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Asignatura: Derecho procesal civil, Profesor: maria luisa, Carrera: Derecho, Universidad: UAM
Tipo: Apuntes
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D.ª Angy Zambrano Roche, Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de D. Salvador Narváez Aguilera, domiciliado en Cieza (Murcia), C/ del Convento, nº 15, Administrador de la mercantil SANA, S.L., con CIF nº B-XXXXXXX, constituida en YYYY, con domicilio social en Cieza (Murcia), calle del Convento núm. 15, según acredito mediante copia de escritura pública que solicito, una vez testimoniada en autos, me sea devuelta por precisarla para otros usos, comparezco ante el Juzgado y como mejor proceda en Derecho, bajo la dirección técnica del Letrado D./D.ª Alvaro Saez Valle, con despacho profesional en Madrid
Que por la presente, y siguiendo las expresas instrucciones de mi representada formula demanda de JUICIO ORDINARIO de reclamación de cantidad contra D. Pascual Martínez del Castillo, vecino de Murcia (Lorca), con domicilio en Avda. de La Constitución nº 20, en su calidad de representante de la mercantil PASMACA, S.L con domicilio en Avda. de la Constitución, nº 20 , en el sitio conocido con el nombre de “La Dehesa del Portillo” sito en las afueras de Lorca (Murcia), en reclamación de la cantidad de 75.0000 euros, más los intereses cuya cantidad asciende a XXX. euros, y ello sobre la base de los siguientes
Primero.- Que mi representada se dedica a la actividad comercial de suministro de maquinaria industrial, habiendo facilitado al demandado con fecha 1 de abril 2013 la siguiente maquinaria:
por un precio total de 100.000 €, según se relaciona detalladamente en el contrato de compraventa realizado al efecto y cuyo original, debidamente firmado, se aporta con la presente demanda, a efectos probatorios, como documento nº 1.
Segundo.- Que D. Pascual se comprometió a pagar la referida maquinaria en las condiciones y plazos estipulados en el documento referido, esto es:
Un primer pago de 25.000 € el día de la entrega e instalación de la maquinaria y tres pagos posteriores de 25.000 € cada uno de ellos, que deberán satisfacerse en los 10 primeros días del mes de junio, septiembre y diciembre, respectivamente.
No devengando interés la parte aplazada del precio y acreditándose su pago por medio de instrumento público.
Tercero.- Que en dicho contrato se establecía, igualmente, que la maquinaria objeto del mismo debía ser completamente nueva, estableciéndose una garantía de 3 años respecto de cualquier avería que aquélla pudiera tener originada por deficiencias de construcción o funcionamiento. Si la avería fuera insubsanable, se cambiaría la máquina afectada por otra nueva de las mismas características.
Cuarto.- Que habiendo recibido de conformidad dichas mercancías el hoy demandado hizo efectivo el primer plazo de los señalados en el contrato por valor de 25.000 €, no pagando el segundo plazo que vencía el día 10 de junio de 2013, con la excusa de que no funcionaba a la perfección la maquinaria instalada. Enviados varios técnicos por parte de mi mandante para subsanar los posibles defectos, se procedió a corregir ciertos desajustes que existían en las válvulas de nivelación y quedó la maquinaria en perfecto estado de funcionamiento, como se acredita mediante albarán de servicio técnico y conformidad con el mismo de la otra parte ( documento 3).
Pese a ello, PASMACA, S.L. no abonó el segundo plazo debido, y tampoco el tercero, que venció el día 10 de septiembre, pese a serle presentados para su cobro en reiteradas ocasiones.
Quinto.- Que no siendo posible llegar a acuerdo alguno con el demandado, y con carácter previo a interponer la presente demanda judicial., se intentó un acto de conciliación, celebrado sin avenencia el 20 de octubre de 2013, en el que el demandado insistió en que, mientras no se le arreglara la maquinaria, su empresa no pagaría los pagos pendientes (constan en poder de D. Salvador varias cartas con acuse de recibo en las que se exigía el pago, y también la certificación del acto de conciliación
Sexto.- Que la cantidad total reclamada asciende a 75.000 euros.
Como fundamento de los anteriores hechos se adjuntan a la presente demanda los siguientes DOCUMENTOS: a. Con relación al primer hecho, se adjunta como DOCUMENTO n.º 1 se adjunta el correspondiente contrato de compraventa y como DOCUMENTO nº 2 los correspondientes albaranes de entrega debidamente firmados por el demandado.
b. En relación al segundo hecho, se adjunta a la presente demanda como DOCUMENTO n.º 3 la certificación de conformidad con el arreglo de la maquinaria y su perfecto estado y funcionamiento firmada por el encargado de producción de PASMACA Pedro Español Español
c) Refiriéndose al cuarto hecho, se acompañan como DOCUMENTOS n.º 4 y 5 las correspondientes facturas presentadas en su día al cobro y los correspondientes acuses de recibo de las cartas libradas por el actor y su Letrado para lograr el pago de la deuda reclamada.
la representación que ostento y por formulada demanda de JUICIO ORDINARIO contra D. Pascual Martinez del Castillo (representante legal de PASMACA), a quien deberá dársele traslado de la copia y documentos para que dentro del plazo legal pueda contestarla si así le conviniera, y previos los trámites legales se dicte sentencia condenando al demandado a pagar al actor la suma de 75.000 € que es en deberle, más los intereses legales desde la interposición de la presente demanda, y todo ello con expresa condena de costas del procedimiento a la parte demandada.
PRIMER OTROSÍ DIGO.- A los efectos previstos en el apartado 1.º del artículo 253 de la LEC, se hace constar que la cuantía de esta demanda es de 75.000 €.
SEGUNDO OTROSÍ DIGO.- Siendo intención de esta parte cumplir con todos los requisitos legales, a tenor de lo previsto en el artículo 231 de la LEC, se solicita se le diere traslado de cualquier defecto que adoleciere la presente demanda, para la inmediata subsanación de la misma.
Es de justicia que pido en Murcia, a 28, de marzo, de 2014.
Alvaro Saez Valle 696969 ICAM Angy Zambrano Roche Procuradora