Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad


Examen Modulo 2, Ejercicios de Derecho

Asignatura: Ética II, Profesor: Damian Salcedo, Carrera: Derecho + Filosofía, Universidad: UCM

Tipo: Ejercicios

2017/2018

Subido el 11/05/2018

andre27-4
andre27-4 🇪🇸

4.3

(5)

8 documentos

1 / 8

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
1
1) Explique la definición de Garzón Valdés de la corrupción.
Garzón Valdés define la corrupción como la violación de una obligación por parte de un decisor
con el objetivo de obtener un beneficio extraposicional de la persona que lo soborna o a quien extorsiona.
Es necesario comprender que esta definición de corrupción no está atada a la noción de corrupción
política, sino que el concepto de corrupción está lógicamente vinculado con el de sistema normativo.
El sistema normativo es todo conjunto de reglas que, en cada caso concreto, regulan una práctica social.
Para Garzón-Valdés el acto o actividad calificado como corrupto se produce siempre dentro de un sistema
normativo, pero este sistema normativo puede ser jurídico, político, económico, deportivo, etc. Esto nos
llevará a rechazar la concepción habitual según la cual el fenómeno de la corrupción es eminentemente
político.
Para hablar de corrupción, sin embargo, hay que hacer necesariamente referencia a una persona
que ocupa una posición oficial, es decir, a una autoridad o, lo que es lo mismo, a alguien que detenta un
poder dentro del sistema normativo.
- Alguien es una autoridad cuando, entre otras cosas, tiene competencia para tomar decisiones;
es, por ello, un decisor. Pero el carácter de decisor no tiene por qué estar limitado a una autoridad.
Alguien puede ser decisor en virtud del papel social que desempeña o de la posición que ocupa
dentro del sistema normativo relevante, sin que ello implique necesariamente la potestad para
dictar disposiciones jurídicamente obligatorias.
- Los cargos oficiales imponen a quienes los detentan una serie de deberes. Este tipo de deberes
específicos suelen ser llamados “institucionales”. El decisor que interesa para la consideración
del fenómeno de la corrupción está sujeto a este tipo de deberes. La expresión “deberes
institucionales” puede ser sustituida sin mayor inconveniente por la de “deberes posicionales”.
Estas autoridades tienen unos deberes posicionales que cumplir, deberes posicionales que son
aquellos que se adquieren a través de un algún acto voluntario en virtud del cual alguien acepta asumir
un papel dentro de un sistema normativo y su ámbito de validez está delimitado por las reglas que definen
la posición respectiva. Habrá de diferenciarse estos deberes posicionales de los deberes naturales, que
tendrán valor para todos y con respecto a todos los individuos, sin que importe el papel social que ellos
desempeñen. Además, habrá de entenderse que estos deberes posicionales resultarán en obligaciones
para los decisores o cargos oficiales.
La corrupción por tanto, es un delito o una infracción que implica la violación de alguna
obligación por parte de un decisor. Por ello, no tiene sentido decir, por ejemplo, que se corrompe a un
criminal para que mate a alguien y viole así el deber natural de no matar. Se puede en cambio, corromper
al arquero de un equipo de fútbol para que no cumpla su obligación de defender el arco, a un juez para
que viole su obligación de fallar imparcialmente. La corrupción implica siempre un acto de deslealtad o
hasta de traición con respecto al sistema normativo relevante. El que esta deslealtad sea también
éticamente reprochable es algo que no es posible predicar con independencia de la calidad ética del
sistema normativo relevante. El acto o actividad corrupto requiere, a más del decisor, la intervención de
una o más personas, decisoras o no. Es un delito o infracción participativo en el que una de las partes
intenta influenciar el comportamiento de la otra a través de promesas, amenazas o prestaciones prohibidas
por el sistema normativo relevante. El objetivo que persigue este tipo de influencia es la obtención de un
beneficio o una ganancia para las partes que participan en el acto o actividad corrupto. La corrupción es
siempre una fuente adicional de ingresos o beneficios para quienes participan en ella.
pf3
pf4
pf5
pf8

Vista previa parcial del texto

¡Descarga Examen Modulo 2 y más Ejercicios en PDF de Derecho solo en Docsity!

