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DERECHO TRIBUTARIO I
VII CICLO / 07 - F
Prof. CÉSAR M. VILLEGAS LÉVANO.
TEMA 3:
EL DERECHO
TRIBUTARIO
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¡ REFLEXIÓN!
1. ¿DÓNDE
UBICAMOS AL
DERECHO
TRIBUTARIO?
2. ¿EL DERECHO
TRIBUTARIO
ES UNA
DISCIPLINA
AUTÓNOMA?
Nome iuris del Derecho
Tributario.
Ubicación del Derecho
Tributario.
Fuentes del Derecho
Tributario.
Definición y fuentes del
Derecho Tributario.
Autonomía del Derecho
Tributario.
División del Derecho
Tributario.
TEMARIO:
4 /
DENOMINACIÓN DENOMINACIÓN
ALEMANIA FRANCIA , INGLATERRA, MEXICO, ARGENTINA ITALIA, ESPAÑA Y AMÉRICA LATINA “DERECHO IMPOSITIVO" “DERECHO FISCAL” “DERECHO predomina^ TRIBUTARIO”
5 /
Dº. FISCAL vs Dº.
TRIBUTARIO
DERECHO FISCAL
Tiene un objeto muy
amplio, dado que
abarca todos los
ingresos del fisco o del
Estado, lo cual supera
el estrato del Derecho
Tributario
DERECHO TRIBUTARIO
Es el conjunto de
normas jurídicas que
regla la creación,
recaudación y todos
los demás aspectos
relacionados con los
tributos, sean éstos
impuestos, tasas o
contribuciones
especiales.
7 / DEFINICIÓN DEFINICIÓN
Rama autónoma del
Derecho Financiero
N. Jurídicas
Jurisprudencia Doctrina
Principios
RELACIÓN JURÍDICO
TRIBUTARIA
integrada
regula
El Derecho Tributario puede
ser definido como:
El conjunto de normas
jurídicas, principios jurídicos –
referidos a la tributación -,
jurisprudencia y doctrina que
regulan, la creación,
recaudación y todos los
demás aspectos relacionados
con los tributos y la RELACIÓN
JURÍDICA TRIBUTARIA.
Juan Martín
Queralt
Conjunto de normas jurídicas
que regulan a los tributos en
sus distintos aspectos y las
consecuencias que ellos
generan.
Catalina García Vizcaino.
8 / EVOLUCIÓN DEL DERECHO EVOLUCIÓN DEL DERECHO TRIBUTARIO TRIBUTARIO
En Alemania -1919- Ordenamiento Fiscal Alemán (jurista
Enno Becker)
Franceses e italianos produjeron abundante material en
temas de tributación.
1938 se crea la Asociación Internacional Fiscal
( International Fiscal Associattion )
En 1956 Montevideo Uruguay se creó el Instituto
Latinoamericano de Derecho Tributario. Jornadas
Latinoamericanas de Derecho Tributario en 1956 –
En 1967 se publica el MODELO DE CÓDIGO TRIBUTARIO
para América Latina preparado por el Programa Conjunto
de Tributación de la OEA/BID
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FUENTES DEL DERECHO FUENTES DEL DERECHO
TRIBUTARIO TRIBUTARIO
ETIMOLOGÍA/CONCEPTO:ETIMOLOGÍA/CONCEPTO:
La palabra Fuente, deriva del latín Fons, Fontis que significa
origen, hecho ocasión o lugar donde se origina o procede algo.
METAFÓRICAMENTE:METAFÓRICAMENTE:
“manantial de aguas que brota de la tierra”.
JURÍDICAMENTE:JURÍDICAMENTE:
Al igual que los manantiales brotan de la tierra, el
Derecho brota de la ley, usos y costumbres, jurisprudencia y
doctrina
( SILOGISMO UTILIZADO POR CABANELLAS)
TRIBUTARIAMENTE:TRIBUTARIAMENTE:
Medios o vehículos generadores a través de los
cuales se pueden insertar normas jurídicas en el
sistema tributario.
