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tema 4.0 Prevencion, Apuntes de Gestión de Recursos Humanos

Asignatura: gestión de la prevención de riesgos laborales, Profesor: Grado en RRLL y RRHH, Carrera: Relaciones Laborales, Universidad: UMA

Tipo: Apuntes

2015/2016

Subido el 22/05/2016

pepe17692
pepe17692 🇪🇸

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TEMA 4.0
LA SEGURIDAD EN LUGARES DE
TRABAJO
TRABAJO
Dr. Juan Carlos Rubio Romero ([email protected])
Dr. Manuel Suárez Cebador ([email protected])
www.prevencionrsc.es
Universidad de Málaga
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¡Descarga tema 4.0 Prevencion y más Apuntes en PDF de Gestión de Recursos Humanos solo en Docsity!

TEMA 4.0 LA SEGURIDAD EN LUGARES DETRABAJOTRABAJO Dr. Juan Carlos Rubio Romero ([email protected])Dr. Manuel Suárez Cebador ([email protected]) Universidad de Málaga www.prevencionrsc.es

TEMA 4.0. LA SEGURIDAD EN LUGARES DE TRABAJO LEGISLACIÓN SEGURIDAD Y SALUD DIRECTIVAS SOBRE^ DIRECTIVAS SOBREDIRECTIVAS SOBREDIRECTIVAS SOBRESEGURIDAD Y SALUDDE SEGURIDAD Y SALUDEN LOS LUGARES DEENTRABAJOEL PRODUCTOTRABAJOEL PRODUCTO LEY DE PRL (L 31/95) Art.15, 17 y 41LEY DE INDUSTRIA^ (L 21/92)RICSI^ (RD2200/1995 RD 411/1997 RD 338/2010)^ RICSI^ (RD2200/1995, RD 411/1997, RD 338/2010)RSP RSP (RD 39/97)^ RD 1644/2008 (Máquinas) RD 486/1997 (lugares de trabajo)RD 1407/1992 y RD 159/1995 (Epi’s)RD 773/1997 (Epi’s)Etc.RD 1627/1997, RD 604/2006, RD 337/2010( t ió )(construcción)^ M^ d^ “CE”^ Marcado “CE”RD 2177/2004 (altura) www.prevencionrsc.es

TEMA 4.0. LA SEGURIDAD EN LUGARES DE TRABAJO Real Decreto 486/1997, de^14 de^ abril,^ por^ el^ que^ se^ establecen Disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajop^ g^

y^ g^ j • CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES.• Artículo 1. Objeto.• Artículo 2. Definiciones. • CAPÍTULO II. OBLIGACIONES DEL EMPRESARIO.• Artículo 3. Obligación general del empresario.• Artículo 4. Condiciones constructivas.• Artículo 5. Orden, limpieza y mantenimiento. Señalización.• Artículo 6 Instalaciones de servicio y protección• Artículo 6. Instalaciones de servicio y protección.• Artículo 7. Condiciones ambientales.• Artículo 8. Iluminación.• Artículo 9. Servicios higiénicos y locales de descanso.• Artículo 10. Material y locales de primeros auxilios. • Artículo 11. Información a los trabajadores.• Artículo 12. Consulta y participación de los trabajadores.• DISPOSICIONES.ANEXO I Condiciones generales de seguridad en los lugares de trabajo• ANEXO I. Condiciones generales de seguridad en los lugares de trabajo.• ANEXO II. Orden, limpieza y mantenimiento.• ANEXO III. Condiciones ambientales de los lugares de trabajo.• ANEXO IV. Iluminación de los lugares de trabajo.ANEXO V Servicios higiénicos y locales de descanso • ANEXO V. Servicios higiénicos y locales de descanso.• ANEXO VI. Material y locales de primeros auxilios. www.prevencionrsc.es

TEMA 4.0. LA SEGURIDAD EN LUGARES DE TRABAJO Real Decreto 486/1997, de^14 de^ abril,^ por^ el^ que^ se^ establecen Disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajop^ g^

y^ g^ j Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la utilización de lugares de trabajo•^ ANEXO I. Condiciones generales de seguridad en los lugares de trabajo.1.1. SEGURIDAD ESTRUCTURAL1.1. SEGURIDAD ESTRUCTURAL 1º Los edificios y locales de los lugares de trabajo deberán poseer la

estructura y solidez apropiadas^ a su tipo de utilización. 2º^ Se prohíbe sobrecargar^ los elementos citados en el apartado anterior. El acceso atechos^ o^ cubiertas^ que^ no^ ofrezcan^ suficientes

garantías^ de^ resistencia^ sólo^ podrá autorizarse cuando se proporcionen los equipos necesarios para que el trabajo puedap^ p^ q^ p^ p^ q^ j^ p realizarse de forma segura.^ www.prevencionrsc.es

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y^ g^ j Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la utilización de lugares de trabajo•^ ANEXO I. Condiciones generales de seguridad en los lugares de trabajo.1.3. SUELOS, ABERTURAS Y DESNIVELES, Y BARANDILLAS1.3. SUELOS, ABERTURAS Y DESNIVELES, Y BARANDILLAS 1º Suelos.^ Fijos, estables y no resbaladizos.2º Aberturas o desniveles.^ Protegidos mediante barandillas u otros sistemas de protección de seguridadequivalente En particular:equivalente. En particular:a) Suelos.b) Paredes o tabiques. No si la altura de caída es inferior a 2 metros.c) Lados abiertos de escaleras y rampas de más de 60 centímetros de altura. Los lados cerrados tendrán unpasamanos, a una altura mínima de 90 centímetros, si la anchura de la escalera es mayor de 1,2 metros; si es^ menor, pero ambos lados son cerrados, al menos uno de los dos llevará pasamanos.3º Barandillas.^ Materiales rígidos, altura mínima de 90 centímetros y protección que impida el paso o deslizamientopor debajo de las mismas o la caída de objetos sobre personas

. www.prevencionrsc.es

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y^ g^ j Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la utilización de lugares de trabajo•^ ANEXO I. Condiciones generales de seguridad en los lugares de trabajo.1.4. TABIQUES, VENTANAS Y VANOS1.4. TABIQUES, VENTANAS Y VANOS 1º Los tabiques transparentes o translúcidos.

Claramente señalizados y fabricados con materiales seguros.2º Seguridad en abertura cierre ajuste o fijación de ventanas vanos de iluminación cenital 2 Seguridad en abertura, cierre, ajuste o fijación de ventanas, vanos de iluminación cenitaly dispositivos de ventilación.3º Limpieza sin riesgo.^ www.prevencionrsc.es

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y^ g^ j Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la utilización de lugares de trabajo•^ ANEXO I. Condiciones generales de seguridad en los lugares de trabajo.1.6. PUERTAS Y PORTONES1.6. PUERTAS Y PORTONES 1º Puertas transparentes.^ Señalización a la altura de la vista.2º Superficies transparentes o translúcidas de las puertas y portones

. Protegerse contra la rotura. 3º Puertas y portones de vaivén.^ Permitir visibilidad de la zona a la que se accede.4º Puertas correderas.^ Sistema de seguridad que les impida salirse de los carriles y caer.5º P^ t^ t^ b^ h^ i^

ib 5º Puertas y portones que se abran hacia arriba.

Sistema de seguridad que impida su caída. 6º Puertas y portones mecánicos.^ Dispositivos de parada de emergencia y apertura manual.7º Puertas de acceso a escaleras.^ No se abrirán directamente sobre sus escalones. 8º Portones destinados a vehículos.^ Deberán poder ser utilizados por los peatones sin riesgos o biendisponer en su proximidad inmediata de puertas destinadas a tal fin, expeditas y claramente señalizadas.^ www.prevencionrsc.es

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y^ g^ j Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la utilización de lugares de trabajo•^ ANEXO I. Condiciones generales de seguridad en los lugares de trabajo.1.7. RAMPAS, ESCALERAS FIJAS Y DE SERVICIO 1º Pavimentos de rampas, escaleras y plataformas de trabajo.