1) Explique la definición de Garzón Valdés de la corrupción. Garzón Valdés define la corrupción como la violación de una obligación por parte de un decisor con el objetivo de obtener un beneficio extraposicional de la persona que lo soborna o a quien extorsiona. Es necesario comprender que esta definición de corrupción no está atada a la noción de corrupción política, sino que el concepto de corrupción está lógicamente vinculado con el de sistema normativo. El sistema normativo es todo conjunto de reglas que, en cada caso concreto, regulan una práctica social. Para Garzón-Valdés el acto o actividad calificado como corrupto se produce siempre dentro de un sistema normativo, pero este sistema normativo puede ser jurídico, político, económico, deportivo, etc. Esto nos llevará a rechazar la concepción habitual según la cual el fenómeno de la corrupción es eminentemente político. Para hablar de corrupción, sin embargo, hay que hacer necesariamente referencia a una persona que ocupa una posición oficial, es decir, a una autoridad o, lo que es lo mismo, a alguien que detenta un poder dentro del sistema normativo.

  • Alguien es una autoridad cuando, entre otras cosas, tiene competencia para tomar decisiones; es, por ello, un decisor****. Pero el carácter de decisor no tiene por qué estar limitado a una autoridad. Alguien puede ser decisor en virtud del papel social que desempeña o de la posición que ocupa dentro del sistema normativo relevante, sin que ello implique necesariamente la potestad para dictar disposiciones jurídicamente obligatorias.
  • Los cargos oficiales imponen a quienes los detentan una serie de deberes. Este tipo de deberes específicos suelen ser llamados “institucionales”. El decisor que interesa para la consideración del fenómeno de la corrupción está sujeto a este tipo de deberes. La expresión “deberes institucionales” puede ser sustituida sin mayor inconveniente por la de “deberes posicionales”. Estas autoridades tienen unos deberes posicionales que cumplir, deberes posicionales que son aquellos que se adquieren a través de un algún acto voluntario en virtud del cual alguien acepta asumir un papel dentro de un sistema normativo y su ámbito de validez está delimitado por las reglas que definen la posición respectiva. Habrá de diferenciarse estos deberes posicionales de los deberes naturales, que tendrán valor para todos y con respecto a todos los individuos, sin que importe el papel social que ellos desempeñen. Además, habrá de entenderse que estos deberes posicionales resultarán en obligaciones para los decisores o cargos oficiales. La corrupción por tanto, es un delito o una infracción que implica la violación de alguna obligación por parte de un decisor. Por ello, no tiene sentido decir, por ejemplo, que se corrompe a un criminal para que mate a alguien y viole así el deber natural de no matar. Se puede en cambio, corromper al arquero de un equipo de fútbol para que no cumpla su obligación de defender el arco, a un juez para que viole su obligación de fallar imparcialmente. La corrupción implica siempre un acto de deslealtad o hasta de traición con respecto al sistema normativo relevante. El que esta deslealtad sea también éticamente reprochable es algo que no es posible predicar con independencia de la calidad ética del sistema normativo relevante. El acto o actividad corrupto requiere, a más del decisor, la intervención de una o más personas, decisoras o no. Es un delito o infracción participativo en el que una de las partes intenta influenciar el comportamiento de la otra a través de promesas, amenazas o prestaciones prohibidas por el sistema normativo relevante. El objetivo que persigue este tipo de influencia es la obtención de un beneficio o una ganancia para las partes que participan en el acto o actividad corrupto. La corrupción es siempre una fuente adicional de ingresos o beneficios para quienes participan en ella.

Los beneficios devengados para el agente corrupto, se llamarán beneficios extraposicionales , y proceden o bien del agente que corrompe al decisor o de la persona destinataria del acto o la actividad corrupta. Tomando en cuenta el origen de los beneficios extraposicionales, es posible distinguir dos tipos fundamentales de corrupción: el soborno y la extorsión.

