

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Prepara tus exámenes con los documentos que comparten otros estudiantes como tú en Docsity
Encuentra los documentos específicos para los exámenes de tu universidad
Estudia con lecciones y exámenes resueltos basados en los programas académicos de las mejores universidades
Responde a preguntas de exámenes reales y pon a prueba tu preparación
Consigue puntos base para descargar
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Comunidad
Pide ayuda a la comunidad y resuelve tus dudas de estudio
Ebooks gratuitos
Descarga nuestras guías gratuitas sobre técnicas de estudio, métodos para controlar la ansiedad y consejos para la tesis preparadas por los tutores de Docsity
Asignatura: Derecho penal, Profesor: , Carrera: Derecho, Universidad: UCM
Tipo: Apuntes
1 / 3
Esta página no es visible en la vista previa
¡No te pierdas las partes importantes!


Iter criminis es una locución latina, que significa "camino del delito", utilizada en derecho penal para referirse al proceso de desarrollo del delito, es decir, las etapas que posee, desde el momento en que se idea la comisión de un delito hasta que se consuma.
Por lo tanto, el iter criminis es un desarrollo dogmático, creado por la doctrina jurídica, con idea de diferenciar cada fase del proceso, asignando a cada fase un grado de consumación que permita luego aplicar las diferentes penas.
El iter criminis o camino del delito son las diferentes fases que atraviesa una persona desde que en su mente se produce la idea de cometer un delito hasta que efectivamente lo lleva a cabo. Lo importante de estas fases es diferenciar cuál de ellas es relevante para el Derecho Penal. Diferenciamos por tanto dos fases: fase interna y fase externa del camino del delito.
Fase interna: Es aquella que se sucede dentro de la mente del autor, y no puede ser en ningún caso objeto del Derecho Penal, porque es necesaria la exteriorización mediante acciones u omisiones de ese hecho delictivo. Todo ello se basa en el principio “ cogitationis poena nemo patitu”, o lo que es lo mismo, con el pensamiento no se delinque, reflejado en el art. 25.1 de la Constitución Española y del consagrado en el art. 10 CP
Fase externa : es la materialización de la idea, y que ya si puede en esta fase intervenir el Derecho Penal. El problema en este caso es determinar a partir de qué momento nos encontramos ante una acción u omisión punible, y para ello la doctrina ha diferenciado dos grandes grupos, los actos preparatorios y los actos ejecutivos.
▲ Teorías subjetivas : serían aquellas para las cuales lo determinante es la opinión del autor sobre su plan criminal.
▲ Teoría objetivo-material : según esta Teoría, los que se encuentra unidos a los actos ejecutivos de manera que son parte de aquellos.
Los actos ejecutivos, en definitiva son aquellos en que el sujeto comienza la ejecución del delito, independientemente que se termine o no produciendo, es decir que sea consumado o que se quede en tentativa de delito.
LA TENTATIVA: Puede ser de dos tipos,