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ANEXO 1 LIBRO, Apuntes de Derecho Internacional Público

Asignatura: DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO, Profesor: Fernando Lozano, Carrera: Derecho, Universidad: UAH

Tipo: Apuntes

2013/2014

Subido el 03/06/2014

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ANEXO 1
1.- ¿Qué se entiende por sistema internacional?
El sistema internacional puede definirse corno un conjunto de relaciones
entre un determinado número de actores, sobre todo los Estados, las
Organizaciones Internacionales y las fuerzas transnacionales que se
desarrolla en un entorno material (que es planetario en este momento
histórico) y se somete a un determinado modo de regulación.
2.- Enumere y describa brevemente las dos dimensiones del sistema
internacional
Encontramos la dimensión material o socio histórica (que hace referencia el
entorno o medio material en el que se encuentra el derecho y donde como
rasgo representativo encontramos su ámbito planetario) y por otro lado la
dimensión formal o normativa (integrada por los caracteres o elementos
principales del DI vigente destacando que el solo una simple recopilación
de normas sino que existen relaciones entre ellas.
3.- Enumere los principales caracteres de la sociedad internacional
contemporánea y describa uno de ellos.
En la sociedad internacional contemporánea podemos encontrar dos
dimensiones. Dentro de la dimensión material encontramos los siguientes
caracteres:
Planetaria, compleja, heterogénea, fragmentada, poco integrada e
interdependiente.
La fragmentación la encontramos reflejada en dos grandes escisiones, la
escisión económica entre centro y periferia o norte y sur, y la escisión
política entre las grandes potencias y el resto de estados, a las que hay que
sumar las diferencias culturales que entrecruzan todo el sistema.
4.- ¿Por qué se afirma que la sociedad internacional es planetaria?
La sociedad internacional es planetaria porque la escala de los problemas
comunes que la agobian se ha hecho planetaria, ya se trate del crimen
organizado, el terrorismo internacional, las migraciones masivas, el
deterioro del medio ambiente, las crisis económicas o los conflictos bélicos,
abundando otro elemento o rasgo clave como es la interdependencia. De -
gran importancia la mundialización de las comunicaciones.
DERECHO INTERNACIONAL
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ANEXO 1

1.- ¿Qué se entiende por sistema internacional?

El sistema internacional puede definirse corno un conjunto de relaciones entre un determinado número de actores, sobre todo los Estados, las Organizaciones Internacionales y las fuerzas transnacionales que se desarrolla en un entorno material (que es planetario en este momento histórico) y se somete a un determinado modo de regulación.

2.- Enumere y describa brevemente las dos dimensiones del sistema internacional

Encontramos la dimensión material o socio histórica (que hace referencia el entorno o medio material en el que se encuentra el derecho y donde como rasgo representativo encontramos su ámbito planetario) y por otro lado la dimensión formal o normativa (integrada por los caracteres o elementos principales del DI vigente destacando que el solo una simple recopilación de normas sino que existen relaciones entre ellas.

3.- Enumere los principales caracteres de la sociedad internacional contemporánea y describa uno de ellos.

En la sociedad internacional contemporánea podemos encontrar dos dimensiones. Dentro de la dimensión material encontramos los siguientes caracteres:

Planetaria, compleja, heterogénea, fragmentada, poco integrada e interdependiente.

La fragmentación la encontramos reflejada en dos grandes escisiones, la escisión económica entre centro y periferia o norte y sur, y la escisión política entre las grandes potencias y el resto de estados, a las que hay que sumar las diferencias culturales que entrecruzan todo el sistema.

4.- ¿Por qué se afirma que la sociedad internacional es planetaria?

La sociedad internacional es planetaria porque la escala de los problemas comunes que la agobian se ha hecho planetaria, ya se trate del crimen organizado, el terrorismo internacional, las migraciones masivas, el deterioro del medio ambiente, las crisis económicas o los conflictos bélicos, abundando otro elemento o rasgo clave como es la interdependencia. De - gran importancia la mundialización de las comunicaciones.

5. ¿Por qué se afirma que la sociedad internacional es compleja?

