Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad


Teoría del Derecho, Apuntes de Teoría del Derecho

Asignatura: Teoría del Derecho, Profesor: Alberto del Real, Carrera: Derecho, Universidad: UJAEN

Tipo: Apuntes

2015/2016

Subido el 30/11/2016

fidel_ramos_osete
fidel_ramos_osete 🇪🇸

3.7

(12)

17 documentos

1 / 4

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
1. Concepto de Derecho:
El derecho está presente en la vida de las personas, incluso antes del nacimiento,
está presente también tanto en la vida pública como privada.
El derecho obliga a poner nombre y apellidos, va a regular los actos más
importantes de nuestra vida.
El derecho está presente en la vida pública, de hecho es la base de cualquier
sociedad.
Las instituciones o los estados se comunican también a través del derecho.
El derecho no es un concepto pacífico, es algo que nos hace acudir a diversas
definiciones, ya que este es un regulador de la sociedad, es algo controvertido.
En definitiva es un fenómeno de la multidimensional, es decir que los podemos
estudiar dentro de diversas perspectivas (Jurídico, formal, material jurista y
valores.)
Es imposible que el derecho no está unido a la política, ya que no presenta
objetivo, todo va comunicado a través de las diversas opciones.
Derecho: instrumento que sirve para organizar a la sociedad, a través del
establecimiento de normas que toman la forma de normas jurídicas y que través de
estas se imponen determinados modelos de conductas que han de seguir los ciudadanos,
que se encuentran dentro del territorio español.
El derecho a través de la imposición de normas hace que se desarrolle un orden
coactivo en el cual se han de cumplir las normas, ya que el incumplimiento de
las mismas será tomado como resultado para la imposición de sanciones.
El derecho va a imponer derechos de hacer y de no hacer determinados actos
como por ejemplo: (Accidente de tráfico, o “si bebes no conduzcas”)
El derecho no se va a meter en la vida privada de la personas, sino que va a
imponer una serie de valores específicos. (Infancia)
El derecho democrático ordena la sociedad de forma democrática, a través de
valores democráticos como la dignidad humana, la libertad, la igualdad…
Hay que decir que no siempre el derecho actúa de manera correcta, sino que
cuando esta falla se impone el cao, y solo vale el más fuerte, aprovechándose de
la gente. (La mafia, Fac…)
Desde el siglo XIX, el derecho organizado de forma democrática se expresa a partir de
una constitución como marco de convivencia social y política para la sociedad.
1.2. Principios generales sobre la oportunidad de intervenir el Derecho.
Hay dos principios que tienen el derecho a la hora de intervenir en la vida de las
personas:
a. Principio democrático – liberal: está en la base de todas las democracias. Tolo
lo que no está expresamente prohibido en el derecho, se permite permitido.
Mediante este principio se nos permite hacer todo, menos lo que el
ordenamiento jurídico no nos permita hacer.
b. Principio autoritario: Tolo lo que no está expresamente permitido por el
derecho, se presume prohibido.
3. El derecho como condicionante social.
TEORÍA DEL DERECHO Y ARGMENTACIÓN JURÍDICA
TEMA 1. EL DERECHO COMO FORMA DE ORGANIZACIÓN SOCIAL.
Fidel Ramos Osete.
4
4
pf3
pf4

Vista previa parcial del texto

¡Descarga Teoría del Derecho y más Apuntes en PDF de Teoría del Derecho solo en Docsity!

  1. Concepto de Derecho:
  • El derecho está presente en la vida de las personas, incluso antes del nacimiento, está presente también tanto en la vida pública como privada.
  • El derecho obliga a poner nombre y apellidos, va a regular los actos más importantes de nuestra vida.
  • El derecho está presente en la vida pública, de hecho es la base de cualquier sociedad.
  • Las instituciones o los estados se comunican también a través del derecho.
  • El derecho no es un concepto pacífico, es algo que nos hace acudir a diversas definiciones, ya que este es un regulador de la sociedad, es algo controvertido. En definitiva es un fenómeno de la multidimensional, es decir que los podemos estudiar dentro de diversas perspectivas (Jurídico, formal, material jurista y valores.)
  • Es imposible que el derecho no está unido a la política, ya que no presenta objetivo, todo va comunicado a través de las diversas opciones.

Derecho: instrumento que sirve para organizar a la sociedad, a través del establecimiento de normas que toman la forma de normas jurídicas y que través de estas se imponen determinados modelos de conductas que han de seguir los ciudadanos, que se encuentran dentro del territorio español.

  • El derecho a través de la imposición de normas hace que se desarrolle un orden coactivo en el cual se han de cumplir las normas, ya que el incumplimiento de las mismas será tomado como resultado para la imposición de sanciones.
  • El derecho va a imponer derechos de hacer y de no hacer determinados actos como por ejemplo: (Accidente de tráfico, o “si bebes no conduzcas”)
  • El derecho no se va a meter en la vida privada de la personas, sino que va a imponer una serie de valores específicos. (Infancia)
  • El derecho democrático ordena la sociedad de forma democrática, a través de valores democráticos como la dignidad humana, la libertad, la igualdad…
  • Hay que decir que no siempre el derecho actúa de manera correcta, sino que cuando esta falla se impone el cao, y solo vale el más fuerte, aprovechándose de la gente. (La mafia, Fac…) Desde el siglo XIX, el derecho organizado de forma democrática se expresa a partir de una constitución como marco de convivencia social y política para la sociedad.

