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derecho castellano, Apuntes de Derecho

Asignatura: AAPUNTES PLAN BOLONIA (GRADO), Profesor: Noelia Adanez, Carrera: Derecho, Universidad: UAM

Tipo: Apuntes

2016/2017

Subido el 17/10/2017

belen_arratia
belen_arratia 🇪🇸

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Derecho castellano de la baja edad media
1150-1474 (coronación de Isabel la católica)
1492 (descubrimiento de América)
1453(caída del Imperio Romano)
Época de transición de un periodo caracterizado por un espíritu caballeresco a
una sociedad renacentista. Paso al antropocentrismo (desde el teocentrismo).
Repoblación de las ciudades, recinto forticado con población libre, con un
derecho especial. Empezó un despertar urbano: nació la burguesía transformó
la vida social.
La E.M. trae una vida orgánica social compuesta por 3 estados: burguesía,
nobleza y clero. (hasta el siglo 18 estuvieron bien marcados). Además, nacen
los gremios, universidades, consulados, y escuelas.} caracterizaron a las
ciudades medievales.
A medida que se iban recuperando territorios, aumentaban las libertades. El
cristianismo iba recuperando se paz, a medida también que se reconquistaba
el territorio hispano ocupado por los moros.
Hay un aumento en el comercio, la industria y el trabajo intelectual,
representados por comerciantes, artesanos, banqueros y letrados. Las cosas se
producen de forma artesanal, individualmente, como la construcción de
catedrales (típicas de la e.m.)
Las ciudades se levantaban en una base de privilegios, por ejemplo, los fueros
reconocidos por el rey (propios de cada ciudad).
Las actividades económicas de los burgueses son incompatibles con la nobleza.
La burguesía: vivía en la ciudad, trabajando de comerciantes,
artesanos, letrados.
La nobleza: vivía en el campo rodeado de sus señoríos. No se llevaba
bien con los juristas porque decían que generaban pleitos y vivían
“fuera de la realidad”-
La ciudad era un territorio inmune dentro del reino, los señoríos y las ciudades
tenían su libertad y sus privilegios, tenían fueros reconocidos por el rey.
En el campo: el señor feudal daba protección al campesino y este trabajaba
para él.
En la ciudad: cada uno trabaja para sí.
La burguesía: estaba bien preparada, proveía letrados, juristas, ponía su
inteligencia al servicio del Estado. La realeza y la burguesía se unen en contra
Dos realidades muy
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Derecho castellano de la baja edad media

1150-1474 (coronación de Isabel la católica)

1492 (descubrimiento de América)

1453(caída del Imperio Romano)

Época de transición de un periodo caracterizado por un espíritu caballeresco a una sociedad renacentista. Paso al antropocentrismo (desde el teocentrismo).

Repoblación de las ciudades, recinto fortificado con población libre, con un derecho especial. Empezó un despertar urbano: nació la burguesía transformó la vida social.

La E.M. trae una vida orgánica social compuesta por 3 estados: burguesía, nobleza y clero. (hasta el siglo 18 estuvieron bien marcados). Además, nacen los gremios, universidades, consulados, y escuelas.} caracterizaron a las ciudades medievales.

A medida que se iban recuperando territorios, aumentaban las libertades. El cristianismo iba recuperando se paz, a medida también que se reconquistaba el territorio hispano ocupado por los moros.

Hay un aumento en el comercio, la industria y el trabajo intelectual, representados por comerciantes, artesanos, banqueros y letrados. Las cosas se producen de forma artesanal, individualmente, como la construcción de catedrales (típicas de la e.m.)

Las ciudades se levantaban en una base de privilegios, por ejemplo, los fueros reconocidos por el rey (propios de cada ciudad).

Las actividades económicas de los burgueses son incompatibles con la nobleza.

  • La burguesía: vivía en la ciudad, trabajando de comerciantes, artesanos, letrados.
  • (^) La nobleza: vivía en el campo rodeado de sus señoríos. No se llevaba bien con los juristas porque decían que generaban pleitos y vivían “fuera de la realidad”-

La ciudad era un territorio inmune dentro del reino, los señoríos y las ciudades tenían su libertad y sus privilegios, tenían fueros reconocidos por el rey.

En el campo: el señor feudal daba protección al campesino y este trabajaba para él.

En la ciudad: cada uno trabaja para sí.

La burguesía: estaba bien preparada, proveía letrados, juristas, ponía su inteligencia al servicio del Estado. La realeza y la burguesía se unen en contra

Dos realidades muy ≠

de la nobleza, lo que da como resultado el fortalecimiento del poder real y un inicio del proceso de formación de la Edad Moderna.

Formación de la ciencia jurídica medieval

Previo a esto hay que estudiar la formación del derecho común en occ y España.

Presupuestos históricos:

  1. Formación del Sacro Imp Rom Germ: con Carlo Magno, año 800, coronado como rey de los Francos y longobardos. Proclamado emperador por el Papa León 3ro. - Imita el imp bizantino - Recupera la unidad europea perdida con la caída del Imp. Romano - Se imponen tradiciones romanas, por lo tanto, sube el interés por estudiar el derecho romano, se destaca la obra de los glosadores.

Surgen las ciencias jurídicas basadas en el derecho romano:

En la alta edad media el derecho romano es escaso, olvidado, después de las invasiones musulmanas. Solo se conoce el derecho justinianeo por el Liber Judiciorum.

En el sur de Francia: se aplicó la lex romana visigotorum, el breviario de Alarico aseguró la continuidad del código teodosiano y del derecho local. Además, surgió la escuela teodosiana.

En Italia: en territorio dominado por los bizantinos se aplicaba el derecho justinianeo.

El derecho romano fuera de esas escuelas se estudiaba en las escuelas de artes liberales religiosas y laicas. Se estudiaba también el trívium (gramática, retórica y dialéctica) y el cuadrivium (aritmética, geometría, astronomía y música), disciplinas importantes para el saber humano. Además, nociones de jurisprudencia dentro del curso de retórica.

Con la iglesia pervivió mucho el derecho romano, que lo adoptó como parte del derecho canónico. Se termina descubriendo el digesto de Justiniano, una parte del Corpus, lo que le permitió al Imperio acceder a la jurisprudencia clásica e inaugurar la ciencia jurídica medieval.


La alta edad media es un periodo de paz por el retroceso de los moros en España, y de los normandos y vikingos. Esto permite el cultivo del espíritu.

Este desarrollo del espíritu da paso a las universidades: en Italia se destaca la universidad de Bolonga como centro de estudios jurídicos.