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Este documento proporciona una introducción detallada a la legislación previsional y de seguridad social en chile, con un enfoque específico en los accidentes laborales y las enfermedades profesionales. Se explican los conceptos clave, como la definición de accidente de trabajo, accidente de trayecto y enfermedad profesional, así como los derechos y obligaciones de los trabajadores y empleadores en estos casos. También se describe el protocolo que deben seguir los empleadores para denunciar un accidente de trabajo, incluyendo plazos y formularios requeridos. Este documento sería útil para estudiantes universitarios que estudien temas relacionados con el derecho laboral, la seguridad social o la gestión de recursos humanos, ya que proporciona una visión general de la legislación relevante y los procedimientos a seguir.
Tipo: Apuntes
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El 1 de febrero de 1968 se publicó la ley 16.744, que asegura que los trabajadores independientes que coticen y dependientes, tanto como el sector público y privado, están protegidos por el seguro contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, donde el seguro cubre todos los gastos asociados a este. Se creó esta ley, debido a un accidente grave que ocurrió en 1960 en la minería del cobre en Chile, afectando a miles de trabajadores donde no había nada que los asegurara, por lo que este hecho motivó a la creación de la ley. En el ámbito laboral pueden ocurrir accidentes laborales dentro de la sucursal, en el trayecto hacia el trabajo y/o provocar enfermedades profesionales, donde cada una de ellas tiene sus procedimientos y protocolos que deben cumplir tanto como el empleador y el trabajador. Cuando ocurre aquello, el que determina si efectivamente fue un accidente laboral, son las mutuales o el ISL. Con determinadas pruebas y testigos se puede demostrar esto, por lo que las mutuales son muy cuidadosas con otorgar este seguro social, debido a distintos engaños y mal uso de esta ley por parte de los trabajadores. Aclarar que, el accidente en caso que ocurra dentro del lugar del trabajo debe ocurrir cumpliendo las funciones que al trabajador se le determinó en el contrato, y el del trayecto, debe ser en el transcurso del domicilio al trabajo y viceversa, sin ninguna desviación. También, destacar que luego de dar el aviso a un superior sobre el accidente, se deben realizar los primeros auxilios y luego se debe derivar a la clínica y/u hospital más cercano. En este trabajo se determinará y explicará con más detalles lo mencionado anteriormente, la definición y explicación de las principales características de accidentes del trabajo, accidentes del trabajo de trayecto y enfermedades profesionales, además de su respectiva explicación del protocolo que debe realizar un empleador para denunciar un accidente del trabajo.
En caso de que el trabajador accidentado no esté en condiciones de informar a su empleador, esto lo puede hacer cualquier persona, puede ser algún familiar, sindicato o el médico tratante. Este trabajador accidentado se puede derivar a cualquier centro de salud y luego derivado a la Mutual o ISL. El empleador tiene un plazo de 24hrs a partir desde que el accidente fue notificado para anunciar a la Mutual o al ISL y debe ser por escrito mediante los formularios. Si el empleador no cumple y no informa en los plazos establecidos no perjudicará al trabajador, sin embargo, este recibirá una multa.
03. Que se entiende por enfermedad profesional. La enfermedad profesional según la ley N 16.744, es aquella que sufre un trabajador de manera directa por la realización de sus labores. Es cualquier enfermedad que se desarrolle a causa del trabajo, siendo así que le puede causar una incapacidad o la muerte. Sus principales características son las siguientes: ● Este seguro cubre a todos los trabajadores dependientes que ejecuten cualquier labor que sea de naturaleza de la empresa. Así mismo este seguro cubre a los funcionarios públicos donde su empleador sea el estado, incluyendo a las FFAA y de orden público. Este seguro cubre también a los trabajadores independientes que coticen para este seguro de riesgos de accidentes y enfermedades profesionales. ● Los trabajadores que sufren de una enfermedad profesional tienen derecho a las mismas prestaciones que los que sufren un accidente de trabajo en base a las prestaciones médicas, económicas y preventivas. ● La enfermedad debe ser exclusivamente causada por la actividad que desempeña en su lugar de trabajo. ● Para que la enfermedad que padece el trabajador sea considerada profesional, debe ser declarada y reconocida por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN). ● El seguro mencionado es administrado por el Instituto de Seguridad Laboral (ISL) la cual es un organismo público o por las mutuales que pertenecen al sistema privado, en la cual todo empleador tiene la obligación de afiliarse a uno de estos y cotizar en estas instituciones. ● La ISL o mutual correspondiente debe brindar el tratamiento de manera gratuita para el trabajador, esto incluye a la atención médica, quirúrgica, hospitalización, medicamentos, prótesis, rehabilitación física, reeducación profesional y traslado siempre y cuando el médico
encargado lo determine necesario. ● La obligación que tienen los empleadores es que deben establecer las medidas preventivas para evitar las enfermedades profesionales en sus trabajadores. Es por esto por lo que su responsabilidad es identificar los riesgos e implementar medidas de control adecuados. ● Para acceder a este beneficio, el empleador debe completar el Formulario Denuncia Individual de Enfermedad Profesional (DIEP), si el empleador no está en condiciones de completar el formulario, podrá hacerlo un tercero que tenga conocimiento de la enfermedad el cual puede ser un familiar, médico tratante, entre otros. ● El organismo administrador como la ISL o mutual está obligada a otorgar las prestaciones médicas y económicas correspondientes a los trabajadores. ● El empleador debe autorizar al trabajador a asistir a los controles y exámenes que requiera. ● El organismo administrador correspondiente autoriza la reincorporación del trabajador, mediante un certificado de “alta laboral”, sin este documento el empleador no puede permitir la incorporación del trabajador.
04. Explique el protocolo que debe realizar un empleador para denunciar un accidente del trabajo (plazos para denunciar, DIAT,etc)