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Asignatura: Introduccion al derecho, Profesor: a a, Carrera: Turisme, Universidad: UV
Tipo: Apuntes
Subido el 14/01/2018
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(1)2 documentos
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Solución judicial
Solución extrajudicial
Tutela juridisccional: art. 5.1 LEC art. 24 CE
Arbitraje
Mediación
Transacción
Problemas:
**1. Coste económico
Regulación^ Ley 60/2003, de 23 de diciembre
Ley aplicable a todos los arbitrajes que no tengan una regulación especial Características de la Ley 60/2003, de Arbitraje
Se concede a las partes amplio margen de libertad respecto al convenio arbitral y al procedimiento arbitral
Se regula el arbitraje interno e internacional, fomentando que España sea sede de arbitrajes internacionales
El éxito del arbitraje depende
Configuración contractual: informal y dispositiva respecto el convenio, la elección de árbitros y el procedimiento
Configuración jurisdiccional respecto de la ejecutoriedad y la fuerza de cosa juzgada del laudo, pero sin sistema de recursos como las sentencias judiciales
Contrato cuyo objeto radica en someter a arbitraje todas o alguna de las controversias que hayan surgido o puedan surgir en el futuro respecto de una determinada relación jurídica
Convenio arbitral
También se admite el derivado de disposición testamentaria (para las controversias entre herederos)
Contrato de dación y recepción del arbitraje
Contrato por el cual se encomienda a una institución arbitral o a uno o varios árbitros la resolución de una controversia
Procedimiento arbitral
Procedimiento que deben seguir los árbitros en el desarrollo del arbitraje, con respeto a los principios de confidencialidad e igualdad de las partes, audiencia y contradicción, y de acuerdo con lo pactado por éstas
Las partes efectúan la designación de los árbitros y reglas específicas para el procedimiento arbitral
Clases de arbitraje
Arbitraje ad hoc
Arbitraje institucional
El arbitraje se desarrolla bajo los auspicios de una entidad o institución que presta asistencia a las partes, designando a los árbitros, para que resuelvan según un reglamento arbitral propio
(p. ej. Corte de Arbitraje y Mediación de la Cámara Oficial de Comercio de Valencia)
Contenido
Voluntad de las partes de someterse al arbitraje
Determinación de la relación jurídica de la que resulten las cuestiones litigiosas a resolver
Designación de los árbitros
Mínimo
Opcional Reglas relativas al procedimiento arbitral
Aplicación de reglas dispositivas
Art. 15 LA nombramiento de árbitros
Arts. 24 y ss. LA procedimiento
Los árbitros
Personas naturales que se hallen en pleno ejercicio de sus derechos civiles, siempre que no se lo impida la legislación a que puedan estar sometidos en el ejercicio de su profesión (art. 13 LA)
Si se trata de un arbitraje de Derecho, es preciso que sean abogados en ejercicio (art. 15.1 LA)
Es posible encomendar el arbitraje a personas jurídicas: Corporaciones de Derecho público que puedan desempeñar funciones arbitrales y Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro en cuyos estatutos se prevean funciones arbitrales (art. 14 LA)
Composición del colegio arbitral Número impar
Árbitro único
Tres árbitros
Más de tres árbitros
será nombrado por el tribunal competente a petición de cualquiera de las partes
cada parte nombrará uno y los dos árbitros así designados nombrarán al tercero
todos serán nombrados por el tribunal competente a petición de cualquiera de las partes
A falta de acuerdo, el árbitro será único
Deberes
Quedan obligados a cumplir fielmente el encargo (dirigir el procedimiento y dictar el laudo) incurriendo, en caso contrario, en responsabilidad por los daños y perjuicios causados por mala fe, temeridad o dolo (art. 21.1 LA)
Derechos
El arbitraje es por naturaleza retribuido , por lo que, antes de iniciar sus funciones, los árbitros podrán exigir a las partes las provisiones de fondos que estimen necesarias para atender a los honorarios y gastos de los árbitros y los que puedan generarse de la administración del arbitraje (art. 21.2 LA)
Acción de anulación
Motivos de anulación (art. 41 LA) Carácter taxativo
el convenio arbitral no existe o no es válido
no ha sido debidamente notificada de la designación de un árbitro o de las actuaciones arbitrales o no ha podido, por cualquier otra razón, hacer valer sus derechos
la designación de los árbitros o el procedimiento arbitral no se han ajustado al acuerdo entre las partes, salvo que dicho acuerdo fuera contrario a una norma imperativa de esta Ley, o, a falta de dicho acuerdo, que no se han ajustado a la ley
los árbitros han resuelto sobre cuestiones no sometidas a su decisión
los árbitros han resuelto sobre cuestiones no susceptibles de arbitraje
el laudo es contrario al orden público