1.2. Principios generales sobre la oportunidad de intervenir el Derecho.

Hay dos principios que tienen el derecho a la hora de intervenir en la vida de las personas: a. Principio democrático – liberal: está en la base de todas las democracias. Tolo lo que no está expresamente prohibido en el derecho, se permite permitido. Mediante este principio se nos permite hacer todo, menos lo que el ordenamiento jurídico no nos permita hacer. b. Principio autoritario: Tolo lo que no está expresamente permitido por el derecho, se presume prohibido.

  1. El derecho como condicionante social.

TEMA 1. EL DERECHO COMO FORMA DE ORGANIZACIÓN SOCIAL.

Fidel Ramos Osete.

El derecho trata de condicionar la conducta de las persona, nos dice lo que debemos hacer, y trata de imponer un orden social en nuestro entorno, en base a un sistema de valores.

  • Que regula el derecho: acciones de atención del derecho: Afrontar aquellas acciones que son objeto de mayor atención por el ordenamiento jurídico,
  • Como regula el derecho: ¿de qué modo o forma regula el derecho? El derecho regula un determinado número de acciones, de una de terminada manera o forma, en torno a otros ordenamientos de formas.
  • Para que regula el derecho: ¿Con que fin último regula el derecho ?: para realizar la justicia: la justicia como fin del derecho. El derecho regula las acciones de las personas para hacer justicia.

A. QUE REGULA EL DERECHO:

Qué tipo de acciones que son objeto de atención por el Derecho:

  • Acciones estrictamente humanas: el derecho va a fijar su atención en las acciones que aquel sujeto que reconoce como sujeto del derecho, la persona. El derecho va a buscar cuando no se obedece lo que él dice a un responsable, y ese responsable para sancionarlo han de ser las personas, tanto individuales como colectivas. (El derecho no le va a interesar físico – regulares.)
  • Acciones libres y responsables: el derecho se fija en las acciones humanas que los seres humanos hacen con conciencia de que las están haciendo. Si hay entera libertas, el derecho puede hacer responsable al sujeto.
  • Acciones exteriorizadas y objetívales: al derecho no va a tener interés en regular la conciencia interior de los sujetos. Solo cuando esa conciencia interior se exterioriza, mediante algún tipo de acto y eso es posible constatarlo desde fuera del sujeto, entonces es cuando al sujeto le interesa esa acción.
  • Acciones que afectan al orden social: todo lo que altere esa conservación del orden social establecido por el derecho, le va a interesar al ordenamiento jurídico, al derecho. ■ Principio del daño: todo lo que afecte al mantenimiento del orden social establecido, genera un daño. Cuando un daño aparece el derecho. Aquello a lo que se daña se le denomina como bienes jurídicos a proteger por el ordenamiento jurídico. ■ Bienes jurídicos: el conjunto de valores, principios y derechos que un ordenamiento jurídico incluye como objeto principal de su realización.

B. CÓMO REGULA EL DERECHO:

¿De qué modo o forma regula el Derecho?: las formas del Derecho:

TEMA 1. EL DERECHO COMO FORMA DE ORGANIZACIÓN SOCIAL.

Fidel Ramos Osete.

El derecho persigue el fin de la justicia, es un objetivo general que debe concretar cada sociedad en sus normas jurídicas en un momento determinado.

  • Justicia antigua: antes de la justicia moderna no existía un sistema organizado de justicia, como la base de los derechos y con un poder judicial independiente o imparcial que administra nuestra justicia. En definitiva esta se parecía a la caridad.
  • Justicia moderna: la justicia no es caridad. El derecho moderno estructura un sistema organizado para responder a las peticiones de justicia de los ciudadanos.

La justicia como sistema de justicia y organizado por el estado. Libertad, igualdad, solidaridad y seguridad jurídica.

La justicia es un derecho fundamental de los ciudadanos. El derecho de obtener justicia en el estado de Derecho, contenido del derecho a la justicia como dar a cada uno lo suyo. Relaciones derecho economía: sistema de distribución de justicia, mercado, estado, mixto. En el sistema moderno de justica se traduce en el derecho a la jurisdicción, el derecho a la tutela judicial, efectuada en el Artículo 24.

Este derecho es recibido por los jueces, los tribunales y van a tener el deber de impartir justica.

  1. Algunas distinciones relevantes.

Derecho objetivo:

  • Es el ordenamiento jurídico que mediante la coacción impone un orden social determinado. Derechos subjetivos:
  • Beneficios o facultades que el derecho garantiza de forma permanente a la ciudadanía.
  • El derecho va a tratar de imponer un orden social establecido, por ello va a tratar de condicionar la conducta de los ciudadanos, utilizando la coacción para ello.

SÍNTESIS:

  • El Derecho como condicionante social: es un condicionante social, imperativo, coactivo, normativo y racional.

TEMA 1. EL DERECHO COMO FORMA DE ORGANIZACIÓN SOCIAL.

Fidel Ramos Osete.