
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Prepara tus exámenes con los documentos que comparten otros estudiantes como tú en Docsity
Encuentra los documentos específicos para los exámenes de tu universidad
Estudia con lecciones y exámenes resueltos basados en los programas académicos de las mejores universidades
Responde a preguntas de exámenes reales y pon a prueba tu preparación
Consigue puntos base para descargar
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Comunidad
Pide ayuda a la comunidad y resuelve tus dudas de estudio
Ebooks gratuitos
Descarga nuestras guías gratuitas sobre técnicas de estudio, métodos para controlar la ansiedad y consejos para la tesis preparadas por los tutores de Docsity
El decreto legislativo es una norma dictada por el gobierno con autorización expresa de las cortes, que le delega la potestad de dictar normas con rango de ley sobre determinadas materias. La delegación legislativa tiene objetivos específicos y está sujeta a controles para preservar el ordenamiento institucional. La finalidad, requisitos y controles de la delegación legislativa, incluyendo el control parlamentario y el control del tribunal constitucional.
Tipo: Apuntes
1 / 1
Esta página no es visible en la vista previa
¡No te pierdas las partes importantes!

Son normas dictadas por el Gobierno, en virtud de una autorización expresa de las Cortes, por las que le delega la potestad de dictar normas con rango de ley sobre materias determinadas que no deban ser objeto de ley orgánica, dentro de los límites marcados por la ley de delegación. Ese apoderamiento o habilitación se conoce como delegación legislativa. Al igual que el Decreto-ley, no se promulga como las leyes, sino que se expide por el Rey con el refrendo del Presidente del Gobierno y se publica en el BOE. FINALIDAD DE LA DELEGACIÓN LEGISLATIVA LA DELEGACIÓN LEGISLATIVA AL GOBIERNO DEBERÁ OTORGARSE (art. 82 CE)
La formación de textos articulados. Refundir varios textos legales en uno solo. Mediante De forma expresa para materia concreta y con fijación del plazo para su ejercicio. Una ley de bases cuando su objeto sea la formación de textos articulados Una ley ordinaria cuando se trate de refundir varios textos legales en uno solo "Las leyes de bases delimitarán con precisión el objeto y alcance de la delegación legislativa y los principios y criterios que han de seguirse en su ejercicio". La norma que se dicte no podrá tener carácter retroactivo. "La autorización para refundir textos legales determinará el ámbito normativo a que se refiere el contenido de la delegación, especificando si se circunscribe a la mera formulación de un texto único o si se incluye la de regularizar, aclarar y armonizar los textos legales que han de ser refundidos". Son disposiciones legislativas provisionales dictadas por el Gobierno en caso de extraordinaria y urgente necesidad (es decir, cuando concurre una situación imprevista, de especial gravedad o importancia, que precisa de una actuación normativa de urgencia -p. ej. una catástrofe natural-, que, de no tomarse o de aplazarse, se produciría un grave daño a los intereses públicos), sobre materias no excluidas por la Constitución, limitándose a dar respuesta a la emergencia surgida (no puede aprovechar la ocasión para adoptar cualquier tipo de medidas). Los Estatutos de autonomía reformados reconocen igual potestad a los Gobiernos autonómicos. REQUISITOS (art. 86 CE) CONTROL No podrán afectar al ordenamiento de las instituciones básicas del Estado, a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el Título I, al régimen de las Comunidades Autónomas ni al Derecho electoral general. Serán sometidos a debate y votación de totalidad en el Congreso, convocado al efecto si no estuviere reunido, en los 30 días siguientes a su publicación. Control Parlamentario Control por el Tribunal Constitucional El decreto-ley posee vigencia desde su publicación, pero queda sometido al control del Congreso (control a posteriori), gracias al que dejará de ser provisional y pasará a integrar de manera permanente el ordenamiento jurídico. El Congreso, dentro de los 30 días siguientes a su publicación, deberá pronunciarse expresamente sobre su convalidación o derogación. La convalidación es un acto de aceptación global del Decreto-ley. El Congreso podrá modificar el texto una vez convalidado, mediante la conversión del Decreto-ley en un proyecto de ley ordinario. Si se rechaza la convalidación, el Decreto-ley queda derogado desde la adopción del acuerdo (serán válidos los actos dictados al amparo del mismo durante su período de vigencia). Tanto respecto de la regularidad del procedimiento (si se produjo el hecho habilitante y si se respetaron los requisitos procedimentales establecidos en la Constitución), como de la constitucionalidad de la regulación contenida en la norma (aspectos materiales y formales). Los Decretos legislativos quedan sometidos al control ante el Tribunal Constitucional (le corresponde el control de la constitucionalidad de las leyes y disposiciones normativas con fuerza de ley (art. 161.1 a CE)), ante los tribunales ordinarios (puede inaplicar el Decreto Legislativo en lo que exceda de la delegación, porque no tendría valor de ley) y ante el propio Parlamento (cuando las leyes de delegación establezcan fórmulas adicionales de control, aunque no necesitan ser ratificados o convalidados a posteriori por el Congreso).