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Asignatura: Archivística y técnicas de investigación en nuevos soportes, Profesor: , Carrera: Historia, Universidad: UAL
Tipo: Apuntes
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Tema 5 FUENTES DOCUMENTALES DE ARCHIVOS
La organización Judicial del Estado es territorial en municipios, partidos judiciales, provincia y comunidad autónoma.
Las Audiencias Provinciales: Son el órgano judicial superior de cada provincia y conocen causas de índole civil y penal.
-En el orden civil entiende sobre las cuestiones que regulan las relaciones personales o patrimoniales, voluntarias o forzosas, entre personas privadas o públicas, tanto físicas como jurídicas, de carácter privado y público. Las Audiencias provinciales propiamente actúan como una segunda instancia, es decir conocen y deciden principalmente de los recursos de apelación que se presenten contra las sentencias y demás resoluciones de los juzgados de primera instancia.
-En el orden penal, entienden sobre delitos y faltas (atracos, asesinatos,...; las faltas, son infracciones que por su carácter de menor importancia no tiente la consideración de delitos; los delitos, son acciones y omisiones que se infringe a la ley penal y pone en peligro los valores del hombre y su sociedad). La Audiencias provinciales conocen y deciden principalmente de las causas por delito no reservadas por la Ley a otro Tribunal por razón de la materia o de la persona, así como de los recursos contra las sentencias y demás resoluciones de los juzgados de instrucción.
Juzgados de primera instancia e instrucción Son órganos jurisdiccionales unipersonales que tienen competencia en materia civil y penal. En cada partido habrá uno o más juzgados de primera instancia e instrucción con sede en la capital de partido (por ejemplo Vera, Huércal Overa, Purchena, Velez Rubio, Almería capital ). En algunos casos, por razón de la población, están diferenciados los juzgados de primera instancia y los de instrucción, correspondiendo a los primeros el conocimiento de los asuntos civiles y a los segundos el de los asuntos penales.
La organización de la justicia en la actualidad es más especializada y hay: Salas de lo Civil Conoce de los pleitos entre particulares, sobre derecho privado, tanto civil como mercantil, y todos aquellos casos no recogidos por las demás jurisdicciones.
Salas de lo Penal Investiga y juzga, haciendo ejecutar lo juzgado, en materia de faltas penales y delitos
Salas de lo Contencioso Administrativo. Revisa los actos de las administraciones públicas para lograr que se ajuste a Derecho.
Salas de lo Social. Conoce de las cuestiones relativas a los contratos de trabajo, conflictos y convenios colectivos, elecciones sindicales y en materia de seguridad social.
Salas de lo Mercantil. Conoce de cuestiones en materia concursal, de acciones de patrimonio de la empresa, suspensión colectiva de contrato, ejecución de embargo, medidas cautelares sobre el patrimonio del la empresa y acciones tendentes a exigir la responsabilidad del los administradores de la empresa, asunto en materia de transporte, derechos marítimo, protección del derecho de la propiedad intelectual e industrial
Salas de Vigilancia Penitenciara. Revisa las penas de los presos y la concesión de beneficios penitenciarios y el tercer grado.
La documentación judicial es de gran importada para la investigación, se caracteriza por su :
Justicia Municipal o de ámbito local y de distrito. El origen de la Justicia municipal podemos señalar, como el rey, en época medieval, ejercía un poder absoluto en su reino y, por tanto, en él confluían el gobierno, las administraciones de justicia y hacienda y la facultad de legislar. La administración de justicia constituía una de las regalías o poderes reales de mayor importancia.
A lo largo de la Edad Moderna, todas estas ramas de poder se irán definiendo hasta su separación definitiva en el inicio de la edad contemporánea. La imposibilidad de que el rey atienda todos los asuntos hace que, desde temprano, la Administración de Justicia sea una de las ramas más desarrolladas. Por ello hace su aparición:
Son fondos de gran riqueza documental por la diversidad de datos que aportan, y sobre todo por la variedad interpretativa de unos mismos hechos que reflejan su propia naturaleza discursiva. Su interés es indudable para conocer lo que ahora suele denominarse la "vida cotidiana" de una época determinada.