La sociedad internacional es compleja por la lista impresionante de problemas muy diversos a los que debe hacer frente, desde la pobreza extrema de muchos países en desarrollo hasta las grandes catástrofes medioambientales. También es compleja por la importancia e intensidad de los cambios que padece en muy variados frentes, en ocasiones de forma imprevista y vertiginosa. En el frente político por ejemplo la desintegración del bloque socialista, paralela a la desintegración de algunos estados de la región, p.ej. URSS (Unión de Republicas Soviéticas).

6.- ¿Por qué se afirma que la sociedad internacional es heterogénea?

La sociedad internacional es heterogénea, sobre todo, por las grandes diferencias en cuanto a territorio, población, riquezas naturales y poderío económico y militar que existen entre los Estados. Conviene destacar la desmesurada desigualdad económica entre Estados desarrollados y en desarrollo, que divide de hecho a estos dos mundos bien diferentes" (centro y periferia, norte y sur) y que es resultado de las Sucesivas revoluciones industriales que han transformado occidente en los dos últimos siglos.

7.- ¿Por qué se afirma que la sociedad internacional es interdependiente?

La sociedad internacional es también interdependiente porque los Estados nunca han sido ni siquiera relativamente autosuficientes. Todos ellos se encuentran en situación de dependencia, como lo prueba la dependencia energética de las grandes potencias occidentales o la necesidad de recibir grandes inversiones de capital que padecen los Estados en desarrollo.

8.- ¿Qué se entiende por Estado interesado? Ponga un ejemplo

Aquellos Estados que tienen la oportunidad de participar en el proceso de creación y cambio de una norma, contribuyendo con su conducta (precedentes) a la formación de una determinada práctica. Ello significa que la situación geográfica económica o tecnológica de cada Estado repercute inevitablemente en su posible participación en un proceso normativo; y por otro lado que la condición de una práctica suficientemente general, como uno de los aspectos necesarios del elemento material de la costumbre, se entiende referida solo a los Estados interesados. Ejemplo: Caso de la plataforma continental (Libia/Malta) CIJ Sentencia 3 junio 1985

9.- ¿Cuáles son los elementos o rasgos más característicos del Dl? Descríbalos brevemente Pág. 37 y ss.

jurídicas del incumplimiento y las normas terciarias relativas al modo de hacer efectiva la responsabilidad por la comisión de un ilícito internacional.

13.- Defina y describa brevemente la estructura comunitaria del DI contemporáneo.

La estructura comunitaria es aquella disposición y orden normativo que engloba una serie de reglas que protegen no ya intereses de los Estados individualmente considerados o en grupo, sino intereses colectivos esenciales de la comunidad internacional en su conjunto ,que pretenden la realización solidaria de un cierto orden público internacional basado en la adhesión a un mismo código de valores mínimos; esta estructura se rige por un principio de solidaridad.

14.- ¿En cuál de las tres estructuras que comprende el DI contemporáneo situaría usted las normas ius cogens? Defina dichas normas y justifique su respuesta.

En la estructura comunitaria ya que las normas de ius cogens son aquellas normas de derecho imperativo o perentorio que no admiten ni la exclusión ni la alteración de su contenido, de tal modo que cualquier acto que sea contrario al mismo será declarado como nulo. Con el ius cogens se pretende amparar a los intereses colectivos fundamentales de todo el grupo social, por lo que se explica que esta clase de normas se encuentren en una posición jerárquica superior con respecto al resto de disposiciones del ordenamiento.

Se identifican con esta estructura ya que tanto las normas ius cogens como la misma pretenden proteger intereses colectivos esenciales de la comunidad internacional en su conjunto.

15.- ¿Qué relación existe entre las estructuras relacional e institucional y las llamadas normas primarias, secundarias y terciarias del ordenamiento internacional? Las normas primarias son aquellas que imponen obligaciones a los Estados y proceden de cualquier sector del ord. Internacional y que por su definición se ha centrado más la estructura relacional. Las normas secundarias .son aquellas cuyo objeto es determinar sise ha violado una obligación y" las consecuencias jurídicas de su incumplimiento y las terciarias son aquellas relativas a hacer efectiva la responsabilidad por la comisión de un delito internacional.

