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Práctica Penal 5 ugr 1 carrera
Tipo: Apuntes
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18. ¿ Es posible que una persona sea juzgada con arreglo a una legislación penal ya derogada? Sí, siempre y cuando favorezca a la persona. 19. ¿ Es posible que una persona sea juzgada conforme a una legislación penal que aún no estaba en vigor en el momento de realizar el hecho? No, porque nunca ha formado parte del ordenamiento jurídico. 20. Determine qué norma resulta aplicable de las que aparentemente concurren en estos casos: a) A mata a B por precio( art.138 y 139,2 CP): El art. 138 CP ya que la pena sería menor. b) A.. agente de policía, atenta contra la integridad moral de un detenido con el propósito de obtener su confesión por la comisión de un delito (arts. 175 y 174 CP): el art. 175 CP. c) A sustrae mediante violencia física, la cartera y el reloj a su dueño (Arts. 172 y 242 CP): art. 172 CP. d) A encargado de cuidar a un menor, lo abandona cerca de un precipicio con la intención de que caiga y muera, lo que efectivamente sucedió (arts. 138 y 229, 3 CP): el art. 138 CP porque la intención era matarlo. Por relacion de subsirariedad, esxpresa. El abandono es aplicable por el art. 229 salvo que sea un caso de homicidio, aplicamos el art. 138 CP porque es el principal con respecto al abandono. e) A amenaza de muerte a B con una navaja si no accede a tener acceso carnal con ella consiguiendo así la relación sexual pretendida (arts. 179-180 y 169 CP): art. 179/180. Relación de consunción. 21. Juan G.O fue parado en u control de alcoholemia por la Guardia Civil de Tráfico, y se le detectó un grado de impregnación alcohólica de 0,7 gramos por litro en sangre. Habida cuenta que a Ley de Seguridad Vial sanciona el hecho de conducir con una tasa de alcohol superior a 0, gramos por litro en sangre y que el art. 379,2 CP sanciona al que condujere un vehículo de motor bajo la influencia de bebidas alcohólicas (y, en todo caso, con un grado de impregnación alcohólica superior a los 1,2 gramos por litro en sangre), ¿ qué sanción o sanciones se le podrían imponer a Juan G.O? ¿ Cual sería el procedimiento? Será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días , se le puede retirar el carnet de conducir desde uno a cuatro años. Relación de exclusión. Se puede imponer una sanción administrativa porque supera ña tasa establecida por la seguridad penal pero no una sancipn penal porque no se comete delito solo cuando supera el 1,2. habra delito siempre que la persona haya tomado alcohol y halla alterado sus
facultades para conducir. Si no se supera la tasa de alcohol pero si el ppoco que haya ingerido altera sus facultades hay delito. El art. 379 CP establece el limite 1,2 , si supera esto es delito pero aunque no lo supere y se modifique sus facultades hay delito.