  • Se soborna a un decisor cuando se le otorga un beneficio extraposicional para que viole su obligación
  • Se es extorsionado cuando se otorga a un decisor un beneficio extraposicional para que cumpla su obligación. Por todo esto, es por lo que Garzón-Valdés considera que todo sistema normativo tiene legitimidad por sí misma, y que todo acto o actividad de corrupción es siempre disfuncional para el sistema normativo relevante, sea en el sistema que sea. 2) Explique la definición de Miller de la corrupción. A diferencia de Garzón Valdés, cuyo enfoque es deontológico, Miller plantea su teoría de la corrupción a través de un enfoque teleológico. Para Miller la corrupción es institucional, y crítica aquellas investigaciones que enfocan la corrupción hacia lo económico, o lo más puramente corrupto. La corrupción es institucional. Miller entiende que hay que tener una posición institucional para poder corromper, la corrupción hay que verla en términos del efecto corruptor que tiene sobre las instituciones y no sobre el quebrantamiento de la norma o los beneficios que se obtienen. Para desarrollar su definición de corrupción institucional, Miller se sirve de un proceso de valoración de hipótesis. La primera de las hipótesis entiende que la corrupción tiene una naturaleza personal. La segunda hipótesis advierte la naturaleza causal de la corrupción, es decir, habrá de establecerse una cadena causal entre la persona y los efectos que produce el acto corrupto. La tercera hipótesis es la de la responsabilidad moral de los corruptores, que dice que una acción es corrupta solo si la persona que la realiza pretende o prevé el perjuicio que causará. Respecto de esta hipótesis Miller considera que no es necesaria para que se dé corrupción. La cuarta hipótesis señala la diferencia entre corruptores y corrompidos. La quinta y última hipótesis afirma que la corrupción siempre implica ‘agentes institucionales’ que corrompan o sean corrompidos. A través de estas hipótesis, Miller desarrolla su definición de corrupción institucional como aquella conducta que desacredita un proceso institucional y/o altera la fiscalidad propia de la institución y/o destruye el carácter de la persona que tiene una posición institucional. Miller considerará que una institución funcionará de manera correcta cuando cumple con sus finalidades, y para ello existe una organización que se compone de recursos, procedimientos y personas que no deben ser corrompidos para que se alcance tal finalidad institucional. Una conclusión importante es la que tiene que ver con la ética. Una institución solo se puede corromper si es una institución legítima. Tiene que tener un halo de legitimidad, por lo tanto, una institución que no es moral no se puede corromper. Por lo que en el caso de la ‘Lista de Schindler’ no es corrupción en contra partida a Garzón-Valdés que sí considera que es un caso de corrupción. Solo las

sistema normativo es todo conjunto de reglas que, en cada caso concreto, regulan una práctica social. Para Garzón-Valdés el acto o actividad calificado como corrupto se produce siempre dentro de un sistema normativo, pero este sistema normativo puede ser jurídico, político, económico, deportivo, etc. Así, el acto de la corrupción es llevado a cabo por un decisor o un cargo oficial dentro del sistema normativo, que comete un delito o una infracción violando así el deber posicional que tiene por formar parte del sistema normativo relevante. Esto suele producirse, al llevar a cabo sobornos o extorsiones, que implican la violación de alguna obligación por parte un decisor. Por todo esto, Garzón Valdés considera que todo sistema normativo tiene legitimidad por sí misma, y que todo acto o actividad de corrupción es siempre disfuncional para el sistema normativo relevante, sea en el sistema que sea. Miller, sin embargo, critica las teorías deontológicas como la de Garzón Valdés, y apuesta por un enfoque teleológico. Para Miller la corrupción es institucional, y crítica aquellas investigaciones que enfocan la corrupción hacia lo económico, o lo más puramente corrupto. La corrupción es institucional. Miller entiende que hay que tener una posición institucional para poder corromper, la corrupción hay que verla en términos del efecto corruptor que tiene sobre las instituciones y no sobre el quebrantamiento de la norma o los beneficios que se obtienen. A través de estas hipótesis, Miller desarrolla su definición de corrupción institucional como aquella conducta que desacredita un proceso institucional y/o altera la fiscalidad propia de la institución y/o destruye el carácter de la persona que tiene una posición institucional. Miller considerará que una institución funcionará de manera correcta cuando cumple con sus finalidades, y para ello existe una organización que se compone de recursos, procedimientos y personas que no deben ser corrompidos para que se alcance tal finalidad institucional. Dicho esto, hay que proceder al caso. Para Garzón Valdés el caso de Schindler es un caso de corrupción porque paga sobornos a los funcionarios de las SS para no cumplir la norma que imperaba en ese momento, es decir, arrestar y llevar a campos de concentración a todos los judíos. Como Schindler paga sobornos a los funcionarios de las SS con el que obtiene un beneficio mayor, salvar las vidas de sus empleados judíos, estaría incumpliendo una obligación del sistema normativo relevante, y por lo tanto cometiendo una infracción, una violación de su deber posicional. La corrupción implica siempre un acto de deslealtad o hasta de traición con respecto al sistema normativo relevante. El que esta deslealtad sea también éticamente reprochable es algo que no es posible predicar con independencia de la calidad ética del sistema normativo relevante. Aun con todo, Garzón Valdés no dice que su acto fuese inmoral, únicamente que fue corrupto porque violó los deberes posicionales que había adquirido como ciudadano de la Alemania nazi. En cambio, Miller consideraría que el caso de Schindler no es un caso de corrupción porque considera que no es posible corromper un proceso institucional legal, pero moralmente inaceptable. Para Miller, una institución solo se puede corromper si es una institución legítima. Tiene que tener un halo de legitimidad, por lo tanto, una institución que no es moral no se puede corromper. Así, el caso de Schindler no es corrupción. Solo las sociedades legítimas se pueden corromper. “ Al verdugo no se le puede corromper, porque su acción es inmoral de por sí”. No tenemos que fijarnos en el quebrantamiento de la norma, sino en lo que sucede. Miller centra más su concepto en su aspecto moral, y, por tanto, aunque Schindler violó las normas que regían el gobierno nazi, no cometió un acto de corrupción pues la norma obligaba a encerrar y matar judíos, y eso, no es moralmente aceptable.

