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Práctica 1 Compraventa, Ejercicios de Derecho Civil

De la asignatura Derecho Civil: Contratos

Tipo: Ejercicios

2022/2023

Subido el 04/04/2023

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d3r3ch0 🇪🇸

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GRADO en DERECHO
Derecho de contratos y responsabilidad civil | 2º curso
APELLIDOS:
NOMBRE:
En documento privado, el 1 de mayo de 2018, Paola vende a Manuel el local comercial
situado en la calle Velázquez 27 por un precio total de 5.000.000 de euros. Se entregan
300.000 euros en concepto de arras de desistimiento, y se acuerda que a los dos meses
se entregarán otros 300.000 euros, y el resto del precio se pagará con la elevación del
contrato a escritura pública, que deberá tener lugar en un plazo máximo de cinco meses
desde la fecha de este contrato.
1. ¿Como se perfecciona el contrato de compraventa del local comercial?
Respuesta
El contrato de compraventa se perfecciona por el mero consentimiento de las partes,
de tal manera que, si en el momento de prestarlo estaba definido el objeto y el precio,
el contrato es perfecto. Además, la perfección del contrato de compraventa no requiere
la entrega de la cosa, generando únicamente la obligación de entregarla.
Fundamento jurídico
Artículo 1258 del CC: “Los contratos se perfeccionan por el mero consentimiento, y
desde entonces obligan, no sólo al cumplimiento de lo expresamente pactado, sino
también a todas las consecuencias que, según su naturaleza, sean conformes a la
buena fe, al uso y a la ley.”
Artículo 1450 del CC: ”La venta se perfeccionará entre comprador y vendedor, y será
obligatoria para ambos, si hubieren convenido en la cosa objeto del contrato y en el
precio, aunque ni la una ni el otro se hayan entregado.”
Artículo 1461 del CC: ”El vendedor está obligado a la entrega y saneamiento de la cosa
objeto de la venta.”
2. ¿Es válida la compraventa celebrada en documento privado, o por el contrario no
será válida hasta que se eleve a escritura pública?
Respuesta
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GRADO en DERECHO

Derecho de contratos y responsabilidad civil | 2 º curso

APELLIDOS:

NOMBRE:

En documento privado, el 1 de mayo de 2018, Paola vende a Manuel el local comercial situado en la calle Velázquez 27 por un precio total de 5 .000.000 de euros. Se entregan 300.000 euros en concepto de arras de desistimiento, y se acuerda que a los dos meses se entregarán otros 300.000 euros, y el resto del precio se pagará con la elevación del contrato a escritura pública, que deberá tener lugar en un plazo máximo de cinco meses desde la fecha de este contrato.

1. ¿Como se perfecciona el contrato de compraventa del local comercial? Respuesta El contrato de compraventa se perfecciona por el mero consentimiento de las partes, de tal manera que, si en el momento de prestarlo estaba definido el objeto y el precio, el contrato es perfecto. Además, la perfección del contrato de compraventa no requiere la entrega de la cosa, generando únicamente la obligación de entregarla. Fundamento jurídico

  • Artículo 1258 del CC: “Los contratos se perfeccionan por el mero consentimiento, y desde entonces obligan, no sólo al cumplimiento de lo expresamente pactado, sino también a todas las consecuencias que, según su naturaleza, sean conformes a la buena fe, al uso y a la ley.”
  • Artículo 1450 del CC: ”La venta se perfeccionará entre comprador y vendedor, y será obligatoria para ambos, si hubieren convenido en la cosa objeto del contrato y en el precio, aunque ni la una ni el otro se hayan entregado.”
  • Artículo 1461 del CC: ”El vendedor está obligado a la entrega y saneamiento de la cosa objeto de la venta.” 2. ¿Es válida la compraventa celebrada en documento privado, o por el contrario no será válida hasta que se eleve a escritura pública? Respuesta

GRADO en DERECHO

Derecho de contratos y responsabilidad civil | 2 º curso

La compraventa celebrada en documento privado es completamente válida siempre que hayan concurrido las condiciones esenciales para su validez. Si bien es cierto, la forma más habitual y segura de llevar a cabo una compraventa de un inmueble es mediante escritura pública, y posterior inscripción en el Registro de la Propiedad, estas formalidades son plenamente facultativas (salvo excepciones, como por ejemplo en caso de donación). Fundamento jurídico

  • Artículo 1278 del CC: “Los contratos serán obligatorios, cualquiera que sea la forma en que se hayan celebrado, siempre que en ellos concurran las condiciones esenciales para su validez.” 3. ¿Manuel se convierte en propietario del local por la celebración del contrato privado? Respuesta: Si/ No (señale con un círculo la correcta) Fundamento jurídico El comprador se convierte en propietario desde el momento en que recibe el objeto de compraventa. Es decir, la entrega del bien se cumple de manera pacífica.
  • Artículo 609 del CC: “La propiedad y los demás derechos sobre los bienes se adquieren y transmiten por la ley, por donación, por sucesión testada e intestada, y por consecuencia de ciertos contratos mediante la tradición. 5. Supongamos que Paola recibe una oferta de 6.000.000 euros por la local y decide echarse atrás en la venta a Manuel, y se lo comunica a este. ¿Puede Manuel oponerse al desistimiento de Paola y exigirle el cumplimiento del contrato de compraventa? Respuesta: Si/ No (señale con un círculo la correcta) Fundamento jurídico Manuel no puede oponerse al desistimiento de Paola puesto que las arras fueron concebidas para este supuesto. En este caso se rescindiría el contrato, quedando Paola (vendedora) obligada a devolver las arras duplicadas (600.000 euros).
  • Artículo 1454 del CC: “Si hubiesen mediado arras o señal en el contrato de compra y venta, podrá rescindirse el contrato allanándose el comprador a perderlas, o el vendedor a devolverlas duplicadas.”