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Práctica 2 de Derecho Procesal, Ejercicios de Derecho Procesal

Práctica 2 de Derecho Procesal

Tipo: Ejercicios

2025/2026

Subido el 10/05/2026

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daniela-piquer-1 🇪🇸

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Daniela Piquer Francos
Ejercicio/caso nº2
Conteste motivadamente a las siguientes preguntas:
-¿Puede un ciudadano extranjero interponer una querella en España como acusación particular
¿Y cómo acusador popular?
Sí puede interponer una querella como acusación particular. La ley sostiene que cualquier persona que
haya sido directamente ofendida o perjudicada por un delito, independientemente de ser extranjera o
no, es decir, la nacionalidad no importa cuando se ha sufrido un delito.
En cuanto como acusador popular, no se le permite. Ya que esta está reservada exclusivamente para
ciudadanos españoles, al tratarse de una forma de participación en la administración de justicia
asociada a la condición de ciudadano. Se debe de aclarar que un extranjero que puede tomar la
condición de perjudicado pero no como acusador popular.
- ¿Cuál es la diferencia entre denuncia y querella?
La denuncia se trata de una manera de informar de un hecho delictivo, pudiéndose hacer de forma oral
como escrita, la cual no convierte al denunciante en parte del proceso. En cambio, una querella se
trata de un acto procesal por la cual se ejercita la acción penal, necesitando para ello abogado y
procurador, y convirtiendo al querellante en la parte acusadora.
Por lo que la denuncia informa del delito y la querella acusa y además permite participar en el
proceso.
- ¿En qué tipo de delitos es preceptiva la interposición de querella? ¿Es obligatoria en delitos
semipúblicos?
La interposición de querella es preceptiva en los delitos privados, es decir, en los que el proceso solo
puede iniciarse si la persona ofendida lo solicita expresamente. En cambio, en los delitos semipúblicos
no es preceptiva la querella, lo que se exige normalmente en estos casos es la denuncia de la
persona agraviada.
- ¿Qué significa que el atestado policial tiene valor de denuncia?
Que el atestado policial tenga valor de denuncia quiere decir que en los casos en los que la policía
redacta un atestado tras conocer los hechos que podrían ser un delito, este documento sirve como
denuncia formal. Y con ello el juez tendrá conocimiento del delito, pudiendo dar inicio a diligencias
penales, poniendo en marcha el proceso.

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Daniela Piquer Francos

Ejercicio/caso nº

Conteste motivadamente a las siguientes preguntas: -¿Puede un ciudadano extranjero interponer una querella en España como acusación particular ¿Y cómo acusador popular? Sí puede interponer una querella como acusación particular. La ley sostiene que cualquier persona que haya sido directamente ofendida o perjudicada por un delito, independientemente de ser extranjera o no, es decir, la nacionalidad no importa cuando se ha sufrido un delito.

En cuanto como acusador popular, no se le permite. Ya que esta está reservada exclusivamente para ciudadanos españoles, al tratarse de una forma de participación en la administración de justicia asociada a la condición de ciudadano. Se debe de aclarar que un extranjero sí que puede tomar la condición de perjudicado pero no como acusador popular.

- ¿Cuál es la diferencia entre denuncia y querella? La denuncia se trata de una manera de informar de un hecho delictivo, pudiéndose hacer de forma oral como escrita, la cual no convierte al denunciante en parte del proceso. En cambio, una querella se trata de un acto procesal por la cual se ejercita la acción penal, necesitando para ello abogado y procurador, y convirtiendo al querellante en la parte acusadora.

Por lo que la denuncia informa del delito y la querella acusa y además permite participar en el proceso.

- ¿En qué tipo de delitos es preceptiva la interposición de querella? ¿Es obligatoria en delitos semipúblicos? La interposición de querella es preceptiva en los delitos privados, es decir, en los que el proceso solo puede iniciarse si la persona ofendida lo solicita expresamente. En cambio, en los delitos semipúblicos no es preceptiva la querella, lo que sí se exige normalmente en estos casos es la denuncia de la persona agraviada. - ¿Qué significa que el atestado policial tiene valor de denuncia? Que el atestado policial tenga valor de denuncia quiere decir que en los casos en los que la policía redacta un atestado tras conocer los hechos que podrían ser un delito, este documento sirve como denuncia formal. Y con ello el juez tendrá conocimiento del delito, pudiendo dar inicio a diligencias penales, poniendo en marcha el proceso.