líneas, que son las llamadas glosas interlineales. Es un método de explicar con aclaraciones, lecturas, comentarios, etc. Así como la obra de Justiniano data de siglos antes, el derecho canónico comienza a desarrollarse en la época medieval con la reforma del Papa Gregorio VII, que unifica la liturgia, reforma la visibilidad de la iglesia y fortalece el poder pontificio. Así, se configura el papa como legislador supremo y los juristas de derecho canónico comenzaron a utilizar la misma técnica e influencia que los glosadores del ius civile. Graciano es el gran pilar del ius commune canonicum. Es el autor de concordia discordantium canonum , pues puso concordia todas las fuentes que había de derecho canónico (cánones, textos, fuentes laicas, etc.). Ante tal cantidad de disposiciones canónicas, graciano recoge las actuales y no las antiguas, recoge las generales y no las particulares, recoge las que mejor se entienden, etc. Todas estas compilaciones dan lugar al corpus iuris canonici. Los libri legales de derecho civil y los de derecho canónico forman el utrunque ius (uno y otro derecho). El ius civile compone lo que hoy en día llamaríamos derecho privado, público, penal, mercantil y procesal. El ius canonicum compone la vida clerical, el

matrimonio, el divorcio, derecho de patronato, etc. Así, ambos contribuyen a la internacionalización de la ciencia jurídica y el poder de los juristas. Con el paso de tiempo surgirán nuevos métodos de estudio para el ius commune , como el comentario, la punctatio librorum o la quaestio disputata. En conclusión, el sistema del Ius Commune lo conforman el utrunque ius , la cultura de libros, la cultura del saber escrito y la su internacionalidad.