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Introducción al Derecho Concursal (Ley 22/2003 de 9 de julio) - Prof. Palomares Balaguer, Apuntes de Finanzas Empresariales

Una introducción al derecho concursal según la ley 22/2003 de 9 de julio. Se abordan conceptos básicos, principios, solicitud de concurso, causas objetivas, procedimiento judicial, partes involucradas y fases del concurso. Además, se explican los efectos sobre las facultades del deudor y el papel de la administración concursal.

Tipo: Apuntes

2017/2018

Subido el 12/01/2018

ancasizquierdo
ancasizquierdo 🇪🇸

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Introducció al dret concursal
(Llei 22/2003 de 9 de juliol)
17.11.2015
1. Concepto y fuentes normativas
El concurso es un proceso judicial cuyo principal objeto es alcanzar un acuerdo entre el deutor
insolvente (persona física como persona jurídica) y el creditor.
2. Principios que informan el concurso:
-Unidad legal, unidad de disciplina, unidad de sistema
-Único juez (Juez de lo Mercantil)
-Universalidad del procedimiento concursal (masa activa/masa pasiva)
-Agilidad y simplicidad
-Continuidad de la actividad empresarial o profesional y la mayor satisfacción de los acreedores,
la par conditio creditorum.
3. Solicitud de concurso:
1. Presupuesto subjetivo y objetivo para la solicitud de concurso de acreedores
2. Deber de solicitar concurso (art 5 LC)
3. Comunicación negociaciones (art 5 bis LC)
4. Tipos de concurso de acreedores
1. Concurso voluntario de acreedores (si el deudor presenta concurso)
2. Concurso necesario de acreedores (creditor que presenta concurso)
5. Solicitud de concurso (documentación a acompañar, art 6 LC)
4. Causas objetivas de la presentación de concurso (art 2.1 LC)
a. Sobreseimiento generalizado en el pago corriente de las obligaciones del deudor.
b. La existencia de embargos por ejecuciones pendientes que afectan de manera general al
patrimonio del deudor.
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Empresari/persona física no pot fer front a les seves despeses enfront dels creditors
Concurs de creditors: procediment judicial
Objectius
1. Garantir màxima satisfacció dels creditors
2. Mantenir l’activitat (continuar treballant)
Jutge mercantil fa un auto de Declaració de concurs
a. Fase comú (primera del procediment)
b. Dues sortides del concurs: el conveni (quan es pot arribar a un acord amb els creditors i
permeten que continui l’activitat) i la liquidació. Entremig d’aquestes fases hi ha la venta de la
unitat productiva (VUP), que es pot fer en qualsevol de les fases. Exemple: Cacaolat es va
vendre i ara té les participacions i el deute; tot i així continua treballant.
La figura de l’administració concursal, que poden ser-ho els advocats, auditors i economistes. És
una institució designada pel jutge que té la obligació de vetllar dels interessos dels creditors. Fa un
informe de tots els deutes de la companyia (massa activa i massa passiva) per tal de satisfer els
interessos dels creditors.
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(Llei 22/2003 de 9 de juliol)

  1. Concepto y fuentes normativas El concurso es un proceso judicial cuyo principal objeto es alcanzar un acuerdo entre el deutor insolvente (persona física como persona jurídica) y el creditor.
  2. Principios que informan el concurso:

- Unidad legal, unidad de disciplina, unidad de sistema

- Único juez (Juez de lo Mercantil)

- Universalidad del procedimiento concursal (masa activa/masa pasiva)

- Agilidad y simplicidad

- Continuidad de la actividad empresarial o profesional y la mayor satisfacción de los acreedores,

la par conditio creditorum.

