






















Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Prepara tus exámenes con los documentos que comparten otros estudiantes como tú en Docsity
Encuentra los documentos específicos para los exámenes de tu universidad
Estudia con lecciones y exámenes resueltos basados en los programas académicos de las mejores universidades
Responde a preguntas de exámenes reales y pon a prueba tu preparación
Consigue puntos base para descargar
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Comunidad
Pide ayuda a la comunidad y resuelve tus dudas de estudio
Ebooks gratuitos
Descarga nuestras guías gratuitas sobre técnicas de estudio, métodos para controlar la ansiedad y consejos para la tesis preparadas por los tutores de Docsity
Base de las gratificaciones en universidad.
Tipo: Diapositivas
1 / 30
Esta página no es visible en la vista previa
¡No te pierdas las partes importantes!























Contabilidad
Pregrado
Contabilidad
La gratificación es un monto especial que se cobra por derecho laboral, dicho monto está normado por las leyes del trabajo del Estado Peruano. Es un pago adicional sumado a la remuneración o sueldo de los trabajadores que cobran mensualmente.
Contabilidad
Tienen derecho a la próxima gratificación por Navidad los trabajadores subordinados de la actividad privada con contrato indefinido, a plazo fijo y a tiempo parcial; pues, para percibir este beneficio no se requiere que el trabajador haya laborado la jornada mínima de cuatro horas diarias. Los trabajadores de las pequeñas empresas, contratados después de que la empresa se inscribió en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (Remype), percibirán medio sueldo de gratificación conforme a la Ley MYPE-TUO DS 013-2013-PRODUCE. Asimismo, tienen derecho a medio sueldo de gratificación, los trabajadores de la micro empresa que hayan sido contratados antes que la microempresa se inscriba en el Remype. Los trabajadores del hogar, conforme a la nueva Ley 31047 (01.10.20), tienen derecho a la gratificación por Navidad equivalente a un sueldo completo.
Contabilidad
Según la Ley de Gratificaciones, el derecho a percibir este beneficio se obtiene siempre que el trabajador se encuentre efectivamente laborando durante la primera quincena de diciembre. Excepcionalmente, se considera tiempo efectivamente laborado los siguientes supuestos de suspensión de labores:
Contabilidad
La gratificación es calculada en base a los días que laboró cada trabajador. Si ingresaron a laborar durante el año se reduce proporcionalmente el monto de la gratificación en base al tiempo de servicio durante un semestre de Enero a Julio o de Agosto a Diciembre.
Si trabajan por comisiones, deben aplicar el cálculo de un promedio de las comisiones percibidas en los últimos 6 meses antes de Julio o Diciembre. Dicho promedio es el valor de la gratificación.
Este tipo de pago, No es obligatorio, aunque las empresas pueden abonarlas en caso de acuerdo entre la empresa y trabajadores, a partir de la organización o por convenios colectivos.
Contabilidad
Se considera remuneración regular –por tanto computable para la gratificación– a aquella percibida “habitualmente” por el trabajador, aun cuando los montos sean variables (que hayan sido percibidos un mínimo de tres meses en el semestre de julio a diciembre 2020).
El derecho a la gratificación trunca se origina al momento del cese del trabajador, siempre que tenga, cuando menos, un mes completo de servicios. El monto de la gratificación trunca se determina de manera proporcional a los meses calendario laborados en el periodo desde julio 2020 a la fecha de cese. La remuneración computable para el pago de la gratificación trunca es la vigente en el mes inmediato anterior al cese. La gratificación trunca se paga conjuntamente con los beneficios sociales dentro de las 48 horas siguientes de producido el cese.
Contabilidad
No tienen derecho a percibir la gratificación de diciembre los trabajadores que, por convenio con la empresa, perciben “Remuneración anual integral”, por cuanto, en este caso, la gratificación y la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), ya están incluidas en la remuneración integral anual acordada con el empleador. Los trabajadores de microempresas, contratados después de que la microempresa se inscribió en el Remype, no tienen derecho a la gratificación de diciembre. Los trabajadores sujetos al Régimen Laboral Agrario – Ley 27360, modificado por DU 043- 2019, tampoco tienen derecho a gratificación, por cuanto en la remuneración diaria integral que perciben, ya incluye el 16,66% de gratificaciones. Los trabajadores independientes (no sujetos a subordinación laboral con la empresa) no perciben la gratificación por cuanto no son trabajadores de planilla; pues están regulados por el Código Civil – locación de servicios.
Contabilidad
Contabilidad Cabe advertir que la Ley 9462, que permite acordar la reducción de remuneraciones, dispone que este acuerdo no puede afectar el sueldo mínimo ni los derechos adquiridos por los trabajadores Suspensión perfecta de labores.- Los meses y días que no se laboraron por suspensión perfecta de labores, autorizada por el MTPE conforme al DU 038-2020 y modificatorias, no se computan como periodo laborado para percibir las gratificaciones. En todo caso, la gratificación será proporcional, considerando los meses y días trabajados, excluyendo el periodo de la suspensión perfecta de labores. Acuerdos de suspensión temporal del contrato de trabajo.- Los empleadores y trabajadores que han acordado suspender temporalmente las labores, con cargo al reingreso posterior del trabajador, en dicho periodo de suspensión de labores, no debe considerarse como trabajador para el pago de la gratificación. En todo caso, la gratificación se calculará proporcionalmente excluyendo el periodo de suspensión de labores –sin remuneración– establecido por ambas partes. Trabajadores afectados con la COVID-19.- Los días de descanso médico de trabajadores infectados con la COVID-19 se consideran como días trabajados para el pago de la gratificación.
Contabilidad
Los trabajadores que laboraron a tiempo parcial, es decir, menos de cuatro horas diarias, tienen derecho a la gratificación en función de los meses completos laborados durante el semestre; pues la Ley de Gratificaciones no exige el mínimo de cuatro horas diarias para percibir el beneficio.
Los trabajadores que, al 31 de diciembre 2022 tengan menos de un mes completo de servicios, no tienen derecho a percibir la gratificación de diciembre 2022. Tributos.- La gratificación no está afecta al EsSalud, ONP, AFP, salvo al impuesto a la renta de quinta categoría que se le retiene al trabajador.
Las gratificaciones distintas a las de julio y diciembre se consideran gratificaciones extraordinarias, en tanto no hayan sido otorgadas por más de dos años consecutivos, sino esporádicamente.
Contabilidad
I TRABAJADORES CON REMUNERACIÓN FIJA MENSUAL
Contabilidad
Contabilidad
Contabilidad II TRABAJADORES CON REMUNERACIÓN VARIABLE E IMPRECISA.
3. Trabajador que ha laborado todo el periodo computable a. Datos: