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RESUMEN PRUEBA TESTIFICAL, Ejercicios de Derecho Procesal Civil

Asignatura: derecho procesal civil 2, Profesor: herrera abian, Carrera: Derecho, Universidad: UCM

Tipo: Ejercicios

2017/2018

Subido el 15/06/2018

Alfonso_VacasChal
Alfonso_VacasChal 🇪🇸

4.5

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RESUMEN DE LA PRUEBA TESTIFICAL ORDINARIA
La Prueba Testifical Ordinaria es aquella actividad procesal que provoca la
declaración de un sujeto, distinto de las partes y de sus representantes, sobre
percepciones sensoriales relativas a hechos concretos, controvertidos y
procesalmente relevantes.
El objeto de la prueba testifical son los hechos controvertidos de los que algún
sujeto haya tenido noticia.
El testigo es la persona que, sin ser parte, emite declaraciones sobre datos que
no había adquirido, para el declarante, índole procesal en el momento de su
observación, con la finalidad, común a toda la prueba, de provocar la
convicción judicial en un determinado sentido.
Las partes podrán solicitar que declaran como testigos las personas que tengan
noticia de hechos controvertidos relativos a lo que sea objeto del juicio.
Los menores de catorce años podrán declarar como testigos, si disponen de la
capacidad necesaria para conocer y declarar verazmente.
No podrán ser testigos ni quien es parte ni quien a la parte represente. No hay
límite al número de testigos.
El deber de la prueba testifical se subdivide en tres: Comparecer, declarar y
prestar juramento o promesa de decir la verdad.
Comparecer supone la obligación de acudir ante el órgano jurisdiccional. Su
incumplimiento conlleva sanciones.
Declarar, es decir, contestar a las preguntas que se le formulen.
Prestar juramento antes de declarar con la conminación de las penas
establecidas para falso testimonio. Sin embargo, a los menores de edad no se
les exigirá ni la promesa ni el prestar juramento.
El Procedimiento de la prueba testifical ordinaria y sus características son
variadas en función de:
En el momento que se presentan. Ya sea, en el juicio Ordinario o en el
Juicio Verbal.
El modo de la designación de los testigos mediante su escrito de
solicitud y el orden de declaración en caso de que haya varios testigos.
El Interrogatorio de los testigos. Descripción del interrogatorio
domiciliario. Los testigos deben estar incomunicados entre ellos. Y el
Juez o Magistrado, previo al interrogatorio, le hará una serie de
formulaciones sobre cuestiones personales, normalmente referentes a la
Ley. Explicación del Principio de Adquisición Procesal en lo referente al
Interrogatorio de los Testigos.
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RESUMEN DE LA PRUEBA TESTIFICAL ORDINARIA

La Prueba Testifical Ordinaria es aquella actividad procesal que provoca la declaración de un sujeto, distinto de las partes y de sus representantes, sobre percepciones sensoriales relativas a hechos concretos, controvertidos y procesalmente relevantes.

El objeto de la prueba testifical son los hechos controvertidos de los que algún sujeto haya tenido noticia.

El testigo es la persona que, sin ser parte, emite declaraciones sobre datos que no había adquirido, para el declarante, índole procesal en el momento de su observación, con la finalidad, común a toda la prueba, de provocar la convicción judicial en un determinado sentido.

Las partes podrán solicitar que declaran como testigos las personas que tengan noticia de hechos controvertidos relativos a lo que sea objeto del juicio.

Los menores de catorce años podrán declarar como testigos, si disponen de la capacidad necesaria para conocer y declarar verazmente.

No podrán ser testigos ni quien es parte ni quien a la parte represente. No hay límite al número de testigos.

El deber de la prueba testifical se subdivide en tres: Comparecer, declarar y prestar juramento o promesa de decir la verdad.

Comparecer supone la obligación de acudir ante el órgano jurisdiccional. Su incumplimiento conlleva sanciones.

Declarar, es decir, contestar a las preguntas que se le formulen.

Prestar juramento antes de declarar con la conminación de las penas establecidas para falso testimonio. Sin embargo, a los menores de edad no se les exigirá ni la promesa ni el prestar juramento.

El Procedimiento de la prueba testifical ordinaria y sus características son variadas en función de:

  • (^) En el momento que se presentan. Ya sea, en el juicio Ordinario o en el Juicio Verbal.
  • El modo de la designación de los testigos mediante su escrito de solicitud y el orden de declaración en caso de que haya varios testigos.
  • El Interrogatorio de los testigos. Descripción del interrogatorio domiciliario. Los testigos deben estar incomunicados entre ellos. Y el Juez o Magistrado, previo al interrogatorio, le hará una serie de formulaciones sobre cuestiones personales, normalmente referentes a la Ley. Explicación del Principio de Adquisición Procesal en lo referente al Interrogatorio de los Testigos.
  • La presentación de los informes escritos. Cuando no procede la tacha de los testigos. Cuando el informe haya sido encargado por una parte el auto de informe debe acreditar su habilitación profesional. Las preguntas se limitarán a los hechos consignados en los informes.
  • El Careo. Que se realizará cuando las interpretaciones de dos o más testigos sean gravemente contradictorias entre sí. Puede ser a instancia de parte o de oficio.
  • (^) Las Tachas
  • La valoración de la Prueba Testifical donde rige la libertad valorativa del Juez.