Materiales no resbaladizos o dispondrán de elementos antideslizantes.2º Escaleras o plataformas con pavimentos perforados.

Abertura máxima de los intersticios será de 8 milímetrosmilímetros.3º Rampas.^ Pendiente máxima del 12% cuando su longitud sea menor que 3 metros, del 10% cuando su longitud seamenor que 10 metros o del 8% en el resto de los casos.4º Escaleras^ Anchura mínima de 1 metro excepto en las de servicio que será de 55 centímetros 4 Escaleras.^ Anchura mínima de 1 metro, excepto en las de servicio, que será de 55 centímetros.5º Peldaños.^ Mismas dimensiones y se prohíben las escaleras de caracol excepto si son de servicio.6º Escalones de las escaleras:N^ d^ i iNo de servicio.^ Huella comprendida entre 23 y 36 cms, y una contrahuella entre 13 y 20 cms.De servicio.^ Huella mínima de 15 centímetros y una contrahuella máxima de 25 centímetros.7º Descansos escaleras.^ Altura máx. 3,7 m. 8º Escaleras mecánicas y cintas rodantes.^ www.prevencionrsc.es

Dispositivos de parada de emergencia identificables y accesibles.

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y^ g^ j Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la utilización de lugares de trabajo•^ ANEXO I. Condiciones generales de seguridad en los lugares de trabajo.1.9. ESCALERAS DE MANO 1º Tendrán la resistencia y los elementos de apoyo y sujeción necesarios.2º Se utilizarán de la forma y con las limitaciones establecidas por el fabricante.

Max. 5 m. 3º A t^ d^ tili^ l^ d^ d b

á^ t bilid d 3º Antes de utilizar una escalera de mano deberá asegurarse su estabilidad.4º Se colocarán formando un ángulo aproximado de 75 grados con la horizontal5º El ascenso, descenso y los trabajos desde escaleras se efectuarán de frente a las,^ y^ j mismas.^ Más de 3,5 m. utilizar cinturón de seguridad o medidas de protección alternativas. No se utilizarán por dos omás personas simultáneamente.6º Las escaleras de mano se revisarán periódicamente.

Se prohíbe la utilización de escaleras de madera pintadas.^ www.prevencionrsc.es

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y^ g^ j Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la utilización de lugares de trabajo•^ ANEXO I. Condiciones generales de seguridad en los lugares de trabajo.1.10. VÍAS Y SALIDAS DE EVACUACIÓN 1º Se ajustarán a lo dispuesto en su normativa específica.2º Permanecer expeditas y desembocar lo más directamente posible en el exterior o enuna zona de seguridad.u a^ o a de segu dad3º En caso de peligro, los trabajadores deberán poder evacuar todos los lugares de trabajorápidamente y en condiciones de máxima seguridad.4º El^ ú^ l^ di t ib^ ió^ l^ di^ i4º El número, la distribución y las dimensiones.

Dependerán del uso, de los equipos y de las dimensiones de los lugares de trabajo y del número máximo.5º Puertas de emergencia.^ Deberán abrirse hacia el exterior y no deberán estar cerradas. Prohibidas correderaso giratorias.o giratorias.6º Puertas en recorridos de evacuación.^ Señalizadas adecuadamente. Apertura desde el interior.7º Vías y salidas específicas de evacuación.

Señalizarse conforme a RD 485/1997. www.prevencionrsc.es 8º No deberán estar obstruidas por ningún objeto.9º Iluminación de seguridad de suficiente intensidad.

