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practica nº2 tributario, Ejercicios de Derecho Financiero y Tributario

caso practico sin resolver de derecho tributario

Tipo: Ejercicios

2020/2021

Subido el 12/06/2021

Carlita12
Carlita12 🇪🇸

15 documentos

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DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO I
CASO PRÁCTICO Nº 2
A/ Determinar el tipo de ingreso, público o no, tributario o no tributario y, en su
caso, la clase de tributo o tributos que pueden verse incluidos en los siguientes
supuestos:
1. Sanción a un pub por sobrepasar el horario fijado para el cierre de los
establecimientos públicos.
2. Un contribuyente que se encuentra con problemas de liquidez decide
pagar sus impuestos con cuadros.
3. El pago de la entrada en el Museo del Prado.
4. El pago del billete aéreo en Ryanair.
5. El Estado adquiere unos terrenos por medio del mecanismo de la
expropiación.
6. El Estado permuta con una Sociedad Mercantil unos terrenos.
7. Un Ayuntamiento recibe una subvención de una Comunidad Autónoma
para construir un polideportivo.
8. La adquisición de letras del Tesoro o Títulos de Deuda Pública en general.
9. El pago de una sanción impuesta por la Inspección de Trabajo a un
constructor que ha incumplido la normativa de la seguridad en su
empresa.
10. La cantidad que se paga por adquirir gasolina.
11. La cantidad que se paga cuando se compra una botella de whisky.
12. La cantidad que se paga por adquirir sellos para el envío postal.
13. La cantidad que se paga por utilizar una piscina municipal.
14. La cantidad que se paga por instalar una terraza en la vía pública.
15. Cantidades pagadas por los propietarios de inmuebles colindantes a
una plaza municipal que se alfalta por primera vez.
B) Un rico contribuyente zaragozano decidió, a la vista de su avanzada
edad, organizar su sucesión de la forma más eficiente fiscalmente. Se ha
empadronado en la localidad vizcaína de Muskiz, arrendando a tal efecto un
apartamento en su nombre, si bien nunca llegó a vivir en él ya que mantuvo su
residencia efectiva en Zaragoza. No obstante, presentó sus declaraciones por el
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en la Hacienda Foral de Vizcaya
durante los últimos doce años de su vida.
1. ¿Dónde es residente fiscalmente el contribuyente?
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DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO I

CASO PRÁCTICO Nº 2

A/ Determinar el tipo de ingreso, público o no, tributario o no tributario y, en su caso, la clase de tributo o tributos que pueden verse incluidos en los siguientes supuestos:

  1. Sanción a un pub por sobrepasar el horario fijado para el cierre de los establecimientos públicos.
  2. Un contribuyente que se encuentra con problemas de liquidez decide pagar sus impuestos con cuadros.
  3. El pago de la entrada en el Museo del Prado.
  4. El pago del billete aéreo en Ryanair.
  5. El Estado adquiere unos terrenos por medio del mecanismo de la expropiación.
  6. El Estado permuta con una Sociedad Mercantil unos terrenos.
  7. Un Ayuntamiento recibe una subvención de una Comunidad Autónoma para construir un polideportivo.
  8. La adquisición de letras del Tesoro o Títulos de Deuda Pública en general.
  9. El pago de una sanción impuesta por la Inspección de Trabajo a un constructor que ha incumplido la normativa de la seguridad en su empresa.
  10. La cantidad que se paga por adquirir gasolina.
  11. La cantidad que se paga cuando se compra una botella de whisky.
  12. La cantidad que se paga por adquirir sellos para el envío postal.
  13. La cantidad que se paga por utilizar una piscina municipal.
  14. La cantidad que se paga por instalar una terraza en la vía pública.
  15. Cantidades pagadas por los propietarios de inmuebles colindantes a una plaza municipal que se alfalta por primera vez. B) Un rico contribuyente zaragozano decidió, a la vista de su avanzada edad, organizar su sucesión de la forma más eficiente fiscalmente. Se ha empadronado en la localidad vizcaína de Muskiz, arrendando a tal efecto un apartamento en su nombre, si bien nunca llegó a vivir en él ya que mantuvo su residencia efectiva en Zaragoza. No obstante, presentó sus declaraciones por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en la Hacienda Foral de Vizcaya durante los últimos doce años de su vida.
  16. ¿Dónde es residente fiscalmente el contribuyente?
  1. ¿Cómo se calificaría la conducta consistente en residir efectivamente en Zaragoza, pero fiscalmente en el País Vasco?
  2. ¿Sería compatible considerar la existencia de simulación o fraude con su calificación como infracción grave?
  3. ¿Tendría alguna consecuencia esta decisión? C) Dña. Sonia Defernandez es propietaria de un local en Zaragoza que pretende vender, y ha llegado a un acuerdo con el comprador por 540.000 €. Para evitar el coste fiscal de la operación, ya que el local fue comprado por 60.000 € hace 10 años, se le aconseja aportar el local a una empresa, de la que tiene el 90 % de sus acciones y que desde hace 4 años tiene bases imponibles negativas, valorando el local por un importe de 56.000 €, y que sea esta empresa la que inmediatamente después venda el local al comprador por el precio acordado.
  4. Califica la operación. ¿Es economía de opción?
  5. ¿Qué trámites deberá seguir la Adninistración en el caso de que no esté de acuerdo con la venta realizada? D) La Inspección de Tributos ha incoado un Acta por retenciones no practicadas a una Comunidad de Propietarios. El importe total de la deuda tributaria alcanza la cifra de 26.404,15 €, de los que 18.132,54 € corresponden a las retenciones no practicadas y 8.271,62 € a intereses de demora. Además, se le ha impuesto una sanción por infracción tributaria por importe de 18.132, €.
  6. ¿Puede ser la Comunidad de Propietarios sujeto pasivo de algún impuesto?
  7. ¿Puede ser la Comunidad de Propietarios considerada como un obligado tributario?
  8. ¿Quién deberá actuar como representante de la comunidad ante la Inspección?
  9. ¿Tienen algún tipo de responsabilidad los copropietarios de la Comunidad por la deuda tributaria liquidada en el acta?, ¿y por las infracciones cometidas?, ¿podría la Administración dirigir sin más su acción de cobro contra cada uno de los propietarios?