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practica escrito de acusación derecho penal evaluación continua
Tipo: Ejercicios
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"El día 3 de desembre de 2019 a la ciutat X, sobre les 9h, l'acusat José Luis, va abordar a Luisa per sorpresa amb la intenció de mantenir relacions sexuals contra la voluntat d'ella, emprant la força i una arma blanca per doblegar la voluntat de la v íctima. L'acusat no va aconseguir finalment el seu propòsit, encara que s í va arribar a despullar, o obligar la víctima a despullar-, de l'sostenidor i la samarreta que vestia i va aconseguir baixar-li fins als genolls les malles i calces. José Luis va decidir matar Luisa després de constatar que no podia aconseguir el seu propòsit de mantenir relacions sexuals amb ella, donada la forta oposició de la v íctima, i per evitar que ella el denunciés per haver intentat agredir-la sexualment, aconseguint aix í que no es descobrís la comissió de tals fets. L'acusat va matar a Luisa amb una arma blanca, trobant-se la víctima desarmada, sense que s'hagi pogut acreditar que la víctima estigués totalment impedida per defensar davant de l'escomesa que acabaria amb la seva vida. José Luis la va matar, després colpejar-la repetidament, en cara i cap. En els seus intents per defensar-se, Luisa va patir diversos talls també en mans i avantbraç esquerre. L'acusat va assestar aix í mateix a Luisa, diversos punxades amb l'arma blanca a la zona de coll, un dels quals li va seccionar la tràquea i diversos vasos sanguinis. L'acusat, en el moment dels fets, tenia la seva capacitat per controlar els impulsos lleument disminuïda, com a conseqüència de l'retard mental lleuger que pateix i de la ingesta d'alcohol i cocaïna que havia realitzat abans de cometre els fets. " EL JUZGADO El Fiscal, en el procedimiento abreviado de la Ley Orgánica 38/02 (antes diligencias previas del Juzgado de Instrucción n. X de Valencia), despachando el traslado conferido, y en el trámite del artículo 780 de la LECr, interesa la apertura del Juicio Oral ante el Juzgado Penal para el acusado José Luis y formula, de forma provisional, las siguientes conclusiones: Primera: El acusado José Luis, el d ía 3 de diciembre de 2019, actuando después de haber consumido bebidas alcohólicas y cocaína, abordó a Luisa con la finalidad de mantener relaciones sexuales con ella. Para conseguir su objetivo, que nunca llegó a conseguir, utilizó la fuerza y un arma blanca. Sin embargo, sí consiguió quitarle o obligó a quitarse a la victima el sujetador y la camiseta, y le bajó las mallas y las bragas. Ante la oposición de Luisa, José Luis decidi ó matar a Luisa, empleando un arma blanca contra Luisa, desarmada. Luisa sufrió cortes en manos, brazos, varios pinchazos en la zona del cuello (seccionando así la tráquea y varios vasos sanguíneos) José Luis, a consecuencia de su ligero problema mental, la ingesta de alcohol y coca ína, tenia la capacidad para controlar los impulsos levemente disminuida, Segunda: Los hechos relatados son constitutivos de delito de agresión sexual en grado de tentativa, señalado en el art ículo 179 CP, relacionado con los artículos 16 y 62 del CP. Además de esto, los hechos relatados también son constitutivos de delito de asesinato consumado, regulado en el artículo 140.1.2o CP Tercera: El autor de los delitos es el acusado (art 28 CP)
Cuarta: Se le aplicaría atenuante genérica y anal ógica del artículo 21, debido a la leve alteración de su capacidad para controlar los impulsos, como consecuencia del retraso mental, la ingesta del alcohol y de cocaína. Hay una agravante por un abuso de superioridad del art.22.2 del CP, al encontrarse la victima en una situación de inferioridad, no teniendo un arma para defenderse. Quinta: A José Luis se le impondr á una pena de 6 a 12 años con privaci ón de libertad por reo de violación (HAY QUE CALCULARLO EN GRADO DE TENTATIVA, ESOS AÑOS SERÍA LA PENA EN ABSTRACTO) A José Luis se le impondr á una pena de Prisión Permanente Revisable por delito consumado de asesinato, regulado en el artículo 140.1.2º. Estos delitos constituyen un concurso real de delitos, regulado en el artículo 73 del Código Penal, así pues se sumarías todas las penas específicas para su cumplimiento simultaneo. En este caso, a José Luis se le impondr ía una pena de Prisión Permanente Revisable. Altressí diu: El Fiscal por el acto del juicio oral este interesado en los siguientes medios de prueba: 1.) Interrogatorio y examen del acusado 2.) Testificar, cito judicialmente: