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El teletrabajo es una modalidad laboral con características únicas, útil para ciertos tipos de trabajo. Este documento analiza sus características, riesgos y una sentencia judicial relacionada. No todos los trabajos se adaptan a este sistema, pero aquellos que permiten controlar el ritmo y tienen entregas definidas pueden realizarse a distancia. Sectores como la banca, seguros, editoriales, diseño y tecnología facilitan este tipo de trabajo. Sin embargo, hay riesgos para el trabajador, como aislamiento, inseguridad laboral y salarios más bajos. Para la empresa, hay costes en equipamiento y dificultades de control y trabajo en equipo. La sentencia judicial analizada involucra un recurso de casación por diferencias laborales.
Tipo: Apuntes
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El teletrabajo producirá múltiples consecuencias en las relaciones laborales y ofrecerá unas características distintivas que lo harán muy útil en una gran variedad de tipos de trabajo y en diferentes tipos de actividades. Naturalmente no todos los tipos de trabajo se prestan a ser desempeñados a distancia. Las modalidades más idóneas son aquellas que: o Permiten controlar el ritmo de trabajo. o Requieren entregas definidas, tanto en lo referente al contenido como al tiempo de realización. o Pueden realizarse en plazos intermedios definidos. o Aquellas con necesidad de comunicación y/o trabajo en equipo. o Requieren espacios reducidos para su desempeño. o Requieren trabajos puramente intelectuales. Los trabajos en equipo pueden llegar a ser realizados también por este sistema, tan pronto como las técnicas multimedia y de realidad virtual avancen y permitan que diferentes personas desde lugares remotos y de modo interactivo puedan actuar sobre una misma aplicación y modificarla en función de las opiniones particulares de cada participante. Los trabajos que más se prestan a su realización a distancia son, precisamente, todos los relacionados con sistemas de información: programación de computadoras, tratamiento de textos, autoedición, diseño gráfico, entrada de datos, etc. Los sectores que más facilitan este tipo de trabajo o que mejor se adaptan al mismo son, por consiguiente: la banca, los seguros, las editoriales, el diseño, y las propias empresas informáticas y de telecomunicaciones. Riesgos que pueden afectar a un trabajador a) Punto de vista del trabajador: o Aislamiento del individuo. o Sentimiento de inseguridad laboral y social. o Menores salarios (en el caso de trabajadores no cualificados). o Las organizaciones sindicales se suelen oponer a esta modalidad de trabajo porque hace disminuir su influencia en los trabajadores, a favor de los empresarios que, tienen más posibilidad de controlar el trabajo.
b) Punto de vista de la empresa: o Costes en equipamientos. o Dificultad de control del trabajador. o Necesidad de introducir cambios organizativos en la empresa. o Mayores dificultades para el trabajo en equipo. Este inconveniente se puede superar, para ciertos tipos de trabajos, mediante la organización y el empleo de medios telemáticos adecuados, sobre todo cuando la multimedia y la realidad virtual permitan mayor facilidad para la interactividad. o o o o Contra la decisión de alzada, el demandante anunció recurso de casación, el 19 de febrero de 2015, el cual fue admitido por el Juzgado Superior el día 25 de ese mismo mes y año, siendo formalizado de forma tempestiva. No hubo impugnación. Características de la sentencia :