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Lomce Resumen, Resúmenes de Ciencias de la Educación

Asignatura: Organización y gestión de instituciones y programas educativos, Profesor: Valentín Gonzalo Muñoz, Carrera: Educación Primaria, Universidad: UCM

Tipo: Resúmenes

2013/2014

Subido el 27/05/2014

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PROPUESTAS PARA LA MEJORA DE LA
CALIDAD EDUCATIVA
MODIFICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA 2/2006, DE
3 DE MAYO, DE EDUCACIÓN
10 de diciembre de 2013
LOMCE
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PROPUESTAS PARA LA MEJORA DE LA

CALIDAD EDUCATIVA

MODIFICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA 2/2006, DE

3 DE MAYO, DE EDUCACIÓN

10 de diciembre de 2013

LOMCE

LEY ORGÁNICA PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD EDUCATIVA

OBJETIVOS GENERALES

 Disminuir la dispersión de requisitos y exigencias del sistema

educativo en todo el territorio

 Disminuir tasas de abandono educativo temprano

 Aumentar tasas de titulación en secundaria

 Mejorar el nivel de conocimientos en áreas prioritarias

 Establecer un sistema de señalización claro de los objetivos

 Promover la autonomía de los centros docentes

 Incorporar y potenciar las Tecnologías de la Información y la

Comunicación

 Impulsar y modernizar la Formación Profesional

 Mejorar el aprendizaje de lenguas extranjeras

 Racionalizar la oferta educativa

LEY ORGÁNICA PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD EDUCATIVA

PROPUESTA : Ciclos de Formación Profesional Básica

 Pasan de 1 año (y un 2º año voluntario) a 2 años : acceso entre

los 15 y los 17 años, tras cursar 3º ESO (excepcionalmente tras

cursar 2º ESO).

 Sus objetivos son los de los ciclos formativos de FP, y además

contribuirán específicamente a que los alumnos adquieran o

completen las competencias del aprendizaje permanente.

Educación obligatoria y gratuita.

 Títulos:

Título Profesional Básico

Posibilidad de obtener el título de Graduado en ESO tras

realizar la evaluación final por cualquiera de las dos opciones

(académicas o aplicadas)

LEY ORGÁNICA PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD EDUCATIVA

PROPUESTA: Racionalizar la oferta educativa (II)

Educación Primaria, ESO y Bachillerato: bloques de asignaturas

troncales, especificas, y de libre configuración autonómica:

Troncales: deben ser comunes en todo el territorio. Horario mínimo

(50%). Contenidos regulados por el Gobierno.

Específicas: mayor autonomía a Administraciones educativas y

centros docentes para fijar horarios y contenidos.

De libre configuración autonómica: el mayor nivel de autonomía:

Lengua Cooficial y Literatura, asignaturas de diseño propio, etc..

Evaluación final 4º ESO / 2º Bachillerato:

 Asignaturas troncales

 Asignaturas específicas

 Lengua Cooficial, en paridad con Lengua Castellana

LEY ORGÁNICA PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD EDUCATIVA

PROPUESTA: Señalizar el logro de los objetivos de la etapa (II)

Evaluación final ESO (externa, diseñada por el Gobierno):

 Necesario superarla para obtener título de Graduado en ESO.

Nota final: media de las calificaciones de ESO ponderada al

70%, y de la evaluación final ponderada al 30%. Máximo 2

materias suspensas.

Pruebas diferentes para acceder a Bachillerato o a FP , pero la

elección de itinerario en 4º de ESO no es decisiva: todos los

alumnos se pueden presentar a evaluación por la opción que

decidan, o a ambas opciones en la misma o diferentes ocasiones,

con independencia de la opción cursada en 4º de ESO.

Consejo orientador al finalizar cada curso: el equipo docente

recomendará:

 El itinerario más adecuado

 Programas de mejora del aprendizaje y el rendimiento

 Ciclos de Formación Profesional Básica

LEY ORGÁNICA PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD EDUCATIVA

PROPUESTA: Señalizar el logro de los objetivos de la etapa (III)

Evaluación final Bachillerato (externa, diseñada por el

Gobierno):

 Es necesario superarla para obtener el título de Bachiller, y

superar todas las materias de Bachillerato.