16.- Defina y distinga en el ordenamiento internacional el derecho dispositivo y el derecho imperativo. Ponga ejemplos de uno y otro.

Derecho dispositivo: aquel conjunto de normas que pretenden satisfacer los intereses individuales y comunes de los Estados. Se caracteriza porque dos o más Estados pueden mediante acuerdo excluir su aplicación o modificar su contenido en sus relaciones mutuas. Ej.: articulo 140 Código Comercio.

Derecho imperativo: conjunto de normas que pretenden dar respuesta a los intereses colectivos esenciales de todo el grupo social. Este grupo no admite la exclusión o modificación de su contenido y declaran nulo cualquier acto contrario al mismo. Ej.: Pacta sunt Servanda, la libre autodeterminación de los pueblos, prohibición tortura...

17.- Defina el DI general y distíngalo del Dl particular.

El DI general es aquel conjunto de normas aplicables a todos los Estados por haberse formado gracias al acuerdo general de estos. Se diferencia del DI particular ya que este es aplicable a un determinado número de Estados y definido por una situación y características particulares.

18.- Defina el DI particular y distíngalo del DI general.

El DI particular es aquel conjunto de normas caracterizado por ser aplicable a un determinado número de Estados, el uso del Tratado como instrumento de creación y cambio de normas de normas particulares.

19.- ¿Qué relación puede darse entre las normas particulares y las regionales en el DI?

Las normas regionales son aquellas creadas tras la formación en una determinada región de mecanismos de cooperación de carácter institucional u organizado. El regionalismo es una aplicación del particularismo.

20. Explique cómo se hace compatible el DI general y el DI particular. Ojo esta pregunta en el libro es: Explique cómo se hace compatible el DI particular con el DI general.

La compatibilidad jurídica del fenómeno particularista con el DI general requiere esencialmente el reconocimiento de la primacía de las normas de ius cogens y de la Carta de la ONU. La relación entre el universalismo y el particularismo favorece el carácter polivalente de los procesos normativos en el Di, Una nat particular puede llegar a ser universal y viceversa.

21.- ¿Cómo se puede definir el fenómeno del particularismo en el DI?

entre Estados dotados de diferentes grados de desarrollo socioeconómico y de poder y culturalmente diversos.

27.- Distinga entre sujetos y actores y distinga que papel desempeñan estos últimos.

Los sujetos son las entidades con derechos y obligaciones impuestas por el Derecho internacional. Son los Estados, las organizaciones internacionales, la comunidad beligerante, los movimientos de liberación nacional y el individuo —persona física como sujeto pasivo del Derecho Internacional, es decir que recibe de él derechos y obligaciones—

Por otro lado Actor es el que participa en la vida internacional y tiene influencia en el sistema y autonomía para tomar sus decisiones. Aun no siendo sujetos de derecho internacional ejercen una influencia social económica y política.

28.- ¿En qué consiste la sectorialización del DI?

Fenómeno internacional por el cual en los últimos tiempos han ido apareciendo una pluralidad de esferas especializadas y relativamente autónomas en cuanto a su ordenación que conllevan un riesgo de fragmentación del orden internacional. Lo que antes no era regulado o lo era exclusivamente por el DI general, es hoy objeto de la proliferación de sistemas normativos especializados.

29.- ¿En qué consiste el riesgo de fragmentación del DI?

Es un proceso que consiste en la división del DI en marcos o regímenes especializados que pretenden tener autonomía relativa entre sí y frente al DI general. Establece un marco común en el Derecho de los Tratados. (Forma de solucionar este problema) Pág. 58 máximas principales.

30.- ¿A qué reglas se somete la relación entre el DI general y los regímenes Autónomos o especiales?

1º Ley especial deroga a ley general.

2º Superioridad de las normas ius cogens

3º Superior jerarquía de las obligaciones contraídas en virtud de la carta de la ONU, comprendiendo también las resoluciones del Consejo de Seguridad.

