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esquema afeccion de los bienes, Esquemas y mapas conceptuales de Derecho

esquema afeccion de los bienes derecho procesal

Tipo: Esquemas y mapas conceptuales

2023/2024

Subido el 25/05/2024

marta-rodriguez00
marta-rodriguez00 🇪🇸

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bg1
LA AFECCION ES UNA DECLARACION DE VOLUNTAD
DEL LAJ (PARTIENDO DE UN AUTO DEL JUEZ)
EXPLICITA (DECRETO) O IMPLICITA (DESCRIPCION
DE UN BIEN EN EL ACTA DE LA DILIGENCIA DE
EMBARGO) POR LA QUE SE VINCULA UN BIEN A LA
EJECUCION. DEBERIA SER EXPRESA Y PROVENIR DEL
JUEZ, PERO SE ADMITEN DOS COSAS MUY
IRREGULARES:
AFECCION DE LOS BIENES
1) QUE LA DECLARACION
DE VOLUNTAD EXPRESA
PROVENGA DEL LAJ
La declaracion de voluntad del LAJ
exige que se cotrole de oficio la
concurrencia de los requisitos de
2) QUE EXISTA UNA
DECLARACION IMPLICITA
EN EL ACTA DE
DILIGENCIA DE EMBARGO
cuando el LAJ tenga motivos para
entender que el bien que se propone
trabar pertenece a un tercero,
ordenara que se haga saber a este la
inminencia de la traba para que en el
plazo de 5 DIAS ALEGUE. EL TERCERO
PUEDE:
1) que el bien sea embargable
2) que se respete el orden
preestablecido
3) que no se exceda en la suficiencia
4) que el bien pertenezca al
ejecutado
no puede ser suficiente que el acreedor desigen un
bien como perteniciente al deudor.
no puede exigirse la realizacion de un incidente
declaeativo para establecer la titularidad de cada
uno de los bienes
para decretar la afeccion bastara con que existan
indicios y signos de los que razonablemente pueda
deducirse la pertenencia del bien al ejecutado, y
que el bien se encuentre dentro del señorio fisico
del ejecutado, que tenga su posesion
SI EL BIEN MUEBLE DEL EJECUTADO ESTA EN PODER
DE UN TERCERO, SE LE REQUERIRA PARA QUE LO
CONSERVE A DISPOSICION DEL TRIBUNAL,
NOMBRANDOLE DEPOSITARIO JUDICIAL
1) no comparecer ni dar razon alguna:
LAJ dicta decreto mandando a trabar
el bien, a no ser que las partes en 5
DIAS hayan manifestado su
conformidad con que no se realice el
embargo
2) oponerse al embargo: lo que hará
aportando documentos que
justifiquen su derecho y el LAJ dará
traslado a las partes en 5 DIAS y
remitirá los autos al JUEZ para que
este decida. si se decreta el embargo,
el TERCERO PODRA TERCERIA
DOMINIO
EL EMBARGO DECRETADO ES EFICAZ, AUNQUE
PERTENEZCA EL BIEN A UN TERCERO.
SI EL VERDADERO TITULAR NO EJERCITASE LA
TERCERIA DE DOMINIO, NO PODRÁ IMPUGNAR LA
ENEJENACION DE LOS BIENES EMBARGADOS

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LA AFECCION ES UNA DECLARACION DE VOLUNTAD

DEL LAJ (PARTIENDO DE UN AUTO DEL JUEZ)

EXPLICITA (DECRETO) O IMPLICITA (DESCRIPCION

DE UN BIEN EN EL ACTA DE LA DILIGENCIA DE

EMBARGO) POR LA QUE SE VINCULA UN BIEN A LA

EJECUCION. DEBERIA SER EXPRESA Y PROVENIR DEL

JUEZ, PERO SE ADMITEN DOS COSAS MUY

IRREGULARES:

AFECCION DE LOS BIENES

1) QUE LA DECLARACION

DE VOLUNTAD EXPRESA

PROVENGA DEL LAJ

La declaracion de voluntad del LAJ exige que se cotrole de oficio la concurrencia de los requisitos de

2) QUE EXISTA UNA

DECLARACION IMPLICITA

EN EL ACTA DE

DILIGENCIA DE EMBARGO

cuando el LAJ tenga motivos para entender que el bien que se propone trabar pertenece a un tercero, ordenara que se haga saber a este la inminencia de la traba para que en el plazo de 5 DIAS ALEGUE. EL TERCERO PUEDE:

  1. que el bien sea embargable
  2. que se respete el orden preestablecido
  3. que no se exceda en la suficiencia 4) que el bien pertenezca al ejecutado no puede ser suficiente que el acreedor desigen un bien como perteniciente al deudor. no puede exigirse la realizacion de un incidente declaeativo para establecer la titularidad de cada uno de los bienes para decretar la afeccion bastara con que existan indicios y signos de los que razonablemente pueda deducirse la pertenencia del bien al ejecutado, y que el bien se encuentre dentro del señorio fisico del ejecutado, que tenga su posesion

SI EL BIEN MUEBLE DEL EJECUTADO ESTA EN PODER

DE UN TERCERO, SE LE REQUERIRA PARA QUE LO

CONSERVE A DISPOSICION DEL TRIBUNAL,

NOMBRANDOLE DEPOSITARIO JUDICIAL

  1. no comparecer ni dar razon alguna: LAJ dicta decreto mandando a trabar el bien, a no ser que las partes en 5 DIAS hayan manifestado su conformidad con que no se realice el embargo
  2. oponerse al embargo: lo que hará aportando documentos que justifiquen su derecho y el LAJ dará traslado a las partes en 5 DIAS y remitirá los autos al JUEZ para que este decida. si se decreta el embargo, el TERCERO PODRA TERCERIA DOMINIO

EL EMBARGO DECRETADO ES EFICAZ, AUNQUE

PERTENEZCA EL BIEN A UN TERCERO.

SI EL VERDADERO TITULAR NO EJERCITASE LA

TERCERIA DE DOMINIO, NO PODRÁ IMPUGNAR LA

ENEJENACION DE LOS BIENES EMBARGADOS