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Fuentes del Derecho y recurso de inconstitucionalidad contra leyes autonómicas, Ejercicios de Derecho Constitucional

Este documento analiza el recurso de inconstitucionalidad contra leyes autonómicas, utilizando el real decreto-ley 21/2020 como ejemplo. Se discuten las condiciones para que las comunidades autónomas (ccaa) pueden impugnar una ley, qué instituciones pueden hacerlo y el plazo de interposición. Además, se examina qué argumentos pueden presentar los recurrentes en caso de impugnación y si la norma podría limitar la libertad de fumar o salir a la calle. Se incluyen casos hipotéticos para ilustrar la aplicabilidad de las reglas.

Tipo: Ejercicios

2019/2020

Subido el 11/11/2021

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juuditgarcia 🇪🇸

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Judit García!
PRÁCTICA 1: LAS FUENTES DEL DERECHO.
Fundamente normativamente todas las respuestas.
El Real Decreto-Ley 21/2020, de 9 de junio, adoptó una serie de medidas para coordinar la
respuesta dada por los diferentes niveles de poder a la crisis sanitaria que atravesamos.
Imagine que algunas CCAA consideran que la normativa invade su ámbito competencial
(por afectar al comercio interior, al turismo, a los servicios sociales, a los centros
docentes…).
1. ¿Pueden las CCAA impugnar la citada norma?¿Cómo?¿Qué instituciones autonómicas
podrían impugnarlo?
Sí pueden mediante el recurso de inconstitucionalidad, ya que el art. 27 LOTC establece que son
susceptibles de declaración de inconstitucionalidad las leyes, disposiciones normativas y actos del
Estado con fuerza de Ley. (Objeto)
Para el ejercicio del recurso de inconstitucionalidad contra Leyes, disposiciones o actos con fuerza
de ley del Estado que puedan afectar a su propio ámbito de autonomía, están legitimados los
órganos colegiados ejecutivos y las Asambleas de las CCAA. (Art. 32.2 LOTC) (Legitimación)
Según el art. 33 LOTC los órganos colegiados ejecutivos de las CCAA podrán interponer el
recurso de inconstitucionalidad en el plazo de 9 meses. (Plazo de interposición)
2. En caso de ser posible tal impugnación, ¿qué podrían alegar los recurrentes más allá de
cuestiones de carácter competencial y otras cuestiones de fondo?
La cuestión de forma. A su vez dividido en dos planos, el análisis formal, es decir, a través de un
juicio de razonabilidad y análisis material, es decir, un análisis para constatar si el gobierno ha
tomado la decisión para hacer frente a la crisis sanitaria.
3. ¿Podría esta norma haber prohibido a los españoles fumar en la calle?¿Y limitar las
salidas a la calle a una determinada franja horaria?
No, el Gobierno podrá dictar disposiciones legislativas que no podrán afectar al ordenamiento de
las instituciones básicas del Estado, a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos
regulados en el Título I ni al régimen de las CCAA (art. 86 CE).
4. ¿Las CCAA podrían haber impugnado el RD 463/2020, de 14 de marzo, por el que se
declara el estado de alarma?
Sí, ya que se cumple el objeto del art. 27 LOTC para interponer el recurso de inconstitucionalidad.
Suponga ahora que la Comunidad Valenciana aprueba la semana que viene un nuevo EEAA
que reconoce a los valencianos del derecho al agua del Ebro.
5. ¿Podrían impugnar las instituciones aragonesas esta norma?
Sí, por el art. 32 LOTC.
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Judit García

PRÁCTICA 1: LAS FUENTES DEL DERECHO.

Fundamente normativamente todas las respuestas. El Real Decreto-Ley 21/2020, de 9 de junio, adoptó una serie de medidas para coordinar la respuesta dada por los diferentes niveles de poder a la crisis sanitaria que atravesamos. Imagine que algunas CCAA consideran que la normativa invade su ámbito competencial (por afectar al comercio interior, al turismo, a los servicios sociales, a los centros docentes…).

  1. ¿Pueden las CCAA impugnar la citada norma?¿Cómo?¿Qué instituciones autonómicas podrían impugnarlo? Sí pueden mediante el recurso de inconstitucionalidad, ya que el art. 27 LOTC establece que son susceptibles de declaración de inconstitucionalidad las leyes, disposiciones normativas y actos del Estado con fuerza de Ley. (Objeto) Para el ejercicio del recurso de inconstitucionalidad contra Leyes, disposiciones o actos con fuerza de ley del Estado que puedan afectar a su propio ámbito de autonomía, están legitimados los órganos colegiados ejecutivos y las Asambleas de las CCAA. (Art. 32.2 LOTC) (Legitimación) Según el art. 33 LOTC los órganos colegiados ejecutivos de las CCAA podrán interponer el recurso de inconstitucionalidad en el plazo de 9 meses. (Plazo de interposición)
  2. En caso de ser posible tal impugnación, ¿qué podrían alegar los recurrentes más allá de cuestiones de carácter competencial y otras cuestiones de fondo? La cuestión de forma. A su vez dividido en dos planos, el análisis formal, es decir, a través de un juicio de razonabilidad y análisis material, es decir, un análisis para constatar si el gobierno ha tomado la decisión para hacer frente a la crisis sanitaria.
  3. ¿Podría esta norma haber prohibido a los españoles fumar en la calle?¿Y limitar las salidas a la calle a una determinada franja horaria? No, el Gobierno podrá dictar disposiciones legislativas que no podrán afectar al ordenamiento de las instituciones básicas del Estado, a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el Título I ni al régimen de las CCAA (art. 86 CE).
  4. ¿Las CCAA podrían haber impugnado el RD 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma? Sí, ya que se cumple el objeto del art. 27 LOTC para interponer el recurso de inconstitucionalidad. Suponga ahora que la Comunidad Valenciana aprueba la semana que viene un nuevo EEAA que reconoce a los valencianos del derecho al agua del Ebro.
  5. ¿Podrían impugnar las instituciones aragonesas esta norma? Sí, por el art. 32 LOTC.

Judit García

  1. Y la Ley valenciana que, en desarrollo de la disposición estatutaria, concretase los términos en los que tal derecho podía materializarse? No, por el art. 32.2 LOTC.