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Una serie de artículos y conceptos clave relacionados con la Constitución Española y el Poder Judicial, incluyendo la jurisdicción constitucional y ordinaria, la motivación de las sentencias, la independencia del Poder Judicial, la elección de los vocales del Consejo General del Poder Judicial, la justicia gratuita, la reclamación por daños en bienes y derechos, la exigencia de motivación de las sentencias, la tutela de los Tribunales Superiores de Justicia, el régimen de incompatibilidad de los miembros del Congreso General del Poder Judicial, las tareas de policía judicial y la figura del Fiscal General del Estado.
Tipo: Ejercicios
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PRÁCTICA 16. EL PODER JUDICIAL Denisa Roxana Goder 1ºD TEST
En el artículo 112 de la Constitución Española se alude a que el gobierno debe presentar y comentar su dimisión a pesar de que tengan permiso de continuar ejerciendo sus funciones. Esta propuesta corresponde al presidente del Gobierno con la previa decisión del Consejo de Ministros. El presidente decidirá si apoya y da respaldo al Congreso ya que fue él quien les otorgó su confianza, por lo que, si esta cuestión de confianza de pierde, se llevará a cabo la dimisión del Gobierno. Después de todo esto habrá un tiempo de reflexión, por lo que se llevará a cabo la elección tras 24 horas, pudiéndose votar a favor, en contras o en blanco. La función jurisdiccional es el poder derivado de la soberanía que consiste en solucionar los conflictos de intereses entre los particulares o los particulares y el estado, cuya finalidad es proteger el orden público. TERCERO La motivación de la sentencia es aquella parte de esta en la cual se señala los argumentos que han conducido al juez a fallar en un sentido u otro, demostrando que la decisión de este no es arbitraria ni injusto, por lo que puede demostrar las razones que lo llevaron a tomar dicha resolución. Cabe destacar que el artículo 24.1 de la Constitución Española incita que en las sentencias se garantice la tutela efectiva por parte de los jueces y tribunales. Otro artículo importante para destacar es el 120.3 de la CE, afirmando que las sentencias serán siempre motivadoras y se pronunciarán en audiencia pública. La motivación de las sentencias también se apoya en la Ley Orgánica del Poder Judicial, ya que en su artículo 11 hace referencia a la obligación de juzgados y tribunales. Por otro lado, el artículo 128.1 de esa misma ley establece la estructura que debe tener toda sentencia. CUARTO La independencia del Poder Judicial constituye una pieza fundamental en nuestro ordenamiento jurídico y en todo el Estado de Derecho. La misma constitución garantiza unos principios como la independencia, la inmovilidad, la responsabilidad y la legalidad para el correcto funcionamiento del Poder Judicial. El primer principio es uno de los más importantes debido a que engloba a los juzgados y tribunales ya que son independientes de toda autoridad a la hora de tomar decisiones. El principio de independencia y el principio de inmovilidad posen una conexión, el primero de ellos consiste en que los juzgados y tribunales autosuficientes por lo que no necesitan tener otra autoridad. El principio de inmovilidad consiste en que los jueces y magistrados no pueden ser trasladados, suspendidos, separados o jubilados, salvo por causas establecidas por la ley.
Los propietarios de estos bienes mencionados pueden plantear alguna reclamación por esta desaparición, tal y como lo proclama el artículo 106.2 de la Constitución Española “Los particulares, en los términos establecidos por la ley, tendrán derecho a ser indemnizados por toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos.” Cabe destacar que el plazo de reclamo es de un año, además de ser prescriptivo y no de caducidad, contando desde que el afectado tenga conciencia de hecho. Esto se recoge en el artículo 193.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, “Tanto en el supuesto de error judicial declarado como en el de daño causado por el anormal funcionamiento de la Administración de Justicia, el interesado dirigirá su petición indemnizatoria directamente al Ministerio de Justicia, tramitándose la misma con arreglo a las normas reguladoras de la responsabilidad patrimonial del estado. Contra la resolución cabrá recurso contencioso-administrativo. El derecho a reclamar la indemnización prescribirá al año, a partir del día en que pudo ejercitarse.” SEXTO Con la exigencia de la motivación de las sentencias se procura garantizar que las sentencias se encuentren bien realizadas y promulgadas, debido a que se deben demostrar los motivos por las cuales se da la sentencia mencionada. Destacamos que una sentencia es motivada cuando se considera que se tiene que razonar por un juez, es decir, se tienen que mencionar, especificar y explicar las razones de dicha sentencia. SÉPTIMO En el artículo 152.1 de la Constitución podemos contestar si los Tribunales Superiores están o no a la tutela del Tribunal Supremo “Un Tribunal Superior de Justicia, sin perjuicio de la jurisdicción que corresponde al Tribunal Supremo, culminará la organización judicial en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma.” Este mismo artículo nos dice también que un Tribunal Superior de Justicia concluirá con la organización judicial en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma. La Organización sobre la Administración de Justicia es competencia exclusiva del Estado. OCTAVO El régimen de incompatibilidad de los miembros del Congreso General del Poder Judicial podemos encontrarlo en el artículo 389 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Destacamos, de este modo, que el cargo de Juez o Magistrado es incompatible con el ejercicio de cualquier otra jurisdicción ajena a la del Poder Judicial, con cualquier cargo de elección popular o designación política del Estado, Comunidades Autónomas, Provincias y demás entidades locales y organismos dependientes de cualquiera de ellos, con los empleos de todas clases de los Tribunales y Juzgados de cualquier orden jurisdiccional, con todo el ejercicio de la
Abogacía y de la Procuraduría, con todo tipo de asesoramiento jurídico sea o no retribuido, etc. Destacamos que un vocal no puede ser promovido a la categoría de Magistrado del Tribunal Supremo cuando le quede menos de un año para finalizar su mandato. Esto es posible distinguirlo en el artículo 584 de la Ley Orgánica del Poder Judicial “Los Vocales del Consejo General del Poder Judicial no podrán ser promovidos mientras dure su mandato a la categoría de Magistrado del Tribunal Supremo o a Magistrado del Tribunal Constitucional, ni nombrados para cualquier cargo de la carrera judicial de libre designación o en cuya provisión concurra apreciación de méritos.” NOVENO Las tareas de policía judicial no las pueden desempeñar cualquier Cuerpo o Fuerzas de Seguridad, por lo que, las tareas enlazadas con el órgano de la policía juridicial tienen que guardar relación con las Fuerzas y Cuerpos seguridad del Estado. Para la policía nacional existe una doble dependencia jerárquica de sus mandos naturales y de los órganos jurisdiccionales, tal y como afirma el artículo 126 de la CE “La policía judicial depende de los Jueces, de los Tribunales y del Ministerio Fiscal en sus funciones de averiguación del delito y descubrimiento y aseguramiento del delincuente, en los términos que la ley establezca.” DÉCIMO En esta ocasión es legal debido a que el Fiscal General del Estado tendrá un carácter de autoridad en todo el territorio español e impondrá su respeto y consideraciones debidas a su alto cargo. En el Ministerio Fiscal hay una dependencia jerárquica entre sus órganos, tal y como lo afirma el artículo 124.2 “El Ministerio Fiscal ejerce sus funciones por medio de órganos propios conforme a los principios de unidad de actuación y dependencia jerárquica y con sujeción, en todo caso, a los de legalidad e imparcialidad.” Por lo que, en la cima se encuentra el Fiscal General del Estado y por debajo, los demás órganos.