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PRÁCTICA DE DERECHO ADMIN., Ejercicios de Derecho Administrativo

Prácticas hechas de clase de derecho admin.

Tipo: Ejercicios

2024/2025

Subido el 21/10/2025

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paula-huamani-2 🇪🇸

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Paula Huamaní Palomino Grupo E
DERECHO ADMINISTRATIVO: ACTIVIDAD 2
1. Comente este supuesto: el Gobierno ha concedido mediante Real Decreto una autorización a
una empresa contraviniendo los requisitos que están contemplados en una Orden del Ministro
de Industria.
Este supuesto vulnera el principio de inderogabilidad singular de los reglamentos (art. 37.1 de
la Ley 39/2015).
Aunque el Real Decreto emane de un órgano de superior jerarquía (el Gobierno) respecto al
Ministro, no puede aplicar un reglamento (la Orden Ministerial) para un caso concreto, ya que
la naturaleza reglamentaria prevalece sobre la jerarquía orgánica.
Por tanto, el acto administrativo de autorización es nulo de pleno derecho (art. 37.2), al
contravenir una disposición reglamentaria.
2. Comente este supuesto: La Alcaldesa de Fuengirola otorga una licencia para construir el
edificio D. Amado, situado en una zona que tiene riesgo de inundación.
Aquí la Alcaldesa dicta un acto administrativo contrario al planeamiento urbanístico, lo que
implica también una vulneración del principio de inderogabilidad singular.
El acto es nulo de pleno derecho, ya que vulnera normas reglamentarias urbanísticas (art.
47.1.f y art. 37.2 de la Ley 39/2015).
Solo podría justificarse en casos excepcionales de urgencia e interés público debidamente
motivados (como menciona el recurso 2), lo que no ocurre en este supuesto.
3. ¿Qué es un acto administrativo firme?
Un acto administrativo firme es aquel que ya no puede ser recurrido por haber transcurrido los
plazos ordinarios para su impugnación (recurso de alzada, reposición o
contencioso-administrativo). Según los artículos 121 y ss. de la Ley 39/2015, una vez
finalizados estos plazos, el acto se considera definitivo y plenamente válido.
Si un acto ha superado el plazo de recurso ordinario, como se indica en el artículo 114
siguientes, solo puede revisarse a través de vías extraordinarias, como el recurso
extraordinario de revisión (art. 125) o la revisión de oficio (art. 102).
Se diferencia del acto no firme, que aún puede ser recurrido dentro del plazo legal.
4. Explique el régimen de las irregularidades no invalidantes en los actos administrativos.
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Paula Huamaní Palomino Grupo E

DERECHO ADMINISTRATIVO: ACTIVIDAD 2

  1. Comente este supuesto: el Gobierno ha concedido mediante Real Decreto una autorización a una empresa contraviniendo los requisitos que están contemplados en una Orden del Ministro de Industria.

Este supuesto vulnera el principio de inderogabilidad singular de los reglamentos (art. 37.1 de la Ley 39/2015).

Aunque el Real Decreto emane de un órgano de superior jerarquía (el Gobierno) respecto al Ministro, no puede aplicar un reglamento (la Orden Ministerial) para un caso concreto, ya que la naturaleza reglamentaria prevalece sobre la jerarquía orgánica.

Por tanto, el acto administrativo de autorización es nulo de pleno derecho (art. 37.2), al contravenir una disposición reglamentaria.

  1. Comente este supuesto: La Alcaldesa de Fuengirola otorga una licencia para construir el edificio D. Amado, situado en una zona que tiene riesgo de inundación.

Aquí la Alcaldesa dicta un acto administrativo contrario al planeamiento urbanístico, lo que implica también una vulneración del principio de inderogabilidad singular.

El acto es nulo de pleno derecho, ya que vulnera normas reglamentarias urbanísticas (art. 47.1.f y art. 37.2 de la Ley 39/2015).

Solo podría justificarse en casos excepcionales de urgencia e interés público debidamente motivados (como menciona el recurso 2), lo que no ocurre en este supuesto.

  1. ¿Qué es un acto administrativo firme?

Un acto administrativo firme es aquel que ya no puede ser recurrido por haber transcurrido los plazos ordinarios para su impugnación (recurso de alzada, reposición o contencioso-administrativo). Según los artículos 121 y ss. de la Ley 39/2015, una vez finalizados estos plazos, el acto se considera definitivo y plenamente válido.

Si un acto ha superado el plazo de recurso ordinario, como se indica en el artículo 114 siguientes, solo puede revisarse a través de vías extraordinarias, como el recurso extraordinario de revisión (art. 125) o la revisión de oficio (art. 102).

Se diferencia del acto no firme, que aún puede ser recurrido dentro del plazo legal.

  1. Explique el régimen de las irregularidades no invalidantes en los actos administrativos.

Las irregularidades no invalidantes son defectos formales o procedimentales que no afectan a la validez del acto administrativo porque no causan indefensión ni alteran el sentido de la decisión.

De acuerdo con el principio de conservación de los actos administrativos, estos defectos se corrigen o se consideran subsanables si el fondo del acto es correcto.

Ejemplo: error material en un número de expediente que no cambia el contenido del acto.

  1. Usted ostenta la alcaldía de Marbella (Málaga). Observa un edificio de unos grandes almacenes que aparentan tener un volumen mayor que el permitido. Tras la tramitación de este procedimiento, confirma que su intuición es correcta y decreta una orden de demolición de la parte excedentaria. Los grandes almacenes se niegan a hacerlo. ¿qué hace usted?

Ante el incumplimiento voluntario de una orden administrativa válida y ejecutiva, procede la ejecución forzosa del acto, conforme al art. 98 y ss. de la Ley 39/2015. Puede optar por:

La ejecución subsidiaria (el Ayuntamiento realiza la demolición a costa del obligado), o

La imposición de multas coercitivas hasta el cumplimiento. En todo caso, el acto administrativo es ejecutivo y la negativa del particular no lo paraliza.

  1. Explique el régimen de la caducidad en los procedimientos administrativos iniciados de oficio.

En los procedimientos iniciados de oficio, la caducidad se produce cuando la Administración no dicta resolución dentro del plazo legal y el procedimiento queda paralizado por causa imputable a la propia Administración.

La caducidad impide dictar resolución válida, aunque la Administración puede iniciar un nuevo procedimiento si no ha prescrito la infracción o derecho.

No debe confundirse con la prescripción, que afecta al fondo, mientras que la caducidad afecta al procedimiento.

  1. Comente este supuesto. Se contrata a D. A.L. para que realice un cuadro del Alcalde de Vidayán (Asturias). Transcurrido el plazo del contrato, no lo concluye. La Alcaldía ha cambiado de color político y el nuevo alcalde no hace nada.

Aquí hay inactividad administrativa: la Administración no ejerce sus potestades para exigir el cumplimiento del contrato.

El contrato es un acto administrativo con obligaciones bilaterales; por tanto, el incumplimiento del artista puede dar lugar a resolución del contrato y a exigir responsabilidad contractual.