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y^ g^ j Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la utilización de lugares de trabajo•^ ANEXO I. Condiciones generales de seguridad en los lugares de trabajo.1.12. INSTALACIÓN ELÉCTRICA 1º Ajustarse a lo dispuesto en su normativa específica.2º No deberá entrañar riesgos de incendio o explosión. Protección contra contactoso debe á e t a a^ esgos de^ ce d o o e p os ó

otecc ó^ co t a co tactos directos o indirectos.3º Tener en cuenta la tensión, los factores externos condicionantes y la competencia de last^ t^ d^ l^ i^ t l^ ió personas que tengan acceso a partes de la instalación.^ www.prevencionrsc.es

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y^ g^ j Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la utilización de lugares de trabajo•^ ANEXO I. Condiciones generales de seguridad en los lugares de trabajo.1.13. MINUSVÁLIDOS 1º Los lugares de trabajo y, en particular, las puertas, vías de circulación, escaleras,servicios^ higiénicos^ y^ puestos^ de^ trabajo

utilizados^ u^ ocupados^ por^ trabajadores minusválidos^ deberán^ estar^ acondicionados

para^ que^ dichos^ trabajadores^ puedan us á dos^ debe á^ esta^ aco d c o ados pa a^ que^ d c os^ t abajado es^ pueda utilizarlos.^ www.prevencionrsc.es

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las Disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajop^ g^

y^ g^ j Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la utilización de lugares de trabajo•^ ANEXO III. Condiciones ambientales de los lugares de trabajo. 1º No debe suponer un riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores. 2º No deben constituir una fuente de incomodidad o molestia para los trabajadores.

Evitar las temperaturas y las humedades extremas, los cambios bruscos de temperatura, las corrientes de aire molestas, los oloresdesagradables, la irradiación excesiva y, en particular, la radiación solar a través de ventanas, luces o tabiquesacristalados. 3º En los locales de trabajo cerrados:a)^ Temperatura entre 17 y 27º C (sedentarios) y entre 14 y 25º C (ligeros).b)^ Humedad relativa entre el 30 y el 70%.c)^ Corrientes de aire limitadas:1º T^ b j^ bi^ t^ l^ 0 25

/•1º Trabajos en ambientes no calurosos: 0,25 m/s.•2º Trabajos sedentarios en ambientes calurosos: 0,5 m/s.•3º Trabajos no sedentarios en ambientes calurosos: 0,75 m/s.d) Renovación mínima del aire: (^3) • 30 mpor hora y trabajador (sedentarios, ambientes no calurosos ni contaminados por humo de tabaco)p y j ( , p^

) (^3) • 50 mpor hora y trabajador^ (resto).4º Tener en cuenta las limitaciones o condicionantes. Según las características particulares del propio lugar de trabajo. 5º En trabajos al aire libre o locales no cerrados.^ www.prevencionrsc.es

Medidas protección contra inclemencias del tiempo. 6º Locales de descanso, servicios higiénicos, comedores y primeros auxilios.

Uso específico,

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y^ g^ j Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la utilización de lugares de trabajo•^ ANEXO IV. Iluminación de los lugares de trabajo. 1. Adaptarse a la actividad que se efectúe.a) Los riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores dependientes de las condiciones de visibilidada) Los riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores dependientes de las condiciones de visibilidad.b) Las exigencias visuales de las tareas desarrolladas.2. Iluminación natural.^ Siempre que sea posible y complementada con una iluminación artificial. 3. Niveles mínimos de iluminación.4. Condiciones:^ a)^ Distribución uniforme.b)^ Niveles y contrastes de luminancia adecuados.c)^ Evitar deslumbramientos directos.d)^ Evitar deslumbramientos indirectos.e)^ No se utilizarán sistemas o fuentes de luz que perjudiquen la percepcióne)^ No se utilizarán sistemas o fuentes de luz que perjudiquen la percepción.5. Disponer de alumbrado de emergencia de evacuación y de seguridad.6. No originar riesgos eléctricos, de incendio o de explosión.^ www.prevencionrsc.es