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Resumen charla eutanasia, Ejercicios de Derecho Civil Patrimonial

Resumen de la charla sobre la eutanasia

Tipo: Ejercicios

2021/2022

Subido el 01/02/2024

ESTUDIA.DERECHO
ESTUDIA.DERECHO 🇪🇸

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LA EUTANASIA
-Ponencia inaugural: Cuestiones generales; bioética jurídica sobre la eutanasia.
Dr. D. Francisco Oliva Blázquez, Catedrático de Derecho civil Universidad Pablo de Olavide; Vocal
Comisión de Garantías de la eutanasia de Andalucía.
La Ley de la Eutanasia fue aprobada en marzo de 2021, con entrada en vigor desde el 25 de mayo
de ese mismo año. Con esta Ley se reconoce el derecho de toda persona que cumpla los requisitos
previstos en ella a solicitar y recibir la prestación de ayuda para morir, que podrá revocar en
cualquier momento. Se puede definir como un límite legal al derecho fundamental de la vida.
Puede ser de forma activa, cuyo acto deliberado de dar fin a la vida de una persona es producida
por voluntad expresa de la propia persona y con el. Objetivo de evitar su sufrimiento. Por otro lado,
los cuidados paliativos suponen la no inyección de medicamentos que eviten la prolongación
artificial de la vida o su interrupción.
El contexto eutanásico, en el cual se acepta legalmente prestar ayuda para morir a otra
persona, debe delimitarse con arreglo a determinadas condiciones que afectan a la situación
física de la persona con el consiguiente sufrimiento físico o mental en que se encuentra.
Padecimiento grave o crónico o irreversible : sufrimiento físico o psíquico constante
e intolerante, sin alivio ni mejora. En estos casos puede verse reflejada el sentimiento de falta de
autonomía por parte de la persona que lo sufre.
Enfermedad grave o incurable : el caso de la ELA, cánceres irreversibles con
poca esperanza de vida …
Muchas enfermedades psiquiátricas presentan una tendencia al suicidio que podría inclinarles a
buscar una salida en la eutanasia, aunque su enfermedad fuese tratable o incluso curable con los
medios adecuados. Sin embargo, estos supuestos de suicidio no son considerados como hechos
realmente condicionantes a poder concederles la opción eutanasia. La ley permitirá sólo
aquellas muertes que estén muy bien argumentadas, justificadas y revisadas por varias personas
especializadas.
Me llama la atención la dinámica de recurrir al sistema médico para acabar con la vida de una
persona que, a diferencia de un tetrapléjico, tendría la posibilidad de suicidarse en caso de tener una
voluntad clara y firme de morir. Hay gente que tiene muy claro que quiere terminar con su vida
porque ven que su vida no se va a mejorar y quieren usar su libertar para dejar de vivir, por lo que
siendo personas libres de decisión considero que están en sus plenas facultades para tomarla. Para
no tener que alcanzar este punto de desesperación se debe luchar por mejorar, una mejor y más
completa asistencia, aunque eso suponga unos costes mayores que es lo que realmente les
preocupa. Considero que un mayor apoyo por parte de la administración puede soliviantar muchos
de estos casos a los que se les resta importancia, los psiquiatras son los principales a portadores en
estas situaciones, ya que pueden ayudar saber cuándo tenemos que prevenir suicidios.
De igual manera podemos tomar de ejemplo las personas con discapacidad; estar en sillas de
ruedas, ser ciego o ciega, o tener cualquier tipo de enfermedad que atribuya un grado de
discapacidad no es considerado un motivo para aplicar la eutanasia. También esta la llamada
fragilidad progresiva, ese deterioro de la persona, tanto en sus capacidades físicas como psíquicas,
que pueden llevar a la consideración de querer poner fin a su vida.
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LA EUTANASIA

