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practica 3 de derecho internacional, Ejercicios de Derecho Privado Internacional

Practica del 2 cuatrimestre de derecho internacional privado. Igual al examen

Tipo: Ejercicios

2023/2024

Subido el 14/03/2024

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user4353738 🇪🇸

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PRÁCTICA 2
Supuesto 1. Redacte dos normas de conflicto: una que incluya un punto de conexión
mutable y otra que incluya un punto de conexión inmutable, señalando también el
supuesto de hecho y la consecuencia jurídica de ambas.
La sucesión se regulará por la ley de la RH del causante. Esto seria un ejemplo de norma de
conflicto mutable por la que supuesto de hecho es la sucesión, se regulará por es la
consecuencia jurídica y el punto de conexión mutable es la concreta ley que se tiene que
aplicar es decir ley de la RH del causante.
Si específico es inmutable por ejemplo la sucesión se regulará por la ley de la RH del causante
en el momento de su nacimiento.
Las obligaciones contractuales se regirán por la ley del EM donde se haya celebrado el
contrato. Esto seria un ejemplo de norma de conflicto inmutable por la que el supuesto de
hecho son las obligaciones contractuales, se regirán por la consecuencia jurídica y la ley del
EM donde se haya celebrado el contrato es el punto de conexión inmutable.
Supuesto 2. En la norma de conflicto “Los efectos del matrimonio se regirán por la
ley personal común de los cónyuges”: a) Señale el supuesto de hecho, el punto de
conexión y la consecuencia jurídica. b) Sustituya el punto de conexión por uno de
naturaleza territorial.
El supuesto de hecho son los efectos del matrimonio, el punto de conexión es la ley
personal común de los cónyuges y la consecuencia jurídica es que se regirán .
Los efectos del matrimonio se regirán por la ley del EM donde se haya contraído el
mismo.
Supuesto 3. Un sujeto de vecindad civil común, soltero y sin hijos, ha modificado
deliberadamente su vecindad civil -pasando a ser ahora aragonés- con el único
objetivo de privar a sus padres de la obtención de las legítimas. El sujeto tenía bienes
en Francia. Si -ficticiamente- la norma de conflicto indicada que “La sucesión se regirá
por la ley nacional del causante, entendiendo por tal, en el caso de los españoles, la
ley de su vecindad civil”, ¿qué ley regularía su sucesión? ¿se produce algún problema
de la aplicación de la norma de conflicto?
Si se produce un problema se produce un fraude de ley art 12.4 CC ya que es la
alteración voluntaria y artificiosa de la circunstancia empleada como punto de conexión de la
norma de conflicto con el fin de provocar la aplicación de un derecho estatal distinto de aquel
que resultaría normalmente aplicable y en este caso el sujeto quiere aplicar un derecho
distinto. La doctrina dice que se aplicara la ley del país que se ha tratado de eludir esto lo dice
el art 6.4 del CC.
Problema de estado plurilegislativo de fraude de ley por lo que se aplica la ley española
ya que quiere evadir esa ley y el quiere aplicar el derecho foral aragonés.
Supuesto 4. Un juez español resulta competente para resolver un supuesto referente
al incumplimiento contractual de una empresa domiciliada en Dinamarca. Dicha
empresa y la empresa demandante (domiciliada en España) habían pactado como
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PRÁCTICA 2

Supuesto 1. Redacte dos normas de conflicto: una que incluya un punto de conexión mutable y otra que incluya un punto de conexión inmutable, señalando también el supuesto de hecho y la consecuencia jurídica de ambas. La sucesión se regulará por la ley de la RH del causante. Esto seria un ejemplo de norma de conflicto mutable por la que supuesto de hecho es la sucesión, se regulará por es la consecuencia jurídica y el punto de conexión mutable es la concreta ley que se tiene que aplicar es decir ley de la RH del causante. Si específico es inmutable por ejemplo la sucesión se regulará por la ley de la RH del causante en el momento de su nacimiento. Las obligaciones contractuales se regirán por la ley del EM donde se haya celebrado el contrato. Esto seria un ejemplo de norma de conflicto inmutable por la que el supuesto de hecho son las obligaciones contractuales, se regirán por la consecuencia jurídica y la ley del EM donde se haya celebrado el contrato es el punto de conexión inmutable. Supuesto 2. En la norma de conflicto “Los efectos del matrimonio se regirán por la ley personal común de los cónyuges”: a) Señale el supuesto de hecho, el punto de conexión y la consecuencia jurídica. b) Sustituya el punto de conexión por uno de naturaleza territorial. El supuesto de hecho son los efectos del matrimonio, el punto de conexión es la ley personal común de los cónyuges y la consecuencia jurídica es que se regirán. Los efectos del matrimonio se regirán por la ley del EM donde se haya contraído el mismo. Supuesto 3. Un sujeto de vecindad civil común, soltero y sin hijos, ha modificado deliberadamente su vecindad civil -pasando a ser ahora aragonés- con el único objetivo de privar a sus padres de la obtención de las legítimas. El sujeto tenía bienes en Francia. Si -ficticiamente- la norma de conflicto indicada que “La sucesión se regirá por la ley nacional del causante, entendiendo por tal, en el caso de los españoles, la ley de su vecindad civil”, ¿qué ley regularía su sucesión? ¿se produce algún problema de la aplicación de la norma de conflicto? Si se produce un problema se produce un fraude de ley art 12.4 CC ya que es la alteración voluntaria y artificiosa de la circunstancia empleada como punto de conexión de la norma de conflicto con el fin de provocar la aplicación de un derecho estatal distinto de aquel que resultaría normalmente aplicable y en este caso el sujeto quiere aplicar un derecho distinto. La doctrina dice que se aplicara la ley del país que se ha tratado de eludir esto lo dice el art 6.4 del CC. Problema de estado plurilegislativo de fraude de ley por lo que se aplica la ley española ya que quiere evadir esa ley y el quiere aplicar el derecho foral aragonés. Supuesto 4. Un juez español resulta competente para resolver un supuesto referente al incumplimiento contractual de una empresa domiciliada en Dinamarca. Dicha empresa y la empresa demandante (domiciliada en España) habían pactado como

aplicable el derecho danés, pero ninguna de ellas prueba el derecho extranjero. ¿Podrá aplicar el juez español el derecho danés si lo conoce? De no ser así, ¿Qué derecho resultará de aplicación No podrá aunque lo conozca ya que las partes no han demostrado su vigencia y contenido y en España se sigue el modelo de instancia parte y por tanto se aplicara el derecho español. Primera pregunta 281 y 282 de la cooperación int judicial y la 2ª 33. CC que se aplicara el derecho español.