Nota final: media de las calificaciones de Bachillerato

ponderada al 60%, y de la evaluación final ponderada al

40%.

Certificado por la superación de todas las materias, sin

superar evaluación final:

 Efectos laborales

 Efectos académicos para acceso a FP Grado Superior

LEY ORGÁNICA PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD EDUCATIVA

PROPUESTA: Incrementar autonomía de los centros docentes (II)

Dirección de centros públicos :

Autonomía de gestión para desarrollar acciones de calidad

Selección :

 Valoración de la experiencia previa

 Mayor protagonismo de las Administraciones educativas

 Igualdad de condiciones entre profesores del centro y

externos

 Nuevo requisito: certificación acreditativa de haber

superado un curso formativo sobre el desarrollo de la

función directiva

LEY ORGÁNICA PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD EDUCATIVA

PROPUESTA: Incrementar autonomía de los centros docentes (III)

 Se reconocen plenamente los Bachilleratos internacional y europeo.

Educación diferenciada por sexos : posibilidad de concertar, siempre que cumpla los requisitos de la Convención relativa a la lucha contra las discriminaciones en la esfera de la enseñanza, se justifique la elección de dicho sistema, y se implanten medidas académicas para favorecer la igualdad.

Acciones de calidad en cooperación Estado-CCAA :

Especialización curricular, funcional, centros bilingües, formación del profesorado, recursos TIC, mejora del rendimiento, etc.

Planificación estratégica por objetivos

 Supondrán autonomía para la gestión de personal y económica de los centros

Rendición de cuentas

REFORMA DEL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL: NOVEDADES Y CALENDARIO DE IMPLANTACIÓN

EDUCACIÓN PRIMARIA

  • El área Conocimiento del Medio Natural, Social y Cultural se divide en Ciencias de la Naturaleza y Ciencias Sociales.
  • Se introduce el área Valores Sociales y Cívicos como alternativa al área de Religión, en lugar de las medidas de atención educativa del centro que no permitían el aprendizaje de contenidos curriculares.
  • La lengua castellana o la lengua cooficial sólo se utilizarán como apoyo en el proceso de aprendizaje de la lengua extranjera. Se priorizarán la comprensión y la expresión oral.
  • (^) Pruebas de detección precoz de dificultades de aprendizaje en 3º: se comprobará el grado de dominio de las destrezas, capacidades y habilidades en expresión y comprensión oral y escrita, cálculo y resolución de problemas en relación con el grado de adquisición de la competencia en comunicación lingüística y de la competencia matemática. El equipo docente podrá adoptar las medidas más adecuadas.
  • Evaluación final : se comprobará el grado de adquisición de la competencia en comunicación lingüística, de la competencia matemática y de las competencias básicas en ciencia y tecnología, sin efectos académicos. El Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, establecerá los criterios de evaluación y las características generales de las pruebas para todo el Sistema Educativo Español con el fin de asegurar unos criterios y características de evaluación comunes a todo el territorio. Se entregará un informe con el resultado obtenido a familias y centros de Primaria y ESO, y se podrán poner en marcha medidas de apoyo al alumnado y planes de mejora de centros.

Implantación:

  • Cursos 1º, 3º y 5º: curso escolar 2014-2015.

Primera evaluación de 3º de Primaria al finalizar este curso, al alumnado que haya cursado 3º.

  • Cursos 2º, 4º y 6º: curso escolar 2015-2016.

Primera evaluación final al finalizar este curso, al alumnado que haya cursado 6º.

EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA

  • Nuevo consejo orientador a las familias, elaborado por el equipo docente al final de cada curso de ESO: indicará el itinerario más adecuado, así como las medidas de atención y apoyo más adecuadas, como los Programas de Mejora del Aprendizaje y el Rendimiento.
  • Posibilidad de agrupar las materias en ámbitos de conocimiento en 1º d e ESO, para facilitar el tránsito entre Primaria y ESO.
  • Nuevos Programas de Mejora del Aprendizaje y del Rendimiento : se implantarán en los cursos 2º y 3º de ESO. El alumnado se incorporará a estos programas a propuesta del equipo docente a los padres, madres o tutores legales. Irán dirigidos preferentemente al alumnado que presente dificultades relevantes de aprendizaje no imputables a falta de estudio o esfuerzo, y comprenderán adaptaciones organizativas y curriculares: agrupación de materias en ámbitos, metodología específica, actividades prácticas, etc.
  • Opciones de enseñanzas académicas (para la iniciación al Bachillerato) y aplicadas (para la iniciación a la Formación Profesional): a partir de 3º de ESO.
  • Se introduce la materia Valores Éticos como alternativa al área de Religión, en lugar de las medidas de atención educativa del centro que no permitían el aprendizaje de contenidos curriculares.
  • La lengua castellana o la lengua cooficial sólo se utilizarán como apoyo en el proceso de aprendizaje de la lengua extranjera. Se priorizarán la comprensión y la expresión oral.
  • Limitación de la promoción en ESO con asignaturas suspensas: no deben ser simultáneamente Matemáticas y Lengua Castellana o Cooficial.
  • Se entregará al alumnado un certificado de estudios cursados al finalizar el primer ciclo (1º-3º), o al finalizar 2º si el alumnado pasa a un ciclo de Formación Profesional Básica.
  • Nueva evaluación final , que es necesario superar para obtener el título de Graduado en ESO.

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte establecerá para todo el Sistema Educativo Español los criterios de evaluación y las características de las pruebas, y las diseñará y establecerá su contenido para cada convocatoria.

La calificación final será la media de las calificaciones de ESO ponderada al 70%, y de la evaluación final ponderada al 30%. Para realizar la evaluación el alumnado solo podrá tener un máximo 2 materias suspensas. Las Administraciones educativas podrán establecer medidas de atención personalizada dirigidas a aquellos alumnos y alumnas que, habiéndose presentado a la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria, no la hayan superado.

Se realizarán pruebas diferentes para acceder a Bachillerato o a Formación Profesional, pero la elección no es decisiva: todos los alumnos se pueden presentar a evaluación por la opción que decidan, o a ambas opciones en la misma o diferentes ocasiones, con independencia de la opción cursada.

Las evaluaciones se centrarán en las materias troncales generales (y Biología y Geología y Física y Química si el alumnado las escoge como materias de opción), dos materias troncales de opción de 4º, y una materia específica cursada en cualquiera de los cursos que no sea Educación Física, Religión, ni Valores Éticos.

Implantación:

OTRAS MODIFICACIONES

Nuevo diseño curricular en Educación Primaria, ESO y Bachillerato

Las asignaturas se agrupan en 3 bloques :

  • En el bloque de asignaturas troncales se incluyen aquellas asignaturas que deben ser comunes a todo e l alumnado, para garantizar los conocimientos y competencias esenciales que permitan adquirir una formación sólida y continuar con aprovechamiento las etapas posteriores.
  • El bloque de asignaturas específicas permite una mayor autonomía a la hora de fijar horarios y contenidos de las asignaturas, así como para conformar su oferta.
  • El b loque de asignaturas de libre configuración autonómica supone el mayor nivel de autonomía, en el que las Administraciones educativas y en su caso los centros pueden ofrecer asignaturas de diseño propio, entre las que se encuentran las ampliaciones de las materias troncales o específicas.

Esta distribución no obedece a la importancia o carácter instrumental o fundamental de las asignaturas, sino a la distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas , acorde con la Constitución española.

Esta nueva configuración curricular supone un importante incremento en la autonomía de las Administraciones educativas y de los centros , que pueden decidir las opciones y vías en las que se especializan y fijar la oferta de asignaturas de los bloques de asignaturas específicas y de libre configuración autonómica, en el marco de la programación de las enseñanzas que establezca cada Administración educativa.