4º En caso de conflicto entre una norma de superior jerarquía y otra norma de DI, esta última deberá interpretarse de forma compatible con la primera, si ello no fuera posible prevalecerá la norma de rango superior.

31.- ¿En que han consistido los cambios de orden ideológico que han afectado al DI contemporáneo? Págs. 58 y 59

Se dan una serie de cambios de orden ideológico citados a continuación. Mientras el Derecho Internacional clásico, vigente hasta 1945, era esencialmente adjetivo y abstracto, sólo preocupado por asegurar la simple coexistencia entre los estados, el derecho internacional contemporáneo tiende a la realización de objetivos materiales y concretos escogidos en virtud de su importancia política o económica, como la función principal del desarrollo socioeconómico. La renovación habida en las fuentes de inspiración del derecho internacional explica igualmente que no pueda hablarse ya de un derecho de inspiración exclusivamente europea u occidental. En ese sentido podemos decir que el- derecho internacional también se ha descolonizado, pues en la actualidad no pueden ignorarse, por ejemplo, las aportaciones afroasiáticas al mismo.

32.- ¿Qué son los principios estructurales del DI contemporáneo? Enumérelos

Son reglas del derecho internacional denominadas como principios por su carácter más general y fundamental. Expresan valores jurídicos y de organización fundamentales de naturaleza consuetudinaria formando un conjunto de normas básico que constituye el núcleo del DI contemporáneo. Son:

  • Principio de igualdad soberana de los Estados
  • Principio de buena fe
  • Principio de arreglo pacífico de las controversias
  • Principio de la prohibición de la amenaza o del uso de la fuerza
  • Principio de igualdad de derechos y de libre determinación de los pueblos
  • Principio de la no intervención en los asuntos internos de los Estados
  • Principio de cooperación pacífica entre Estados

Art. 2 RESOL. 2625 ONU PAG 61 3º PARRAFO

El método lógico deductivo defiende que un elemento como el orden jurídico internacional es producto también de la mente humana, que introduce elementos racionales en el proceso de observación de la realidad internacional ordenándola gracias a síntesis y construcciones teóricas sometidas a verificación empírica.

37.- Explique por qué las nociones de sociedad internacional y DI contemporáneos vienen a ser dos tipos ideales weberianos.

Son dos conceptos ordenadores de la realidad internacional, mediante cuya elaboración mental recopilamos y relacionamos una multitud de datos empíricos que se dan en ella, eliminando algunos o destacando otros, para construir dos modelos que nos ayuden a conocer mejor ciertas partes de dicha realidad. Aparece un tipo de ideal lógico y un tipo de ideal normativo.

38.- ¿Qué se entiende por leading case en DI? Cite algún ejemplo y explíquelo. (Explicar importancia caso).

Caso de jurisprudencia internacional cuya especial importancia se deriva de un conjunto de elementos como las circunstancias del caso, las partes es del mismo, el contenido del fallo, su grado de aplicación, su posible uso como precedente y otros. Se cita como ejemplo el Caso de las reclamaciones del Alabama (Gran Bretaña/EEUU) 14 septiembre 1872 un caso de especial importancia con cualquier otro de arbitraje sobre las obligaciones de la neutralidad en la guerra marítima.

El carácter principal del caso lo facilitaron las partes en el litigio (EEUU y Reino Unido) y la importancia objetiva del propio caso donde la botadura (expulsión de puerto tras reparación barco en cuestión) de buques para la Confederación en astilleros británicos tuvo repercusiones en el desarrollo en el mar de la Guerra de Secesión Norteamericana.

39.- ¿En qué consiste la practica internacional?

Consiste en la repetición jurídicamente relevante de una determinada conducta por parte de los sujetos del ordenamiento internacional. Frente a una situación dada de la relaciones internacionales y siempre que esta se repita los sujetos reaccionan por la vía consuetudinaria o convencional adoptando una misma conducta a la que atribuyen efectos jurídicos.

40.- ¿Qué es un precedente inequívoco?

Situación anterior por la que un sujeto del ordenamiento, en particular un Estado, asume o acepta una conducta o pretensión de otro sujeto sin

formular reserva de que dicha aceptación se limita a ese caso y no servirá para el futuro, o sin manifestar que su conducta es ex gratia y no se considera jurídicamente obligado.

