Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad


El Tribunal Constitucional: Composición, Organización y Competencias, Esquemas y mapas conceptuales de Derecho Constitucional

Esquema del Tribunal Constitucional

Tipo: Esquemas y mapas conceptuales

2018/2019
En oferta
30 Puntos
Discount

Oferta a tiempo limitado


Subido el 25/11/2019

alvaro-r-de-leyva
alvaro-r-de-leyva 🇪🇸

5

(1)

5 documentos

1 / 3

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
www.opositatest.com enero 2019
Esquemas OpositaTest
EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Regulación:
§ Constitución Española 1978, Título IX, artículos 159-165
§ Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre del Tribunal Constitucional
COMPOSICIÓN
(Art. 159-160 CE)
12 miembros nombrados por el Rey:
§ 4 a propuesta Congreso por mayoría 3/5
§ 4 a propuesta Senado por mayoría 3/5
§ 2 propuesta del Gobierno
§ 2 a propuesta del CGPJ
Elegidos por un periodo de 9 años y se renovarán por terceras
partes cada tres.
El Presidente será nombrado por el Rey a propuesta del Tribunal
en Pleno por 3 años
MIEMBROS
Deberán ser nombrados entre Magistrados y Fiscales,
Profesores de Universidad, funcionarios públicos y Abogados,
todos ellos juristas de reconocida competencia con más de 15
años de ejercicio profesional (art. 159.2 CE)
La condición de miembro del TC es incompatible:
- Con todo mandato representativo
- Con los cargos políticos o administrativos
- Desempeño de funciones directivas en
partidos/sindicatos y con empleo al servicio de los
mismos
- Ejercicio carrera judicial/fiscal
- Cualquier actividad profesional o mercantil
- Además tendrán incompatibilidades propias de los
miembros del poder judicial (art. 159.4 CE)
Serán independientes e inamovibles en ejercicio de su
mandato (art. 159.5 CE)
pf3
Discount

En oferta

Vista previa parcial del texto

¡Descarga El Tribunal Constitucional: Composición, Organización y Competencias y más Esquemas y mapas conceptuales en PDF de Derecho Constitucional solo en Docsity!

Esquemas OpositaTest

EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

Regulación:

§ Constitución Española 1978, Título IX, artículos 159- 165

§ Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre del Tribunal Constitucional

COMPOSICIÓN

(Art. 159-160 CE) 12 miembros nombrados por el Rey: § 4 a propuesta Congreso por mayoría 3/ § 4 a propuesta Senado por mayoría 3/ § 2 propuesta del Gobierno § 2 a propuesta del CGPJ Elegidos por un periodo de 9 años y se renovarán por terceras partes cada tres. El Presidente será nombrado por el Rey a propuesta del Tribunal en Pleno por 3 años MIEMBROS Deberán ser nombrados entre Magistrados y Fiscales, Profesores de Universidad, funcionarios públicos y Abogados, todos ellos juristas de reconocida competencia con más de 15 años de ejercicio profesional (art. 159.2 CE) La condición de miembro del TC es incompatible :

  • Con todo mandato representativo
  • Con los cargos políticos o administrativos
  • Desempeño de funciones directivas en partidos/sindicatos y con empleo al servicio de los mismos
  • Ejercicio carrera judicial/fiscal
  • Cualquier actividad profesional o mercantil
  • Además tendrán incompatibilidades propias de los miembros del poder judicial (art. 159.4 CE) Serán independientes e inamovibles en ejercicio de su mandato (art. 159.5 CE)

El Tribunal Constitucional ORGANIZACIÓN PRESIDENTE (Art. 9 LOTC) § Nombrado por el Rey a propuesta del Pleno , entre sus miembros por mayoría absoluta en 1ª votación o en 2ª votación por mayor número de votos. En caso de empate se efectuará una última votación y si éste se repitiese, será propuesto el de mayor antigüedad en el cargo y en caso de igualdad el de mayor edad. § Elegido por 3 años con posibilidad de una reelección. VICEPRESIDENTE (Art. 9 LOTC): § Elegido por el mismo procedimiento que el Presidente § Elegido por 3 años PLENO (Art. 6 LOTC): § Compuesto por todos los Magistrados del TC § Presidente el Pleno el Presidente, en su defecto el Vicepresidente y a falta de ambos el magistrado más antiguo en el cargo y en caso de igual antigüedad el de mayor edad. SALAS (Art. 7 LOTC): § 2 Salas, cada una compuesta por 6 Magistrados nombrados por el Tribunal en Pleno § Sala 1ª presidida por el Presidente del TC § Sala 2ª presidida por el Vicepresidente. SECCIONES (Art. 8 LOTC): § Para el despacho ordinario y la decisión sobre la admisibilidad de los recursos el Pleno y las Salas constituirán Secciones § Compuestas por el respectivo Presidente o quien le sustituya y 2 Magistrados.