El sistema es más flexible porque permite ajustar la oferta formativa y sus itinerarios a la demanda de las familias, y a la proximidad de facultades o escuelas universitarias y otros centros docentes, y favorece la especialización de los centros en función de los itinerarios ofrecidos.

Las Administraciones educativas pueden confiar a los centros la determinación de horarios y asignaturas y los contenidos de las mismas, dentro de los límites fijados.

Por lo que respecta a las nuevas evaluaciones finales de etapa, se establece un sistema de señalización claro de los objetivos que han de cumplirse al final de cada etapa, para incentivar el esfuerzo de los alumnos, premiar el buen rendimiento y detectar deficiencias de aprendizaje de forma temprana. Las evaluaciones finales deben garantizar al alumno, a su familia y a la sociedad un nivel de conocimiento y competencias adecuado a cada etapa. Además, se deben exigir unos estándares de aprendizaje mínimos comunes a todo el territorio nacional para garantizar el carácter oficial y la validez en todo el territorio nacional de las titulaciones.

El objetivo de la evaluación final es comprobar que el alumno ha logrado los objetivos de la etapa y adquirido las competencias correspondientes , pero no se trata de una reválida para la que el alumno deba estudiar de nuevo todos los contenidos.

Los alumnos que no hayan superado las evaluaciones o que deseen elevar su calificación final podrán repetirlas en convocatorias sucesivas.

La realización material de las pruebas corresponde a las Administraciones educativas competentes, en las instalaciones que establezcan al efecto.

Las pruebas serán aplicadas y calificadas por profesorado del Sistema Educativo Español externo al centro.

Los resultados de las evaluaciones serán puestos en conocimiento de la comunidad educativa mediante indicadores comunes para todos los centros docentes españoles, sin identificación de datos de carácter personal, y previa consideración de los factores socioeconómicos y socioculturales del contexto.

Implantación:

La aplicación de estas modificaciones se realizará en función de la implantación de las modificaciones curriculares en las distintas etapas.

Enseñanza de la Religión

  • En Primaria y ESO se configura como una asignatura específica, de oferta obligatoria para Administraciones educativas y centros docentes, pero de elección voluntaria para familias y alumnos.
  • La asignatura de Religión tendrá una asignatura de oferta alternativa : familias y alumnos pueden elegir entre Religión y Valores Sociales y Cívicos en Primaria, y entre Religión y Valores Éticos en ESO.
  • Tanto Religión como la asignatura alternativa serán evaluables como una asignatura más durante la etapa, en evaluación continua, pero ninguna de las dos será evaluable en las evaluaciones finales.

Hasta ahora, la asignatura de Religión era evaluable a todos los efectos menos el de puntuar en las convocatorias en las que existiera una concurrencia competitiva: esto era así porque los alumnos que no escogían Religión no cursaban otra asignatura evaluable, sino que dedicaban su tiempo a medidas de atención educativa en el centro que no puntuaban, por lo que si Religión computara las condiciones aplicadas a los alumnos que cursaran Religión y las de los que no la cursaran no serían las mismas. Ahora no se producirá tal efecto, dado que todos los alumnos cursarán una u otra asignatura, por lo que no hay motivo para que tanto la Religión como las asignaturas alternativas no puntúen también en los procedimientos en concurrencia competitiva.

  • Las Administraciones educativas garantizarán que, al inicio del curso, los padres, madres o tutores legales y en su caso el alumnado puedan manifestar su voluntad de que éstos reciban o no reciban enseñanzas de religión.
  • La determinación del currículo de la enseñanza de religión católica y de las diferentes confesiones religiosas con las que el Estado español ha suscrito Acuerdos de Cooperación en materia educativa será competencia, respectivamente, de la jerarquía eclesiástica y de las correspondientes autoridades religiosas.

Implantación:

La aplicación de estas modificaciones se realizará en función de la implantación de las modificaciones curriculares en las distintas etapas.

CALENDARIO DE IMPLANTACIÓN

LEY ORGÁNICA PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD EDUCATIVA

ITINERARIOS ACADÉMICAS-APLICADAS

LEY ORGÁNICA PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD EDUCATIVA