41. ¿Qué es un medio de prueba relevante? Pág. 68

Son aquellos elementos que sirven para establecer la presencia de un acuerdo general de los sujetos mediante el manejo de los materiales de la práctica. Dichos materiales documentan la conducta seguida por los sujetos, testimonian que se ha dado dicho acuerdo e ilustra todo el proceso de formación o cambio de la norma sobre la que versa el mismo.

42. ¿En qué consiste la flexibilidad de los medios de prueba en el DI?

Al estudio global de todos los medios de prueba de la practica con el fin de seguir con rigor cualquier proceso normativos su resultado final. Exige aplicar un método de trabajo basado en el principio de uso de todas las fuentes de información consideradas convenientes.

43.- ¿En qué consiste la doctrina del hecho notorio y en qué caso de la jurisprudencia internacional se estableció?

Es una doctrina referente a los medios de prueba basada en métodos indirectos y deductivos. Conforme a dicha doctrina, puede hacerse excepcionalmente un uso apreciable pero prudente de informaciones periodísticas caracterizadas por su notoriedad general y por su concordancia y coherencia totales sobre los principales hechos y circunstancias de la práctica expuesta, evitando siempre la noticia como fuente única. Fue sentada tras el Caso de las actividades militares y paramilitares en y contra Nicaragua (Nicaragua contra EEUU) Sentencia 27 de Junio 1986 CIJ.

44.- ¿Cuáles son los medios de prueba de la práctica internacional que proceden de la estructura relacional?

La correspondencia diplomática, las declaraciones gubernamentales, los tratados internacionales, las actividades desarrolladas en las organizaciones y conferencias internacionales, y los actos internos de naturaleza administrativa, legislativa y judicial, siempre y cuando tengan relevancia internacional.

45.- ¿Cuáles son los medios de prueba de la práctica internacional que proceden de la estructura institucional?

50.- ¿Qué debe entenderse por codificación y por desarrollo progresivo del DI?

Codificación: Expresión empleada para designar la más precisa formulación y la sistematización de las normas de DI en materias en las que ya exista práctica de los Estados, así como precedentes y doctrinas.

Desarrollo progresivo del DI: expresión utilizada para designar la elaboración de proyectos de convenciones sobre temas que no hayan sido regulados todavía por el DI o respecto a los cuales los Estados no hayan aplicado, en la práctica, normas suficientemente desarrolladas.

51.- ¿Cuál es el procedimiento único de trabajo de la CDI?

Siendo incapaz de mantener en la práctica una distinción entre el proceso de codificación y de desarrollo progresivo se estableció un procedimiento único de trabajo. Es un procedimiento basado en los siguientes pasos. Primero la AG recomienda el estudio de un tema a la CDI, que designa a Uno de sus miembros como ponente, que designa a uno de sus miembros como ponente, establece un plan de trabajo y remite cuestionarios a los gobiernos para obtener información sobre la práctica estatal en la materia. El ponente prepara una serie de informes y anteproyectos de artículos para que se debatan en el seno de la CDI y si el procedimiento avanza satisfactoriamente se invita a uno de los gobiernos para que presenten observaciones a los proyectos provisionales de la CDI. El ponente revisa entonces los textos acordados a la luz de esas observaciones, presentando proyectos más perfilados para debate, revisión y aprobación definitiva de la CDI. La labor finaliza con el envío por medio del Secretario General, de un proyecto único articulado que regula el régimen jurídico de alguna institución o conjunto de instituciones. La AG resuelve habitualmente convocar una conferencia diplomática para la negociación y adopción en su caso de una convención internacional en la materia.

52.- ¿En qué consisten los nuevos procedimientos de codificación del DI? Exponga un ejemplo.

Formulas de trabajo más leves que las estrictamente codificadoras que viene adoptando la CDI en los últimos años.

Como ejemplo encontramos la aprobación de unos "Principios rectores aplicables a las declaraciones unilaterales de los Estados capaces de crear obligaciones jurídicas.