FUNCIÓN:FUNCIÓN:
- Sirve para reconocer las normas válidas dentro del sist.
- Determina la posición de cada norma dentro del conjunt.
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De acuerdo a lo señalado en la Norma III del Código
Tributario, son:
a) Las disposiciones constitucionales
b) Los tratados internacionales.
c) Las leyes tributarias y normas de rango
equivalente.
d) Las leyes orgánicas o especiales que crean tributos
regionales o municipales
e) Los Decretos Supremos y normas reglamentarias.
f) La JOO (Jurisprudencia de Observancia Obligatoria)
g) Las resoluciones de carácter general, emitidas por
la Administración Tributaria.
h) La doctrina jurídica.
FUENTES DEL DERECHO FUENTES DEL DERECHO
TRIBUTARIO TRIBUTARIO
Norma III del CºT
FUENTES
OBLIGATORIAS
FUENTES
DE
REFERENCIAS
MATERIALES
FORMALES
13 / LA DOCTRINA COMO FUENTE DEL DERECHO TRIBUTARIO RTF N° 623–4– Fuentes del Derecho tributario “ La doctrina jurídica como tal puede ser considerada como una fuente supletoria del Derecho Tributario cuando existe una opinión común de los mas de los autores y especialistas sobre una misma materia.” Y LA COSTUMBRE … ????
Exp. 259-96-AA/TC (publicado el 27/07/1999)
Problema de demarcación territorial entre dos distritos
respecto al cobro del Impuesto Predial (El principio de
los usos y costumbres)
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AUTONOMÍA DEL DERECHO
TRIBUTARIO
CORRIENTE
ANTI-AUTONÓMICA
CORRIENTE
AUTONÓMICA
EL DERECHO TRIBUTARIO
ES RAMA DEPENDIENTE
DE LAS SIGUIENTES
DISCIPLINAS:
D° CIVIL
D° ADMINISTRATIVO
D° FINANCIERO
EL DERECHO TRIBUTARIO
ES UNA DISCIPLINA
AUTONÓNOMA QUE NO
DEPENDE DE NINGUNA
DISCIPLINA JURÍDICA
LO CIERTO ES QUE SEA EL DERECHO TRIBUTARIO
DEPENDIENTE O AUTONÓMO SE RELACIONA CON LAS
DEMÁS DISCIPLINAS DE LA ESFERA JURÍDICA
16 / DERECHO TRIBUTARIO COMO: DERECHO TRIBUTARIO COMO: “ “PARTE” DEL DERECHOPARTE” DEL DERECHO ADMINISTRATIVO ADMINISTRATIVO La obtención de tributos es una actividad pública regida por el Derecho Administrativo. ?
La actividad financiera del Estado
es una actividad Administrativa por
tener un sujeto común que es el
Estado
La actividad fiscal es parlamentaria y no
adm.
El tributo se origina en la ley y la actividad
que lo aplica es reglada y no discrecional.
A FAVOR
PERO
ENTONCES:
17 / DERECHO TRIBUTARIO COMO: DERECHO TRIBUTARIO COMO: “ “PARTE” DEL DERECHO FINANCIEROPARTE” DEL DERECHO FINANCIERO Es parte importante del ingreso fiscal
OJO:
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AUTONOMÍA AUTONOMÍA
ESTRUCTURAL U ESTRUCTURAL U
ORGÁNICA ORGÁNICA
INSTITUCIONES JURÍDICAS
INSTITUCIONES JURÍDICAS
OBJETO
PROPIAS
- (^) El tributo.
- (^) Contribuyente
- (^) Impuesto
EXCLUSIVAS
Hecho Generador.
Hipótesis de Incidencia.
Materia y Base imponible
DERECHO TRIBUTARIO
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AUTONOMÍA CONCEPTUAL AUTONOMÍA CONCEPTUAL
O DOGMÁTICA O DOGMÁTICA
Está referida a la presencia
de conceptos y métodos de
aplicación estrictamente
tributaria.
Ej. Capacidad Tributaria
Capacidad
Contributiva
Capacidad Civil