5) Explique la critica de Warren a la teoría tradicional de la corrupción. Warren entiende que hay que buscar la corrupción en el quebrantamiento del vínculo del gobernante con los gobernados. Vínculo para mantener el sistema del autogobierno en una democracia. Detalla los efectos que se producen en un sistema democrático cuando el vínculo se rompe. Los ciudadanos que tienen que ser parte de la decisión política son excluidos en beneficio de unos pocos. Lo que es público se privatiza. Lo que es de todos se lo están quedando unos pocos. Esto crea una ineficiencia de los servicios públicos. El sistema productivo se orienta a aquellos sectores que a los corruptos les interesa porque les rinde más dinero a ellos.

  • La teoría tradicional de la corrupción no sirve para entender la corrupción de la democracia.
  • La teoría de la exclusión fraudulenta
  • El análisis de los distintos espacios por un tipo de sociedades en los que se produce corrupción Parte crítica: el dice que la teoría tradicional es una teoría liberal generada en el siglo XIX, estos estados necesitan saber si todas las personas que trabajan en el cuerpo institucional están haciendo lo que deben. Hay una exigencia de veracidad, que implica que los actores del ámbito público no mientan. Lo que hay que entender es que la corrupción en una democracia se refiere siempre a la corrupción de una norma democrática: inclusión en el poder: exclusión fraudulenta a los ciudadanos de un sitio en el que tienen derecho a estar. Él dice que toda concepción de la corrupción contiene los siguientes elementos:
  1. Se confía a una persona o grupo de personas la decisión o la acción colectiva
  2. Existen normas que regulan los modos en los que esa persona o grupo pueden usar la decisión colectiva
  3. Una persona o grupo de personas incumplen las normas
  4. El incumplimiento de la norma beneficia a la persona o grupo de personas Así, la corrupción rompe la norma de autogobierno, acaba con la confianza que requiere la democracia. 6) Explique el modo en que Warren entiende la corrupción en la democracia. Warren entiende que hay que buscar la corrupción en el quebrantamiento del vínculo del gobernante con los gobernados. Vínculo para mantener el sistema del autogobierno en una democracia. Detalla los efectos que se producen en un sistema democrático cuando el vínculo se rompe. Los ciudadanos que tienen que ser parte de la decisión política son excluidos en beneficio de unos pocos. Lo que es público se privatiza. Lo que es de todos se lo están quedando unos pocos. Esto crea una ineficiencia de los servicios públicos. El sistema productivo se orienta a aquellos sectores que a los corruptos les interesa porque les rinde más dinero a ellos. Warren critica la teoría tradicional de la corrupción, pues dice que es una teoría liberal generada en el siglo XIX, y para estos estados es necesario saber si todas las personas que trabajan en el cuerpo institucional están haciendo lo que deben. Hay una exigencia de veracidad, que implica que los actores

