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AUTORIA DIRECTA E INDIRECTA, Apuntes de Derecho Internacional

DERECHO PENAL INTERNACIONAL SOBRE

Tipo: Apuntes

2023/2024

Subido el 13/10/2024

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ALEXANDRA SIERRA BELTRÁN CÓD. 5120221077
SANTIAGO MUR CÓD. 5120201086
RESUMEN DEL TEXTO:
AUTORÍA DIRECTA Y AUTORÍA MEDIATA, RESPONSABILIDAD DEL SUPERIOR Y
EMPRESA CRIMINAL CONJUNTA EN EL DERECHO PENAL INTERNACIONAL
El presente documento analiza las principales formas de responsabilidad
penal individual en el derecho penal internacional, destacando tres
enfoques clave: la autoría directa, la autoría mediata y la empresa criminal
conjunta (JCE). Además, también se estudia la responsabilidad del superior.
El derecho penal internacional tiene como objetivo investigar y sancionar a
individuos responsables de crímenes internacionales como genocidio,
crímenes de guerra, y crímenes de lesa humanidad. A diferencia del
derecho penal doméstico, en el derecho penal internacional no se ha
desarrollado completamente la distinción entre autor y partícipe, y todos los
involucrados en un delito colectivo pueden recibir el mismo tratamiento.
Autoría y participación: En el derecho penal doméstico, se distingue entre
autor, determinador (inductor) y cómplice, para poder asignar diferentes
grados de responsabilidad. El autor directo es quien materializa el delito,
mientras que el determinador induce a otra persona a cometerlo. En
contraste, en el derecho penal internacional, las categorías de autoría son
más difusas, lo que ha provocado críticas debido a la falta de formalismo.
Autoría mediata por dominio de un aparato organizado de poder: Esta
figura, introducida por Claus Roxin en 1963, plantea que un superior
jerárquico puede ser responsable penalmente aunque no participe
directamente en los crímenes, cuando utiliza un aparato de poder (por
ejemplo, una organización militar) para cometer delitos de manera
estructurada y automática, independientemente de la identidad de los
ejecutores materiales. Roxin desarrolló esta teoría a raíz de los crímenes del
régimen nazi.
Empresa criminal conjunta (Joint Criminal Enterprise -JCE): La JCE fue
introducida en el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia (TPIY) en
el caso Tadic. Esta teoría sostiene que todos los miembros de un grupo que
comparten un plan criminal común pueden ser responsables de los crímenes
cometidos por cualquier miembro del grupo. Existen tres tipos de JCE:
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ALEXANDRA SIERRA BELTRÁN CÓD. 5120221077

SANTIAGO MUR CÓD. 5120201086

RESUMEN DEL TEXTO:

AUTORÍA DIRECTA Y AUTORÍA MEDIATA, RESPONSABILIDAD DEL SUPERIOR Y

EMPRESA CRIMINAL CONJUNTA EN EL DERECHO PENAL INTERNACIONAL

El presente documento analiza las principales formas de responsabilidad penal individual en el derecho penal internacional, destacando tres enfoques clave: la autoría directa, la autoría mediata y la empresa criminal conjunta (JCE). Además, también se estudia la responsabilidad del superior.

El derecho penal internacional tiene como objetivo investigar y sancionar a individuos responsables de crímenes internacionales como genocidio, crímenes de guerra, y crímenes de lesa humanidad. A diferencia del derecho penal doméstico, en el derecho penal internacional no se ha desarrollado completamente la distinción entre autor y partícipe, y todos los involucrados en un delito colectivo pueden recibir el mismo tratamiento.

Autoría y participación : En el derecho penal doméstico, se distingue entre autor, determinador (inductor) y cómplice, para poder asignar diferentes grados de responsabilidad. El autor directo es quien materializa el delito, mientras que el determinador induce a otra persona a cometerlo. En contraste, en el derecho penal internacional, las categorías de autoría son más difusas, lo que ha provocado críticas debido a la falta de formalismo.

Autoría mediata por dominio de un aparato organizado de poder : Esta figura, introducida por Claus Roxin en 1963, plantea que un superior jerárquico puede ser responsable penalmente aunque no participe directamente en los crímenes, cuando utiliza un aparato de poder (por ejemplo, una organización militar) para cometer delitos de manera estructurada y automática, independientemente de la identidad de los ejecutores materiales. Roxin desarrolló esta teoría a raíz de los crímenes del régimen nazi.

Empresa criminal conjunta (Joint Criminal Enterprise -JCE) : La JCE fue introducida en el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia (TPIY) en el caso Tadic. Esta teoría sostiene que todos los miembros de un grupo que comparten un plan criminal común pueden ser responsables de los crímenes cometidos por cualquier miembro del grupo. Existen tres tipos de JCE:

La primera implica una responsabilidad compartida por crímenes cometidos en cumplimiento del plan. La segunda se refiere a sistemas de maltrato, como los campos de concentración. La tercera extiende la responsabilidad a crímenes fuera del plan común si son previsibles.

Responsabilidad del superior : Se analiza tanto la responsabilidad directa como la indirecta de un superior por los crímenes cometidos por sus subordinados. Se establece que un superior puede ser responsable si sabía, o debía saber, que se estaban cometiendo crímenes, y no tomó medidas para prevenirlos o sancionarlos. Esta doctrina, desarrollada tras la Segunda Guerra Mundial, ha sido aplicada por la Corte Penal Internacional.

En conclusión el autor argumenta que mientras las teorías de la autoría mediata y la responsabilidad del superior han ganado aceptación, la JCE ha sido criticada, especialmente su tercera modalidad, ya que se considera que se acerca peligrosamente a la responsabilidad objetiva.