Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad


MÓDULO D (TEMA 25) DERECHO ROMANO, Apuntes de Derecho Romano

Asignatura: derecho romano, Profesor: Carmen Lazaro, Carrera: Dret, Universidad: UJI

Tipo: Apuntes

2017/2018

Subido el 04/02/2018

samisamss20
samisamss20 🇪🇸

6 documentos

1 / 1

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
TEMA 25
USUFRUCTO
Derecho sobre cosa ajena que permite usarla y percibir sus frutos dejando a salvo su substancia.
Es uno de los poquísimos derechos sobre los que no cabe sucesión, porque el fallecimiento del
usufructuario provoca, por derecho de la propia muerte, la extinción del usufructo.
ELEMENTOS:
- Personales:
Usufructuario: Tiene facultades de uso y disfrute (usa y percibe frutos).
Nudo propietario: Tiene facultades de disposición (tras gestionar la cosa puede
disponer de la cosa mortis causa (la puedo dejar en herencia) o la puedo disponer
inter vivos (venderla)).
- Reales: El objeto de usufructo tiene que ser no consumible. El usufructo se constituye
sobre cosa no consumible.
- Formales: Hace referencia a su constitución
DEFENSA USUFRUCTO: VINDICATIO USUFRUCTUS
Será legitimado activo el usufructuario, y el legitimado pasivo quien me fastidia, un propietario
pesao, quien me entorpezca el derecho de usufructo.
Enfiteusis: Es un usufructo en el que sí que cabe sucesión.

Vista previa parcial del texto

¡Descarga MÓDULO D (TEMA 25) DERECHO ROMANO y más Apuntes en PDF de Derecho Romano solo en Docsity!

TEMA 25

USUFRUCTO

Derecho sobre cosa ajena que permite usarla y percibir sus frutos dejando a salvo su substancia. Es uno de los poquísimos derechos sobre los que no cabe sucesión, porque el fallecimiento del usufructuario provoca, por derecho de la propia muerte, la extinción del usufructo. ELEMENTOS :

  • Personales:  Usufructuario: Tiene facultades de uso y disfrute (usa y percibe frutos).  Nudo propietario: Tiene facultades de disposición (tras gestionar la cosa puede disponer de la cosa mortis causa (la puedo dejar en herencia) o la puedo disponer inter vivos (venderla)).
  • Reales: El objeto de usufructo tiene que ser no consumible. El usufructo se constituye sobre cosa no consumible.
  • Formales: Hace referencia a su constitución DEFENSA USUFRUCTO: VINDICATIO USUFRUCTUS Será legitimado activo el usufructuario, y el legitimado pasivo quien me fastidia, un propietario pesao, quien me entorpezca el derecho de usufructo. Enfiteusis: Es un usufructo en el que sí que cabe sucesión.