"EL PROTOCOLO NOTARIAL EN ESPAÑA" es el conjunto de cuadernos ordenados cronológicamente que consignan las notas o redacción, de los negocios jurídicos. La extensión de las notas era continuada, sin páginas en blanco, la datación se expresa mediante el epígrafe cronológico. La encuadernación no se exigía. Pero lo normal es que tras la toma de razón o inserción del texto literal sobre cualquier asunto se debían encuadernar por años o por fracción de años si era muy voluminoso y se solía adicional al final un índice abecedario para facilitar la búsqueda. Otra característica es la implantación del papel timbrado ya desde la Pragmática de 1636 y la incorporación de Matrices impresas. Las Notarías dejan de ser un bien privado, económico y negociable y se transforma en un oficio absolutamente público; la propiedad de los protocolos es del Estado y la obligatoriedad para el notario es la de conservarlos en la Notaría por espacio de cien años antes de pasar al Archivo Histórico Provincial. Sería con la Ley Orgánica del Notariado de 1862 cuando se logre el marco legal a esta institución y su verdadera organización. Se define al Notariado como "al funcionario autorizado para dar fe conforme a las leyes de los contratos y demás actos extrajudiciales".
Tipos de escribanos:
Se preceptúa la formación de libros índices o repertorios generales para cada oficio, en que deben anotarse por orden alfabético los nombres de las personas que
se podía almacenar al aire libre etc... Todos los libros nos informan de la producción, distribución y percepción de arbitrios.
Existen tres fuentes distintas: 1)Administración: Libros de cuentas corrientes de venta de la sal: anotación diaria de nombres de compradores, procedencia y lugar de destino (permiten, por ejemplo, establecer el mapa de la distribución de la sal de Almería) 2)Contaduría.- Libros de intervención de caudales: cantidades que el Ayuntamiento debía pagar a la Hacienda según la cantidad de sal que le correspondía (estudio del consumo, de la demografía)
Renta de Tabaco 289 libros de contabilidad del monopolio. Con ellos se puede saber:
Libros de “actas de jefes” en los que se ven la incidencia del contrabando
Siete Rentillas Como su nombre indica son otras tantas rentas de productos estancados (pólvora, plomo, Alcohol de hoja, naipes, azufre, municiones, alcohol etílico
El llamado alcohol de hoja era una tierra plomiza que se utilizaba como barniz en cerámica que daba brillo transparente y dejaba ver el color de la tierra cocida y era muy empleado en las alfarerías de la provincia.
Hay libros que registran las municiones, plomo y alcohol producidos en las fábricas de Canjáyar, Presidio (Fuente Victoria) y Baza (Granada). También libros donde se anotaban las cantidades de plomo que se destinaban a Marsella, Parlermo (desde 1798-1845)
OTRAS FUENTES FISCALES DE LA SECCIÓN HACIENDA: - Catastro de Ensenada; - Amillaramientos y Padrones de la Riqueza Rústica y Urbana; - Catastros de Rustica y Urbana modernos (a partir de 1906); - Matrícula Industrial y de Comercio
El Catastro del Marqués de la Ensenada En España, en 1749 se iniciaba la creación de una de las fuentes más utilizadas y valoradas por los historiadores: el Catastro del marqués de la Ensenada. En ese año Fernando VI ordenaba iniciar las averiguaciones tendentes a reformar el complejo sistema fiscal castellano, basado en la desigual contribución de los distintos grupos sociales, mediante la implantación de la única contribución. El punto de partida de la operación informativa serían las declaraciones efectuadas por los vecinos, hechas públicas para evitar abusos y favorecer las reclamaciones, y comprobadas por un equipo de peritos y funcionarios dependientes de la Real Junta de Única Contribución, organismo encargado de las averiguaciones.
A pesar de que el objetivo para el que se realizaron las averiguaciones no se llevó a acabó, de aquel intento de reforma quedó una impresionante masa documental-estadística de enormes posibilidades para el investigador, sobre todo en los campos de la economía y situación social. Además, aunque su finalidad no era demográfica, los datos recogidos al respecto son tan minuciosos que constituyen la fuente más importante para el estudio de la población castellana durante el Antiguo Régimen.
Como señala F. Alia Miranda, La documentación del Catastro del marqués de la Ensenada está formada por las siguientes partes:
profesionales y jornal diario estimado.