  1. Solicitud de concurso:
  2. Presupuesto subjetivo y objetivo para la solicitud de concurso de acreedores
  3. Deber de solicitar concurso (art 5 LC)
  4. Comunicación negociaciones (art 5 bis LC)
  5. Tipos de concurso de acreedores
    1. Concurso voluntario de acreedores (si el deudor presenta concurso)
    2. Concurso necesario de acreedores (creditor que presenta concurso)
  6. Solicitud de concurso (documentación a acompañar, art 6 LC)
  7. Causas objetivas de la presentación de concurso (art 2.1 LC) a. Sobreseimiento generalizado en el pago corriente de las obligaciones del deudor. b. La existencia de embargos por ejecuciones pendientes que afectan de manera general al patrimonio del deudor. Empresari/persona física no pot fer front a les seves despeses enfront dels creditors Concurs de creditors: procediment judicial Objectius
  8. Garantir màxima satisfacció dels creditors
  9. Mantenir l’activitat (continuar treballant) Jutge mercantil fa un auto de Declaració de concurs a. Fase comú (primera del procediment) b. Dues sortides del concurs: el conveni (quan es pot arribar a un acord amb els creditors i permeten que continui l’activitat) i la liquidació. Entremig d’aquestes fases hi ha la venta de la unitat productiva (VUP), que es pot fer en qualsevol de les fases. Exemple: Cacaolat es va vendre i ara té les participacions i el deute; tot i així continua treballant. La figura de l’ administració concursal , que poden ser-ho els advocats, auditors i economistes. És una institució designada pel jutge que té la obligació de vetllar dels interessos dels creditors. Fa un informe de tots els deutes de la companyia (massa activa i massa passiva) per tal de satisfer els interessos dels creditors.

(Llei 22/2003 de 9 de juliol)

c. Alzamiento o liquidación apresurar o ruinosa de su sbienes por el deudor. d. Incumplimiento generalizado de obligaciones tributarias, para con la SS, de pago de salarios, indem. o retrib. laborales exigibles durante las 3 últimas mensualidades. Auto de declaración de concurso de acreedores

  • Carácter voluntario o necesario del concurso.
  • Carácter ordinario o abreviado del concurso.
  • Efectos sobre las facultades de admin. y disposición de deudor

- Régimen de intervención de facultades

Se añade al deudor un administrador concursal que actúa como auditor y dice lo que el deudor puede hacer o no (en cuanto a pagos)

- Régimen de suspensión de facultades

• Nombramiento de los Administradores concursales y sus facultades (❗ por el juez)

  • Llamamiento a los acreedores^ para que comuniquen sus créditos en un mes desde la publicación del auto en el BOE
  • Publicidad^ de la declaración de concurso
  1. Partes del procedimiento concursal:

- Deudor insolvente o concursada. Puede ser tanto una persona jurídica como una persona

física.

- Administración concursa l. Un miembro (abogado, auditor de cuentas, economista o titulado

mercantil). ❗ Excepción: concursos de gran trascendencia económica: dos miembros.

- Auxiliar delegado (complementa funciones admin. concursal)

- Acreedores

- Ministerio fiscal

  1. Fases del concurso Auto de declaración de concurso Fase común Fase de convenio Fase de liquidación

(Llei 22/2003 de 9 de juliol)

  1. Fase de convenio
  2. Propuesta anticipada de convenio o propuesta ordinaria de convenio
  3. Plan de pagos y Plan de viabilidad. Ya no hay límites de quita o espera
  4. Informe de evaluación de la Armin. concursal
  5. La Junta de acreedores (art 116 y siguientes LC), mayorías necesarias
  6. La eficacia del convenio y los acreedores (extensión efectos)
  7. Íntegro cumplimiento convenio vs. incumplimiento convenio
  8. Fase de liquidación
  9. La apertura de la fase de liquidación (el deudor puede solicitarlo en cualquier momento)
  10. El Plan de Liquidación formulado po la Administración concursal
  11. La venta de la unidad productiva/liquidación individualizada
  12. La excepción a la liquidación concursal: la venta anticipada del artículo 43.2 LC
  13. El pago a los acreedores concursales (art 155 y sig. LC)
  14. La calificación del concurso de acreedores

- El objeto de la pieza sexta — pieza de calificación

- Tipos de calificación

  1. Calificación fortuita
  2. Calificación culpable: inhabilitación (la sociedad no puede administrar ciertos bienes, y tiene que responder por todos aquellos bienes que han quedado pendientes tras la liquidación).

- Supuestos de calificación del concurso como culpable (art 164 y 165 LC)

- Efectos de la calificación culpable del concurso

- Informe de la AC/dictamen del MF/Sentencia/Recursos