-Ponencia inaugural: Cuestiones generales; bioética jurídica sobre la eutanasia. Dr. D. Francisco Oliva Blázquez, Catedrático de Derecho civil Universidad Pablo de Olavide; Vocal Comisión de Garantías de la eutanasia de Andalucía. La Ley de la Eutanasia fue aprobada en marzo de 2021, con entrada en vigor desde el 25 de mayo de ese mismo año. Con esta Ley se reconoce el derecho de toda persona que cumpla los requisitos previstos en ella a solicitar y recibir la prestación de ayuda para morir, que podrá revocar en cualquier momento. Se puede definir como un límite legal al derecho fundamental de la vida. Puede ser de forma activa, cuyo acto deliberado de dar fin a la vida de una persona es producida porvoluntad expresa de la propia persona y con el. Objetivo de evitar su sufrimiento. Por otro lado, los cuidados paliativos suponen la no inyección de medicamentos que eviten la prolongación artificial de la vida o su interrupción. El contexto eutanásico, en el cual se acepta legalmente prestar ayuda para morir a otra persona,debe delimitarse con arreglo a determinadas condiciones que afectan a la situación física de la persona con el consiguiente sufrimiento físico o mental en que se encuentra. Padecimiento grave o crónico o irreversible : sufrimiento físico o psíquico constante eintolerante, sin alivio ni mejora. En estos casos puede verse reflejada el sentimiento de falta de autonomía por parte de la persona que lo sufre. Enfermedad grave o incurable : el caso de la ELA, cánceres irreversibles con pocaesperanza de vida … Muchas enfermedades psiquiátricas presentan una tendencia al suicidio que podría inclinarles a buscar una salida en la eutanasia, aunque su enfermedad fuese tratable o incluso curable con los medios adecuados. Sin embargo, estos supuestos de suicidio no son considerados como hechos realmente condicionantes a poder concederles la opción eutanasia. La ley permitirá sólo aquellasmuertes que estén muy bien argumentadas, justificadas y revisadas por varias personas especializadas. Me llama la atención la dinámica de recurrir al sistema médico para acabar con la vida de una persona que, a diferencia de un tetrapléjico, tendría la posibilidad de suicidarse en caso de tener una voluntad clara y firme de morir. Hay gente que tiene muy claro que quiere terminar con su vida porque ven que su vida no se va a mejorar y quieren usar su libertar para dejar de vivir, por lo que siendo personas libres de decisión considero que están en sus plenas facultades para tomarla. Para no tener que alcanzar este punto de desesperación se debe luchar por mejorar, una mejor y más completa asistencia, aunque eso suponga unos costes mayores que es lo que realmente les preocupa.Considero que un mayor apoyo por parte de la administración puede soliviantar muchos de estos casos a los que se les resta importancia, los psiquiatras son los principales a portadores en estas situaciones, ya que pueden ayudar saber cuándo tenemos que prevenir suicidios. De igual manera podemos tomar de ejemplo las personas con discapacidad; estar en sillas de ruedas,ser ciego o ciega, o tener cualquier tipo de enfermedad que atribuya un grado de discapacidad no es considerado un motivo para aplicar la eutanasia. También esta la llamada fragilidad progresiva, ese deterioro de la persona, tanto en sus capacidades físicas como psíquicas, que pueden llevar a la consideración de querer poner fin a su vida.

Por otro lado, considerándolo un tema muy importante que puede influir de forma pasiva o negativaa la hora de determinar la eutanasia es el contenido de un testamento vital. Esta expresión de voluntades del paciente que quedan redactadas sobre los tratamientos que desea recibir , o no está dispuesto a aceptar, en la fase final de su vida. Considero que es una parte fundamental, que es esencial para dejar constancia, de forma anticipada,de nuestra voluntad de aceptar o rechazar determinados tratamientos médicos. De esta manera, se libera a los familiares del peso de tomar decisiones por el enfermo en situaciones tan difíciles. Sin embargo, el mayor problema para su realización es que sobre el testamento vital pesa el tabú dela muerte y la enfermedad terminal. El acto de realizar un testamento vital supone enfrentarse a la idea de que vas a morir y de que, quizás, podrías sufrir una enfermedad terminal e incurable. Pero por el contrario, es mejor que se considere como documento de voluntades, es decir, una forma de que tus ideales sean llevados a cabo tal y como tu lo consideres. Estos ideales también pueden influir no solo ene l paciente o familiares sino que el propio sanitario tiene lo que se le llama la objeción de conciencia, de igual manera que el paciente puede decir sobre como desea finaliza su vida, el medico puede decir si hacer o no, si su ética o ideología se lo permite. Al final la eutanasia es considerada como un tema tabú a lo que debemos darle una mayor visibilidad, no refiriéndome a hecho de que haya un mayor numero de personas que la soliciten sino mas bien a que aquellas que lo hagan pueden conocer el procedimiento, puedan tomar la decisión con un mayor conocimiento del mismo. Los sanitarios también deben estar informados de ella, deben conocer los procesos que han de seguir, existen demasiados desconocimiento sobre el tema lo que lleva a una mala formación de aquellas que llevaran a cabo el transcurso de la misma.