La primera de ellas adopta un enfoque que considera que la corrupción refleja los deseos de los votantes, que los políticos satisfacen. Aquí va a discutir dos tipos de casos. Primero trata el problema de que los votantes apoyan la política corrupta por una falta de información, por la ignorancia del votante acerca de los efectos de la corrupción, las alterativas disponibles y sobre las intenciones de quienes se presentan a la elección. La falta de una información mínima acerca de la corrupción puede ser uno de los motivos de que los votantes apoyen la corrupción. En segundo lugar, habla de lo que él denomina las “preferencias incoherentes”, los votantes creen que la corrupción es perjudicial desde el punto de vista material y repugnante desde un punto de vista moral, pero al mismo tiempo consideran que es ventajosa y que está moralmente justificada pues les ofrece ciertas oportunidades. Y en tercer lugar nos encontramos con los dilemas de la acción colectiva, es una competición entre dos partidos que ofertan cada uno un paquete político, uno contiene corrupción y el otro no, ante los cuales el individuo es indiferente desde un punto de vista ideológico. Aquí los votantes se arriesgan pues si no dan su apoyo al partido corrupto y esta gana, pierden los ingresos que recibían de su patronazgo y sus ganancias serán mínimas. Las teorías explicativas del lado de la oferta se basan en la idea de que los votantes no desean la corrupción, pero nadie les “oferta” un paquete político que no tenga corrupción. La pregunta aquí sería, ¿qué impide que surja un político honrado? En primer lugar, las barreras de entrada, los partidos nuevos tienen problemas para llegar al poder, no hay libertad de acceso. Y en segundo lugar, el problema de la debilidad del sistema de partidos débiles en los cuales su triunfo depende del propio candidato y no del partido en el que milite lo que aumenta el riesgo de corrupción para beneficio personal. 8) Explique brevemente los elementos esenciales de la teoría clásica de la corrupción de Dobel Dobel hace una reconstrucción de la teoría clásica de la corrupción a partir de las obras de autores como Tucídides, Platón, Aristóteles, Maquiavelo y Rousseau. La corrupción de un pueblo tiene lugar cuando los ciudadanos se encuentran en una situación de desigualdad tal que miran sólo por su interés y satisfacción personal de forma que se pierde una cierta virtud cívica y moral dando lugar a la corrupción de la sociedad. La teoría de la corrupción de Dobel se fundamenta en las siguientes ideas o elementos esenciales. En primer lugar, para un orden político justo, igualitario y estable, es necesario que se mantenga una cierta lealtad moral y virtud civil, en el momento en que se privatizan los intereses de los ciudadanos, en que ya no hay una reciprocidad moral, se pierde la lealtad moral y la virtud civil, y esta perdida, es el atributo fundamental de un país corrupto. En segundo lugar, la desigualdad juega un papel fundamental en la corrupción de un país. La desigualdad general de riqueza, poder y condición social, produce egoísmo y soberbia, y como sucedáneo, corrupción. Esto ocurre, sobre todo, cuando los miembros de las clases altas sacrifican su lealtad moral y virtud civil para la obtención de beneficios y el mantenimiento del estatus y posición social. Así pues, la desigualdad generada arruina por contrapartida el bienestar de la ciudadanía. Cuando esto ocurre, la poca moral y la desigualdad generada hace que la sociedad y ciudadanía se agrupe en facciones. Las facciones son para Dobel, son centros objetivos de poder que desarrollan

entre quienes las forman redes de dependencia para la obtención de bienestar y servicios. Se apropian de las funciones vitales del Estado y de la política, lo que hace que esté sistemáticamente corrompida la autoridad pública y la ley. La sociedad sólo se mueve en facciones, y quien no esté en ninguna, estará excluido del juego de la política, y por tanto de la sociedad. Además, las mismas sólo se mueven por intereses privados, no hay moralidad más allá del egoísmo y no hay lealtad más allá de la limitada a la facción. El problema de las facciones choca con la radicalidad de la desigualdad, el conflicto generado entre ambas hace que efectivamente la corrupción se extienda a todo el cuerpo social. La violencia inunda las relaciones sociales, el egoísmo dirige la política, y la ley y autoridad pública se convierten en meros instrumentos al servicio de la facción y la clase. Al final el discurso político válido y coherente se pierde, y sólo queda la política demagógica de la facción y la lucha de clases. Así, cuando todo esto ocurre, el país, totalmente corrupto, ya no será capaz de defender estructuras tan primarias y fundamentales como la educación, la familia, la vida, la religión y el ejército, que en su momento sustentaban los valores y la lealtad social. Así, la corrupción de un país abarca tanto las relaciones sociales como políticas, y conllevará que la moral de los ciudadanos se vea reducida al egoísmo radical y el beneficio propio.