Otras fuentes para conocer la riqueza de los habitantes en Castilla eran:
A partir del siglo XIX aparecen nuevas fuentes fiscales ante el incremento de la actividad comercial e industrial, destacando la matrícula o contribución industrial y de comercio. Las matrículas industriales son los listados elaborados anualmente sobre personas naturales o jurídicas que ejercen industria, comercio o profesión y que son la expresión contable de la contribución industrial. A partir de la promulgación del Código de Comercio de 1829, todos los establecimientos industriales y comerciales quedaban registrados en las matrículas comerciantes, responsabilidad de los ayuntamientos, sobre quienes recaían los tributos que gravaba. Esta información se completaba con los libros de sociedades de los registros mercantiles abiertos en cada capital de provincia, en virtud del Código de Comercio de 1885. La dictadura de Primo de Rivera volvió a regular la contribución o matrícula industrial y comercial, por Real Decreto de 11 de mayo de 1926 La matrícula constituye una fuente importante para el historiador de temas económicos y también para la investigación en historia social. Los datos que aportan son de carácter fiscal, y en ellos está implícita, a pesar de muchas limitaciones, una cierta jerarquización económica de los contribuyentes que nos permite medir y cuantificar con alguna aproximación los niveles socioeconómicos de los sectores incluidos en ellas. La contribución aspira a gravar los rendimientos obtenidos mediante el ejercicio de cualquier industria, comercio, profesión, arte u oficio. Para ello el Decreto de 1926 dividía la matrícula en cuatro tarifas. La primera estaba dedicada al comercio en general, la segunda a las profesiones y a algunas industrias especiales (establecimientos de enseñanza, espectáculos públicos, transportes y balnearios), la tercera comprendía la industria manufacturera y la cuarta se refería a las artes y oficios. Por tanto, se nos presenta como un catálogo completo de la actividad económica del municipio. Es una fuente imprescindible para variados estudios sociales y económicos. 3.2 Otros fondos del Archivo Histórico Provincial Aparte de los fondos de la sección de Hacienda están también los de las demás Delegaciones ministeriales: AGRICULTURA (Delegación, Distrito Forestal, Pesca, Iryda..), EDUCACIÓN, INDUSTRIA (Delegación, Jefatura de Minas), INTERIOR (Gobierno Civil)…y todos las Delegaciones de las Consejerías de la ADMINISTRACIÓN PERIFÉRICA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA, con documentación desde los años 80 tras el traspaso de las competencias estatales a las Comunidades Autónomas. También se encuentran en el Archivo Histórico Provincial los fondos de las INSTITUCIONES DEL MOVIMIENTO NACIONAL (Frente de Juventudes, Sección Femenina, etc. imprescindibles en temas del Franquismo y encuadramiento político), y los fondos de la ADMINISTRACIÓN CORPORATIVA como las Cámaras Agrarias
—Archivo administrativo.- Documentación que sirve como memoria de la institución que la produce, su gestión es burocrática, esta documentación pasará al archivo histórico una vez que haya cumplido su proceso vital en el aspecto administrativo. La clasificación de la documentación se basa en el origen y procedencia de los mismos que viene dada por la oficina gestora.
—Archivo histórico.- Formado por documentación que ha cumplido su quehacer burocrático, ha dejado de ser activa. La consulta da estos documentos son con fines de culturales o de investigación.
A través de los fondos documentales del Archivo Municipal se puede reconstruir distintos aspectos de la evolución de la ciudad, ayudando a comprender el pasado de nuestra historia local.
El fondo histórico nace paralelamente a la creación por los RR.CC de los consejos municipales. El aparato burocrático introducido por los RR.CC comienza a funcionar y esos documentos administrativos hoy son los fondos más importantes del Archivo Municipal.
Los RR.CC. legislan y dictan la Pragmática del 9 de Junio del 1500 en Sevilla, por la que obligan a los corregidores a guardar los privilegios y escrituras en un arca guardada por tres claveros.
También legislan la necesidad de llevar un libro de Registro, de todas las ordenanzas, cartas, escrituras que allí se tratasen y otro donde se escribirán los privilegios de la ciudad. Con estas leyes se establecían las bases organizativas de los archivos de todos los concejos del país. Gracias a dichas leyes han llegado hasta nosotros cédulas, provisiones, cartas, etc., de dicha época.
Los terremotos que asolaron Almería en el siglo 16 produjeron pérdidas importantes de archivos. A esta época pertenece la primera noticia de pérdida de documentos.
En los datos de archivo pertenecientes al siglo XVIII cabe destacar un inventario que se llevo a cabo en 1 de Octubre de 1748 realizado por Juan Díaz. Por el contenido de ese escrito sabemos que se hacía diferenciación entre el Archivo Histórico, llamado de papeles antiguos, que iría en un armario y los documentos que se estaban produciendo en el momento, que hoy llamaríamos de oficina o de Gestión, que se reuniría en las taquillas dispuestas para ello
Hay que resaltar otro acuerdo del consejo del 12 de Octubre de 1789, en el cual se explica la pérdida del libro de ordenanzas.
Documentación importante: Los Libros de Actas del Consejo Municipal, que recogen todos los acuerdos tomados en las sesiones de ayuntamiento pleno. Documentación desde finales del siglo XVI y más abundante y variada la de la gestión de los distintos departamentos de los siglos XIX y XX, urbanismo y obras, aguas, padrones de habitantes, etc.