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Arbitraje Derecho, Apuntes de Turismo

Asignatura: Introduccion al derecho, Profesor: a a, Carrera: Turisme, Universidad: UV

Tipo: Apuntes

2017/2018

Subido el 14/01/2018

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LECCIÓN 10
El arbitraje
a) Tipos de arbitraje
b) El convenio arbitral: forma, contenido y objeto
c) Los árbitros
d) El laudo
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¡Descarga Arbitraje Derecho y más Apuntes en PDF de Turismo solo en Docsity!

LECCIÓN 10

El arbitraje

a) Tipos de arbitraje

b) El convenio arbitral: forma, contenido y objeto

c) Los árbitros

d) El laudo

Los contratos relativos a la solución de

controversias

Solución judicial

Solución extrajudicial

Tutela juridisccional: art. 5.1 LEC art. 24 CE

Arbitraje

Mediación

Transacción

Problemas:

**1. Coste económico

  1. Dilación temporal
  2. Rigidez procedimental
  3. Necesidad de pactar el recurso a estas soluciones
  4. Delimitación de materias sobre las que puede recaer
  5. Eficacia de la solución adoptada**

El arbitraje

Regulación^ Ley 60/2003, de 23 de diciembre

Ley aplicable a todos los arbitrajes que no tengan una regulación especial Características de la Ley 60/2003, de Arbitraje

Se concede a las partes amplio margen de libertad respecto al convenio arbitral y al procedimiento arbitral

Se regula el arbitraje interno e internacional, fomentando que España sea sede de arbitrajes internacionales

El éxito del arbitraje depende

Configuración contractual: informal y dispositiva respecto el convenio, la elección de árbitros y el procedimiento

Configuración jurisdiccional respecto de la ejecutoriedad y la fuerza de cosa juzgada del laudo, pero sin sistema de recursos como las sentencias judiciales

El arbitraje

Contrato cuyo objeto radica en someter a arbitraje todas o alguna de las controversias que hayan surgido o puedan surgir en el futuro respecto de una determinada relación jurídica

Convenio arbitral

También se admite el derivado de disposición testamentaria (para las controversias entre herederos)

Contrato de dación y recepción del arbitraje

Contrato por el cual se encomienda a una institución arbitral o a uno o varios árbitros la resolución de una controversia

Procedimiento arbitral

Procedimiento que deben seguir los árbitros en el desarrollo del arbitraje, con respeto a los principios de confidencialidad e igualdad de las partes, audiencia y contradicción, y de acuerdo con lo pactado por éstas

Tipos de arbitraje

Las partes efectúan la designación de los árbitros y reglas específicas para el procedimiento arbitral

Clases de arbitraje

Arbitraje ad hoc

Arbitraje institucional

El arbitraje se desarrolla bajo los auspicios de una entidad o institución que presta asistencia a las partes, designando a los árbitros, para que resuelvan según un reglamento arbitral propio

(p. ej. Corte de Arbitraje y Mediación de la Cámara Oficial de Comercio de Valencia)

El convenio arbitral: forma y contenido

Contenido

Voluntad de las partes de someterse al arbitraje

Determinación de la relación jurídica de la que resulten las cuestiones litigiosas a resolver

Designación de los árbitros

Mínimo

Opcional Reglas relativas al procedimiento arbitral

Aplicación de reglas dispositivas

Art. 15 LA nombramiento de árbitros

Arts. 24 y ss. LA procedimiento

  • Si es de derecho o equidad.
  • Si es “ad hoc” o institucional
  • Idioma y lugar del arbitraje

Los árbitros

Personas naturales que se hallen en pleno ejercicio de sus derechos civiles, siempre que no se lo impida la legislación a que puedan estar sometidos en el ejercicio de su profesión (art. 13 LA)

Si se trata de un arbitraje de Derecho, es preciso que sean abogados en ejercicio (art. 15.1 LA)

Es posible encomendar el arbitraje a personas jurídicas: Corporaciones de Derecho público que puedan desempeñar funciones arbitrales y Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro en cuyos estatutos se prevean funciones arbitrales (art. 14 LA)

Los árbitros

Composición del colegio arbitral Número impar

Árbitro único

Tres árbitros

Más de tres árbitros

será nombrado por el tribunal competente a petición de cualquiera de las partes

cada parte nombrará uno y los dos árbitros así designados nombrarán al tercero

todos serán nombrados por el tribunal competente a petición de cualquiera de las partes

A falta de acuerdo, el árbitro será único

Deberes

Quedan obligados a cumplir fielmente el encargo (dirigir el procedimiento y dictar el laudo) incurriendo, en caso contrario, en responsabilidad por los daños y perjuicios causados por mala fe, temeridad o dolo (art. 21.1 LA)

Derechos

El arbitraje es por naturaleza retribuido , por lo que, antes de iniciar sus funciones, los árbitros podrán exigir a las partes las provisiones de fondos que estimen necesarias para atender a los honorarios y gastos de los árbitros y los que puedan generarse de la administración del arbitraje (art. 21.2 LA)

La impugnación del laudo

Acción de anulación

Motivos de anulación (art. 41 LA) Carácter taxativo

el convenio arbitral no existe o no es válido

no ha sido debidamente notificada de la designación de un árbitro o de las actuaciones arbitrales o no ha podido, por cualquier otra razón, hacer valer sus derechos

la designación de los árbitros o el procedimiento arbitral no se han ajustado al acuerdo entre las partes, salvo que dicho acuerdo fuera contrario a una norma imperativa de esta Ley, o, a falta de dicho acuerdo, que no se han ajustado a la ley

los árbitros han resuelto sobre cuestiones no sometidas a su decisión

los árbitros han resuelto sobre cuestiones no susceptibles de arbitraje

el laudo es contrario al orden público